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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1894-01-24_Ordinaria. Acta de sesión 1894/01/24_Ordinaria
Acta de sesión 1894/01/24_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/2.1894-01-24_Ordinaria
Título Acta de sesión 1894/01/24_Ordinaria
Data(s) 1894-01-24 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 41 Señores Otero Vicepresidente, Alfaya, Martínez Casal, Areal, Lema y Cobián. 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 41 2. Vista la relación de las estancias causadas durante el primer trimestre del actual año económico en el hospital de esta ciudad por enfermos pobres de la provincia y otra de las prostitutas recogidas en dicho establecimiento, unos y otros por orden de esta Comisión, importantes la 1ª, 6.056,75 pesetas y 500,50 la segunda, que en junto ascienden a la cantidad de 6.557,25 pesetas; se acuerda, de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, que se satisfaga dicho importe con cargo a lo consignado en el presupuesto vigente para esta clase de gastos. ------ Folla: 41,42 3 Visto el repartimiento formado por el Ayuntamiento de Ponteareas para contribuir a los gastos de la filoxera, conforme al cupo señalado al indicado municipio en el repartimiento provincial votado por la Diputación, y según la circular del Sr. Gobernador fecha 4 de Agosto último inserta en el boletín de 24 del mismo mes; acuerda esta Comisión prestarle su favorable censura, acuerda asimismo llamar la atención de dicho Sr. Gobernador respecto a hallarse aún en descubierto del indicado servicio todos los demás Ayuntamientos de la provincia por lo que se está en el caso de reproducir la mencionada circular encargando a los Alcaldes el más breve cumplimiento de lo mandado en la misma, o manifestando en otro caso las causas que lo impidan, de cuyo resultado ruéguese a la indicada superior autoridad se sirva dar el oportuno conocimiento a los efectos que hubiese lugar. También cree conveniente este cuerpo provincial manifestar al Sr. Gobernador el que se sirva suspender la exacción de la cantidad repartida para combatir dicha filoxera, por si, en vista de la contestación que los Alcaldes den, hubiese lugar a que la Diputación acuerde que el impuesto de que se trate se exija en otra forma o sobre más exactas bases. ------ Folla: 42 4. Vista la comunicación del Sr. Director del Hospital de Santiago, fecha 22 de que rige, participando el ingreso en el torno de aquella Inclusa en 18 de este mes, de un niño con un apunte autorizado por D. Domingo Antonio Garcia, cura de Santa María de Silleda, por lo que interesa su traslación a la de esta capital, previo el pago de estancias en aquella devengadas; se acuerda oficiar a aquel funcionario para que se sirva manifestar el precio de las estancias que tales asilados devengan en dicho establecimiento a fin de resolver en su vista lo que procede. ------ Folla: 42,43 5. La Comisión se ha enterado de la instancia promovida por el Alcalde de Redondela en representación de aquel Ayuntamiento en la que, después de exponer los hechos y causas que motivaron los descubiertos en que dicho municipio se halla con la provincia, termina a que se suspenda el apremio dirigido contra él mismo, toda vez se halla ya legalmente hecho la declaración de responsabilidad de los que originaron el débito correspondiente a 1890-91, según acuerdo del Ayuntamiento fecha 1º de Agosto último, cuya certificación se acompaña, responsabilidad que afecta a D. Ramón F. Pardo, D. Juan Rodríguez Bouzón, D. Cándido Míguez, D. José Rivero, D. Manuel Lago Espiñeira, D. Manuel Cabaleiro Lago, D. Francisco Campelos Domínguez, D. Manuel Ruiz Sánchez, D. José Cabaleiro Ricón y D. Ramón Pérez Rivas; y del perteneciente a 1891-92 a D. Ramón F. Pardo, D. Manuel Ramiro Álvarez, D. Antolín Mos Rodríguez, D. Benito Cabaleiro Senlle, D. Jesús Pereira, D. José Barreiro Salgado, D. Aquilino Fernández, D. Demetrio Paz, D. Francisco Campelos, D. Manuel Ricón y D. José Cabaleiro Ricón, añadiendo que estos sujetos figuran también en el expediente que en virtud de apelación por esa responsabilidad pende de informe ante este cuerpo provincial, y considerando que ni con lo expuesto por el Ayuntamiento de Redondela en la referida solicitud, existen motivos para la suspensión que pretende interin no se efectúe en la Caja provincial el ingreso de las 12.926,87 pesetas a que asciende hoy los débitos procedentes de los años económicos de 1892-93 y 1893-94 cuya reponsabilidad alcanza a la actual corporación municipal, quedando por lo tanto ya descartado por ahora lo del importe de los dos ejercicios de 1890-91 y 1891-92 que queda reducido a 13.118,01 pesetas, en tanto esta Comisión no informe lo conveniente en el expediente de alzada de que queda hecho mérito acerca de la responsibilidad al pago de esta última suma, se acuerda de confomidad con lo propuesto por la Contaduría participarle así al referido Alcalde como resolución a su indicada instancia. ------ Folla: 43 6. Vista la certificación expedida por el Secretario del Tribunal provincial contencioso acreditando haber asistido en 14 de Diciembre último a la vista de un pleito como vocales de dicho Tribunal, los Señores D. Manuel Rodríguez Cadaval y D. José Areal Pérez en concepto de Diputados de la provincia, se acuerda el pago de 15 pesetas importe de la dieta devengada por el primero de dichos Señores en que proceda el de la del Sr. Areal, mediante la percibió ya como asistente en el referido día a la sesión de esta Comisión, en concepto de vocal de la misma. ------ Folla: 43 7. La Comisión en vista de que por varios Señores Diputados provinciales se tiene reclamado mapas y cartas de la provincia que obran en poder del Depositario de fondos de la provincia, acuerda que por dicho funcionario se facilite una de aquellas cartas, y por una sola vez, a cada uno de los referidos Señores que los soliciten. Se levantó la sesión. ------
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