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Acta de sesión 1885/05/16_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.005/1.1885-05-16_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1885/05/16_Ordinaria

  • Data(s) 1885-05-16 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 184 ( vicepresidente Losada. guerra, Taboada, Massó). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 184,185 2. Obras de la armadura y cubierta de la Biblioteca Provincial. De la liquidación practicada por el ingeniero de caminos provinciales resulta una diferencia de 57 ptas. 34 céntimos contra el contratista D. Manuel Veiga las que debe ingresar antes de devolverle la fianza prestada, una vez se ha recibido definitivamente la obra, y como quiera, según informa la contaduría sea la fianza de 31 ptas., suma deficiente para cubrir la responsabilidad que le alcanza: se acuerda adjudicar a favor de los fondos provinciales las 31 ptas. constituidas como garantía en la Caja Sucursal de Depósitos de la provincia por D. Manuel Veiga a quien se le notifique entregue las 26 ptas. 34 céntimos que resta en la Depositaría de fondos provinciales, dentro de 5º día bajo apercibimiento de proceder ejecutivamente contra el caso de no verificarlo. Comuníquese a la ordenación de pagos e interesado a los efectos consiguientes. ------ Folla: 185 3. El Sr. Gobernador remite a los efectos del artículo 13 de la ley de expropiación forzosa, el expediente instruido por el ayuntamiento de Vilagarcía para la alineación y trazado de nuevas calles en el Campo de Cabritas. Aparece del mismo que declaradas las obras de utilidad pública, para proceder a su realización es indispensable la ocupación de varias fincas, y que habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Provincia la relación nominal de sus dueños, ninguno reclamó contra esa necesidad durante el término legal concedido al intento. Llenados los requisitos prevenidos por la ley y reconocida tácitamente por el silencio de los interesados la necesidad de la expropiación de las fincas señaladas, la Comisión entiende procede hacer la declaración de la necesidad de su ocupación y después de oír al facultativo a quien el Ayuntamiento haya confiado la relación del proyecto conforme a lo determinado en los artículos 25 y 26 del Reglamento de 13 de junio de 1879 dictado para cumplimiento de la expresada ley de expropiación. ------ Folla: 185,186 4. El Sr. Gobernador en cumplimiento de la orden de la Dirección General de Obras Públicas remite a informe de la Diputación el expediente promovido por D. Gumersindo Villar Cousiño solicitando se le autorice para la construcción de un dique flotante en el puerto de Vigo destinado a la reparación de buques [astillero]. Prescindiendo de la parte técnica que pueda entrañar este expediente cuyo examen corresponde a Corporaciones facultativas y concretando este informe a la conveniencia o inconveniencia que resultaría para los intereses del país con el establecimiento del citado dique en el puerto de Vigo, la CP cree que sería de gran importancia y altísima conveniencia la construcción que se pretende. La facilidad que los diques flotantes proporcionan para las reparaciones y limpieza de los buques, no solo es una señalada ventaja para los armadores pero las economías que obtienen sino que son motivo para que los fletes se abaraten y el comercio adquiera mayor desarrollo. La escasez, por otra parte, que de esta clase de construcciones existe en nuestra península, daría la que se pretende gran utilidad e importancia no solamente al puerto de Vigo, si que también a toda esta región, ya por la mayor concurrencia de buques que acudirían a limpiarse y repararse ya por el establecimiento de una nueva industria y ya por los que por consecuencia de esta se desarrollaría en el país. Por las consideraciones expuestas, la Comisión cree debe accederse a la pretensión del Sr. Villar, sin que se entienda deba constituir privilegio en favor del mismo. Se levantó la sesión. ------

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