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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1935-04-17_Ordinaria. Acta de sesión 1935/04/17_Ordinaria
Acta de sesión 1935/04/17_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.161/1.1935-04-17_Ordinaria
Título Acta de sesión 1935/04/17_Ordinaria
Data(s) 1935-04-17 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 66 Sres. que asistieron: Presidente: Viñas. Vicepresidente: Llovo. Vocales: Quinteiro, Tapia, Varela, COstas y Solla. Secretario: García Vidal. Presidnecia del Sr. Viñas del Monte, con asistencia de los vocales Sres. Llovo Pérez, Vicepresidente Quinteiro Martínez, Tapia Seoane, Varela Castro, Costas Iglesias y Solla Fontenla, actuando cmo Secretario accidental el jefe de Sección Sr. García Vidal. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Adoptándose por la Comisión Gestora los siguientes acuerdos. ------ Folla: 66 2. Abono cuenta a D. Arturo Martínez - calefacción. Aprobar la cuenta importante ciento ochenta y cinco pesetas a la viuda de Carrascal por suministro de carbón durante el mes de marzo último, cuyo importe se satisfará con cargo al capitulo 1º artículo 11 del presupuesto. ------ Folla: 66 3. Abono cuenta a D. Arturo Martínez. Reparaciones en el palacio. Aprobar la cuenta que presenta el industrial D. Arturo Martínez, por reparaciones en el palacio provincial, cuyo importe de trescientas ochenta y cinco pesetas setenta y cinco céntimos, se satisfará con cargo al capitulo 11, artículo 10º del presupuesto. ------ Folla: 66 4. Abono cuenta 12 camas para Guardia Civil. Aprobar la cuenta que presenta el industrial D. Arturo Martínez por suministro de doce camas para la Guardia Civil, cuyo importe de quinientas dieciséis pesetas, se declaran de abono con cargo al capitulo 18 artículo único del presupuesto. ------ Folla: 66 5. Abono cuenta estancias manicomio Valladolid - Marzo. Aprobar la cuenta de estancias causada por dementes ingresados en el Manicomio de Valladolid por cuenta y orden de esta Diputación durante el mes de marzo último, importante mil trescientas dos pesetas, que de se satisfarán con cargo al capítulo octavo, artículo 5º del presupuesto. ------ Folla: 66,67 6. ------ Folla: 67 6. Abono estancias asilos de Pontevedra, Vigo y Caldas en marzo. Aprobar las cuentas de estancias causadas durante el mes de marzo último en los asilos de ancianos desamparados de Pontevedra, Vigo y Caldas, por los acogidos de cuenta y orden de esta Diputación provincial, cuyo importe de 3.794,85, 453,30 y 795,15 pesetas, respectivamente, se declaran de abono con cargo al capítulo 8º, articulo 4º del presupuesto. ------ Folla: 67 7. Abono estancias pensionados de la Diputación en el colegio de Vizcaya en el 3º vencimiento. Aprobar la cuenta de las estancias, causadas por los alumnos pensionados por esta Diputación en el Colegio de Sordomudos y de Ciegos de Vizcaya, correspondientes del tercer vencimiento del año en curso, y cuyo importe de mil trescientas sesenta y cinco pesetas, se declara de abono con cargo al capítulo 10, artículo 51 del presupuesto. ------ Folla: 67 8. Aprobación de liquidación de obras en la Lanzada y abono de sueldo al contratista. Aprobar liquidación de las obras ejecutada por el contratista D. Eduardo Rodríguez en el sanatorio Marítimo de la Lanzada, para instalación de dos terrazas o solarium de la que resulta un saldo a favor del Sr. Rodríguez de mil doscientas noventa y nueve pesetas cincuenta y un céntimos, que se satisfarán con cargo a fondos provinciales. ------ Folla: 67 9. Fijación de precios de suministros en marzo. Se fijan los precios a que deben satisfacerse las especies de suministros que se hayan facilitado o faciliten a fuerzas del Ejército y Guardia Civil en el mes de marzo último. Según lo dispuesto en el artículo 2º de la Instrucción de agosto de 1877, para la liquidación y abono de suministros que se hagan por los pueblos, aprobada por al RO de la misma fecha y modificación por R. D. de 17 de diciembre de 1917; de acuerdo esta Comisión con D. Carlos González Pintos, Delegado de Excmo. Sr. Gobernador Civil, fijaron los precios a las especies de suministros designados a continuación que los pueblos hayan facilitado y faciliten a fuerzas del Ejército y Guardia Civil. Pan o630 kilogramos, 43 céntimos. Cebada para caballos del ejército, 4,50 kilogramos, 1,85 pesetas. Ídem para mulos y caballos de la Guardia Civil, 4 kilogramos, 1,80 pesetas. Centeno 4 kilogramos 1,70 pesetas. Maíz 4 kilogramos 1,61 pesetas. Paya 6 kilogramos, 86 céntimos. Hierba seca o heno, 1 kilogramo, 21 céntimos. Aceite, 1 litro, 1,70 pesetas. Carbón 1 kilogramo, 26 céntimos. Leña 1 kilogramo, 10 céntimos. Petróleo 1 litro, 93 céntimos. ------ Folla: 67 10. Abono 1ª certificación obras camino vecinal nº 412. Aprobar la primera certificación de obra ejecutada en el camino vecinal número 221 - 182 de la Ramallosa, San Pedro - por Parada al camino vecinal número 412, en el ayuntamiento de Nigrán, y cuyo importe de 17.950,22 pesetas se declara de abono con cargo al capítulo 11, artículo 2º del presupuesto. ------ Folla: 67 11. Abono 2ª certificación obras camino vecinal número 122 - 201. Aprobar la segunda certificación obra ejecutada en el camino vecinal número 122 - 201 de la carretera de Villacastín a Vigo en Areas por Ribadetea a Padróns en el Ayuntamiento de Ponteareas y cuyo importe de 18.341,91 pesetas, se declara de abono con cargo al capitulo 11 , artículo 2º del presupuesto. ------ Folla: 67 12. Aprobar 5ª certificación de obras camino vecinal nº 31 -401. Aprobar la quinta certificación de obra ejecutada camino vecinal número 31 - 401 del kilómetro 21 chapa a O Carril al kilómetro 12 de Vilapouca a Ponte Bea, 2ª sección de Pernaviva a Dapena, perfiles 101 al 247, cuyo importe de 9.039,90 pesetas, se declara de abono con cargo al capitulo 11, artículo 2º del presupuesto. ------ Folla: 67 13. Aprobando certificación de fondos para Banco de Crédito local de los anteriores caminos. Aprobar certificación para remitir al Banco de Crédito Local, a los efectos del abono de las cantidades que por cuenta de la subvención del Estado se destinan al pago de las certificaciones que afectan a los tres caminos a que se refieren los acuerdos anteriores, cuyo total importe se eleva a 22.953,40 pesetas. ------ Folla: 67 14. Aprobando certificación de fondos caminos vecinales nº 31 - 401 y 4 - 118. Aprobar la certificación de la cantidad a que se eleva la aportación municipal en los Ayuntamientos de A Estrada y Moraña en los caminos números 31 - 401 y 4 - 118, respectivamente, que se remite al Banco de Crédito Local para abono de los suplidos a dichos organismos con arreglo al decreto de 16 de junio de 1934 y cuyo importe asciende a 44.270,29 pesetas. ------ Folla: 67 15. Abono 2ª certificación de obras de la Gran Vía. Aprobar la segunda certificación de obra ejecutada en la Gran Vía, cuyo importe de mil quinientas sesenta y tres pesetas ocho céntimos se declara de abono al contratista con cargo al capítulo 11, artículo 5º del presupuesto. ------ Folla: 67 16. Designación de Agentes de Cédulas de Marín y Ponteareas. Quedar enterada de que el gestor de cédulas personales del distrito de Pontevedra, designó agente ejecutivo en el Ayuntamiento de Marín para la cobranza de cédulas de años anteriores a D. Bernardino López Barrio y el de Ponteareas a D. Gumersindo González Iglesias para el Ayuntamiento de As Neves. ------ Folla: 67,68 17. Aprobación de padrones de cédulas de 1935 de Vilaboa, Agolada, Carbia, Lavadores, O Porriño, Oia, A Guarda, Xeve, O Rosal, Salceda, Tomiño. Aprobar los padrones de cédulas personales de 1935 dándoles la tramitación reglamentaria de los Ayuntamientos y con el resultado que a continuación se expresa: Vilaboa con el 57% de la población empadronada, importa el padrón 6.830,25 pesetas con un aumento de 164,60 sobre el del año anterior. Agolada con el 54% de la población empadronada. Importa 7.775,44 pesetas, con una disminución de 380,88 en relación con el del año anterior. Carbia con el 41% de la población empadronada, importa 12.248,41 pesetas, con una bajada de 78,40 en relación al del año anterior. Lavadores con el 58% de la población empadronada. Importa 60.229,80 pesetas, con un aumento de 1.217,29 sobre el del año anterior. O Porriño, con el 44% de la población empadronada. Importa 10.827,78 pesetas con una baja de 163,45 en relación con el del año anterior. Oia con el 66% de la población empadronada. Importa 4.924,43 pesetas, con una baja de 168,93 en relación con el del año anterior. A Guarda con el 57% de la población empadronada. Importa 13.286,54 pesetas, con un aumento de 39,99 sobre el del año anterior. Xeve con el 50% de la población empadronada. Importa 4.522,37 pesetas, con una baja de 27,82 en relación con el del año anterior. O Rosal con el 66% de la población empadronada. Importa 9.427,62 pesetas, con un aumento de 39,99 sobre el del anterior año. Salceda de Caselas con el 53% de su población empadronada. Importa 6.606,15 pesetas, con una baja de 35,11 sobre el del año anterior; y Tomiño con el 50% de la población empadronada. Importa 13.882,25 pesetas, con una baja de 21,89 en relación con el del año anterior. ------ Folla: 68 18. Reclamaciones de cédulas personales de 1934 de Vigo - desestimadas. Se acuerda desestimar las reclamaciones interpuestas contra el padrón de cédulas del Ayuntamiento de Vigo de 1934 y confirmar las clasificaciones que se le asignan a los siguientes D! Laura Conzi Santos - Traviesas, Dª Emilia Curbera y Fernández - García Barbón, 6; D. Francisco Álvarez Gonzi - Traviesas; Dª María Courel Pardo - García Hernández,49; D. Ramón Martínez Rodríguez - Uruguay, 51 y D! Josefa Sotelo López - Velázquez Moreno, 44. ------ Folla: 68 19. Reclamaciones de cédulas personales de 1934 de Vigo - estimada. Vista la de D. Ricardo González Carrera, de Vigo contra su clasificación de 1934 se acuerda comunicar al gestor del distrito de Vigo causa baja en el padrón la cédula correspondiente a este interesado. ------ Folla: 68 20. Reclamaciones de cédulas personales de 1934 de Vigo - estimada. Se acuerda estimar la reclamación de Dª Josefa Vázquez Rivera, de Vigo, y clasificarla en la clase 9ª de la tarifa 3ª anulando la que se le asigna en el padrón de 1934. ------ Folla: 68 21. Reclamaciones de cédulas personales de 1934 de Vigo - estimada. Se acuerda, vista la instancia de D. Roberto Álvarez Reina, de Vigo clasificarle con cédula de la clase inmediata inferior a la que le asigna en el padrón de 1934 con recargo de soltería. ------ Folla: 68 22. Reclamaciones de cédulas personales de 1934 de Tomiño - estimada. Se acuerda clasificar a Dª Rosa Álvarez González de Tomiño en la tarifa 3ª, clase 13ª y la cuota líquida de contribución de 372 pesetas que figura a nombre de D. Santiago González sirva como base contributiva para la clasificación de la cédula personal que reglamentariamente corresponde a dicho Sr. en el padrón de 1934. ------ Folla: 68 23. Reclamaciones de cédulas personales de 1934 de Ponte Caldelas - desestimada. También se acuerda desestimar la reclamación de D. Francisco Pérez Larrido, de Ponte Caldelas, Forzáns y confirmar la clasificación que se le asigna en el padrón de 1934 de aquel ayuntamiento. Las precedentes resoluciones se notificaran por conducto de las respectivas Alcaldías en la forma y plazo reglamentarios a los reclamantes. ------ Folla: 68 24. Ingreso en el asilo de Tui de Pilar Soto y Manuel Vidal. Decretar el ingreso en el Asilo de Ancianos de Tui, de Pilar Soto, de 75 años, natural de la parroquia de Padróns, en el Ayuntamiento de Ponteareas, y de Manuel Vidal Costas, de 61 años de la parroquia de Vincios en el Ayuntamiento de Gondomar. ------ Folla: 68 25. Enterándose de cese y nombramiento de agente de cédulas del distrito de Vigo. Quedar enterada de oficio del Gestor de cédulas del Distrito de Vigo, participando que cesó en sus funciones el agente ejecutivo del Ayuntamiento de Lavadores, Eugenio Rodríguez Otero y que había designado para que los sustituyese a D. Federico Pozo Collado, vecino de Vigo. ------ Folla: 68 26. Tomando en consideración petición del Ayuntamiento de Meis sobre inclusión en el plan de un camino vecinal. De conformidad con o propuesto por la Dirección de Vías y Obras provinciales, se acuerda tomar en consideración la petición del Ayuntamiento de Meis, para que se incluya en el plan de caminos vecinales, el que partiendo de Zacande, atraviese Ramillón, Quintáns, Liñasco y Pompeán para terminar en A Bouza, situada en la carretera de Noalla a Caldas y solicite autorización del Ministro de obras públicas para darle seguidamente la tramitación reglamentaria. Este camino deberá en lo sucesivo designarse con el nombre de Camino vecinal de Zacande a A Bouza. ------ Folla: 68 27. Tomando en consideración otra de Gondomar. De conformidad con lo propuesto por al Dirección de Vías y Obras provinciales, se acuerda tomar en consideración la solicitud del Ayuntamiento de Gondomar para que se incluya en el plan de caminos vecinales, uno que partiendo del kilómetro 51, hectómetro 9 de la carretera de Pontevedra a Camposancos pase por los barrios de Viso de Calvos, Mouteiro, Lousada, Guntín, Regadas y Boucelos a terminar en San Ciprián de Donas debiendo solicitarse la correspondiente autorización del Ministerio de Obras Públicas para darle seguidamente la tramitación reglamentaria. Este camino se denominará en la sección de "Viso de Calvos a Donas". ------ Folla: 68 28. Imprimiendo corrección disciplinaria al Guarda forestal Jesús Barreiro. De conformidad con la propuesta del Juez instructor del expediente seguido al Guarda forestal de la zona 9ª, sección 2ª, Jesús Barreiro Rodríguez por faltas cometidas estando al servicio en el monte a su cargo, se acuerda imponerle la corrección de un mes de suspensión de empleo y sueldo y el traslado a otras zonas con la consiguiente anotación en su expediente personal. ------ Folla: 68 29. Concediendo subvención de 500 pesetas a la Escuela del Trabajo de Vigo. Conceder a la asociación profesional de la Escuela de Trabajo de Vigo, quinientas pesetas de subvención para contribuir a los gastos de un viaje de practicas organizado por los alumnos bajo la dirección del Profesorado de la escuela. ------ Folla: 68 30. Al servicio de cédulas instancia del gestor D. Antonio Jar. Dado cuenta de instancia de D. Antonio Jar Dobarro, ex gestor de cédulas personales del partido judicial de Lalín, sobre liquidación de cuentas, se acuerda pasarla al servicio de cédulas. ------ Folla: 68 31. Subvención de 500 pesetas reparación de un paciente en A Estrada. A propuesta del Diputado provincial D. Pedro Varela Castro, se acuerda conceder una subvención de quinientas pesetas para contribuir a la ejecución de obras de reparación en un puente y camino inmediato a la parroquia de Rubín, "Veiga da Braña" en el Ayuntamiento de A Estrada". ------ Folla: 68 32. Declarándose incompetente para intervenir en la reclamación de D. Juan Vila y otros, de Mos. Dado cuenta de la reclamación formulada por d. Juan Vila Rivera y otros vecinos de Mos contra el acuerdo adoptado por aquella corporación en sesión de 30 de marzo último sobre traslado de la capital de aquel término municipal cuyo expediente se remite a esta Comisión en 4 del actual en armonía con lo dispuesto en el artículo 7º de la ley municipal de 1877 en relación con la R.O. de 21 de marzo de 1887. Considerando: que según se manifestó al Ayuntamiento por la dirección General de Administración el acuerdo de traslado de capitalidad de un núcleo de población a otro dentro del termino es de la exclusiva competencia municipal, sin que a esta comisión Gestora le incumba intervención alguna en la tramitación del expediente que habrá de ajustarse a lo dispuesto en el artículo 26 del reglamento de población y términos de 2 de julio de 1924, se acuerda declararse incompetente para intervenir en la reclamación interpuesta por D. Juan Vila rivera y otros y devolver el expediente al Ayuntamiento de Mos. ------ Folla: 68,69 33. Resolviendo instancia de D. Francisco Marcón Capilla, de Madrid. Dada cuenta de instancia de D. Francisco Álvarez Capilla, vecino de Madrid, reclamando el pago de la subvención concedida por esta Diputación en junio de 1916, otorgándole al propio tiempo facultades para solicitar un nombre de la Corporación el pago del anticipo importe de las obras de construcción de la carretera de Villacastín a Vigo, y en vista de que la sentencia de la sala 6ª del Tribunal Supremo de 6 de abril de 1929, tanto en un resultando como en el considerando, que con el concuerda, se hace constar que si la Diputación conserva el derecho al reintegro de dos millones cincuenta mil quinientas ochenta y nueve pesetas diez céntimos es debido a la gestión rea en 28 de junio de 1926 por el señor Alarcón; se acuerda abonar la remuneración de veinte mil pesetas por lo servicio prestados a D. Francisco Alarcón Capilla, quedando subordinada la eficacia y subsistencia de este acuerdo a la condición de que dicho señor tan provisto se le notifique, presente escrito aceptando esta resolución y declarando canceladas las obligaciones que pudieran resultar contraídas por esta Diputación en su favor, en virtud de acuerdos anteriores y en relación este asunto, por estimar que quedan suficientemente compensadas todas las gestiones que ha realizado, y cuyo abono consideran de justicia evitando además las contingencias de un litigio. Por la Intervención se habilitará crédito para el abono de esta suma. ------ Folla: 69 34. Escrito de Intervención sobre un funcionario temporero. Aprobado. Diose cuenta de oficio de la Intervención que dice: "El Interventor de esta Diputación demostró al Sr. Presidente la necesidad de nombrar un funcionario temporero por esta Intervención, el Sr. Presidente de esa Excma. Comisión nombró a D. Francisco barrio, como tal temporero de Intervención, habiendo iniciado sus trabajos en esta dependencia con fecha 17 de enero del corriente año. Como tal necesidad de la función del citado funcionario temporero persiste, es por lo que el Interventor que suscribe ruega a V.E. se digne acordar que aquel continúe desempeñando su función en tanto que no se provisten en propiedad las plazas vacantes de auxiliares, satisfaciéndose el sueldo del citado temporero con caro y en la cuantía con que están dotados los mencionados auxiliares en presupuesto. Esta petición se basa en la imprescindible necesidad de tal funcionario y en la idoneidad del citado temporero. Sin embargo V.E. acordara lo que estime procedente. Pontevedra, 12 de abril de 1935. El Interventor. José G. Otero. La Comisión resolvió de conformidad. Se levantó la sesión. ------
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