Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1939-03-29_Ordinaria. Acta de sesión 1939/03/29_Ordinaria
Acta de sesión 1939/03/29_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.164/1.1939-03-29_Ordinaria
Título Acta de sesión 1939/03/29_Ordinaria
Data(s) 1939-03-29 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 43 1 - Sesión de 29 de marzo de 1.939. Bajo la Presidencia de Don Jacobo Rey Daviña, y con asistencia del Vicepresidente Sr. de Toledo Freire y de los Vocales Diputados Sres. Espinosa Orrea; Esteiro Alján; Franco Montes y García Solis, celebra sesión la Comisión Gestora de la diputación, siendo las once del día de hoy veintinueve de Marzo de mil novecientos treinta y nueve, tercer año triunfal, y leída el acta de la sesión última que corresponde al veintidós del actual, por unanimidad, es aprobada. Actúa el Secretario de la Corporación Sr. Posse García. Se procede al despacho de los asuntos que figuran en la orden del día adoptándose los siguientes acuerdos: ------ Folla: 43 2 - Disponiendo el ingreso en la Inclusa de la niña Rogelia Fondevila Rodríguez, nacida en el Hospital. Disponer el ingreso en la Inclusa por cuenta de fondos provinciales de la niña Rogelia Fondevila Rodríguez, hija de Carmen Fondevila Rodríguez, vecina de Donsión (Lalín) y que ha dado a luz en la clínica de Partos del Gran Hospital, en la condiciones que fija el Negociado de Beneficencia en su informe. ------ Folla: 43 3 - Pasando a turno el expediente de la niña Carmen Nodar. Pasar a turno de ingreso en la Inclusa el expediente de la niña Carmen Nodar Montecelos, hija de María Nodar Montecelos, pobre y que carece de recursos para sostener a su hija. ------ Folla: 43 4 - Accediendo a lo solicitado por María Pereira Rodiño, de Meis para que continúe en su poder el expósito Manuel García. De conformidad con lo informado por el Negociado de Beneficencia, se acuerda acceder a lo solicitado por María Pereira Rodiño, vecina de Meis, autorizándole para que continúe en su poder el expósito Manuel García Carnero número 8930, relevándola de abonar cuotas por pasar el expósito de siete años de edad. ------ Folla: 43 5 - Denegando petición de Carmen Canda, de Arbo, sobre el ingreso de su hijo en el Hospicio. Denegar petición de Carmen Canda, vecina de Arbo, que solicitaba el ingreso en el Hospicio de su hijo Luis Ramiro Canda, ya que según informa el Negociado de Beneficencia, el niño que cuenta con nueve años de edad, no es impedimento, como alega la madre, para que ésta gane el sustento de ambos. ------ Folla: 43 6 - Accediendo a lo solicitado por Laureano Nerga, entregándole a su hija maría nº 6030. De conformidad con el informe del Sr. Administrador de la Inclusa, se acuerda entregar a Laureano Nerga Bermúdez, a su hija maría Nerga Otero, ingresada en aquel Establecimiento con el número 6030, por haberse acreditado que el solicitante cuenta con medios para la alimentación de ésta niña. ------ Folla: 43 7 - Declarando de abono cuenta del Manicomio de Conxo por estancias del mes de Febrero. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta importante 22.160 pesetas por estancias de dementes pobres en el Manicomio de Conxo correspondiente al mes de Febrero último, debiendo librarse dicha cantidad, con cargo al capítulo 8º artículo 5º de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 43 8 - Elevando a definitiva la adjudicación de la obra de terminación del pabellón izquierdo del Hospital, a D. Porfirio Diz Baltasar. Dada cuenta de la acta Notarial autorizada por el Licenciado D. Antonio del Río García, en 18 del actual, por la que se adjudicó provisionalmente a D. Porfirio Diz Baltasar, la obra de terminación del pabellón izquierdo del Gran Hospital de esta Capital, conforme al proyecto adicional fecha 18 de Enero último, en la cantidad de pesetas, ochenta y cuatro mil ochocientas cincuenta y ocho con setenta y tres céntimos, y transcurridos cinco días de plazo, sin que se formulasen reclamaciones contra ésta adjudicación provisional, se acuerda elevarla a definitiva, debiendo el Sr. Diz Baltasar, constituir la fianza definitiva en el plazo de diez días, a contar del siguiente en que se le comunique éste acuerdo. ------ Folla: 44 9 - Prestando aprobación a las cuentas que produce el Servicio de Repoblación Forestal de la primera quincena de Marzo. Informada favorablemente por el Sr. Delegado de Agricultura y Montes, se acuerda prestar aprobación a las cuentas que produce el Servicio de Repoblación Forestal correspondientes a la primera quincena de Marzo, según el detalle que a continuación se expresa: Por jornales de la 1ª zona .................................................................. 497,00 pesetas Por jornales de las zonas 2ª, 6ª y 9ª ................................................... 920,25 pesetas Por jornales y otros gastos en el Vivero .............................................. 749,95 pesetas Por jornales de instalación del teléfono ............................................... 56,00 pesetas Por jornales de la carretera forestal ................................................... 75,00 pesetas Por jornales y otros, en los jardines de este Palacio ............................ 135,25 pesetas Las expresadas cantidades deberán satisfacerse contra las consignaciones y capítulos habilitados para su pago en el vigente presupuesto. ------ Folla: 44 10 - Consignado la complacencia que se produce a esta Comisión el acuerdo de gratitud adoptado por el Patronato Local de Formación Profesional de Vigo, por haberle abonado los atrasos que se le adeudaban. Se entera la Comisión de oficio fecha 15 del actual del Patronato Local de Formación Profesional de Vigo, trasladando acuerdo de la sesión celebrada en 30 de Diciembre último y que dice así: "Se acuerda por unanimidad hacer constar en acta la satisfacción de este Patronato, por la benemérita gestión del Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Pontevedra Don Jacobo Rey Daviña, que ha abonado los atrasos de las aportaciones de la Diputación, al Patronato Local de Formación Profesional, aportaciones que tenían descuidadas las Diputaciones anteriores. Se acuerda también se comunique al Sr. Rey Daviña, la gratitud del Patronato por su patriótica y acertada labor." La Comisión consigna su complacencia por el preinserto acuerdo que estima tan merecido, como justificado. ------ Folla: 44 11 - Resolviendo de conformidad con lo propuesto por la Intervención sobre "Subsidio Familiar". Diose cuenta de oficio fecha 27 del actual nº 246 de la Intervención de fondos que dice así: "A la Excma. Comisión Gestora. visto el acuerdo de esa Excma. Comisión Gestora fecha 15 del actual, respecto al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de "subsidio familiar", estima esta Intervención que debiendo costearse dichas cargas por cuenta del ingreso del 6% con que han de contribuir al sostenimiento de las mismas, la Diputación y sus empleados, debe efectuarse el pago correspondiente con cargo al Capítulo XVII artículo 2ª del presupuesto provincial vigente. Pontevedra 27 de marzo de 1939 - III Año Triunfal. el Interventor, Alejandro Torres. Rubricado." La Comisión resolvió de conformidad con lo propuesto. ------ Folla: 44 12 - Concediendo un subsidio de 3 pts a la madre del combatiente Julio Ribeiro Franco, afecto a R. Forestal. De conformidad con lo propuesto por la Comisión Provincial de Subsidio al Combatiente, se acuerda conceder un subsidio de tres pesetas a Dª Remedios Franco, como madre del movilizado Julio Ribeiro Franco, afecto al Servicio de Repoblación Forestal desde el 15 de septiembre de 1938, y satisfaciéndose dichos subsidios con cargo a fondos provinciales contra la consignación habilitada para cumplimiento de éste servicio. ------ Folla: 44 13 - Dándose por enterada de oficio nº 311 del Excmo. Sr. Gobernador Civil que traslada Orden de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, resolviendo recurso de alzada formulado por el funcionario de esta Diputación d. Manuel Portas Riveiro, desestimando y confirmando el acuerdo de ésta Comisión Gestora de 11 de Enero último, declarándolo cesante en el cargo que desempeñaba, como tal funcionario. Diose cuenta de oficio nº 311 del Negociado 1º de la Sección primera del Gobierno Civil de la Provincia trasladando Orden comunicada de la Subsecretaría del Ministerio del Interior que dice así: "Dios, Patria, Franco. ¡Viva España! El Excmo. Sr. Subsecretario del Interior, me dice lo que sigue: "Excmo. Señor: Vito el recurso interpuesto, al amparo de las Ordenes de 2 de Enero y 10 de Agosto de 1937, por D. Manuel Portas Riveiro, contra acuerdo de la Comisión Gestora Provincial de Pontevedra, al declararle cesante en su cargo de funcionario de la misma, como comprendido en el Decreto 108 de la Junta de Defensa Nacional de 13 de Septiembre de 1936 y Decreto-Ley de 5 de diciembre de 1936. Resultando: Que ordenada por el gobernador Civil la depuración de los empleados de la Provincia, se instruyó expediente al citado Portas Riveiro. Resultando: Que incoado dicho expediente, con las debidas garantías procesales, de su examen y de los informes de la Comandancia de la Guardia Civil; Comisaría de Investigación y Vigilancia de F.E.T. y de las J.O.N.S., aparece claramente demostrada la significación izquierdista, es más, su matiz comunista, desde hace años; extremo que el inculpado no refuta con pruebas documentales en su contestación al pliego de cargos; Considerando: que la acusación principal de haber sido cotizante del Socorro Rojo Internacional formulada contra D. Manuel Portas Riveiro, aparece sobradamente probada en la unanimidad de los informes acerca de éste particular, el más grave de todos, pues esa organización de engranaje secreto y funcionamiento muy extenso al servicio del marxismo, es uno de los enemigos peores de los altísimos ideales religiosos y patrióticos impulsores del Glorioso Movimiento Nacional, libertador de España. Considerando: Que si bien esa acusación no se refiere exactamente a éstos últimos años, como el Sr. Portas Riveiro no se ha retractado de modo público y patente de su significado marxista, sino que hay testimonios autorizados de que actuó en favor del Frente Popular, sus antecedentes y su propia conducta reciente, todo induce a conceptuarle, manifiestamente incurso en el Decreto 108 de la Junta de Defensa Nacional y Decreto-Ley de 5 de Diciembre de 1936. Este Ministerio ha acordado desestimar el recurso de referencia y confirmar el acuerdo de la Comisión Gestora Provincial de Pontevedra, destituyendo de su cargo al funcionario de la misma D. Manuel Portas Riveiro. Lo que comunico a V.E. para su conocimiento, el de la Diputación e interesado, a sus efectos, con devolución del expediente, cuidando de que el mismo, antes de ser archivado en las Oficinas correspondientes, sea reintegrado, de acuerdo con cuanto determinan la vigente Ley del Timbre y Orden del Ministerio de Hacienda del 3 de Septiembre último." Lo que traslado a V.S. para su conocimiento, el de la Comisión Provincial y el del interesado, adjuntándole el expediente, el cual deberá ser reintegrado debidamente, antes de ser archivado. Dios guarde a V.S. muchos años. Pontevedra 24 de marzo de 1939 - III A.T. El Gobernador Civil, M. Torres. Rubricado. Sr. Presidente de la Diputación Provincial Pontevedra." La Comisión acuerda se notifique al Sr. Portas Riveiro el contenido de la preinserta disposición Ministerial a los efectos de su cumplimiento y reintegro del expediente. ------ Folla: 44,45 14 - Resolviendo de conformidad con las conclusiones formuladas por el Vicepresidente Sr. de Toledo Freire, como Juez instructor del expediente incoado a la enfermera del Hospital Dª. Juliana Barreneche, por acuerdo de esta Comisión de 8 del actual; decretando la separación del servicio de ésta, y sancionando al Sr. Administrador Sr. Fondevila y al Portero, Manuel Serén del Río. En cumplimiento de lo acordado por esta Comisión en sesión de 8 del actual, el Vicepresidente de esta Diputación y Delegado del Gran Hospital, Sr. de Toledo Freire, presenta a la Comisión su informe como Juez instructor, para aclaración de los hechos, del expediente que se ha instruido, a que aludía el oficio nº 990 del Excmo. Sr. Gobernador Civil con relación a la salida del Gran Hospital, sin la necesaria autorización gubernativa, de la enferma Otilia Barcia Castro, y a la vista de los artículos 14 y 15 del Reglamento del Gran Hospital, dicho Juez Instructor concreta el resultado de su actuación proponiendo que procede: 1º Declarar libre de responsabilidad al Médico de Sala D. Luis Sobrino Buhigas. 2º Que se imponga al Administrador del Gran Hospital D. Bernardino Fondevila, como incurso en falta de celo en el servicio, sin grave perturbación del mismo, la sanción de amonestación, con traslado de dicho funcionario a otras dependencias de las que rija la Diputación Provincial, pero teniendo presente que éste traslado no implica el reconocimiento del carácter de funcionario provincial a favor del Sr. Fondevila, sino el libre uso de la facultad de acordar traslados que concede el artº 2º del Reglamento del Hospital. 3º Que se imponga al Portero Manuel Serén del Río, la sanción de apercibimiento como autor de falta, de carácter leve. 4º Que se decrete la separación del servicio, de la enfermera Juliana Barreneche, como incursa en falta grave, por carencia de celo en el servicio, con grave perturbación para el mismo y de desobediencia, con mala fe, a órdenes superiores. 5º Que se remita copia certificada del expediente al Excmo. Sr. Gobernador Civil por si entendiera procede la imposición de sanciones de índole gubernativa, así como la aclaración de los hechos denunciados en las comparecencias que figuran al folio. 6º Que en lo sucesivo, y en caso de ingreso de enfermos en las condiciones de Otilia Barcia, se esté a lo que en su declaración expone el Director facultativo del Establecimiento. La Comisión Gestora acuerda, de conformidad con todas y cada una de las conclusiones formuladas por el Sr. Juez Instructor de éste expediente, anteriormente transcriptas, imponiendo a D. Bernardino Fondevila, la sanción de amonestación con traslado a las Oficinas de esta Diputación cuya dependencia determinará la Presidencia; apercibiendo también al Portero del Hospital Manuel Serén del Río; y decretando la separación del servicio de la enfermera Juliana Barreneche como incursa en falta grave de desobediencia a órdenes superiores, debiendo además remitirse copia certificada de este expediente a la primera autoridad gubernativa de la Provincia que dispusiera su tramitación a los efectos propuestos por dicho Juez Instructor; debiendo ejecutarse y cumplimentarse a la vez cada uno de los extremos contenidos en la propuesta que se acepta en todas sus partes. ------ Folla: 45 15 - Designando Peón Caminero de la carretera de Paradela a Cuntis, al caballero mutilado D. Eladio Prego Mella. A propuesta de la Comisión Inspectora provincial del Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria, y previo examen practicado ante la misma, se acuerda designar Peón Caminero del kilómetro 1,150 de la primera sección al Km 3,450 de la segunda sección, de la carretera provincial de Paradela a Cuntis que constituye un trozo de 4,600 Kms, al caballero mutilado D. Eladio Prego Mella, con el haber diario de 5 pesetas. ------ Folla: 45 16 - Dirigiendo un despacho al Jefe de Estado Mayor de la Armada, interesándole acepte el ofrecimiento de la "Bandera de Combate para el Crucero "Galicia" y el honor de que sea entregada en la Ciudad y Puerto de Vigo. A propuesta de la Presidencia, se acuerda dirigir al Jefe de Estado Mayor de la Armada el siguiente despacho telegráfico: "La Diputación Provincial de Pontevedra acordó por aclamación interesar respetuosamente de V.E. se digne aceptar el ofrecimiento de la "Bandera de Combate" para el Crucero Español "Galicia" que le dedicará toda la Región, recabando el honor de que dicha insignia sea entregada solemnemente en la Ciudad y Puerto de Vigo, ruta de unión hispano-americana y que valerosamente se alzó desde los primeros momentos fundida al Glorioso Movimiento Nacional. ------ Folla: 45 17 - Consignando en acta la mayor emoción por el feliz término de la Guerra y Reconquista de España y dirigiendo telegramas a las Autoridades Superiores. Se acuerda consignar en acta la mayor emoción satisfactoria de la Comisión Gestora por el triunfal término de la reconquista para España de las Provincias sometidas hasta ahora a la esclavitud soviética y dirigir telegramas de felicitación, con este motivo a los Excmos. Señores: Vicepresidente del Gobierno; Ministro del Interior; y Secretario de S.E. el Jefe del Estado. ------ Folla: 45 18 - Nombrando provisionalmente Administrador del Hospital a D. Joaquín Núñez, que lo es de la Inclusa. Acordado por esta Comisión el traslado del Administrador del Gran Hospital a prestar servicios en las Oficinas de ésta Diputación, se dispone, desempeñe provisionalmente el cargo de Administrador del Gran Hospital de Pontevedra, el administrador de la Inclusa D. Joaquín Núñez, al que se comunicará este acuerdo, para que entre inmediatamente en el desempeño de las funciones que se le encomiendan, sin que cese en el cometido de Administrador de la Inclusa. ------ Folla: 45 19 - Decretando el cese de Peón Caminero provisional de la carretera de Paradela a Cuntis de Antonio Canas Oubiña. Nombrado a propuesta de la Comisión Provincial de Mutilados, Peón Caminero de la carretera provincial de Paradela a Cuntis por acuerdo de hoy, un Caballero Mutilado de Guerra por Dios y por la Patria, se acuerda cese en el desempeño de su cometido el que con carácter provisional venía desempeñando tal plaza en el mismo trozo, Antonio Canas Oubiña, al que se nombrará por la Presidencia en 7 de Octubre de 1936. - Se levantó la sesión - ------
Ãrea de notas
Nota