Fondos
1839-12-07_Ordinaria. Acta de sesión 1839/12/07_Ordinaria
Acta de sesión 1839/12/07_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/3.1839-12-07_Ordinaria
Título Acta de sesión 1839/12/07_Ordinaria
Data(s) 1839-12-07 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 108 1. Oficio del ayuntamiento de Vigo pidiendo la continuación de arbitrios para cubrir déficit de 7.000 reales de la cuota de consumos en las extraordinarias de guerra. Se acordó concederlo como contribución local hasta cubrir la cantidad que falta de la cuota de consumos, rindiendo cuenta de su producto e inversión. ------ Folla: 108 2. Vista del extracto formado por la mesa sobre las cuentas particulares del ayuntamiento de Baiona en los años 1835 y 1836; se acordó que no estando clasificado el expediente, una comisión formada por los señores González, Fontano y Gómez, con el oficial encargado del ramo de propios, realicen un pequeño extracto de dicho expediente para que la Diputación quede enterada de dicho asunto. ------ Folla: 108 3. Oficio del ayuntamiento de Cereixo, incluyendo copia del acuerdo enviado por el presidente de la Junta Parroquial de Beneficencia de Ouzande, sobre autorización para conceder a la junta el reparto de 300 reales de arbitrios. La Diputación se opone a dicho repartimiento, obligando a la devolución de los 300 reales a los vecinos, y que no se haga ningún pago sin conocimiento ni autorización competente. ------ Folla: 108,109 4. Expediente instruido por el ayuntamiento de Cereixo, solicitando a Diputación el traslado provisional de la capital de dicho pueblo de A Estrada al de Foxo Corbelle. Visto el dictamen de los procuradores generales, se acordó permitir el traslado provisional. ------ Folla: 109 5. Expediente remitido por el jefe político a solicitud del vicecónsul francés para su resolución, sobre la reclamación de Pedro Curtada contra el ayuntamiento de Ponte Caldelas, por el embargo de efectos por no satisfacer la contribución extraordinaria de guerra por comercio e industria, a pesar de estar exento de contribuir como súbdito del rey francés. Acordó la Diputación declararle exento, y obligar al ayuntamiento de Ponte Caldelas al pago de la cantidad que le repartió. ------ Folla: 109 6. Expediente remitido por el Jefe Político a solicitud del vicecónsul francés en virtud de reclamación del súbdito francés Pedro Anselmo Feliz Delvieur, contra el ayuntamiento de Vilagarcía por el embargo para que pague la cuota que le repartió por la extraordinaria de guerra, solicitando que se le declare exento y se le devuelvan los efectos embargados. La Diputación acordó declararle exento y que el ayuntamiento lo excluya de los compartos y le devuelva los efectos embargados. ------ Folla: 109 7. La Comisión nombrada para informar sobre la Real Orden del 18 de enero de 1839 pidiendo noticias sobre el estado de los caminos, medios para conservarlos y arbitrios con los que podría contarse para ello, y teniendo a la vista los portazgos de Ulló y A Lata, presentó el siguiente dictamen: 1º, arrendar por orden de la Diputación los citados portazgos para emplear lo recaudado en reparar la carretera donde están situados, dando conocimiento de esto a la Diputación de A Coruña para las reales ordenes; 2º, informar al gobierno de la aplicación de la RO; 3º, que para las carreteras de Pontevedra a Marín, y la carretera de Vigo a Castilla por Ourense, existen otros arbitrios, sin que convenga crear nuevos ante la situación delicada de los pueblos. La Diputación acordó que se oficie a los alcaldes de dichos ayuntamientos para que se arriende los portazgos de Ulló y A Lata anunciando se al público en el BOP con efecto al día 22 de Diciembre, dando posesión a los que resulten mayores postores el 1º de enero próximo, dando conocimiento a la Diputación de A Coruña de esta resolución. ------ Folla: 110 8. Oficio del Jefe Político consultando si un batallón de la Milicia Nacional perteneciente a dos ayuntamientos, y al proceder nacionales de un distrito a la recomposición de armas, ambos deben contribuir con sus fondos. Se acordó que los fondos de escala gradual producidos por los exceptuados de un distrito municipal son comunes a los gastos del batallón que se forme con ciudadanos del mismo o de otros distritos, debiendo los ayuntamientos entregar las cantidades que la autoridad les reclame para las atenciones del batallón prevenidas en la ordenanza, siendo esta de carácter general para todos los casos análogos, transmitiéndolo al Subinspector, comandante general de la milicia nacional. ------ Folla: 110 9. Oficio del Jefe Político de 29 de enero para que la Diputación informe sobre oficio enviado a Su Majestad a cerca de la exposición del medico titular de Vigo, don Víctor González, quejándose de que el ayuntamiento en acuerdo del 27 de noviembre le cesó de su cargo, debido a la falta de fondos de propios y arbitrios, lo mismo que del cargo de cirujano; declara que el ayuntamiento no tiene facultades para tomar esta decisión. Acompaña ademas este oficio el informe del ayuntamiento de Vigo. acordó la Diputación que el ayuntamiento no tiene facultades para tomar es decisión, considerando necesarios los cargos de médico y cirujano en Vigo, obligando al ayuntamiento a que se le abonen las cantidades bien por arbitrios o por reparto vecinal entre los pueblos que asista, ya que la Junta de Beneficencia no tiene fondos para pagar, como se previene en el artículo 13 de la ley de 3 de febrero de 1823. ------ Folla: 110 10. Reales Ordenes que previene el pago de las dotaciones a los médicos de baños termales de los fondos provisionales. La Diputación acordó que la Comisión permanente informe acerca de esta disposición. ------ Folla: 110 11. Acuerdo para que se represente a Su Majestad pidiendo se digne declarar como dispensado del servicio de Milicia Nacional al secretario de esta Corporación. ------
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