ATOPO
Rexistros actuais: 1.639.067
Obxectos dixitais dispoñibles: 505.531

Acta de sesión 1928/08/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.049/1.1928-08-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1928/08/17_Ordinaria

  • Data(s) 1928-08-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 49
    1. Reunidos en el salón de sesiones del Palacio de la Diputación a las once del día de hoy diecisiete de agosto de mil novecientos veintiocho bajo la presidencia de Don Daniel de la Sota Valdecilla los señores Don Daniel Fraga Aguiar, Don Alfredo Espinosa Orrea, Don César Lois Vidal, Don Guillermo Sarmiento Gil, Don Gaspar Massó García, Don Joaquin Pimentel Abeleira, Don Martín Lago González, Don José Olmedo Reguera, Don Pedro García Fernández, Don Esteban Fuentes Marin, y, Don Manuel Torres Agrelo, abrióse la sesión y leída el acta de la ordinaria anterior, correspondiente al dos de julio último, por unanimidad ha sido aprobada.
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    Folla: 49
    2. Se da lectura de la convocatoria número ciento sesenta y tres inserta en el Boletin Oficial de esta provincia número 183 correspondiente al día diez del actual, y de los articulos del Estatuto provincial pertinentes al acto.
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    Folla: 49,50
    3. Por la presidencia se ordenó la lectura de la carta del Presidente de la Diputación provincial de Madrid indicando que el lanzamiento al mercado del primer período de emisión de las cédulas de crédito local interprovincial no se realizará hasta la fecha adecuada del mes de octubre que se convenga entre el Comité y el Banco, pero éste, a requerimiento de las Diputaciones mancomunadas que lo deseen abrirá créditos para las atenciones inmediatas de su plan en las condiciones previstas. Al hacerse efectivo el importe de la primera puesta en circulación se cancelarán los créditos abiertos desarrollándose la operación como se ha fijado en las estipulaciones aprobadas.
    La Diputación quedó enterada.
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    Folla: 50,51
    4. En el Boletín del centro de las Diputaciones de régimen común se publica con carácter oficioso todo lo relativo a la operación de crédito para caminos vecinales o sea el presupuesto extraordinario de la mancomunidad de Diputaciones de régimen común para la operación de crédito destinada a caminos vecinales que literalmente es como sigue.
    INGRESOS
    Capítulo I 2º semestre
    interprovincial de
    1928 1929 1930 1931 1932 Total
    Nominal de la operación de crédito concertada con el Banco de Crédito local, según estipulaciones entre este y la mancomunidad, a distribuir por provincias, en las anualidades siguientes:
    31.929.413,51 54.583.880,95 56.738.397,36 56.291.287,61 55.769.188,96 255.312.168,39
    Capítulo II
    Eventuales y extraordinarios
    Intereses que, en general, puedan devengar las sumas capitalizadas, en cuenta corriente, a la vista o a plazo, en el Banco de Crédito Local
    150.000,00 525.000,00 525.000,00 525.000,00 525.000,00 2.250.000,00
    Diferencias entre las economías resultantes, según la petición de fondos de cada provincia, y las que efectivamente se obtengan, caso de aplazamiento total o parcial de cualquiera de las emisiones previstas.
    15.000,00 40.000,00 40.000,00 40.000,00 40.000,00 175.000,00
    32.094.413,51 55.148.880,95 57.303.397,36 56.856.287,61 56.334.188,96 257.737.168,39

    GASTOS
    Capítulo I
    Subvenciones del estado, capitalizadas para la construcción de caminos vecinales.
    Consignaciones por capitalización, de las subvenciones que el estado asigna a las 35 provincias mancomunadas, para distribuir entre estas en la proporción que han solicitado para cada período, a saber
    Albacete:
    1.500.000,00 2.000.000,00 2.000.000,00 2.000.000,00 766.690,81 8.266.690,81
    Alicante:
    500.000,00 800.000,00 1.000.000,00 1.000.000,00 1.186.799,16 4.486.799,16
    Almería:
    992.918,94 1.654.864,90 2.482.297,36 1.754.156,80 1.458.095,53 8.342.333,53
    Ávila:
    500.000,00 1.200.000,00 1.300.000,00 1.000.000,00 866.738,10 4.866.738,10
    Badajoz:
    500.000,00 2.500.000,00 3.000.000,00 5.000.000,00 8.038.889,02 19.038.889,02
    Baleares:
    800.000,00 1.000.000,00 700.000,00 600.000,00 561.123,33 3.661.123,33
    Barcelona:
    3.000.000,00 5.306.016,05 700.000,00 600.000,00 561.123,33 8.306.016,05
    Burgos:
    300.000,00 1.000.000,00 2.000.000,00 2.000.000,00 2.433.025,04 7.733.025,04
    Cáceres:
    2.000.000,00 4.000.000,00 4.000.000,00 3.439.129,32 2.433.025,04 7.733.025,04
    Cádiz:
    500.000,00 1.300.000,00 1.800.000,00 2.000.000,00619.100,85 6.219.100,85
    Castellón:
    2.078.994,57 900.000,00 900.000,00 1.112.453,65 619.100,85 4.991.448,22
    A Coruña:
    700.000,00 1.600.000,00 1.600.000,00 1.600.000,00 1.828.773,25 7.328.773,25
    Cuenca:
    435.000,00 1.740.000,00 2.610.000,00 2.175.000,00 2.138.135,88 9.098.135,88
    Gerona:
    700.000,00 700.000,00 700.000,00 700.000,00 838.151,50 3.638.151,50
    Guadalajara:
    1.000.000,00 1.000.000,00 1.500.000,00 1.400.000,00 1.234.079,06 6.134.079,06
    Huesca:
    1.400.000,00 1.460.000,00 1.520.000,00 1.580.000,00 1.965.684,26 7.925.684,26
    Jaén:
    1.000.000,00 2.000.000,00 2.000.000,00 2.500.000,00 2.980.672,97 10.480.672,97
    León:
    1.800.000,00 1.860.000,00 1.900.000,00 1.920.000,00 2.472.774,20 9.952.774,20
    Lérida:
    250.000,00 1.000.000,00 1.500.000,00 2.000.000,00 2.927.962,20 7.677.962,20
    Logroño:
    300.000,00 650.000,00 650.000,00 700.000,00 772.112,08 3.072.112,08
    Lugo:
    800.000,00 1.400.000,00 2.000.000,00 1.500.000,00 1.685.556,62 7.385.556,62
    Madrid:
    362.500,00 2.293.000,00 1.751.100,00 1.662.986,37 1.992.297,09 8.061.883,46
    Málaga:
    630.000,00 1.260.000,00 1.575.000,00 1.575.000,00 1.568.700,20 6.608.700,20
    Murcia:
    1.350.000,00 1.980.000,00 1.890.000,00 1.890.000,00 2.197.052,33 9.307.052,33
    Ourense:
    500.000,00 800.000,00 1.000.000,00 1.400.000,00 1.878.378,52 5.578.378,52
    Oviedo:
    1.200.000,00 1.600.000,00 2.500.000,00 1.600.000,00 1.506.621,56 8.406.621,56
    Pontevedra:
    500.000,00 1.000.000,00 1.000.000,00 750.000,00 299.285,27 3.549.285,27
    Santander:
    400.000,00 500.000,00 680.000,00 860.000,00 1.163.726,39 3.603.726,37
    Segovia:
    200.000,00 700.000,00 700.000,00 700.000,00 1.597.238,37 3.897.238,37
    Soria:
    600.000,00 1.750.000,00 2.000.000,00 1.250.000,00 800.338,53 6.400.338,53
    Tarragona:
    780.000,00 780.000,00 780.000,00 780.000,00 901.159,98 4.021.159,98
    Teruel:
    2.000.000,00 1.500.000,00 1.500.000,00 1.500.000,00 1.724.608,08 8.224.608,08
    Valencia:
    1.000.000,00 2.500.000,00 2.500.000,00 2.500.000,00 2.617.953,97 11.117.953,97
    Zaragoza:
    1.000.0000,00 2.000.000,00 3.000.000,00 3.000.000,00 2.747.464,81 11.747.464,81
    31.929.413,51 54.583.880,95 56.738.397,36 56.291.287,61 55.769.188,96 255.312.168,39
    Capítulo II.= Ampliaciones
    Formalización de aumento en las consignaciones por los conceptos a que se refiere el capítulo II de "Ingresos"
    165.000,00 565.000,00 565.000,00 565.000,00 565.000,00 2.425.000,00
    32.094.413,51 55.148.880,95 57.303.397,36 56.856.287,61 56.334.188,96 257.737.168,39

    Abierta discusión y no habiendo ningún señor diputado que hiciese uso de la palabra, para impugnar el preinserto presupuesto extraordinario de la mancomunidad de Diputaciones de régimen común, para la operación de crédito destinada a la construcción de caminos vecinales, ha sido aprobado por unanimidad.
    ------
    Folla: 51
    5. Por la presidencia se ordena la lectura del presupuesto general ordinario de la Mancomunidad de Diputaciones de Régimen Común para la operación de crédito destinada a caminos vecinales que habrá de regir durante el segundo semestre de mil novecientos veintiocho y que literalmente copiado dice así:
    "Presupuesto general ordinario para el segundo semestre de 1928".
    Ingresos
    Capitulo III, Subvenciones.- Articulo 1º, Del Estado.
    A percibir del Estado para atender al servicio de intereses de la operación de crédito concerta con el Banco de Crédito Local, para la construcción de caminos vecinales, según la petición de fondos formulada por cada provincia, cuyo pormenor se inserta en el presupuesto extraordinario.
    814.200,04
    Gastos.
    Capitulo XI, Obras públicas.- Articulo 2º, Construcción de caminos vecinales.
    Total interés a satisfacer por cuenta de las provincias mancomunadas al Banco de Crédito Local, según la petición de fondos formulada por cada una de aquellas y a razón del 5,10 por 100 sobre el nominal de la operación concertada para el semestre actual, que asciende a 31.929.413,51 814.200,04

    Desarrollo de la operación Servicio del Empréstito, Consignaciones
    anuales a cargo del Estado.= (Concepto
    1º, artículo único, capitulo 20 del
    Presupuesto del Ministerio de Fomento).
    Años Importes parciales Importes totales Intereses Intereses y a-
    en circulación en circulación 5 por 100. mortización
    coef.
    7.12224436
    por 100.
    ----------------------------------------------------------------------------------------------
    2º semestre
    de 1928. 31.929.413,51 31.929.413,51 814.200,04 "
    Año de 1929 54.583.880,95 86.513.294,46 4.412.178,01 "
    Año de 1930 56.738.397,36 143.251.691,82 7.305.836,28 "
    Año de 1931 56.291.287,61 199.542.979,43 10.176.691,95 "
    Año de 1932 55.769.188,96 255.312.168,39 13.020.920,58 "
    1º semestre
    de 1933 " 255.312.168,39 6.510.460,30 "
    2º semestre
    de 1933 y si-
    guientes, hasta
    el 1º semestre
    de 1958 inclusive. Período de amortización en el cual la subvención
    anual que el Estado viene consignand para estas
    finalidades por un importe de 16.561.307
    pesetas (Gaceta de 9 de noviembre de 1927), se
    eleva con el 1/25, importe de las economias ob-
    tenidas en el período de emisión, a .................
    " 18.183.956,51

    Abierta discusión y no habiendo ningún Señor Diputado que hiciese uso de la palabra para impugnar los consignados capítulos y articulos del preinserto presupuesto general ordinario para el segundo semestre del año mil novecientos veintiocho por unanimidad ha sido aprobado.
    ------
    Folla: 51
    6. Se da lectura del proyecto de presupuesto extraordinario que presenta la Comisión de presupuestos para construcción de caminos vecinales correlativo con el presupuesto extraordinario de la Mancomunidad de Diputaciones de régimen común autorizada por Real Decreto de veinticinco de junio del corriente año y que dice así:

    Ingresos
    Capitulo. Articulo.
    3º 1º Subvenciones del Estado.=
    Subvención capitalizada para caminos según la distribu-
    ción consignada en el presupuesto extraordinario de la
    Mancomunidad:
    A percibir en el segundo semestre
    de 1928. 500.000
    Id en el año 1929. 1.000.000
    Id en el año 1930. 1.000.000
    Id en el año 1931. 750.000
    Id en el año 1932. 299.285,27
    Total ingresos 3.549.285,27
    Gastos.
    11º 2º Obras públicas y edificios provinciales
    Para construcción de caminos vecinales según la dis-
    tribución arriba dicha y como sigue
    Para los gastos de construcción en el
    segundo semestre de 1928. 500.000
    Para los de idem de idem durante
    el año de 1929. 1.000.000
    Para los de idem de idem durante
    el año de 1930. 1.000.000
    Para los de idem de idem durante
    el año de 1931. 750.000
    Para los de idem de idem durante
    el año de 1932. 299.285,27
    Total gastos 3.549.285,27
    Pontevedra 16 de agosto de 1928.= La Comisión de presupuestos: Daniel Fraga.= Alfredo Espinosa.= José Olmedo.= Martín Lago.= Todos rubricados.
    Abierta discusión y no habiendo ningún señor diputado que impugnase el preinserto presupuesto ha sido aprobado por unanimidad.
    ------

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