ATOPO
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Acta de sesión 1955/12/17_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.062/1.1955-12-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1955/12/17_Ordinaria

  • Data(s) 1955-12-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 96 Señores: Presidente; Sr. Rocafort Martinez. Vicepresidente; Sr. Massó Garcia. Diputados: Sr. Carballal Morgade, Cerecedo Lapatza Conde de Ponte, Fernández Alonso, González Taboada, Jurado Romero, Pousa Lamas, Romay Martinez, Sierra Cordo, Vázquez de Silva, Vieitez Cortizo. Secretario; Sr. Posse Garcia. Interventor; Sr. Garcia Álvarez. 1. Presidida por el ILtmo. Sr. D. Luis Rocafort Martinez, y con asistencia del vicepresidente Sr. Massó García y los Diputados Sres: Carballal Morgade, Cerecedo Lapatza, Conde de Ponte, Fernández Alonso, González Taboada, Jurado Romero, Pousa Lamas, Romay Martinez, Sierra Cordo, Vázquez de Silva y Vieitez Cortizo, celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación en el Salón de Actos del Palacio Provincial, siendo las dieciocho horas del dia de hoy, diecisiete de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y el Interventor de Fondos Sr. Garcia Álvarez. Excusan su inasistencia por causa justificada los Diputados Sres: Bugallo Sineiro, Campos Paseiro, Muiños Iglesias y Pérez Crespo. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran en el Orden del dia adoptándose los acuerdos que a continuación se consignan: Se da lectura a las sesiones ordinaria y extraordinarias que corresonden al dia 29 de noviembre último, cuyas actas han sido aprobadas por unanimidad. ------ Folla: 96 2. Restablecer a D. Joaquin González Portero del sanatorio de A Lanzada la gratificación anual de 2.000 pesetas. Vista la instancia que suscribe D. Joaquin González, Portero del Sanatorio Maritimo de A Lanzada, solicitando el restablecimiento de la gratificación que le fué retirada a primeros de 1953; el Pleno teniendo en cuenta el informe favorable de la Comisión de Hacienda, acuerda conceder al solicitante la gratificación anual de 2.000 pesetas, en atención a los trabajos extraordinarios que realiza, además de los propios del cargo que desempeña y que justifica con los informes del Médico-Director y Superiora de dicho Centro benéfico. Dicha gratificación le será abonada por dozavas partes a partir de 1º de enero de 1956. ------ Folla: 96 3. Desestimar la reclamación de D. Gumersindo Lamas Vence, contra ocupación de terrenos necesarios para construir el c.v. de Feria del Rio a San Salvador en Rodeiro. Examinada la reclamación formulada por D. Gumersindo Lamazares Vence, contra la ocupación de terrenos necesarios para la construcción del c.v. de Feria del Rio a San Salvador, en el término municipal de Roderio, para lo cual en el B.O. de la Provincia de 1º de septiembre último y en cumplimiento de lo que dispone el art. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa vigente y los 20 y 24 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, resulta: Que el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras Provinciales informa que en visita realizada a Rio, se entrevistó con el reclamante señalandole cual era la finca a ocupar, la que se midió en su presencia, resultando extraño que manifieste ahora que no estaba enterado hasta que leyó en el B.O. el edicto correspondiente. Que en relación con los acuerdos que cita y reproduce en su instancia debe aclararsele, que posteriormente a los mismos, el Ayuntamiento solicitó una variante, la que autorizaba, dió lugar a que se hiciese el estudio sometiendose luego a aprobación y posteriormente a información pública, sin que se presentase reclamación alguna por D. Gumersindo Lamazares Vence, También informa el citado Ingeniero-Director, que como el camino de Rio a San Salvador figura en el Plan de cc.vv. aprobado, lleva implicitas la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los terrenos necesarios, con arreglo al replanteo y a las variantes aprobadas y sometida a información pública como ocurre en la que nos ocupa. Que lo que respecta a la inutilización de caminos de carro, que ya está previstas en proyecto las rampas necesarias que cubran el servicio, y por último, y con relación al perjuicio que el citado reclamante dice se le originara en sus posesiones, con motivo de las construcción del c.v. es notorio que lejos de perjudicarle aumentará el valor de la casa al tener cerca un camino vecinal. Por todo lo cual, y teniendo en cuenta asimismo lo informado por la Comisión de obras Públicas y Paro Obrero, el Pleno acuerda desestimar la reclamación presentada por D. Gumersindo Lamazares Vence. Contra este acuerdo podrá interponer recurso de reposición dentro de los quince dias siguientes a su notificación, y previo el contencioso-administrativo ante el Tribunal Provincial en los plazos y forma prevenida en el art. 388 de la vigente Ley de Régimen Local. ------ Folla: 96 4. Aprobar propuesta de colocación de etiquetas en el Arboreto de Lourizán. Prestar aprobación a la propuesta del Ingeniero encargado del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales, para colocación de etiquetas en el Arboreto de Lourizán, con un presupuesto de gastos por importe de 2.204,45 pesetas y que se eleve a la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 96 5. Aprobar propuesta de Cultivo del Arboreto de Lourizán durante el año 1956. Prestar aprobación a la propuesta del Ingeniero encargado del Centro Regional de Enseñanzas, Investigacionesy Experiencias Forestales, "de cultivo del Arboreto de Lourizán", durante el año 1956, con un presupuesto de gastos por importe de pesetas 11.065,13 y que se eleve a la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 96 6. Aprobar propuesta de salarios al Peón vigilante del Arboreto de Lourizán. Prestar aprobación a la propuesta del Ingeniero encargado del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales, de remisión de fondos para el abono de salarios al Peón Vigilante del Patrimonio Forestal del Estado en el Arboreto de Lourizán, con un presupuesto de gastos por importe de 9.015,92 pesetas y que se eleve a la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 96 7. Aprobar propuesta de material no inventariable del Arboreto de Lourizán. Prestar aprobación a la propuesta del Ingeniero encargado del centro de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales, de "material inventariable del Arboreto de Lourizán", con un presupuesto de gastos por importe de 4.545 pesetas y que se eleve a la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 96,97 8. Aprobar Padrón de productos del campo del Ayuntamiento de Pontevedra. Examinado el Padrón sobre Productos del Campo del Ayuntamiento de Pontevedra, correspondiente al ejercicio de 1954, cuya base impositiva asciende a la suma de 13.406.151 pesetas y cuya cuota total es de 201.092,50 pesetas, la Corporación visto el informe del Negociado correspondiente, ha acordado prestarle su aprobación. ------ Folla: 97 9. Desestimar las reclamaciones presentadas por los contribuyentes contra el Padrón de productos del campo del Ayuntamiento de Pontevedra, en todas sus partes, menos en lo que respecta al número de familiares. Se acuerda desestimar las reclamaciones de varios contribuyentes cuya relación se inserta, contra el valor de producción que se les asignó en el Padrón del Arbitrio sobre la riqueza provincial, del Ayuntamiento de Pontevedra, y estimandolas por lo que respecto al número de familiares. Relación de reclamaciones estimadas en parte Nº Contribuyentes Nº Familiares Parroquia 1 Benito Rivas Maquieira 9 Sta. Maria de G. 2 Gumersindo Fontan Hermida 10 Berducido 3 Cándido Blanco Gómez 8 Berducido 4 Hdros. de Constante Tilve Fontán 10 Berducido 5 Peregrina Crespo Dios 7 Berducido 6 Engracia González Castro 9 Berducido 7 Dolores Sobral Morgade 9 Berducido 8 Dorinda Pérez Maquieira 8 Berducido 9 Manuel Fontán Dios 9 Berducido 10 José Gómez Solla 3 Berducido 11 Julia Hermida Maquieira 5 Berducido 12 Eugenio Morgade Morgade 8 Berducido 13 José Solla Sobral 8 Berducido 14 Teresa Vilanova Farto 7 15 Porfirio Diz Baltasar 16 Marcón 16 Domitila Portela Gómez 8 Marcón ------ Folla: 97 10. Estimar reclamación formulada por D. Juan Vidal Fraga, contra el Padrón de contribuyentes por productos del Campo del Ayuntamiento de Pontevedra. Vista la reclamación formulada por D. Juan Vidal Fraga, vecino de la parroquia de Marcón, contra el Padrón de contribuyentes sujetos al pago del Arbitrio provincial que grava los productos del campo, por el ejercicio de 1954 y confeccionado por el Ayuntamiento de Pontevedra. Resultando: Que la reclamación producida se fundamente en que en el Padrón figura Dña. Valentina Rodríguez de Viguri y hermanos Viguri con un liquido impobible de 6.173.,00 pesetas, correspondiéndole una cuota de 763,90 pesetas y que parte de dichas propiedades adquirió el Sr. Vidal Fraga por compra en el año 1953 y otras lo fueron por varios labradores de dicha parroquia; que el reclamante tiene a su cargo doce familiares y la consideración de residente por vivir en dicha localidad y que si la vivienda y fincas adquiridas no figuran a su nombre en la contribución del Estado, es por que la Administración de Propiedades de la Delegación de Hacienda no ha admitido altas desde hace tres años, debido a la rectificación del amillaramiento. Considerando: Que el articulo 5º de la Ordenanza reguladora del Arbitrio establece que la base de imposición se estimará en razón de la producción normal por hectárea de terreno y por número de pies para frutales y que la Diputación Provincial por acuerdo plenario de 18 de febrero del año en curso, señaló la forma y cuantia en que habia de ser estimada esta producción por hectárea de cultivo y asimismo que el valor de esta producción era equivalente al resultado de multiplicar el liquido imponible de la Contribución Territorial por 8,25 se deduce que si el liquido imponible asignado en el Padrón de Contribuyentes de la Contribución Rústica del Estado están comprendidas la totalidad de las fincas que poseía Dña. Valentina Rodríguez de Viguri y hermanos de Viguri de los que el Don Juan Vidal Fraga solo adquirió parte, no debe satisfacer más arbitrio sobre la riqueza provincial que el que le corresponda a aquellas fincas que son de su propiedad, y el resto deberá ser satisfecho por los otros propietarios adquirientes. Considerando: Que la Diputación Provincial carece de antecedentes para poder efectuar esta división de propiedad y por otra parte, es el reclamante a quien corresponde aportar la justificación a las alegaciones que fundamenta su pretensión. El Pleno de esta Diputación acuerda que por el Sr. Vidal Fraga se formalice declaración jurada de los terrenos que ha adquirido por compra a Dña. Valentina Rodriguez de Viguri y hermanos de Viguri, con expresión de superificie y cultivos a que los dedica, a fin de que, una vez comprobado por el Servicio de Amillaramiento de esta Diputación, se proceda a desglosar el liquido imponible asignado a Dña. Valentina Rodriguez de Viguri y hermanos Viguri, por la parte que es dueño el Sr. Vidal y la de los demás actuales propietarios de esta heredad, señalándose nueva cuota del arbitrio acorde con la superficie de terreno que cultiva y que por consumo familiar se establezca la desgravación que con arreglo al articulo 5º de la Ordenanza corresponda a doce familiares, que son los que tiene a su cargo, declarándose baja en el Padrón de contribuyentes sobre la riqueza provincial, productos del campo, del Ayuntamiento de Pontevedra, la contribuyente número 3.492 "Dña. Valentina Rodriguez de Viguri y hermanos de Viguri" y en su dia causa alta por accidental D. Juan Vidal Fraga y los demás propietarios de las fincas que comprende dicha propiedad. ------ Folla: 97,98 11. Desestimar las reclamaciones presentadas por los contribuyentes que se relacionan contra el Padrón del Ayuntamiento de Pontevedra que grava la riqueza provincial por productos del campo. Desestimar las reclamaciones de varios contribuyentes, cuya relación se inserta, contra el valor de producción que se les asignó en el Padrón del Arbitrio sobre la riqueza provincial del Ayuntamiento de Pontevedra, por las consideraciones que se comunican a los interesados y que son reproducción del acuerdo adoptado pra casos análogos en sesión de 30 de septiembre último. Relación de reclamaciones desestimadas Nº Contribuyentes Ayuntamiento Parroquia 1 Manuel Castro Filgueira Pontevedra Berducido-Xeve 2 Benito Vilanova Farto " Marcón 3 Rosa Barcia Paz " Marcón 4 Ricardo Prieto Salvadores " Capital 5 Joaquín Pereiro Fontán " Berducido-Xeve 6 Gumersindo Rivas Maquieira " " 7 José Rivas Maquieira " " 8 Paulino Rivas Maquieira " " 9 Angela Rivas Maquieira " " 10 José Garcia Morgade " " 11 Rafael Rios Ramos " Mourente 12 Albino Tilve Garcia " Berducido-Xeve 13 Ramón Tilve Garcia " " 14 José Morgade Solla " Cabián-Berducido 15 Ramiro Esperón Esperón " Campañó 16 Dorinda López Tilve " " 17 José Filgueira Louro " " 18 Claudina Costado Sobral " " 19 Manuel Rodriguez Garcia " " 20 Domingo Esperón Esperón " " 21 Josefa Esperón Garcia " " 22 José Cochón Paz " " 23 José Benito Maquieira Argibay " Alba 24 José Hermida Esperón " Campañó 25 Segunda Cochón Paz " " 26 Rosa Garcia Mariño " Alba 27 Manuel Castro Solla " Berducido 28 Manuel Tilve Fontán " " 29 Herederos de Eugenio Solla " " 30 Manuel Vázquez Blanco " " 31 Maria Dios Sobral " " 32 Malvina Hermida López " " 33 Faustina Maquieira Solla " " 34 Paulino Maquieira Sobral " " 35 Manuel Ruibal Rivas " Sta. Maria de Xeve 36 Juan Fernández Casal " Campañó 37 Rafael Fondevila Mosquera " Mourente 38 Amador Filgueira Brea " Sta. Maria de Xeve 39 Rufina Rodriguez Vázquez " Bora 40 Mª Desamparados Blanco Rodriguez " " 41 Herederos de Severino Silva Fontanes " " 42 Hros. de Ricardo Torres " Mourente 43 Dolores Maquieira Sobral " Berducido-Xeve 44 Manuel Castro Tilve " " 45 Maria Filgueira e hijos " " 46 Adelaida Pazos Veiga " Marcón 47 Antonio Pazos Veiga " Marcón 48 Benigno Pazos Veiga " " 49 Eulogio Pazos Veiga " " 50 Florentino Pazos Veiga " Marcón 51 Gerardo Lorenzo Soliño " " 52 Hrdos de Angel González y Manuela Gómez " " 53 Dolores Corredoira Moldes " Campañó 54 Herederos de Sabino Cancela Moldes " Alba 55 Manuel Iglesias Pérez " Campañó 56 Lino Lourán Fariña " Berducido 57 Juan Cochón Piñeiro " Salcedo 58 Josefa García Solla " Lérez 59 Benigno Iglesias Fontenla " Lérez 60 Manuel Fernández Arribas " " 61 Josefa Carballo Yarto " Salcedo 62 José Abilleira Arribas " Lérez 63 Juan González Lores " " 64 José Cons Fernández " " 65 José González Lores " " 66 Dolores Tilve Crespo " Berducido 67 Benigno Tilve López " " 68 Carmen Poceiro " " 69 Antonio Albite Pérez " Cerponzones 70 Ramón Eirin Ruibal " Alba 71 Aurelio Pérez Piedras " Cerpozones 72 Elena Garcia Torres " Campañó 73 Manuel Porto Núñez " " 74 Paulino Hermida Solla " Berducido 75 Constante Solla López " " 76 Manuel Solla López " " 77 Dolores Canamal Fontán " " 78 José González Vieitez " Lérez 79 Celestino Poza Argibay " " 80 Dolores Costado Sobral " " 81 Herederos de Clara López de la Vallina " " 82 Herederos de Manuel González Pérez y otros " " 83 Josefina Tilve Garcia " " 84 Herederos de Manuel Portela " Tomeza 85 Cándida Barreiro García " Berducido 86 Manuela Sobral Freijo " Campañó 87 Herederos de Manuel López Tomes " " 88 Herederos de Pascual Pazos " Salcedo 89 Pilar Iglesias Barcala " " 90 Dorinda Gómez Solla " Berducido 91 Manuel Cano Tilve " " 92 Ramón Carro Tilve " " 93 Adolfina Carro Tilve " " 94 Cándido Torres Garcia " " 95 Dolores Gómez Solla " " 96 Ignacio Corredoira Moldes " Campañó 97 Emilio Hermida Portela " Berducido 98 Cándida Hermida Sobral " " 99 Josefa Fontán Abilleira e hijos " " 100 José Benito Villaverde Solla " Alba 101 Digna Gómez Muiños " " 102 Manuel Cobas Corredoira " Campañó 103 Herederos de Genaro Fontán Costas " S. Andrés de Xeve 104 Herederos de Manuel Ruibal Solla " " 105 Dolores Portela Salgueiro " Marcón 106 Benito Gómez " Berducido 107 Ramón Iglesias Pedrouso " Lérez 108 Herederos de Dolores Pedrouso y M.I. Garcia " " 109 Manuel Morgade Villar " Berducido 110 Manuel López Fontán " " 111 Herederos de Pascual Morgade " " 112 Antonio Tilve Piñeiro " " 113 Basilio Garcia Fernández " Alba 114 Laura Villanueva Acuña " Lourizán 115 José Villanueva Retamán " " 116 Asunción Solla Calvo " Berducido 117 Teodoro Monteagudo Fariña " " 118 Paulino López García " " ------ Folla: 98 12. Reintegrar al Gremio de Carniceros Tablajeros de Vigo, las cantidades satisfechas en más por el arbitrio provincial en 1955. Es leido un informe del Negociado de Arbitrios, que copiado a la letra dice: ILtmo. Sr.: Con referencia al escrito que en nombre del Gremio Fiscal de Comerciantes Carniceros Tablajeros de Vigo presenta el Presidente del mismo, a fin de que les sean reintegradas las cantidades que por el arbitrio sobre la riqueza provincial y que por medio del Excmo. Ayuntamiento de Vigo satisfacieron durante el mes de enero del corriente ejercicio. Resultando: Que los industriales tablajeros de Vigo tributaron por sacrificio de carnes durante el mes de enero del corriente ejercicio con la cantidad de pesetas 9.077,70, recaudadas por el Excmo. Ayuntamiento de Vigo mediante recibos-talonarios en Matadero. Considerando: Que en sesión plenaria celebrada en 5 de marzo se aprobó el Concierto entre esta Excma. Diputación y el Gremio Fiscal de Comerciantes Carniceros Tablajeros de Vigo para exaccionar el arbitrio sobre la riqueza provincial durante el presente año de 1955. Considerando: Que comenzada la vigencia del mencionado Concierto en 1º de enero del corriente ejercicio se ha observado una duplicidad de pago por el arbitrio durante el mes de enero del citado año. Considerando: La duplicidad observada y la certificación que se acompaña en el presente expediente del Sr. Interventor de Fondos según la cual el Ayuntamiento de Vigo en fecha 25 de marzo de 1955 y por mandamiento de ingreso nº 330 ingresó en Arcas provinciales la cantidad de 206.993,74 pesetas, en la cual fueron incluidas las 9.077,70 pesetas que por sacrificio de carnes correspondieron a los industriales carniceros de Vigo. El Jefe del Negociado de Arbitrios que suscribe considera, que por todo lo expuesto procede, si V.I. lo estima conveniente, la devolución de las mencionadas 9.077,70 pesetas, al Gremio Fiscal de Comerciantes Carniceros Tablajeros de Vigo.- No obstante V.I. resolverá.- Pontevedra, 14 de diciembre de 1955.- El Jefe del Negociado A. Sandoval. La Corporación resolvió de acuerdo con el preinserto informe. ------ Folla: 98 13. Aprobar bases concurso suministro de viveros durante 1956, al Hospital y Hogar Provincial. Aprobar el proyecto de Bases elevado para el concurso de abastecimiento de viveres y combustibles durante 1956 al Gran Hospital y Hogar Provincial, disponiendo su anuncio en el Boletin Oficial conforme a las Bases de referencia. ------ Folla: 98 14. Enterarse de relación de medicamentos y material de curas, anestesia y ortopédico que se considera puede ser adquirido por concurso y anunciar este para suministro al Hospital. Enterarse de la relación de medicamentos, material de curas, anestesia y ortopédico que se considera puede ser adquirido por concurso, y disponer que por el Negociado correspondiente se anuncie el de suministro de dicho material al Gran Hospital Provincial durante el próximo año de 1956. ------ Folla: 98,99 15. Crear una beca de ampliación de estudios en la especialidad de anestesista, y que por el Negociado de Personal se redacten las Bases del Concurso. En el deseo de contribuir a la formación técnica de los Médicos recién licenciados, se acuerda crear una Beca de ampliación de estudios, en la especialidad de Anestesista, dotada con la asignación anual de 6.000 pesetas. El beneficiario quedará adscrito, en calidad de médico interno, a los Servicios Quirúrgicos del Gran Hospital Provincial, teniendo derecho de opción preferente para el disfrute de esta Beca los post-graduados naturales de esta provincia. El becario quedará sujeto a la disciplina y reglamento de régimen interior del Gran Hospital, tendrá la obligación de residir en este Centro, a cargo del cual correrá su alojamiento y manutención y cooperará con los médicos Auxiliares de plantilla en los turnos de guardia. Esta Beca se otorga con carácter temporal, por un tiempo mínimo de tres años, prorrogables por un año más cuando el becario se hiciese acreedor a ella. Por el Negociado de Personal se redactarán las Bases del correspondiente concurso, en el que podrán tomar parte los que reúnan las condiciones antes dichas, y el cual habrá de resolverse, en todo caso, por la propia Corporación teniendo en cuenta los expedientes personales de los concursantes. ------ Folla: 99 16. Aprobar propuesta del Servicio de Contribuciones sobre cubrición de recibos y matrices. Aprobar propuesta de la Jefatura del Servicio de Recaudación de Contribuciones e Impuesto del Estado sobre cubrición de matrices y recibos del arbitrio municipal que grava las Contribuciones Territoriales Rústica y Urbana en aquellos Ayuntamientos acogidos a la fórmula B) de cobranza por mediación de esta Diputación. En consecuencia, habrá de abonarse por el total servicio de cubrición de recibos a 90 pesetas por el millar completo de matrices y recibos, teniendo en cuenta que la misma Diputación y la Delegación de Hacienda Pública abonan este precio por sus recibos de Arbitrios y Cotribuciones del Tesoro. Dado que la estructura de estos impresos hace más trabajosos el relleno de los recibos que el de las matrices, se abonarán por el millar de recibos 50 pesetas y 40 por el de matrices. Es deseo de la Corporación que este trabajo sea distribuido entre todas las dependencias, a fin de que los funcionarios que lo deseen puedan obtener de este modo un pequeño beneficio económico. En este sentido queda modificado el acuerdo adoptado a estos efectos en sesión de 27 de octubre del pasado año de 1954. ------ Folla: 99 17. Sobreseer el expediente instruido al Guarda forestal D. Andrés Álvarez, e iniciar el esclarecimiento que el caso requiere. Se da cuenta del expediente disciplinario instruido al Guarda Forestal Don Andrés Álvarez Iglesias, en virtud de resolución de la Presidencia de 21 de octubre último, por supuestas faltas cometidas por dicho empleado en el ejercicio de su cargo. el Pleno, aceptando la propuesta del Diputado Provincial-Instructor, Don Frutos Cerecedo Lapatza, acuerda sobreseer este expediente por no existir en el mismo ni siquiera indicios racionales de culpabilidad contra el citado guarda forestal. Hallándose el Señor Álvarez Iglesias privado del desempeño del cargo, con derecho solamente al percibo de los dos tercios de su sueldo, se dejan sin efectos estas medidas anejas al procedimiento disciplinario que se sobresee, revocándose la suspensión preventiva impuesta, y ordenando se reintegren al inculpado las cantidades que por este motivo ha dejado de percibir, quedando este obligado a incorporarse a su destino luego que sea notificado del presente acuerdo. Observándose en el citado procedimiento ciertas anomalías que interesa esclarecer, se acuerda asímismo iniciar expediente disciplinario al Jefe de Guardería Forestal, Don Saturnino Paz Peón, a cuyos efectos habrá de dictarse la oportuna resolución presidencial ordenando su incoación, la adopción de las medidas anejas que el caso requiera y el nombramiento de Juez Instructor. ------ Folla: 99 18. Dejar sobre la Mesa instancia del Ordenanza D. Jaime Estévez, sobre reconocimiento de servicios. Dejar sobre la Mesa la instancia suscrita por el Ordenanza, D. Jaime Estévez Fernández; a fin de que el solicitante justifique el tiempo durante el cual no ha prestado servicios a esa Diputación por hallarse hospitalizado en el Sanatorio Marítimo de Oza. ------ Folla: 99 19. Elevar consulta a la Superioridad en los recursos interpuestos por los Auxiliares del Cuerpo Administrativo contra las Bases de oposición de Oficiales. Por los Auxiliares del Cuerpo Administrativo de esta Diputación se interpuso recurso de reposición contra acuerdos adoptados en sesiones de 27 de junio, 29 de julio y 29 de noviembre últimos, aprobatorios de las Bases convocando oposición libre para cubrir en propiedad plazas de Oficiales de la Escala Técnico-administrativa. Fundamentan su escrito en que no se les reconoce el derecho que les asiste para concurrir a las indicadas oposiciones, adquirido al amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria 2ª del vigente Reglamento de Funcionarios de esta Diputación. el Pleno acuerda elevar consulta sobre esta petición al ILtmo. Señor Director General de Administración Local, haciendo constar que la Corporación vería con sumo agrado una resolución favorable a las aspiraciones de los solicitantes. ------ Folla: 99 20. Dejar sobre la Mesa propuesta para designación de un Equipo Móvil de la Sección de Ganadería. Dejar sobre la Mesa propuesta del Sr. Bugallo sobre la designación de un Equipo Móvil de la Sección de Ganaderia para el año de 1956. ------ Folla: 99 21. Enterarse del balance de los Talleres del Hogar Provincial durante el año 1955. Es examinado el balance de gastos e ingresos de los talleres de Artes Gráficas; Panadería; Carpintería; Radio-electricidad, Zapatería, Alfombras y Bordado, Corte y Punto, del Hogar Provincial, correspondiente al ejercicio económico de 1955, que arroja un beneficio liquido total de 317.185,22 pesetas, según resumen del Sr. Administrador de dicho establecimiento benéfico. ------ Folla: 99 22. Desestimar petición del Perito Agricola D. Roque Cao y de los Delineantes de esta Diputación, interesando aumento de sueldo. Por Don Roque Cao Caneda, Don Ricardo Garcia de Longoria, Don Manuel Vázquez Acuña y Don Rafael Núñez González, Perito Agricola el primero y Delineantes los tres restantes, de esta Diputación y al amparado del acuerdo de 31 de agosto último, se solicitó se les fijase el sueldo anual de 13.000 pesetas, al igual que lo ha hecho el Ayuntamiento de Vigo con los de su clase y categoria a los que equipara, según los solicitantes, el acuerdo indicado. Examinados los antecedentes del caso, el Pleno acuerda desestimar la petición de los aludidos funcionarios, basándose para ello en que el acuerdo de 31 de agosto del corriente año, si bien equiparó a todos los funcionarios de esta Diputación a la categoria que actualmente ostentan los del Ayuntamiento de Vigo, sin embargo, los emolumentos por este ascenso se han fijado reglamentariamente, o sea, establecido los que figuran para cada clase y categoria de empleados en los anexos del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 30 de mayo de 1952. Por lo expuesto la Corporación estima que el sueldo base de 11.000 pesetas fijado en la nueva plantilla a los solicitantes, en su calidad de Técnicos Auxiliares, es justo y legal, ya que ha sido fijado conforme al anexo del citado reglamento, para los Municipios mayores de cien mil habitantes, en cuya categoria se coloca ahora el Cuerpo de Funcionarios de esta Diputación. ------ Folla: 99 23. Aprobar la liquidación final de la casa Escuela de Vilar en Mondariz. Examinada la liquidación de la Escuela y Vivienda para el Maestro, sita en el lugar de Vilar, Ayuntamiento de Mondariz, que presenta el Señor Arquitecto Don Juan Argenti Navajas, y de la que resulta un saldo a favor del contratista (Ayuntamiento de Mondariz) de 53.584,57 pesetas; el Pleno acuerda prestarle su aprobación y que se proceda al abono de la expresada cantidad con cargo al Cap. 11º art. 8º Partida 5ª del Presupuesto Extraordinario "E" (1ª parte). ------ Folla: 99 24. Aprobar la liquidación de las obras del Puente Alvedosa pasandolas a la comisón de Obras Públcias para que en el Plan de 1956, incluya el importe de la aportación provincial. Se da cuenta de liquidación de las obras del "Puente Alvedosa" en el camino vecinal nº 72-C de Redondela a Portela, que eleva el Señor Ingeniero-Director de Vias y Obras Provinciales y de la que resulta un saldo a favor del contratista Don Manuel Bugallo Nogueira de 109.226,49 pesetas. Como de esta cantidad corresponde aportar al Ayuntamiento el 40 por ciento que asciende a 43.690,59 pesetas; el Pleno, de conformidad con lo informado por la Intervención de fondos provinciales, acuerdase recabe del Ayuntamiento de Redondela la conformidad a este saldo y como la aportación de la Diputación es de 65.535,90 pesetas, que no están incluidas en el Plan del Servicio para el corriente año, acuerda asimismo, pasar esta liquidación a la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero para que informe si es posible tenerlas en cuenta en la confección del Plan de 1956 y siendo así, que por la Dirección de Vias y Obras provinciales, se eleve en su dia para su aprobación. ------ Folla: 99 25. Nombrar Auxiliar interino a D. Francisco Javier Rial Vázquez. Asuntos declarados de urgencia en esta sesión. Previa declaración de urgencia, por exigencias del servicio y haciendo uso de las facultades conferidas en los articulos 270 de la vigente Ley de Régimen Local y 29 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local, se nombra con carácter interino Auxiliar del Cuerpo Administrativo de esta Diputación a Don Francisco Rial Vázquez, con el haber anual de 8.000,00 pesetas y 2.000 más en concepto de plus eventual de carestia de vida, expidiéndose este nombramiento por el plazo máximo improrrogable de seis meses, transcurrido el cual dejará de acreditársele toda remuneración. ------ Folla: 100 26. Felicitar al obrero David Sánchez por su rasgo de honradez al entregar una cartera conteniendo 20.000 pesetas y gratificarle con 1.000 pesetas. Se da cuenta de oficio del Excelentísimo Señor Gobernador Civil de la provincia trasladando escrito del Comandante del puesto de la Guardia Civil de Arcade, en el que comunica que se personó en la Casa-Cuartel, el Capataz de Vias y Obras de esta Diputación Don José Acuña Cruz, denunciando que al regresar del Barrio de Aranza de hacer un pago a los obreros que trabajan en aquel trozo, al lllegar a la parroquia de Arcade notó la falta de una cartera, que contenia aproximadamente unas 20.000 pesetas, ingnorando si habido sido hurtada o extraviada, y que preparada la fuerza para practicar las correspondientes gestiones sobre el caso denunciado, acto seguido, el obrero de la localidad de Arcade, David Sánchez Peña, se personó asimismo en el cuartel, manifestando que habia hallado en el lugar conocido por la Muralla una cartera conteniendo papeles y al parecer dinero, para que se averiguara quién pudiese ser el dueño y se hiciese público por medio de la prensa y radio, lo que dió origen a que horas después le fuese entregada al Capataz José Acuña, el que la examinó encontrándola conforme. el Pleno, acuerda felicitar efusivamente al obrero Don Davi Sánchez Peña, y queriendo premiar tan acusado rasgo de honradez, concederle una gratificación de 1.000 pesetas al que se hizo acreedor por su meritoria conducta, cantidad que será librada con cargo al Presupuesto Ordinario vigente. ------ Folla: 100 27. Disponer la convocatoria para cubrir en propiedad la plaza de Vice-Interventor de esta Diputación. Previa declaración de urgencia, teniendo en cuenta que el Presupuesto Ordinario de la Corporación rebasa los diez millones de pesetas, y las necesidades del servicio así lo requieren, el Pleno acuerda cubrir en propiedad la plaza de Vice-Interventor de Fondos, con la asignación anual de 24.750,00 pesetas y demás emolumentos legales. Por el Negociado de Personal se redactará la oportuna convocatoria, la cual habrá de ser sometida al Pleno para su aprobación. ------ Folla: 100 28. Contribuir con 10.000 pesetas a la suscripción de la Navidad de los Humildes. Contribuir con la cantidad de 10.000 pesetas a la suscripción abierta para la Navidad de los Humildes. ------ Folla: 100 29. Desestimar recurso interpuesto por los Auxiliares administrativos Sta. Justo y Sres. Rivas y Pintos contra el acuerdo de 29 de noviembre que modificó la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de oficiales de la Escala Técnica para los servicios de Secretaria. Por los Auxiliares del Cuerpo Administrativo, Dña. Maria del Carmen Justo Rodríguez, D. José Manuel Rivas Asenjo y D. Jesús Pintos Santos, se interpuso recurso de reposición contra acuerdo de 29 de noviembre último, por el que se modificó la convocatoria aprobada en 27 de junio pasado, para cubrir en propiedad dos plazas de Oficiales de la Escala Técnica con destino a los Servicios de Secretaria. Fundamentan su escrito los recurrentes en que en el primero de los acuerdos indicados se exige como requisito indispensable para opositar a dichas plazas hallarse los aspirantes en posesión del titulo de Licenciado en Derecho o en Ciencias Politicas o Económicas, contrariamente a lo que se requería en el segundo de ellos que se limitaba a los titulos de Bachiller, Maestro u otro titulo elemental. el Pleno, teniendo en cuenta que la modificación introducida al aceptar el criterio indicado por el Gobierno Civil, está autorizada por el art. 232-2º del vigente Reglamento de funcionarios de Administración Local, acuerda desestimar totalmente el recurso de reposición interpuesto. Contra este acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Provincial de esta Jurisdicción en el plazo y forma que determina el articulo 388 de la vigente Ley de Régimen Local. Se levantó la sesión. ------

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