ATOPO
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Acta de sesión 1909/06/19_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.116/1.1909-06-19_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1909/06/19_Ordinaria

  • Data(s) 1909-06-19 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 20 1. Presidencia del Sr. Vocal de más edad que es el 1º de los que se cita a continuación: Vocales Señores: Otero (D. Cándido), Echeverría, Sequeiros y Millán. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 20,21 2. Acto seguido haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del art. 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Decretar el ingreso en el Asilo de Hermanitas de los pobres de esta ciudad del anciano Manuel Piñón Vázquez, natural de Ponte Caldelas, pobre de solemnidad y sin familia alguna, debiendo pagarse sus estancias a razón de tres reales por día, contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de beneficencia. 2º. Autoriza al Sr. Presidente del Comité provincial de propaganda para la exposición de Santiago de la Sociedad Arqueológica de esta Capital para exhibir en dicha Exposición el Torque de oro que la Excma. Diputación tiene depositado en el Museo de la referida Sociedad Arqueológica. 3º. Declarar de abono a D. José Dapena Halcocer la cuenta importante doscientas cincuenta ptas. por 25 tarimas-camas para la Cárcel de esta Ciudad adquiridas mediante concurso a razón de diez pesetas una, debiendo pagarse dicha cantidad contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones carcelarias. 4º. Declarar de abono las cuentas que presenta el Director del Manicomio de Conxo por estancias de 60 alienados pobres hijos de esta provincia y que importan: La correspondiente al mes de Marzo último.......................ptas. 3.228'75 La correspondiente al mes de Abril último............................'' 3.123'75 La correspondiente al mes de Mayo último...........................'' 3.209'50 debiendo pagarse estas cantidades contra la consignación que existe en presupuesto para esta atención. 5º. Rectificar los nombres de los niños procedentes de A Estrada que esta Comisión en reunión de 27 de Marzo último, acordó ingresar en el Hospicio e Inclusa, consignando que la niña se llama Amelia y que tuvo entrada en el primero de los citados Establecimientos y que los niños se llaman Anselmo y Antonio, habiendo nacido los tres en Buenos Aires. 6º. Autorizar al Sr. Director Jefe de Caminos provinciales para que dentro de la cifra de 500 pesetas realice en la carretera de A Cañiza a la estación de Arbo, lado derecho de la citada vía y lugar denominado de A Lomba y en longitud de setenta y tantos metros se construya un muro de contención a fin de que con motivo de la feria mensual que allí se celebra no se cause perjuicio a la necesaria conservación de la carretera. 7º. Vista la instancia presentada por los ingenieros D. Ramiro Pascual y D. José de la Peña, y el Director Jefe de Caminos de esta Corporación provincial D. Teodoro Domínguez, interesando que en consonancia con el acuerdo adoptado por esta Comisión en reunión de 12 de Junio de 1.908 se les declare de abono el estudio que entregaron en la Secretaría de la Diputación del ferrocarril estratégico entre Pontevedra y Ribadavia pasando por Ponte Caldelas, cuyo trazado resulta según exponen dichos técnicos con una longitud de 81 Kilómetros de los cuales corresponden 38 a la provincia de Pontevedra; habiéndose obligado esta Diputación a remunerar la expresada labora a razón de 500 ptas. por Kilómetro, y pidiendo además que se dirija excitación a la Excma. Diputación de Ourense, para que adopte análogo acuerdo por lo que afecta a los 43 Kilómetros que corresponden a dicha Provincia, toda vez que la expresada Corporación aceptó la propuesta que acerca de este particular la hizo en su día esta Diputación de Pontevedra. Resultando: que en el presupuesto vigente de la Corporación existe para satisfacer esta atención, la cifra de 18.000 ptas. Considerando: que los cuantiosos gastos que supusieron los mencionados terrenos para realizar en el perentorio plazo legal señalado por el Ministerio de Fomento, dicho estudio, aconseja como de elemental equidad el declarar de abono el expresado estudio, según se acordó en la ya citada sesión de 12 de Junio de 1.908; la Comisión pro unanimidad resolvió primero; declarar de abono las 19.000 pesetas que importa el estudio de que se ha hecho mérito, librándose 18.000 contra la consignación ya mencionada del presupuesto vigente y llevando como partida al venidero presupuesto de 1.910, para el completo pago de este estudio las 1.000 ptas. restantes; precisa y terminante condición de que para el caso de que la Superioridad al dictar resolución acerca de tal estudio, introdujese en el trazado modificaciones, estas serán realizadas por los técnicos citados, dentro del plazo que aquella señale y sin tener derecho a aumento de remuneración. Segundo: Oficiar a la Excma. Diputación de Ourense, trasladándole esta resolución a fin de que se digne adoptar acuerdo económico al formularse las propuestas de cooperar al pago del estudio del mencionado ferrocarril. Se levantó la sesión. ------

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