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Acta de sesión 1910/07/08_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.119/1.1910-07-08_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1910/07/08_Ordinaria

  • Data(s) 1910-07-08 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 29 1. Presidencia de Sr. Nine. Señores que asistieron, López de Neira, Casas (D. Antonio), Areal, Vázquez Limeses. Abierta la sesión a las 11 de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. Seguidamente se dió cuenta de la alzada interpuesta por D. Juan Manuel Rodríguez Seijo de A Estrada contra acuerdo del ayuntamiento sobre provisión de los cargo de Recaudador - Depositario de fondos municipales y Resultando que la Corporación municipal en sesión de 12 de marzo último acordó provistar por concurso los expresados cargos, vacantes por defunción del que los desempañaba, reservándose hacer el nombramiento a favor del aspirante que además de reunir mayor garantía ofreciera condiciones más ventajosas para los intereses del municipio con arreglo al correspondiente pliego de condiciones en una de las cuales se facultaba a los concurrentes para fijar obra que estimasen conducentes, por si la Corporación las conceptuaba aceptables. Considerando por lo expuesto que la resolución justa de este asunto sería la de anular los acuerdos relativos al mismo, si el ayuntamiento no se hubiera anticipado a dejarlos sin efecto, la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede declarar no haber lugar a resolver el recurso interpuesto conformando en su consecuencia el acuerdo del ayuntamiento de fecha 4 del corriente que dejó sin efecto los de 21 y 30 de abril último. ------ Folla: 29,30 2. Acto continuo se dió cuenta del recurso de alzada interpuesto por el tablajero José López Rey vecino de Caldas, contra providencia de la Alcaldía que le impuso dos multas de cinco pesetas y Resultando que la Alcaldía en virtud de denuncias formuladas por el Concejal de turno y Jefe de municipales que diariamente asisten al deguello de reses, impuso al López Rey las dos multas de cinco pesetas por repetida falta de limpieza en el lugar que al mismo le corresponde en el matadero. Considerando que la aplicación y tasa de esa penalidad dentro del límite marcado está legalmente atribuida a la Alcaldía como encargada de los servicios municipales e inmediatamente responsables del cumplimiento de las disposiciones generales de policía sanitaria e higiene, la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar el recurso interpuesto y confirmar las providencias recurridas. ------ Folla: 30 3. Acto seguido se dió cuenta del expediente de transferencia de crédito en el presupuesto en vigor del Ayuntamiento de Vilagarcía, y Resultando que al confeccionarse el presupuesto para 1909, se llevó al mismo la suma de 20.000 ptas. que figuran en el art. 8 capitulo 10º para los primeros gastos de construcción del matadero en proyecto, obra que no se ha realizado, ni realizará en el corriente ejercicio y de cuya cantidad trata la Corporación de sustraer 19.367,78 ptas. para aplicarla a atenciones del tales como reparaciones de algunos caminos vecinales restauración del local y mobiliario del Juzgado municipal, adquisición de un carro con caballo y atalages para la limpieza pública, arreglo escolares del término municipal, reparación de fuentes y cañerías. Considerando que no teniendo inversión en este año la suma de las 20.000 pesetas consignadas para los primeros gastos del proyectado matadero, vendría a resultar como partida sobrante, sin aplicación alguna cuando en 31 de diciembre se proceda a la liquidación del presupuesto, en la que, por otra parte figurarían también créditos pendientes de pago que habría que llevar al próximo ejercicio, complicando sin finalidad práctica la contabilidad municipal y que el Ayuntamiento con echo digno de encomio se propone prevenir inspirada en un sentimiento de recta y clara administración, la Comisión acordó informar al Señor Gobernador en el sentido de que procede que le preste su sanción definitiva a la transferencia solicitada dejando reducida a 632,22 pesetas la partida de 20.000 que figura en el art. 8º Capitulo 10º de gastos y elevadas en la cuantía con que figura en el resumen unido a este expediente, las demás consignaciones objeto de esta transferencia. Se levantó la sesión. ------

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