ATOPO
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Acta de sesión 1911/07/11_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.121/1.1911-07-11_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1911/07/11_Extraordinaria

  • Data(s) 1911-07-11 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 28 1. Presidencia del Sr. Echeverría; Vocales: Sres. Ruza, Senra, García Vidal, Casas (D. Antonio) y Ferreiros. Abierta la sesión a las 10 de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 28,29 2. Acto seguido se dio cuenta de una comunicación del Sr. Gobernador convocando a sesión extraordinaria a esta Comisión a fin de dictaminar con urgencia en el expediente relativo al proyecto presentado por D. José Curvera en solicitud de concesión de un tranvía eléctrico para servicio de la ciudad de Vigo y sus arrabales. Resultando: que en el período de información pública no se presentó más reclamación que la que suscribía D. Francisco Colomer, Ingeniero Representante de la Compañía belga denominada "Tranvías eléctricos de Galicia" oponiéndose a la concesión de referencia por estimar que lesionaba los intereses de la Sociedad Anónima que representa dicho técnico, propietaria de la concesión del tranvía eléctrico urbano de Vigo, según R.D. de 30 de marzo de 1907. Considerando: que el propósito del Sr. Curvera de llevar a la práctica dentro del plazo más breve la instalación del tranvía contrata con la parsimonia y extensidad de los trabajos que inició la Empresa Belga. Considerando: que población de la importancia de Vigo reclama con imperiosa necesidad la instalación de una tranvía que ponga en comunicación sus amplias y dilatadas calles, contribuyendo a que Ciudad en que el comercio tienen estado tanto floreciente no sólo no sufra perjuicio sino alcance mayor desenvolvimiento, siendo procedente el facilitar al Sr. Curvera la realización de su propósito. Considerando: que aún en el caso de que la Concesión a la Empresa belga no estuviese caducada por declaración del Ministerio de la Gobernación de Fomento, no había razón para estorbar la implantación del proyecto del Sr. Curvera según opinan los técnicos que realizaron la Confrontación de aquel; la Comisión por unanimidad acordó emitir el informe prevenido en el art. 88 del Reglamento de 24 de mayo de 1878 en el sentido de que procede desestimar la oposición formulada a nombre de la Sociedad Anónima "Tranvías eléctricos de Galicia"; y otorgar al Sr. D. José Curvera Fernández la concesión que solicita en las condiciones que la Superioridad estima conveniente en vista de los distintos dictamenes facultativos que constan en el expediente. Se levantó la sesión. ------

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  • Nota

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