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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1912-06-08_Ordinaria. Acta de sesión 1912/06/08_Ordinaria
Acta de sesión 1912/06/08_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.123/1.1912-06-08_Ordinaria
Título Acta de sesión 1912/06/08_Ordinaria
Data(s) 1912-06-08 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 29 1. Presidencia del Sr. Iglesias Aniño. Señores que asistieron: González Fraga, Garrido, Sequeiros, García Rodríguez Barrera. Abierta la sesión a las 12 de la mañana, se dio lectura a la de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 29 2. Acto seguido se examinaron con todo detenimiento las cuentas de fondos del Ayuntamiento de Vilaxoan, correspondientes a los años naturales de 1909 y 1910; y Resultando: que se hallan debidamente reintegradas, que su factura se ajusta a lo prevenido en la circular de la Dirección de Administración de 1º de Junio de 1886; que las partidas de Cargo y Data se aproximan y ciñen respectivamente a las del presupuesto ordinario de la Corporación. Resultando: por otra parte, que en los expedientes instruidos por la municipalidad se han seguido los trámites prevenidos por el art. 161 y siguiente de la Ley municipal constando que fueron informadas favorablemente por el Regidor Síndico y Junta, y aprobadas pro el Ayuntamiento, la Comisión de conformidad con lo prevenido por el Negociado, acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que utilizando la facultad que le otorga el art. 165 de la vigente Ley provincial procede aprobar definitivamente dichas cuentas. ------ Folla: 29 3. Se dio cuenta del expediente instruido por el Ayuntamiento de Ponteareas para la adquisición de un edificio destinado a la Cárcel de partido; y Resultando: que por virtud de las deplorables condiciones de seguridad e higiene que ofrece el edificio acordó aquella Junta adquisición mediante concurso otro que reúna condiciones de solidez y ventilación de que carece el existente, a cuyo fin y por virtud de autorización al efecto concedida por el Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación, se procedió por la Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el art. 6º de la R.O. de 19 de junio de 1901, a la formación del anuncio de subasta y pliego de condiciones a que ha de ajustarse aquel concurso, fiando como tipo máximo el de 15.000 ptas. pagaderas por terceras partes, o sea en tres anualidades para el cual se proponer llevar la cantidad de 5.000 pesetas a cada uno de los presupuestos los correspondientes a 1913, 1914 y 1915. Considerando: que en la sustanciación se han seguido los trámites establecidos en la R.O. de 19 de junio de 1901, justificándose debidamente la necesidad de la adquisición de un edificio que supla las deficiencias de que adolece el actual; a la par que ofrezca las garantías de seguridad, higiene y capacidad necesarias, ya que la carencia de medios económicos impide la ejecución de uno de nueva planta, y habiéndose formulado reclamación, apareciendo así mismo que el Ayuntamiento y Junta de asociados aprobó en sesión de 19 de mayo e hizo suyo el anuncio de concurso y pliego de condiciones redactado por la Junta de partido; la Comisión de conformidad con el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede elevar este expediente a la Superioridad con dictamen favorable a la autorización que se pretende. Se levantó la sesión. ------
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