ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.393
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1912/09/21_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.123/1.1912-09-21_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1912/09/21_Ordinaria

  • Data(s) 1912-09-21 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 45 1. Presidencia del Sr. López de Neira. Señores que asistieron: Garrido, Sequeiros, García Rodríguez, Taboada y González Fraga. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 45 2. Acto seguido se procedió al examen de las cuentas de fondos municipales del Ayuntamiento de Cangas del año 1909; y Resultando: que su factura y tramitación se ajustó a lo prevenido en la Circular de la Dirección de Administración de 1º de julio de 1886: que las partidas de Cargo y Data se aproximan y ciñen respectivamente a las del presupuesto ordinario de la Corporación; constando que fueron informadas favorablemente por el Síndico y Junta y aprobadas por el Ayuntamiento; la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en sentido favorable a su aprobación definitiva. ------ Folla: 45 3. Seguidamente examinó el expediente instruido por virtud de instancia que D. Severo Troncoso eleva Excmo. Sr. Ministro de Fomento solicitando autorización para tender una tubería de conducción de aguas por el terreno ganado al mar en las obras del puerto de Cangas al objeto de establecer un servicio de aguada para el abastecimiento de las embarcaciones que a dicho embarcadero atraquen; y Resultando: que este expediente aparece tramitado con sujeción a lo dispuesto en la Instrucción aprobada por R. orden de 20 de agosto de 1885 sin que durante el período de información pública se hubiese producido reclamación alguna contra la pretensión del Sr. Toncoso a la que son favorables los informes emitidos por las entidades llamadas a dictaminar. Considerando: que el establecimiento de este servicio de aguada en la rampa embarcadero del puerto de Cangas para provisionamiento de las embarcaciones que la hayan de utilizar y frecuenten dicho puerto, lejos de lesionar derecho alguno proporciona facilidades al tráfico marítimo de los que necesiten provistarse de aquel elemento indispensable; la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acordó evacuar el trámite que determina el art. 7 de la citada Instrucción, proponiendo a la Superioridad la concesión solicitada. ------ Folla: 45,46 4. Acto seguido examinó el expediente instruido a virtud de instancia y proyecto presentado por Don Carlos B. Lessnér de nacionalidad inglesa, vecino de Carril, Gerente de la compañía de explotación de las minas "Angelita", "Tiro" y "Sidón" para para ejecutar canales de evacuación directa en el río "Peza" término municipal de Cambía de las aguas procedentes del lavado de minerales de las minas; y Resultando: que abierta información pública a tenor de lo dispuesto en el art. 15 de la Instrucción de 14 de junio de 1883 y 127 del Reglamento para la ejecución, se ha presentado un escrito de reclamación suscrito por el Procurador D. Timoteo Gay a nombre del Ayuntamiento de Carbia, oponiéndose a la concesión solicitada por el Sr. Lessnér por suponer que los líquidos procedentes del lavado de aquellos minerales contienen en su suspensión o en disolución, materias que enturbian las aguas de la corriente en perjuicio de los usos generales de la pesca y demás aprovechamientos. Considerando: que la tramitación de este expediente se ha subordinado estrictamente a los requisitos determinados en el art. 15 y siguientes de la Instrucción de 14 de junio de 1883 y que la reclamación formulada por el Sr. Gay aparece tan desprovista de razonamiento que no hay posibilidad de considerar como real el perjuicio o perjuicios que se mencionan, puesto que ni en la denuncia, ni en el acta levantada al verificarse la confrontación del proyecto se detallan los aprovechamientos perjudicados, ni qué clase de perjuicio se le origina, como así lo reconocieron tanto el Ingeniero encargado de aquella confrontación como el Consejo provincial de Fomento, cuyos informes son favorables a la autorización recabada; la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acordó evacuar el trámite establecido por el art. 23 de la citada Instrucción informando en el sentido de que procede conceder al Sr. Lessnér la autorización que solicita con las restricciones indicada y demás reglas impuestas por la Jefatura de Obras públicas encaminadas a desvanecer toda sombra de lesión para lo que respecta a las condiciones de salubridad de las aguas procedentes del lavado de minerales y previstas en el Reglamento aprobado por Real orden de 16 de noviembre de 1900. ------ Folla: 46 5. Seguidamente se dio cuenta del expediente y proyecto presentados por la Sociedad "Liceo Gimnasio" de esta Ciudad, para construir un campo deportivo en terrenos de la marisma del río Lérez en el sitio llamado A Xunqueira; y Resultando: que en el período de información pública se interpuso reclamación contra dicho proyecto por la Sociedad de Agricultores de Lérez bajo fundamento de que al construirse con carácter permanente el campo deportivo se priva en absoluto a los agricultores de aquella parroquia del aprovechamiento de pastoreo y esquilmes que en todo tiempo vienen efectuando, reclamación que rebate la Sociedad peticionaria negando la existencia de esquilmes en el sitio que pretende ocuparse y asegurando que aunque los hubiese les queda mucha marisma para tal objeto. Considerando: que la reclamación formulada carece de toda justificación y su valor queda totalmente destruido con el examen del proyecto, toda vez este revela que con la petición del Gimnasio sólo se ocupa una pequeña porción de la inmensa marisma denominada "Xunqueira" y también porque según propia manifestación del reclamante el terreno que ahora se ocupa ya viene destinándose al fin proyectado desde hace varios años, por lo cual se evidencia que en esa parte de la marisma ya no se efectúan los aprovechamientos de pastoreo y esquilme; la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado, acordó evacuar el trámite prevenido en el art. 7 de la Instrucción aprobada por Real orden de 20 de agosto de 1883, informando favorablemente la pretensión deducida. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición