ATOPO
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Acta de sesión 1913/08/09_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.125/1.1913-08-09_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1913/08/09_Ordinaria

  • Data(s) 1913-08-09 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 28 1. Presidencia del Sr. Casas (D. Carlos). Vocales Señores: Senra, Sequeiros, López Boullosa, Otero, Sánchez y Taboada. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. Vistas las cuentas de fondos municipales del Ayuntamiento de Barro correspondientes al año natural de 1912 y considerando que se ha dado cumplimiento a lo prescripto en los artículos 161 y 164 de la Ley municipal sin que durante su exposición al público se hubiese formulado reclamación alguna contra ellas, siendo dictaminadas favorablemente por el Regidor Síndico y Junta municipal, se acuerda de conformidad con lo propuesto por el Negociado informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede aprobadas definitivamente. ------ Folla: 28,29 2. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Manuel Cabanelas contra acuerdo del Ayuntamiento de Cangas que autorizó al Maestro de la escuela de niños para dejar la casa que habitaba. Resultando que por virtud de queja formulada por el expresado maestro y previo dictamen de la Junta local de 1º enseñanza, acordó el ayuntamiento facultar a dicho funcionario para desalojar la casa que ocupaba propiedad del recurrente y trasladarse al nuevo edificio que propuesto para escuela - habitación, cuyo acuerdo impugna el Sr. Cabanelas alegando que por virtud de los adoptados por el ayuntamiento en 9 y 14 de diciembre de 1910 y 14 de abril de 1911 convino el arrendamiento de su casa por el tipo de 425 pesetas anuales por término de cuatro años. Considerando que en los acuerdos municipales que en su apoyo invoca el recurrente no se estipuló contrato alguno ni menos se señaló fecha o plazo de duración de tal arriendo, limitándose tales acuerdos a la aceptación de tal local y autorizar al Alcalde Presidente para celebrar con el Sr. Cabanelas el oportuno convenio, sin que haya términos hábiles de exigir a la municipalidad el reintegro o pago de alquileres de un local que no utiliza ni de hacerle solidaria del cumplimiento de un contrato que no ha llegado a realizar, la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar este recurso confirmado en su virtud el acuerdo que lo motivó. Se levantó la sesión. ------

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