ATOPO
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Acta de sesión 1921/07/16_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.141/1.1921-07-16_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1921/07/16_Extraordinaria

  • Data(s) 1921-07-16 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 20 Presidencia del Sr. Riestra. Vocales Sres. García Vidal, Echeverría, García Golmar, Puig y Corbal. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 20 2. Visto el recurso de alzada interpuesto por José del Río Acuña y su esposa Dolores del río Paradela labradores vecinos de Vilaboa, contra acuerdo del Ayuntamiento que les obligó a retirar un parral que construyeron sobre el camino de "Cima de Vila". Resultando que por Ramona García Paradela, fue denunciado el Ayuntamiento el hecho de que los recurrentes construyeron recientemente con parral sobre el citado camino estorbando y dificultando el libre tránsito por el, acordando la Corporación en sesión de 27 de marzo último, mediante el informe emitido y a propuesta de su comisión de policía urbana, obligar a los esposos del Río, a retirar el parral de referencia por carecer de derecho para instalarlo y ser además con peligro y un estorbo para el libre tránsito. Considerando: que según informa la Alcaldía, el terreno de que se trata es público para el uso y servicio del común y de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la ley municipal y Real Decreto anterior mente citado, es de la exclusiva competencia de los Ayuntamientos todo lo concerniente al cuidado, conservación y ornato de la vía pública, así como el cuidado de los bienes y derechos pertenecientes al municipio hallándose obligados a adoptar cuantas medidas estimen convenientes a evitar la práctica abusiva de la colocación de estos viñedos que invaden terreno comunal entorpeciendo y dificultando el tránsito público; la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar este recurso, confirmando en su virtud el acuerdo que lo motivó, pudiendo los interesados ejercitar la acción civil que estimen conveniente a su derecho. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

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