Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1931-04-09_Ordinaria. Acta de sesión 1931/04/09_Ordinaria
Acta de sesión 1931/04/09_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.157/1.1931-04-09_Ordinaria
Título Acta de sesión 1931/04/09_Ordinaria
Data(s) 1931-04-09 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 40 1. Presidencia del Sr. don Manuel Casas Medrano con asistencia de los vocales señores López Suárez, Sampedro Folgar, Boente Sequeiros y Lago Álvarez. Abierta la sesión a las doce horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Seguidamente, haciendo uso de las atribuciones que le conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes: ------ Folla: 41 2. Designar vocal de esta Comisión, don Bernardo López Suárez, para que represente a esta diputación en la recepción de las obras del camino vecinal número 49 - 122 de la carretera de Pontevedra a O Grove al sanatorio de A Lanzada, debiendo oficiarse a la Jefatura de Obras Públicas para que designe el día de la misma, como dispone el artículo 19 del reglamento de Vías y Obras Provinciales. ------ Folla: 41 3. Decretar el ingreso en el asilo de hermanitas de los Pobres de Pontevedra de la anciana María de los Dolores García Solla, de 80 años de edad, soltera, de la parroquia de San Andrés, del ayuntamiento de Xeve, pobre de solemnidad, sin familiares que le presten alimentos y cuidados y que no padece enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 41 4. Prestar aprobación a la cuenta importante doscientas setenta y seis pesetas ochenta y cinco céntimos que rinde el jefe del Servicio de Cédulas personales correspondiente al mes de marzo último por gastos de teléfono, gorra para botones y material de oficina, librándose con cargo al capítulo 5º, artículo 1º del presupuesto vigente. ------ Folla: 41 5. Vacante el cargo de vocal representante de esta Diputación en la Junta Provincial de Transportes por fallecimiento del que lo desempeñaba, don Luis Patiño Muñoz, se acuerda nombrar para cubrir dicha vacante de vocal de esta Comisión, don José Boente Sequeiros. ------ Folla: 41 6. Dejar sobre la Mesa las cuentas de conservación de las carreteras provinciales, la de gastos de locomoción del personal facultativo en la inspección de caminos provinciales y vecinales, la de indemnizaciones a dicho personal técnico en la inspección de los citados caminos durante el mes de marzo último y al de conservación de caminos vecinales correspondiente al primer trimestre del año actual. ------ Folla: 41 7. Declarar de abono al comerciante "Hijo de Fernando Olmedo", la cuenta importante veintitrés pesetas, cinco céntimos, por paños de muletón, gamuza y cocina para las habitaciones particulares del señor gobernador, librándose con cargo al capítulo ..., artículo ... del presupuesto vigente. ------ Folla: 41 8. Visto el presupuesto de gastos que origina el paso a nivel en las proximidades de la estación de Coruxo del ferrocarril eléctrico de Vigo a A Ramallosa para el servicio del camino vecinal número 26, llamado del kilómetro 41 de la carretera de Pontevedra a Camposancos a la playa de Canido; se acuerda dejarlo sobre la mesa para estudio de las obligaciones de esta corporación, uniendo al mismo todos los antecedentes necesarios al completo del expediente. ------ Folla: 41 9. Dejar sobre la mesa escrito de la asociación de funcionarios provinciales, interesando amplificar la tramitación de las formalidades para percibo de las pagas extraordinarias que se soliciten. ------ Folla: 41 10. Declarar de abono al industrial, don Manuel Ramos, la cuenta importante quinientas veintidós pesetas, cuarenta y cuatro céntimos por alquiler de automóviles facultados para los servicios de esta Diputación, durante el mes de marzo último, librándose con cargo al capítulo ..., artículo ... del presupuesto vigente. ------ Folla: 41 11. Prestar aprobación a la cuenta de cédulas personales correspondientes al período voluntario de 1930 del ayuntamiento de Tomiño, de la que resulta hallarse conforme con los antecedentes y libros no existiendo reparo alguno que oponerle, habiendo ingresado en arcas provinciales las 15.410,11 pesetas recaudadas que equivale al 99,16% del total cargo de 15.539,15 pesetas, habiendo retenido el ayuntamiento el 50% de la participación que le corresponde por el artículo 226 del Estatuto provincial, resultando un saldo a favor de esta Diputación de 11,94 pesetas, que deberá hacer efectivo el ayuntamiento. ------ Folla: 41 12. Declarar de abono a don Juan Granjel Novas y don Franciso Arrogo, las cuentas importantes 10 y 45 pesetas, respectivamente por reparación de una lámpara y por confección de una mesa camilla para las habitaciones particulares del señor gobernador, librándose aquellas sumas en cuantía total de cincuenta y cinco pesetas, con cargo al capítulo ..., artículo ... del presupuesto vigente, debiendo extenderse el libramiento a favor del señor presidente de esta Diputación que anticipó aquellas sumas. ------ Folla: 41 13. Dada cuenta de instancia del médico auxiliar del Gran Hospital de esta ciudad, don Celestino Fontoira Peón, solicitando se le concedan treinta días de licencia por tener que ausentarse de la localidad, y visto el informe favorable del señor diputado delegado, se acuerda acceder a lo solicitado, concediendo al señor Fontoira, la licencia interesada. ------ Folla: 41 14. A propuesta del señor presidente, se acuerda expresar el reconocimiento de esta Comisión provincial por las atenciones dispensadas a la Comisión de esta Corporación compuesta por los señores López Suárez y secretario señor Ramos Cerviño al visitar los manicomios de Palencia, Valladolid y Ciempozuelos (Madrid). ------ Folla: 41 15. Quedar enterada de escrito del presidente de la Cámara Oficial del Libro, domiciliada en Madrid, recordando el deber de cooperar a la mayor brillantez y eficacia de la Fiesta del Libro, que ha de celebrarse todos los años el día 23 de abril, aniversario de la muerte de Cervantes. ------ Folla: 41 16. Declarar de abono al industrial, don Joaquín Fernández Villaverde, las cuentas importantes 72 y 41 pesetas, por varios carretas de abono y plantas desde la parroquia de Salcedo a los jardines de esta Diputación durante los meses de enero a marzo últimos, librándose su importe en cuantía total de ciento trece pesetas, con cargo al capítulo ..., artículo ... del presupuesto vigente. ------ Folla: 41 17. Declarar de abono al tipógrafo, don Alfredo Couceiro, la cuenta importante cuarenta y ocho pesetas, por dos libros de registro y 300 comunicaciones impresas para la inspección de Beneficencia, librándose con cargo al capítulo ..., artículo ... del presupuesto vigente. ------ Folla: 41,42 18. Prestar aprobación a las siguientes cuentas informadas con fecha 2 del actual por el Negociado de Fomento, correspondientes a la segunda quincena del mes de marzo último, de los trabajos de jornales y materiales de la Repoblación Forestal en las zonas que se detallan a continuación, y que se realizan en consonancia con lo preceptuado en el R.D. de 12 de diciembre de 1926 y R.O. del Ministerio de Fomento de 10 de abril de 1928 y acuerdos de la excelentísima Diputación Provincial y Comisión Provincial, fechas 27 y 31 de diciembre del citado año de 1926. De la segunda quincena de marzo Pesetas 1º: *Vivero - jornales .................................................................................................................................................605,45.- *Zona 1ª - capataces ............................................................................................................................................160,00.- *Zona 1ª - encargado del cultivo de viveros volantes ................................................................................................128,00.- *Zona 2ª - jornales ................................................................................................................................................147,90.- *Zona 2ª - jornales ............................................................................................................................................... 315,50.- *Zona 6ª - jornales ............................................................................................................................................. 1.037,55.- *Zona 9ª - jornales ................................................................................................................................................ 423,30.- *Zonas 2ª, 6ª y 9ª - jornales ................................................................................................................................... 384,00.- *Zonas 2ª, 6ª y 9ª - guardas interinos ..................................................................................................................... 768,00.- *Trabajos topográficos .......................................................................................................................................... 140,00.- *Un apicultor y un carpintero ................................................................................................................................. 123,00.- Total pesetas ................................................................... 4.232,70.- 2º: *Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Transportes y adquisición de maíz para alimentación de los caballos del servicio de la repoblación .. 536,90.- 3º: *Zona 3ª. Monte Santa Trega. Locomoción de todo el mes ........................................................................................ 246,24.- 4º: *Vivero. Adquisición de Uralita ................................................................................................................................ 177,70.- 5º: *Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Locomoción de todo el mes de marzo ........................................................................................... 193,36.- 6º: *Zona 1ª. Locomoción de todo el mes de marzo ........................................................................................................ 142,66.- Total general .......................................................................5.529,56.- Importan las seis anteriores relaciones cinco mil quinientas veintinueve pesetas con cincuenta y seis céntimos. ------ Folla: 42 19. Quedar enterada de resolución del Tribunal Económico Administrativo provincial en el recurso interpuesto por don Manuel Corbal Hernández, fecha 26 de febrero último, estimatoria en parte de su reclamación, modificando su clasificación del padrón [de cédulas personales] de 1930 de Pontevedra y declarando que debe tributar por la tarifa 2ª, clase 7ª, cédula de 97 pesetas y correlativamente la de su cónyuge y pasarla a la sección de cédulas para que se le de el trámite reglamentario. ------ Folla: 42,43 20. Vista la reclamación de don Victoriano Touza López, de Marín, contra el padrón de 1930, se acuerda estimarlo, declarando data la cédula de su esposa doña Aquilina Iglesias y se le expida otra de la tarifa 2ª, clase 13ª de 3 pesetas. - Vista la de don Tomás Abeigón Pazos, de Pontevedra, contra el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula con que figura y expidiéndole otra de la tarifa 1ª, clase 13ª, con recargo de soltería de 18,75 pesetas. - Vista la de don José Orge Fernádnez, de Marín, contra el padrón de 1930, se acuerda estimarla declarando data la cédula con que está clasificado y expidiéndole otra de la tarifa 2ª, clase 12ª, de 8 pesetas. - Vista la de doña Teresa Casaleiz, de Pontevedra, contra su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula que se le asigna y que se le expida otra de la tarifa 1ª, clase 15ª, de 7,50 pesetas. - Vista la de doña María Ricoy, vecina de Pontevedra, contra el padrón de 1930, se acuerda estimarla y declarar data la cédula que se le asigna y clasificarla en la tarifa 1ª, clase 16ª que por razón de su hacer le corresponde. - Vista la de don Segismundo Blanco Paz, de Pontevedra, contra la clasificación asignada a su madre, doña Francisca Paz Martínez, se acuerda acceder en parte a lo solicitado, asignándole la clasificación de la tarifa 2ª, de la clase 12ª. - Vista la de don Claudio Magdalena González, de Pontevedra, contra el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula con que está clasificado y que se le expida cédula de la tarifa 3ª, clase 12 de 3 pesetas. - Vista la de don Juan Antonio Prieto Miguélez de Pontevedra, contra su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda estimarla, asignándole cédula de la tarifa 2ª, clase 6ª, de 175 pesetas, caso de que no le corresponde de mayor cuantía por la tarifa 3ª. - Vista la reclamación de don Manuel Lago Barciela, de Mos, contra su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda desestimarla y confirmar la clasificación asignada. - Vista la de don Santiago Roma Peiteado, de Pontevedra, contra el padrón de cédulas de 1930, se acuerda estimarla y clasificarle en la tarifa 2ª, clase 12ª, con cédula de 8 pesetas. - Vista la de don Maximino Agra Ita, de Pontevedra, contra dicho padrón, se acuerda desestimarla. - Vista la de don Joaquín Fernández Villaverde, de Pontevedra, contra el padrón de 1930, se acuerda desestimarla. - Vista la de don Carlos Godoy González, de Pontevedra, en súplica de que se le modifique su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula con que figura y que se le fije igual cédula que la que satisfacía en 1929, o sea, de la tarifa 1ª, clase 15ª, sin recargo de soltería. - Vista la instancia de don Francisco Pousada, de Pontevedra, contra su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda estimarla y anular la clasificación, expidiéndosele cédula de la tarifa 1ª, clase 15ª, con cédula de 7,50 pesetas. - Vista la reclamación de don Luis Mateo Cubero, teniente de Intendencia, contra el padrón de cédulas del ayuntamiento de Vigo de 1930, se acuerda acceder a lo solicitado, declarando data la cédula con que fue clasificado, expidiéndose otra de la tarifa 1ª, clase 15ª, de 7,50 pesetas, declarando también data las dos cédulas de su madre, doña Isabel Cubero Zanini y hermana, doña Alicia, si se comprobara que se ha ausentado de Vigo, provistándose de cédula en otra población. - Vista la instancia de don Juan del Río del Río, residente en Vigo, que reclama contra el requerimiento que se le hace por la Recaudación de Cédulas de Vigo, se acuerda que procede no haber lugar a exigirle nueva cédula en Vigo, por que su vecindad es posterior a la adquisición de dichos documentos personales. - Vista la de doña Josefa Chan Ortigueira, esposa de don Francisco Caeiro, de A Lama, en súplica de que se le conceda, respecto a la cédula personal, el beneficio a los padres de familias numerosas, se acuerda otorgar a doña Josefa Chan, los beneficios de la cédulas y expedirle la de la tarifa 1ª, clase 16ª, de 3 pesetas. - Vista la de doña Josefa Arís Fernández, de Pontevedra, contra el padrón de cédulas de 1930, se acuerda desestimar lo solicitado. - Vista la instancia de don Isidro Puga, de Pontevedra, contra su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda estimarla y declarar data la cédula de 15 pesetas y clasificarlo en la tarifa 2ª, clase 12ª, de 8 pesetas. - Vista la de don Manuel Cobas Corredoira, del ayuntamiento de Pontevedra, que reclama se le modifique su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula con que figura, devolviéndole la diferencia de 5 pesetas que se le cobró de más. - Vista la de doña Julia Pena Fernández, de Vigo, contra la clasificación del padrón de 1930, se acuerda estimarla y declarar data la cédula con que figura, asignándole la de la tarifa 3ª, clase 12ª, de 3 pesetas. - Vista la de don José María Sobrino, vecino de Vigo, contra la clasificación que se le asigna en el padrón de 1930, se acuerda estimarla y clasificar como cabeza de familia a doña Ana Aliano Cabrera contra la cédula que le corresponde al alquiler que satisface y al reclamante con la de la clase 13, de 150 pesetas. Al resolver las precedentes reclamaciones se tuvo en cuenta el Estatuto provincial y la Instrucción de 4 de noviembre de 1925, las que se notificarán en la forma reglamentaria a los interesados por conducto de las respectivas Alcaldías. ------ Folla: 43 21. Prestar aprobación a la cuenta de cédulas personales correspondiente al ayuntamiento de Portas en su período voluntario del año de 1930, de la que resulta hallarse conforme con los antecedentes y libros no existiendo reparo alguno que oponerle, habiendo ingresado en arcas provinciales 4.552 pesetas con 5 céntimos que equivale al 92,90% del total, cargo de 4.229 pesetas, deduciendo el 50% de la participación que al ayuntamiento le corresponde según determina el apartado N del artículo 226 del Estatuto provincial, hallándose debidamente justificadas las partidas de ausentes y fallecidos que obran en poder del servicio. ------ Folla: 43 22. Dada cuenta de la Real Orden del Ministerio de la Gobernación, de 21 de marzo último, inserta en la Gaceta de Madrid el día 28 sobre las bases para la implantación de la cédula de identificación en sustitución de la personal y del informe del jefe del Servicio de Cédulas en el que propone, después de fundamentarlo, el resumen siguiente: 1º.- Que desde luego se implante en la capital de la provincia y en la ciudad de Vigo (por exceder en población de 40.000 habitantes (la cédula de identificación modelo de la Gaceta de Madrid de 28 de marzo último) sin fotografía e impresión digital. 2º.- Que los demás ayuntamientos de la provincia se opte por el modelo número 1 a que se refiere el artículo 24 de la Instrucción de 4 de noviembre de 1925. 3º.- Que es del caso, y de gran importancia proponer la reducción de las 107 clases de cédulas que establece el apartado F del artículo 227 del Estatuto provincial para que resulte más proporcionado el valor de las cédulas, con las condiciones o circunstancias del contribuyente, principalmente en las tarifas 2ª y 3ª. 4º.- Que para la implantación de esta nuevo servicio con Pontevedra y Vigo, debe proponerse que en el modelo oficial se sustituya la antefirma "El secretario del ayuntamiento", que se expresa en la plana 2ª, por el de "El Agente Comisionado", por estar más en consonancia con el modo de practicarse la expedición de esta provincia. 5º.- Que para llevar a cabo la implantación de tan importante y notable reforma, es necesario una reorganización de los servicios para que se adapte al nuevo régimen y que responda a los fines de su creación. La Comisión acuerda de conformidad con lo propuesto por la sección del servicio de Cédulas y que se prepare lo conveniente para el perfecto desarrollo de la modificación que se intenta introducir. ------ Folla: 43 23. Vista la instancia de don Jesús Touceda Salgado, vecino de Redondela, acogiéndose a los beneficios del subsidio de familias numerosas como padre de 10 hijos, y que en el padrón [de cédulas personales] , se le clasifica con cédula de 8 pesetas, se acuerda declarar data esta cédula y clasificarlo nuevamente en la tarifa 3ª, clase 13ª en el citado padrón de 1930, notificándose al interesado y al recaudador a sus efectos. Se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota