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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1838-07-04_Ordinaria. Acta de sesión 1838/07/04_Ordinaria
Acta de sesión 1838/07/04_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.12.996/2.1838-07-04_Ordinaria
Título Acta de sesión 1838/07/04_Ordinaria
Data(s) 1838-07-04 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 211 1. Se acordó en cumplimiento del Art. 13 capítulo 3º de la Ley Electoral, que los ayuntamientos dentro de los días que medien hasta 20 del actual formen y remitan las listas de los electores de su distrito, arreglándose a la circular del 1 de agosto el año 1837 inscripta a continuación de la ley electoral BOP nº 61 con prevención de que los ayuntamientos que no remitan aquellos con arreglo a dicho modelo pasará un comisionado a rectificarlas a cuenta de los individuos del ayuntamiento. ------ Folla: 211 2. Se dio cuenta de 2 oficio del Jefe político transmitiendo otros de los ayuntamientos de Gondomar y Baiona, para que la diputación se sirva resolver el medio de dirimir el empate que ha resultado en la elección del alcalde y se acordó que no habiendo ley ni decreto que aclare la duda y observándose en este caso para la elección de diputados a Cortes conforme al Art. 74 de la Constitución de 1812, que los empates se decidan por suerte, por analogía debe regir lo mismo en la elección de concejales. ------ Folla: 211 3. Se dio cuenta de un oficio del Jefe político pidiendo informe para evacuar el que se le pide de Real Orden acerca de una exposición dirigida a SM por Bernardino Rendo, vecino de Remesar del ayuntamiento de Cereixo manifestando que de 3 hijos que tiene, se hallasen 2 sirviendo en el ejército y el otro ha sido incluido en la actual quinta de 40.000 hombres y le cupo la suerte de soldado, pidiendo que en atención a estas circunstancias se le exima del servicio. Habiéndose reconocido el testimonio del sorteo y las notas de ingresos de quintos resulta que el hijo de Rendo llamado Andrés si bien es cierto que en la 3ª clase le ha correspondido el nº 1º también lo es que en la partida para el llamamiento y declaración de soldados nada alegó de lo que expone. Tampoco se ha presentado a esta Diputación, pero con arreglo al Art. 86 de la ley de reemplazos, aun cuando la hubiera reclamado, por no haberlo verificado en tiempo oportuno no se le oiría. ------
Ãrea de notas
Nota