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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1891-09-03_Ordinaria. Acta de sesión 1891/09/03_Ordinaria
Acta de sesión 1891/09/03_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/1.1891-09-03_Ordinaria
Título Acta de sesión 1891/09/03_Ordinaria
Data(s) 1891-09-03 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 234 (Sres. Limeses vicepresidente, Martínez Casal, García Vidal, González Besada, Senra.) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 234 2. Visto que de las 3.008 pesetas que adeudaba el Ayuntamiento de Cambados, ha ingresado en el día de hoy 2.500, quedando por lo tanto un pequeño descubierto de 508, se acuerda se suspenda por el término de un mes el apremio contra el mismo dirigido, a cuyo efecto ofíciese lo conveniente al Sr. Gobernador. ------ Folla: 234,235 3. Vistas las cuentas municipales del Ayuntamiento de Xeve correspondientes al año económico de 1889-90 y lo informado por la Contaduría proponiendo se solventen varios reparos que las mismas ofrecen, se acuerda, de conformidad con dicha dependencia, se remita al alcalde un pliego de los referidos reparos a fin de que, por los respectivos cuentadantes, sean solventados en el plazo de 30 días, y de hecho lo devuelva, contestado al margen, con los antecedentes oportunos, para en su vista resolver lo que proceda. ------ Folla: 235 4. Visto el expediente relativo a la alzada interpuesta por el ex depositario del Ayuntamiento de Gondomar, D. Ramón García Comesaña, contra los acuerdos del Ayuntamiento y Alcaldía de 16 y 21 de noviembre último, por los que se le obliga a ingresar 6.597´99 ptas. como saldo que resulta contra el mismo en varios años. La Comisión acuerda manifestar al Sr. Gobernador la conveniencia de tener a la vista para emitir un acertado informe, las cuentas rendidas por el referido ex depositario en 1 de noviembre de 1890, según nota firmada por el secretario de aquel ayuntamiento, que obra al folio 2º vuelto del expediente, y certificación del acta de arqueo levantada cuando se posesionó de su cargo el referido ex depositario D. Ramón García Comesaña. ------ Folla: 235 5. Se dio cuenta de una instancia remitida a informe de esta Comisión por el Sr. Gobernador que le ha dirigido Ignacio Loveira, veciño de Coiro, en el Ayuntamiento de Cangas, en queja de dicha corporación por no haberle resuelto una pretensión relativa a que se repusiese al ser y estado que antes mantenía el cauce que en el sitio llamado del Cruceiro, en dicha parroquia de Coiro, corre a orillas del camino público, con cuya pretensión acudió al Ayuntamiento en unión de otros convecinos en noviembre de 1890, sin que se hubiese resuelto cosa alguna; y Considerando: Que los Ayuntamientos tienen el ineludible deber de resolver en 1ª instancia cuantas pretensiones escritas se le dirijan, referentes a los diversos ramos de la Administración y servicios públicos cuya vigilancia les esté encomendada, lo que no ha efectuado de un modo claro y concreto el de Cangas respecto a la pretensión de que queda hecho mérito, se acuerda manifestar al Sr. Gobernador que, en sentir de esta Comisión, procede devolver estos antecedentes al alcalde de Cangas a fin de que, en primera instancia, se resuelva la pretensión del Ignacio Loveira referente a que se reponga al ser y estado que antes tenía el cauce que corre a orillas del camino público del Cruceiro y que la resolución que se adopte, se notifique a los interesados para que hagan uso de los recursos que la ley les concede, si no estuviesen conformes. Se levantó la sesión. ------
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