ATOPO
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Acta de sesión 1891/11/10_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/1.1891-11-10_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1891/11/10_Ordinaria

  • Data(s) 1891-11-10 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 286 (Sres. García Vidal Vicepresidente, Limeses, Prudencio Otero, Martínez Casal, López Pérez.) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 286 2. Visto que el Ayuntamiento de Tui ha ingresado en el día de hoy en la Caja de fondos provinciales las cantidades que por razón de atrasos adeudaba; se acuerda alzar el apremio expedido contra dicho Ayuntamiento con prevención de que en el plazo mas breve ingrese lo correspondiente al corriente ejercicio económico. ------ Folla: 286 3. Vista la cuenta de gastos ocasionados en la cárcel de Audiencia de [Pontevedra] esta Capital, durante el 1º trimestre del corriente ejercicio económico por los presos a disposición de dicho Tribunal, importante 5.453.18 pesetas; y hallándose debidamente justificada; se acuerda aprobarla y que se satisfaga su referido importe de las 5.453,18 pesetas con cargo a la partida correspondiente ------ Folla: 286 4. Se dio cuenta de la comunicación del Director del manicomio de San Baudido de Llobregat, fecha 10 de agosto último, participando que la alienada allí recluída Concepción Buceta VIlar, natural del Ayuntamiento de Meis en esta provincia goza ya de integridad completa en su razón por lo que juzga conveniente vuelva al seno de su familia; y Considerando que si bien el ingreso en el manicomio de la Concepción Buceta fue decretado por la autoridad judicial en virtud de causa criminal, es lo cierto que hoy en la Audiencia de este territorio a quien se comunicó la indicación del Director del Llobregat, autoriza la salida del mismo de la referida interesada; se acuerda oficiar al citado Director a fin de que se sirva desde luego dar de alta en aquel establecimiento a la demente de referencia. ------ Folla: 286 5. Visto que el Ayuntamiento de Gondomar ha ingresado lo correspondiente al 1º trimestre de este ejercicio manifestando el alcalde no poder efectuarlo respecto a los atrasos hasta tanto no se resuelva por la superioridad un expediente relativo a descubiertos de un ex - Depositario; se acuerda suspender el apremio decretado contra dicho Ayuntamiento concediéndosele el improrrogable término de dos meses para satisfacer sus débitos por atrasos con prevención de que transcurrido el cual sin efectuarlo se impondrá la continuación del apremio. Sobre raspado. Gondomar. Valga. Se levantó la sesión. ------

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