ATOPO
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Acta de sesión 1894/07/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/2.1894-07-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1894/07/06_Ordinaria

  • Data(s) 1894-07-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 173 Señores: Otero Vicepresidente, Alfaya, Martínez Casal, Areal, Cobián, Lema. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 173 2. Se dio cuenta de un recurso de alzada promovido por José Coto contra el acuerdo del Ayuntamiento de A Estrada fecha 2 de diciembre de 1893 por el que autoriza a Josefa Ruzo para la construcción de un cobertizo en el lugar de Castro Ramiro, parroquia de A Somoza, en aquel distrito: y Visto que según se observa por los antecedentes que se acompañan, se trata de un asunto resuelto en 21 de noviembre de 1871, sin que hoy sea dable a esta Comisión volver sobre su acuerdo de 12 del mismo, ni al Sr. Gobernador reformar aquella resolución que causó estado, se acuerda informar a dicho Sr. Gobernador que a juicio de esta Corporación procede estimar la alzada interpuesta por José Coto Durán, dejando sin efecto la resolución dictada por el ayto de A Estrada de 2 de diciembre último, en oposición al dictamen del procurador síndico. ------ Folla: 173,174 3. Vistas las cuentas municipales del Ayuntamiento de Ponteareas correpondientes al año económico de 1880-81, así como el informe de la Contaduría proponiendo la solvencia de varios reparos que las mismas ofrecen; se acuerda remitir al Alcalde un pliego de dichos reparos, a fin de que sean solventados por los respectivos cuentadantes en el plazo de 30 días, encargándole que de hecho devuelva todo con dicho pliego contestado al margen para la resolución que proceda. ------ Folla: 174 4. Visto que, a pesar de lo acordado en sesión de 14 de Junio último, no ha sido satisfecha por el Rectorado de la Universidad de Santiago al médico, D. Juan Ramón Barcia, la cantidad de 500 pts que como gratificación le fue asignada; se acuerda que se entienda limitada a 3.100 pts la subvención de 3.600 que anualmente se satisface al Colegio de sordomudos y ciegos, y que las 500 restantes sean satisfechas directamente por la Caja provincial al referido D. Juan Ramón Barcia. Se levantó la sesión. ------

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