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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1895-02-09_Ordinaria. Acta de sesión 1895/02/09_Ordinaria
Acta de sesión 1895/02/09_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/1.1895-02-09_Ordinaria
Título Acta de sesión 1895/02/09_Ordinaria
Data(s) 1895-02-09 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 57 ( Sres. Salgado Vicepresidente, Guerra, Alfaya, Limeses. Nine, Gil). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 57 2. Se dio cuenta del recurso de alzada interpuesto por Francisco Gil Rodríguez contra un acuerdo del Ayuntamiento de Salceda por el que, en virtud de denuncia de Manuela Pérez, le obliga a allanar una porción de terreno comunal que había acotado recientemente el sitio nominado Bendanova, con lo cual se interrumpían servidumbres establecidas. Y la Comisión, atendiendo a que el denunciado se considera con derecho de propiedad de dicho terreno alegando no haber podido justificarlo antes por causa de enfermedad, acuerda manifestar al Sr. Gobernador la necesidad de que se amplíe el expediente de que se trata concediendo un plazo determinado a ambas partes para que en defensa de sus respectivos derechos aleguen las pruebas documentales y testificales que tengan por conveniente, para poder evacuar, en vista de ello, con mayor acierto el informe que el particular se sirve reclamarle. ------ Folla: 57,58 3. Visto el expediente relativo a la construcción de un nuevo cementerio en Tui, que el Sr. Gobernador se sirve remitir a informe de esta Comisión y Visto que según participa dicha superior autoridad, la tramitación de tal expediente ya fuera antes de ahora interrumpida en virtud de reclamación, por lo que se ha variado el primitivo emplazamiento y algunas de las condiciones fijadas para la ejecución de las obras, imponiéndose ahora la necesidad de tramitar nuevamente este asunto con arreglo a las prescripciones de la Ley de Expropiación de 10 de enero de 1879 y reglamento para la aplicación de la misma, toda vez otros serán los propietarios a quienes habrá que expropiar y que no estarán comprendidos en la relación que han debido publicarse en el BOP a tenor de lo dispuesto en el art. 17 de la mencionada ley, se acuerda participarlo así al Sr. Gobernador, por vía de informe, a los efectos que estime oportunos. Se levantó la sesión. ------
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