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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1895-07-04_Ordinaria. Acta de sesión 1895/07/04_Ordinaria
Acta de sesión 1895/07/04_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/1.1895-07-04_Ordinaria
Título Acta de sesión 1895/07/04_Ordinaria
Data(s) 1895-07-04 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 153 (Sres. Salgado Vicepresidente, Alfaya, Guerra, Limeses, Nine, Gil). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 153 2. Vistas las cuentas municipales del Ayuntamiento de Borbén correspondientes, al año económico de 1887-1888 y 1888-1889 y, atendiendo a que se han solventado los reparos que las mismas ofrecieron, propuestos por esta Comisión en sesión de 6 de junio último, hallándose ahora, por lo tanto arregladas a las prescripciones de la ley sin que durante el tiempo que han estado expuestas al público se hubiese producido reclamación alguna, se acuerda proponer su aprobación al Sr. Gobernador. ------ Folla: 153,154 3. Examinadas las cuentas municipales del Ayuntamiento de Borben correspondientes al año económico de 1889-1890, se observa que tanto la de presupuestos, rendida por el alcalde, como la de caudales, rendida a su vez por el Depositario, vienen con bastantes raspaduras y enmiendas, hechas algunas con poca claridad y limpieza, que dificultan su examen; y por otra parte que los justificantes de cargo y data de la segunda, no se coleccionan por capítulos, como está mandado y expresan dichas cuentas, formando por cada uno una relación separadamente, poniendo primero todos los del período ordinario y a continuación de este los de ampliación totalizando cada uno independientemente y resumiéndolos después; sino que se incluyen los primeros bajo una relación correlativa por capítulos sin seguir el orden del as cuentas y sin autorizar, y los segundos en la misma forma; y para que puedan subsanarse dichos esencialismos defectos; se acuerda pues informar al Sr. Gobernador con inclusión de dichas cuentas que en su sentir y antes de entrar de lleno en el examen del fondo de las mismas, procede devolver al alcalde de Pazos de Borbén un ejemplar de cada una de las dos cuentas de presupuestos y caudales, acompañando a esta última todos los documentos de cargo y data que la justifican, a fin de que se disponga que en el plazo de 10 días se proceda por los cuentadantes responsables a rectificarlas, con objeto de que vengan sin raspaduras en enmiendas y por duplicado; y que se coleccionen los referidos justificantes de cargo y data, en relaciones por capítulos en la forma que se expresa al principio y numerándolas pro el mismo orden de conceptos a capítulos que marca la cuenta de caudales en la segunda parte, cuyas relaciones, después de fechadas, deben ser firmadas por el Depositario, poniendo su conformidad el contador o el Secretario contador y el visto bueno del alcalde; y de hecho que devuelva todo, dentro del expresado plazo para resolver en su vista lo que proceda. Se levantó la sesión. ------
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