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Acta de sesión 1900/01/27_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/2.1900-01-27_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1900/01/27_Ordinaria

  • Data(s) 1900-01-27 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 24 Señores: Martínez Casal Vicepresidente, Fraga, Estévez, Garrido. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 24 2. Visto que según participa el Sr. Gobernador, se ha interpuesto por varios farmacéuticos de la villa de Sanxenxo una denuncia contra la farmacia de la señora viuda de D. José Rey, por hallarse abierta al público sin condiciones legales y que ha ordenado se girase una visita extraordinaria según lo preceptúa el art. 50 de las Ordenanzas de Farmacia, nombrando para efectuarla al farmacéutico de esta capital D. Perfecto Feijoo y como secretario al oficial del Negociado de Sanidad de dicho gobierno D. Javier Valcárcel Ocampo, devengando el primero como honorarios 95 pts y el segundo 70, que, de conformidad con el art. 53 de dichas ordenanzas, deben ser abonados por los fondos provinciales, sin perjuicio del reintegro bien por los denunciantes si la denuncia no resultase fundada, bien de la parte denunciada si se comprobase. Se acuerda que se expida libramiento por las 165 pts mencionadas a los funcionarios indicados, por cuenta de lo consignado para calamidades públicas, sin perjuicio del reintegro en su día conforme a lo establecido en la última parte del art. 53 de las Ordenanzas citadas. ------ Folla: 24,25 3. Vista la comunicación del Sr. Delegado de Hacienda manifestando que la Dirección General de Propiedades y Derechos del Estado en 31 de julio último al remitir la nota de las cantidades que debían contraerse en la cuenta de Rentas públicas señalaba como suma a satisfacer durante el ejercicio de 1899-900 por el concepto de asignaciones de las Diputaciones provinciales para gastos de personal y material de enseñanza 70.128´46 pts, de la cual correspondía al vencimiento del 1º trimestre 35.064´23 pesetas; que cerrado dicho ejercicio en 31 de diciembre último por haberse establecido por la Ley de 28 de noviembre último el año natural, y resultando que los ingresos realizados por la Diputación queda un débito de 3.032´01 pesetas, pide se verifique su ingreso o, en su defecto, se le manifiesten las causas que determinen la diferencia entre la cantidad contraída y la satisfecha. Se acuerda se conteste a dicho Sr. Delegado que en la reforma de las escuelas normales últimamente realizada, fueron invitadas las Corporaciones provinciales en virtud de la Real Orden de 15 de octubre de 1898, a optar entre el sostenimiento de las superiores reformadas o las elementales y que esta Diputación optó por estas últimas cuyos gastos ofrecerían a la provincia una economía de 6.064 pts, dándose conocimiento del acuerdo, fecha 5 de noviembre de dicho año, al Excmo. Sr. Ministro de Fomento por conducto del de Gobernación, y como consecuencia del mismo se incluyeron en el presupuesto provincial de 1899-900, tan sólo 64.064´46 pts a que ascienden hoy las atenciones de 2ª enseñanza, siendo la mitad de esta cifra la que se ingresó en la Caja de Hacienda por el 1º semestre del citado año económico. Se levantó la sesión. ------

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