ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.396
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1900/05/29_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/2.1900-05-29_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1900/05/29_Extraordinaria

  • Data(s) 1900-05-29 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 88 Señores: Martínez Vicepresidente, Fraga, Garrido, Estévez. 1. Previa convocatoria del Sr. Gobernador, se reunieron los Sres. vocales designados al margen y leída que fue el acta de la sesión anterior, se aprobó. ------ Folla: 88 2. Diose cuenta del recurso de alzada interpuesto por D. Fermín Mosquera Vázquez, contra acuerdo del Ayuntamiento de Caldas de Reis sobre obras en una casa que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión. De los antecedentes resulta: Que el Mosquera solicitó del Ayuntamiento autorización para elevar la fachada de una casa de su propiedad, sita en la calle Real de dicha villa de Caldas de Reis con objeto de dar más altura al segundo piso, así como para regularizar dos huecos del piso bajo reduciendo su anchura y suprimir un tablero. Que la Comisión de Fomento informó desfavorablemente la pretensión fundándose en las reglas 19 y 20 del bando de policía y teniendo presente la línea de edificación de aquella villa autorizó al alcalde para gestionar particularmente del recurrente y de otro vecino que retirasen sus casas a la línea con el objeto de embellecer el pueblo. Dice el alcalde en su informe que dichas gestiones no dieron resultado y que el Mosquera empezó a llevar a cabo las reformas proyectadas, no haciendo caso alguno de las advertencias que se le hicieron, por lo cual se ordenó la suspensión de las obras. El recurrente niega que hubiere modificado la fachada de su casa, habiéndose limitado a elevar un poco el tejado de la misma para facilitar la vertiente de aguas y niega atribuciones al alcalde para adoptar los acuerdos anteriores por ser de la competencia exclusiva de la Corporación municipal. Esta Comisión observa que no existe conformidad entre los hechos expuestos por la alcaldía en su informe y los que aduce el recurrente en su instancia al Sr. Gobernador, antes al contrario, resalta una marcada contradicción, no siendo, por lo tanto, posible emitir un informe que se ajuste estrictamente a las prescripciones legales, sin que por persona competente se verifique una inspección ocular. Por lo mismo, acuerda proponer al Sr. Gobernador se digne disponer pasen todos los antecedentes que constituyen este expediente, al arquitecto provincial para que con ellos a la vista, lo que resulte de la inspección y lo dispuesto en las Reales Ordenes de 12 de marzo de 1878, 13 de diciembre de 1877, 2 de diciembre de 1878, 2 de abril, 18 de julio, 15 de octubre de 1879, 20 de febrero de 1882 y demás que crea oportuno consultar, emita su ilustrado parecer. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición