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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1905-07-26_Ordinaria. Acta de sesión 1905/07/26_Ordinaria
Acta de sesión 1905/07/26_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/4.1905-07-26_Ordinaria
Título Acta de sesión 1905/07/26_Ordinaria
Data(s) 1905-07-26 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 82 Señores: Vázquez vicepresidente, C. Otero, G. Otero, Garrido, Lorenzo, Pazos. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 82 2. Visto el proyecto de Ordenanzas de la Comunidad de Regantes de la parroquia de Vide en el ayuntamiento de As Neves, así como los reglamentos del Sindicato y Jurado de riegos, y considerando que, salvo erratas de escasa importancia contenidas en los art. 18, 23 y 64 de las Ordenanzas y en el 2 del Reglamento del sindicato, pero que no obstante deben ser salvados con arreglo al modelo oficial, dichos documentos se ajustan a los preceptos reglamentarios y que si bien el art. 24 de las ordenanzas se ha redactado en forma que contradice el espíritu que informa el del modelo aprobado por Real Orden de 25 de junio de 1884 establece, sin embargo, reglas de seguridad que deben admitirse por cuanto se adoptan a la forma especial de distribución que en este país se viene practicando desde tiempo inmemorial, sin que por otra parte se hubiese reclamado contra dicha redacción, ni contra la totalidad de los proyectos que se someten a aprobación, se acuerda evacuar el trámite establecido por el nº 9 de la Instrucción de 25 de junio de 1884 dictaminando favorablemente a los proyectos de referencia. ------ Folla: 82 3. Visto el expediente que se instruye en el Gobierno Civil de esta provincia, en virtud de solicitud de D. Antonio Sotelo Pardavila pretendiendo construir en la playa de Aldán una rampa de acceso a un edificio que posee lindando con dicha playa destinado a secadero de redes y aparejos de pesca, y considerando que se ha dado cumplimiento a las formalidades exigidas en la Instrucción aprobada por Real Orden de 20 de agosto de 1883 y que las reclamaciones presentadas son refutadas cumplidamente en su valor legal por todos los informes hasta el presente emitidos favorables a la concesión solicitada sin más restricción que el respeto de un servicio de entrada a fincas de D. Benito Cerviño y D. Wenceslao Bacela, cuyo disfrute solo pueden negar los tribunales ordinarios por ser de carácter civil. Se acuerda, previa la declaración de urgencia señalada en el párrafo 3º art. 98 de la Ley provincial, evacuar el trámite establecido por el art. 7 en la mentada Instrucción, dictaminando favorablemente a la pretensión de D. Antonio Sotelo, si bien respetándose el servicio a que demuestran tener derecho D. Benito Cerviño y D. Wenceslao Bacelar. ------ Folla: 82,83 4. Visto el proyecto de tranvía eléctrico para la ciudad de Vigo presentado por D. Emilio Montenegro y visto el pliego de condiciones formulado por el Sr. Director Jefe de Caminos provinciales, que hace suyas las impuestas por el señor Ingeniero Jefe de Obras públicas. Esta Comisión acuerda conforme con lo propuesto por el referido funcionario, cuyo dictamen original se unirá al expediente. Se levantó la sesión. ------
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