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Acta de sesión 1884/06/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.004/2.1884-06-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1884/06/06_Ordinaria

  • Data(s) 1884-06-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 187 1. Vicepresidente Fraga. Sequeiros, Losada, Guerra, Lois. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 187,189 2. La Comisión se enteró del expediente remitido a informe por el gobernador relativo a la apertura de la Iglesia de San Francisco de Pontevedra. Superfluo sería hacer una extensa reseña de los antecedentes del asunto, cuando el informe del alcalde es un relato copia de los dictamenes dados por personas más o menos competentes legalmente hablando, según el título que les habitiló para ello tratándose de un edificio público, cumple a su propósito manifestar que el arquitecto municipal en virtud de cuya denuncia la autoridad local mandó cerrar el templo es solamente maestro de obras y en este supuesto inepto para certificar ni practicar esta clasede reconicimientos en observancia a lo dispuesto en el art. 7 del Decreto de 8-1-1880, sin que por ello esto pueda dañar el buen nombre que disfrutó como entendido en estas materias asi como tampoco al de los demás que con iguales o parecidos títulos se han mostrado propicios a esclarecer el problema que hoy se examina acerca de si la Iglesia de San Francisco puede abrirse al culto sin peligro de los fieles que a ella concurran, así que únicamente se fijará la Comisión en los emitidos por los arquitectos Antonio Crespo Lopez y el provincial. Los hermanos de la Venerable Orden Tercera, llenos de un fervor y celo que merecía toda protección, procuraron reunir recursos para ejecutar las obras indispensables, a fin de hacer cesar las causas que produjeron la clausura del templo en donde se congregaban para celebrar los oficios del culto que están encomendados a la institución. Y al efecto buscaron al arquitecto Crespo que, después de haberlo inspeccionado y reconocido minuciosamente, certificó haber notado señales de ruina en varias paredes y armaron que es razonable suponer desapareceran ejecutando los refuerzos y reparaciones necesarias fijándose especialmente en la armadura de la cubierta de la nave y su muro al lado Sur de la Iglesia en la Capilla de Montenegro que deberá continuar separado como se halla y en la parte de la sacrístía en su frente principal al lado Este que amenazando inminente ruina cree necesario aislarla. Los hermanos de la Venerable Orden Tercera hicieron las obras propuestas para alejar todo peligro a su entender y concurrieron al ayuntamiento para que permitiese su apertura. Y la Comisión de policía urbana, asociada del director facultativo, fundado en que las obras aconsejadas por Crespo no se habían sujetado a las instrucciones por él marcada y precindido de la Dirección facultativa, propuso, y la Corporación municipal resolvió de acuerdo con ello, no acceder a lo pedido y los recurrentes apelaron para ante la digna autoridad del gobernador. Oído el parecer del arquitecto provincial expone que las obras se verificaron con mejor deseo que acierto por no haberles precedido el estudio del estado del templo y no darle la extensión indicada por Crespo. Destituida la Comisión de los conocimientos técnicos de la arquitectura le está vedado penetrar en sus cercanos, y no pudiendo dejarse llevar por la opinión pública que a voz en grito proclam se halla el Templo en buenas condiciones de solidez para destinarse al culto se concreta a manifestar la opinión que ha formado en vista de las conclusiones sentadas por los arquitectos y examen de los fundamentos que incluyeron al Ayuntamiento a decretar su interdicción. Lo 1º que llama la atención es que en virtud de denuncia de un funcionario desprovisto por la Ley de competencia para declarar falsa o segura una Iglesia se haya mandado cerrar subsanado ese defecto por los hermandos de la VOT vuelve a incurrir el ayuntamiento en idéntico defecto, asesorándose del mismo funcionario, para declarar si las obras ejecutadas dieron al templo la firmeza y solidez requeridas y todo ello sin especificar cual era la obligación del director facultativo en que se había prescindido siquiera en parte esencial de las instrucciones dictadas por el arquitecto Crespo. El fundamento, pues de tal acuerdo cae por su base, lo que era de rigor, discretar y afirmar de un modo categórico, es si las obras llevadas a cabo, e indicadas lo fueron con sujección extricta a lo que las reglas de construcción disponen para cada caso, o señalar en que se omitieron, y de esta oscuridad ciertamente, no libra el arquitecto provincial por lo que se desprende de su informe en que dice se hicieron con poco acierto por no haberles precedido el estudio del estado del templo, y precisamente las obras de reparación se practicaron en vista de lo que Crespo ha reconocido y manifestado verdad que este último no había hecho un estudio tan detenido y que queda a la apreciación ancho campo para las opiniones particulares más ciñéndose a lo que arroja el expediente, se halla compelida la Comisión a declarar que las obras de reparación efectuadas lo han sido previo estudio de lo que el estao del templo necesitaba. Ninguna demostración se aduce que revele no han logrado el objeto apetecido por el arquitecto crespo, las reparaciones hechas, y al contrario las declaraciones de otros maestros titulares de obras, cuya aptitud es tan manifiesta como la del director de obras municipales, viene a robustecer la opinión pública y de los prácticos, de que los amagos de ruina no son otra cosa que defectos de construcción antigua, por lo que procede aprobarlas, más en el justo deseo de alejar todo escrúpulo. La Comisión informa que puede OS mandar abrir el templo de San Francisco a condición de que la capilla de Montenegro, continúe separada como se halla, y la Secretaría aislada prescindiendo de toda la parte que forma un crucero que quedará cerrada con una balaustrada u otra obra de madera correspondiente con uno de los arcos, mientras no se efectúen las obras que han consignado ser menester construir el sr. Crespo. Se levantó la sesión. ------

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