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Acta de sesión 1885/07/09_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.005/1.1885-07-09_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1885/07/09_Ordinaria

  • Data(s) 1885-07-09 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 243 ( vicepresidente Losada. Taboada, guerra, Sánchez, Rodríguez cadabal). 1. Leída el acta de la anterior fue aprobada. ------ Folla: 243,244 2. Dado cuenta del expediente de elecciones municipales de Cangas, remitido a esta Comisión en virtud de alzada interpuesta por los electores D. Francisco Martínez, D. Teodosio González y D. Francisco Lagoa contra los acuerdos adoptados por la Junta de Escrutinio en el día 5 del corriente y Resultando: que D. Manuel Piñeiro protestó la nulidad de la elección en colegio de Aldán alegando como motivo el que los muchos electores llegaban al colegio conducidos cual criados por el párroco de O Hío sin que hubiese presentado prueba ni justificación alguna de este aserto. Resultando: que la nulidad de las elecciones en los colegios de Cangas y Coiro fue también protestada por los electores D. Manuel Vila y D. Francisco Fandiño quienes acompañaron en comprobación de su protesta un testimonio de las declaraciones prestadas ante el juzgado municipal por muchos testigos de las cuales resulta que D. Francisco Martínez Budiño concejal que aparece elegido por Cangas tuvo encerrados en su casa la noche del 2 al 3 de mayo considerable número de electores que al siguiente día fueron a votar custodiados y conducidos por un hijo del Budiño y otras 2 personas, y que el local del colegio de Coiro fue cubierto a las 5 de la mañana del día 3 de mayo e invadido por considerable número de personas conducidos por D. José Pastoriza y Don Vicente Calderón que le intimaron que nadie se moviese ni saliese de allí. Resultando: que en el acta correspondiente a la elección de mesa el día 3 en el colegio de Coiro consta que los electores Manuel Queimaño, Antonio Costas, Agustín Miranda y José Bernárdez Martínez protestaron la nulidad de la elección de aquel día y de los sucesivos alegando como motivo que al llegar el presidente a las 8 y media al local del colegio ya lo encontró cubierto e invadido no habiéndolo desalojado los que en el se hallaban a pesar de las ordenes de la presidencia. Resultando: que algunos electores para desvirtuar las protestas en los colegios de Cangas y Coiro presentaron actas notariales en las cuales se hace constar que en la votación de la mesa se han cumplido las formalidades legales. Resultando: que la junta de escrutinio celebrada el 5 del actual por mayoría declaró nulas las elecciones de los colegios de Cangas y Coiro y validas las de Aldán. Considerando: que son motivos de nulidad en una elección no solamente los hechos que falseen las votaciones sino también los que las violentan coartando por medios reprobados por la ley la libertad de los electores y ejerciendo sobre ellos coacción. Considerando que el hecho de haber tenido D. Francisco Martínez Budiño gran número de electores encerrados en su casa la noche víspera de la votación de mesa y haber salido de allí custodiados a emitir su sufragio es bastante calificado para no suponer que ha debido tener influencia bastante en el resultado de dicha votación y que siendo así debe anularse y consiguientemente la elección de concejales. Considerando: que el hecho de hallarse invadido el local del colegio de Coiro desde las 5 de la mañana por personas a quienes se dio la consigna de no abandonar sus lugares y fueron conducidas por agentes que las custodiaban es de bastante importancia y permite suponer que no ha presidido la conveniente libertad el acto de la elección de mesa. Considerando: que las actas notariales presentadas no desvirtúan los cargos de que va echo mérito pues sobre ser de poco valor la afirmación sobria de que se han cumplido las formalidades de la ley cuando los notarios solamente son llamados a dar fe de hechos y no a formular juicios aquellos se refieren en parte a actos realizados fuera de la presencia de los notarios pero que no por eso influyen menos en el resultado de las votaciones y consiguientemente en la validez o nulidad de una elección. Se acuerda confirmar el acuerdo de los comisionados de escrutinio fecha 5 del actual en todas sus partes y en su consecuencia aprobar las elecciones del colegio de Aldán y anular las de los de Cangas y Coiro lo cual se comunique al Sr. Gobernador con devolución del expediente. ------ Folla: 244 3. En contestación al acuerdo de 7 del que rige, el Sr. Gobernador de A Coruña en telegrama de esta fecha participa que la Comisión Provincial, asintiendo a la propuesta de la Junta de Sanidad acordó que cada provincia gallega nombre un diputado y un individuo de la Junta de Sanidad asistan en el día que se señale a Lugo para establecer con la Junta de Sanidad de esta provincia la organización del personal y más detalles referentes a la inspección facultativa; que cada comisión provincial nombre un médico y un practicante que hayan de prestar en Monforte la inspección y servicio facultativo y que se solicite por los respectivos gobernadores del Excmo. Sr. ministro del ramo orden para que los trenes se detengan en la citada estación el tiempo necesario para el reconocimiento de viajeros y fumigación de equipajes. Aceptando el pensamiento por esta Comisión se puso en conocimiento del Sr. Gobernador de A Coruña por conducto del de esta provincia, encargándole diese noticia de lo acordado por las demás provincias y se le señalase el día para enviar sus representantes. Se levantó la sesión. ------

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