ATOPO
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Acta de sesión 1934/08/06_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.160/1.1934-08-06_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1934/08/06_Extraordinaria

  • Data(s) 1934-08-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 143,144 1. Presidencia del Señor Viñas del Monte, con asistencia de los Vocales Señores Llovo Pérez, Vicepresidente, Domínguez Ferradás, Varela Castro, Solla Fontenla, Tapia Seoane y Quinteiro Martínez actuando de Secretario el Señor Ramos Cerviño. Abierta la sesión a las doce de la mañana el Sr. Presidente dice: que convoco a esta reunión a la Comisión Gestora con objeto de resolver el concurso anunciado en el Boletín Oficial número 169 de 17 de julio último, para proceder al nombramiento de los Gestores encargados de la confección de los Padrones de Cédulas personales y de su cobranza cumpliendo la condición 3ª que dispone que en el siguiente día hábil a los quince del plazo de terminación del concurso se reunirá en sesión extraordinaria la Comisión Gestora para examinar las solicitudes que se hayan presentado y efectuar discrecionalmente y nombramiento de los gestores, o declarar desierto el concurso. Terminado el plazo de presentación el sábado cuatro del actual es hoy el primer día hábil. De orden de la Presidencia se dio cuenta por el Secretario de las solicitudes presentadas en plazo con la documentación que las acompañaba y los resguardos acreditativos de haber constituidos los aspirantes la fianza provisional. Procediose seguidamente a su examen y una vez verificado detenidamente, la Comisión acordó por unanimidad nombrar Gestores a los Señores siguientes: Para el partido judicial de Caldas, comprendiendo los Ayuntamientos de Baro, Caldas de Reis, Campo Lameiro, Catoira, Cuntis, Moraña, Pontecesures y Valga a Don Manuel Alonso Fontán, vecino de Portas. Para el partido judicial de Cambados, comprendiendo los Ayuntamientos de Cambados, O Grove, Meaño, Meis, Ribadumia, Sanxenxo, Vilagarcía de Arousa y Vilanova a Don Manuel Rasilla Salgado, vecino de Vilagarcía. Para el partido judicial de A Estrada, comprendiendo los Ayuntamientos de Cerdedo, A Estrada y Forcarei a Don Emilio Porto Souto, vecino de A Estrada. Para los Ayuntamientos de Carbia, Dozón, A Golada y Lalín del partido judicial de Lalín a Don Manuel Acacio Rey Baños, vecino de A Estrada. Para el Ayuntamiento de Rodeiro (partido de Lalín) a Don José Calviño Diéguez, vecino de aquel termino. Para el Ayuntamiento de Silleda, (partido de Lalín) a Don Antonio Trabazo Lorenzo, de aquella vecindad. Para el partido judicial de Pontevedra, que comprende los Ayuntamientos de Bueu, Cangas, Xeve, Marín, Moaña, Pontevedra, Poio y Vilaboa a Don José Ferro Cerviño, vecino de A Estrada. Para el partido judicial de Ponte Caldelas, comprendiendo los Ayuntamientos de Cotobade, A Lama, Ponte Caldelas y Pontesampaio a Don Manuel Cendón Escudero vecino de Pontevedra. Para el partido judicial de Redondela, comprendiendo los Ayuntamientos de Fornelos, Mos, Pazos, Redondela y Soutoamior a Don José García y García vecino de Redondela. Para el partido judicial de Tui, comprendiendo los Ayuntamientos de A Guarda, Oia, O Porriño, O Rosal, Salceda de Caselas, Tomiño y Tui, a Don Victoriano Álvarez Orduña, vecino de Tomiño. Para el partido judicial de Vigo, comprendiendo los Ayuntamientos de Baiona, Gondomar, Lavadores, Nigrán y Vigo a Don Elías Toral Brea, vecino de Vigo. La gestión de los designados abarcará la cobranza de las cédulas personales correspondientes a los años de mil novecientas treinta y cuatro al treinta y ocho ambos inclusive, pudiendo prorrogarse de conformidad con lo dispuesto en la condición catorce del concurso. En el plazo de cinco días a contar del siguiente a la notificación del nombramiento los Gestores constituirán la fianza definitiva y manifestarán por escrito que aceptan el cago con los derechos y obligaciones que se derivan de las bases del concurso, disposiciones generales que afectan a la cobranza de los impuestos, en especial y el Estatuto de Recaudación de 18 de diciembre de 1928, y de los acuerdos de la Diputación provincial que no se opongan a las bases y disposiciones indicadas. Entre lineas "Portas" - Vale y se salva con aprobación. Se levantó la sesión. ------

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