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Acta de sesión_1942/12/11_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.167/1.1942-12-11_Ordinaria

  • Título Acta de sesión_1942/12/11_Ordinaria

  • Data(s) 1942-12-11 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 61 1 - Sesión de 11 de Diciembre de 1.942 - Bajo la Presidencia de Don Rafael Picó Cañeque, y con asistencia del Vicepresidente Sr. Fontoira y de los Vocales Sres. González Babé; Alcántara Fernández y Peláez Merino, celebra sesión ordinaria la Comisión Gestora de esta Excma. Diputación Provincial, correspondiente al día de hoy once de Diciembre de mil novecientos cuarenta y dos. Actúa de Secretario el que lo es de la Corporación Sr. Posse García. Leída el acta de la sesión anterior, por unanimidad fue aprobada, procediéndose seguidamente al despacho de los asuntos que figuraban el el orden del día, adoptándose los acuerdos siguientes: ------ Folla: 61 2 - Declarando de abono la factura que presenta el Droguero D. Luis Esteban por suministro de útiles para la limpieza. Prestar aprobación y declarar de abono la factura que presenta el farmacéutico D. Luis Esteban, por útiles suministrados para la limpieza de este Palacio provincial, cuya factura informa favorablemente la Intervención de fondos; debiendo librarse su importe de 96'05 pesetas con cargo al capítulo XI artículo 10 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 61 3 - Idem idem de idem por géneros suministrados para las habitaciones del Sr. Gobernador Civil. Aprobar y declarar de abono, la factura del industrial de esta Plaza D. Luis González García por géneros suministrados para las habitaciones particulares del Sr. Gobernador Civil, cuya factura informa favorablemente la Intervención de fondos; debiendo librarse su importe de 5'85 pesetas con cargo al capítulo I artículo 1º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 61 4 - Idem idem de la Sociedad G.G. de Electricidad por suministro de energía durante el mes de Octubre último. Vista la factura que presenta la Sociedad General Gallega de Electricidad por suministro de energía eléctrica a este Palacio Provincial durante el mes de Octubre último, se acuerda: teniendo en cuenta el informe favorable de la Intervención de fondos, prestarle su aprobación y declararla de abono; debiendo librase el total importe de 352'20 pesetas, con cargo al capítulo VI artículo 4º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 61 5 - Idem idem por suministro de leña para la calefacción de este Palacio. También se da cuenta de informe de la Intervención de fondos al que se acompañan recibos de leña para la calefacción de este Palacio Provincial, que ascienden en junto, a la cantidad de 425'20 pesetas que deberá ser librada con cargo al capítulo 6º artículo 4º de la parte de gastos del presupuesto, a favor del Sr. Depositario que la ha suplido. ------ Folla: 61 6 - idem idem la cuenta que presenta la sucursal de "Hijos de Simeón García" por suministro de paños para la limpieza. Aprobar y declarar de abono la cuenta que presenta la Sucursal de "Hijos de Simeón García" de esta Plaza por suministro de paños para la limpieza del Palacio Provincial, cuya factura informa favorablemente la Intervención de fondos; debiendo librarse su importe de 81'60 pesetas con cargo al capítulo XI artículo 10 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 62 7 - Idem idem, dos facturas, de la Vda. de Ferreira, por suministro de calzados para los "Botones" de esta Diputación. Prestar aprobación y declarar de abono dos facturas de la Viuda de D. Benito Ferreira, por suministro de dos pares de zapatones para los "Botones" de esta Diputación, a cuyas facturas muestra su conformidad la Intervención de fondos; debiendo librarse su importe que asciende a la cantidad de 199 pesetas con cargo al capítulo VI artículo 4º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente, a nombre del Sr. Depositario que la ha suplido. ------ Folla: 62 8 - Idem idem la cuenta de estancias en el Manicomio de Conxo durante el mes de Noviembre. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta de estancias en el Manicomio de Conxo durante el mes de Noviembre último, debidamente informadas por el Negociado de Beneficencia y la Intervención de fondos, debiendo librarse su importe total de 18.485 pesetas con cargo al capítulo VIII artículo 5º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 62 9 - Idem idem la de estancias en el Hospicio de esta Capital, durante el mes de Noviembre último. Examinada la cuenta de estancias causadas en la Casa Hospicio de esta Capital, durante el mes de Noviembre último, que remite la Rvda. Madre Superiora de dicho Establecimiento, debidamente informada por la Intervención de fondos y Negociado de Beneficencia, esta Comisión Gestora acuerda prestarle su aprobación y declararla de abono; debiendo librarse su importe de 17.652'50 pesetas con cargo al capítulo VIII artículo 4º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 62 10 - Dejando sobre la Mesa para estudio e informe las relaciones de jornales por arreglo de jardines. Vistas las relaciones de jornales para el sostenimiento de los jardines; personal eventual; trabajos topográficos, trabajos en la Zona 11ª y otros del Servicio de Repoblación Forestal, que justifican los libramientos números 1.304, 1.306, 1.312, 1.215, 1.305, 1.002, 1.003, 1.004, 1.051, 1.052, 1.053, 1.103, 1.106, 1.105, 1.107 y 1.104; se acuerda dejarlos sobre la mesa pendientes de estudio e informe por la Ponencia respectiva. ------ Folla: 62 11 - Aprobando la 3ª certificación del destajo para la terminación del c.v. nº 401. Prestar aprobación a la 3ª certificación del destajo celebrado con el Contratista d. Antonio Mato Fortes, para el afirmado del primer kilómetro del camino vecinal nº 401, sección de la carretera de Chapa a Pernaviva, que asciende a la cantidad de 3.942 pesetas. ------ Folla: 62 12 - Idem idem la 1ª certificación del destajo para la terminación del c.v. nº 267. Examinada la primera certificación que eleva la Dirección de Vías y Obras del destajo número 1 celebrado con el contratista D. Manuel Bugallo Sieiro, para la terminación del camino vecinal número 267, sección de Castrogudin, a la carretera de Chapa a Carril, aprobado en sesión de 13 de Octubre último y cuya certificación asciende a 24.848'10 pesetas; esta Comisión Gestora acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 62 13 - Idem idem la 1ª certificación del destajo, para la terminación de las obras del c.v. nº 151. Aprobar igualmente la primera certificación del destajo número 1 celebrado con el Contratista D. Manuel Bugallo Sieiro, para la terminación de las obras del camino vecinal nº 151, sección de la carretera de Pontevedra a Cangas al Campo, que fue aprobado en sesión de 13 de Octubre último y cuya certificación asciende a la cantidad de 20.183'20 pesetas. ------ Folla: 62 14 - Declarando de abono la certificación única del destajo para la reparación del camino al Sanatorio de O Rebullón. Aprobar y declarar de abono a favor del Contratista D. Fernando Salgueiro la certificación única del destajo celebrado para la reparación del camino al Sanatorio el Rebullón aprobado en sesión de 13 de Octubre último y que asciende a la cantidad de 4.550 ptas. ------ Folla: 62 15 - Aprobando el destajo nº 2 para terminación de las obras dl c.v. nº 151, sección de la carretera de Pontevedra a Cangas, al Campo. Habiendo sido autorizada la Dirección de Vías y Obras en sesión de 21 de Septiembre último, en la que también se aprobó el presupuesto, se acuerda prestar aprobación al destajo número 2 celebrado por la misma con el Contratista D. Manuel Bugallo Sierio, para terminación de las obras del camino vecinal número 151, sección de la carretera de Pontevedra a Cangas al Campo, que asciende a la cantidad de 17.070'80 ptas. ------ Folla: 62 16 - Idem idem nº 2 para la terminación del c.v. nº 267, sección de Castrogudin a la carretera de Chapa a Carril. Examinado el destajo nº 2 celebrado por la Dirección de Vías y Obras con el Contratista D. Manuel Bugallo Sieiro, para la terminación del camino vecinal número 267, sección de Castrogudin a la carretera de Chapa a Cariil, y que asciende a la cantidad de 15.668'10 pesetas para lo que había sido autorizado en sesión d 21 de Septiembre último, en la que se aprobó también el presupuesto; esta Comisión Gestora acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 62 17 - Declarando de abono la nómina de dietas del personal de Vías y Obras por salidas de la residencia para inspección. Aprobar y declarar de abono la nómina de dietas del personal de Vías y Obras por salidas de la residencia para inspección de la conservación de carreteras y caminos vecinales durante el mes de Noviembre último, con arreglo al Reglamento de 18 de Junio último cuya nómina asciende a la cantidad de 270 pesetas. ------ Folla: 62 18 - Idem idem idem por el personal facultativo de V. y O. con cargo a descuentos de certificaciones. Prestar aprobación y declarar de abono la nómina de dietas devengadas por el personal facultativo de Vías y Obras, con cargo a los descuentos de las certificaciones correspondientes al mes de noviembre último por inspección de las obras de caminos vecinales, con arreglo al Decreto de 9 de Marzo de 1.940, cuya nómina asciende a la cantidad de 1.957'13 pesetas. ------ Folla: 62 19 - Idem idem de idem. Examinada la nómina de dietas devengadas por el personal facultativo de Vías y Obras, con cargo a los descuentos de las certificaciones del mes de Noviembre último, en las carreteras provinciales, con arreglo al Decreto de 9 de marzo de 1.940, cuya nómina asciende a la cantidad de 136 pesetas; esta Comisión Gestora acuerda prestarle su aprobación y declararla de abono. ------ Folla: 62,63 20 - Aprobando la liquidación del c.v. nº 177 de la carretera de As Neves a Arbo a Ribarteme. Examinada la liquidación del camino vecinal número 177 de la carretera de As Neves a Arbo a Ribarteme que eleva, como dispone el artículo 26 del Reglamento de Vías y Obras provinciales, la Dirección de dicho Servicio; esta Comisión Gestora, teniendo en cuenta el informe favorable de la Jefatura de Obras Públicas, en el que únicamente hace la observación de que se le de cuenta de la resolución que recaiga, y resultando que el saldo a favor del Contratista D. Olegario Dapresa Esmerode asciende a 6.074 pesetas, de las que corresponden, con cargo a la subvención del Estado, 3.280'06 pesetas, acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 63 21 - Aprobando el destajo nº 2 para la conservación del c.v. nº 132 de A Cañiza a Arbo. Prestar aprobación al destajo número 2 celebrado con el Contratista D. Cesáreo Durán, para atender a la conservación del camino vecinal número 132 del kilómetro 1 al 11 de la carretera de A Cañiza a Arbo, por desbroce de cunetas, recrecimiento de paseos y taludes y reparación de explanación, que asciende a la cantidad de 21.063 pesetas. ------ Folla: 63 22 - Aprobando la propuesta del Servicio Forestal sobre trabajos a realizar. Prestar aprobación a la propuesta que formula la Dirección del Servicio Forestal de trabajos a realizar durante el año 1.943 en el Vivero Central de Figueirido, con un presupuesto de 66.606'63 pesetas. ------ Folla: 63 23 - Idem idem, sobre atenciones generales. Prestar aprobación a la propuesta que formula la Dirección del Servicio Forestal de atenciones generales para el año 1.943, con un presupuesto total de pesetas 78.850. ------ Folla: 63 24 - Idem idem sobre trabajos para conservación de las Zonas repobladas. Prestar aprobación a la propuesta de trabajos para conservación de las Zonas repobladas 1ª, 2ª, 6ª y 9ª que presenta la Dirección del Serivicio, con un presupuesto total de 91.722'30 pesetas. ------ Folla: 63 25 - Idem idem sobre atenciones generales en el año 1.941. Prestar aprobación a la propuesta que formula la Dirección del Servicio Forestal, de atenciones generales para el año 1.941, con un presupuesto total de 119.816'89 ptas. ------ Folla: 63 26 - Idem idem sobre conservación de la zona repoblada. Prestar aprobación a la propuesta que formula la Dirección del Servicio Forestal de conservación de la Zona repoblada para el año 1.941, con un presupuesto total de 94.576'78 pesetas. ------ Folla: 63 27 - Idem idem sobre atenciones generales en 1.942. Prestar igualmente aprobación a la propuesta de atenciones generales para el año 1.942 que presenta la Dirección del Servicio Forestal con un presupuesto total de 83.850 pesetas. ------ Folla: 63 28 - Idem el presupuesto de la Casa "Industrias Sanitarias S.A. de Madrid. Prestar aprobación al presupuesto que presenta la Casa "Industrias Sanitarias, S.A." de Madrid para instalación en el Gran Hospital de una Tribuna en la Sala de Operaciones y que importa 6.875 pesetas. ------ Folla: 63 29 - Declarando de abono la cuenta de la Sastrería "El Globo" por una alfombra de nudos para esta Diputación. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta que produce la Sastrería "El Globo", de esta Capital, por una alfombra de nudos para esta Diputación, y cuyo importe de 1.642'50 pesetas se librará contra la consignación del Capítulo artículo de la parte de gastos del presupuesto. Durante la deliberación y resolución de este acuerdo se ausentó del Salón el Vocal Sr. Peláez Merino. ------ Folla: 63 30 - Aprobar la distribución hecha por la Presidencia de la subvención concedida por la Caja de Ahorros con destino a Colonias Escolares. Por la Presidencia se da cuenta de la inversión que ha dado a la subvención concedida por el Consejo de Administración de la Caja de Ahorros en 27 de Junio último con destino a Colonias Escolares y cuya distribución es la siguiente, que la Comisión acuerda aprobar: - Al Campamento de la Sección Femenina .................................................. 2.500 ptas. - A la Colonia del Hospicio Provincial .......................................................... 3.000 " - A la Colonia "Barreiro Cabanelas" ............................................................ 4.000 " - Al Campamento del Frente de Juventudes ................................................. 2.518'92 " Total ......... 12.018'92 " La diferencia de 206'94 pesetas que existe entre la cantidad puesta a disposición de esta Diputación por la Caja, que era de 1.811'98 pesetas y la satisfecha procede el resto de las Colonias Escolares del ejercicio anterior que había quedado sin aplicación. ------ Folla: 63 31 - Aprobando las cuentas del periodo ejecutivo por cédulas personales de los años y Ayuntamientos que se expresan. Prestar aprobación a las cuentas del periodo ejecutivo de los años 1.934 del Ayuntamiento de Pontevedra; 1.935 del de A Guarda y Salceda de Caselas, y 1.936 de A Lama, Oia, Salceda de Caselas, O Porriño y Pontevedra que habían quedado pendientes en sesión de 30 de Julio último, por hallarse debidamente justificadas las partidas de abono y habiendo sido ingresadas las cantidades recaudadas. ------ Folla: 63 32 - Autorizando a los paradistas que se citan para sacrificar los verracos que se les cedieron previas las condiciones que se expresan. Vistas las instancias presentadas por D. Claudio Barros, de Redondela y D. José Pintos Baltasar, de esta Capital, solicitando autorización para sacrificar y destinarlos al consumo propio cada uno de los verracos sementales que les fueran adjudicados en virtud del concurso publicado en el Boletín Oficial de 17 de Enero de 1.941 para establecer paradas protegidas, y, teniendo en cuenta lo informado por el Negociado de Fomento, se acuerda autorizarlos para el sacrificio de los mismos, previo abono a esta Diputación de 600 pesetas cada uno, ya que según la base 4ª del concurso los paradistas no podían sacrificar dichos verracos ni disponer de ellos sin previa autorización de esta Diputación. Para el caso de que a dichos paradistas no convenga la adquisición de tales verracos por la cantidad indicada, la Diputación se los adquirirá al precio de tasa, según se previene en las indicadas bases. ------ Folla: 63 33 - Disponiendo el ingreso en el Manicomio de Valladolid del demente Pablo García Molina asilado de la Casa Hospicio de esta Capital. Diose cuenta de certificación del Médico de la Casa Hospicio Sr. Marescot, acreditativa de que el acogido Pablo García Molina padece demencia, por lo que es necesario internarlo en un Manicomio para tratar su enfermedad. La Comisión, toda vez la pobreza del interfecto se halla acreditada como tal asilado acuerda disponer su ingreso en el manicomio de Valladolid por cuenta de fondos provinciales y en concepto de observación, debiendo acompañarse el certificado especial para enfermos psíquicos. ------ Folla: 63 34 - Decretando el ingreso en el Asilo de esta Capital del anciano Manuel Sieiro Cadavid. Se acuerda decretar el ingreso en el Asilo de esta Capital, por cuenta de fondos provinciales de Manuel Sieiro Cadavid, vecino de Cerdedo por comprobarse su pobreza y la de sus familiares, y no padecer enfermedad mental ni contagiosa alguna. ------ Folla: 63 35 - Queda sobre la Mesa el expediente de ...... Dejar sobre la Mesa el expediente para ingreso, de José María Lareu, vecino de Caldas de Reis. ------ Folla: 63,64 36 - Decretando el ingreso en el Manicomio de Valladolid de Jesús Maquieira Castro, de Barro, condicionando su traslado al de Conxo. Abierta por la Presidencia la información a que se refería el acuerdo adoptado en 28 de Agosto último sobre la pobreza de Jesús Maquieira Castro, vecino de Barro, y e sus familiares, y comprobada que ha sido, se acuerda decretar su ingreso en el Manicomio de Valladolid por cuenta de fondos provinciales, y caso de que los familiares de este demente instasen su continuación en Conxo, deberán ingresar en fondos provinciales la diferencia entre las estancias de dicho Establecimiento y el de Valladolid, o sea, una peseta diaria. ------ Folla: 64 37 - Resolviendo de conformidad con el informe de la Intervención, y autorizándole para que designe un funcionario para que realice una inspección cerca del ex Recaudador o Gestor de cédulas personales del Distrito de A Cañiza D. Enrique Alvarez Rey, de Mondariz, y sus Auxiliares que se citan. Diose cuenta de informe del Sr. Interventor en instancia de D. Enrique Alvarez Rey, como Gestor de cédulas que ha sido en el Distrito de A Cañiza y que dice así: "Vista la instancia adjunta, la Intervención que suscribe, eleva a la consideración de V.E. el siguiente informe: Que del examen del expediente que se le incoa por descubierto para con esta Diputación, durante su gestión en la recaudación de cédulas del distrito de A Cañiza, y de los libros de Contabilidad que obran en esta dependencia, se desprende que el Sr. Alvarez Rey, tiene sin liquidar las cuentas en ejecutivo correspondientes a los años 1.934, 1.935, 1.936 y 1.937, así como también el periodo voluntario de 1.938. Que habiendo sido notificado el interesado del estado actual de sus cuentas, y de la responsabilidad que incurso se hallaba, fijándole al mismo tiempo un plazo de quince días para que dentro del mismo procediera a la rendición definitiva de las indicadas cuentas, contestó con el escrito objeto de este informe. Que resultan ser ciertos los hechos aseverados en los apartados 1º, 2º y 3º del escrito del Sr. Alvarez Rey; pero que a pesar de lo evidente de tales nombramientos como Agentes recaudadores, no lo es menos, tampoco, que se trata de meros auxiliares en la gestión recaudatoria de D. Enrique Alvarez Rey, único responsable directo ante este Organismo. Que a tenor del contrato de arriendo del servicio de cédulas, así como de lo preceptuado en el vigente Estatuto de Recaudación, aparece clara y bien definida la figura del responsable directo. Que con arreglo a lo preceptuado en el pliego de condiciones de dicho arriendo, el Gestor Sr. Alvarez Rey, viene obligado a rendir sus cuentas dentro de los plazos reglamentarios. Que, por tanto, procede que por esa Comisión, se tomen, a la mayor brevedad, las medidas necesarias, conducentes a una rápida solución del problema que plantea el retraso de las susodichas cuentas, evitando con ello el serio perjuicio que ocasiona a los intereses provinciales. De todo lo expuesto, la Intervención entiende: Que debe ser estimada la súplica del Sr. Alvarez Rey, designando un funcionario de este Organismo, con gastos y dietas a cuenta del citado Gestor, para que recoja los valores y saldos que retienen los Auxiliares en la gestión de la cobranza de cédulas, D. Gabriel Rodríguez Rivero y D. Baltasar Rodríguez, hoy, su viuda e hijos. Que la propuesta anterior está en concordancia con lo ordenado en el artículo 230 del Estatuto de Recaudación, por el cual faculta a la Autoridad económica para el nombramiento de un funcionario, con la misión especificada anteriormente, en caso de que no se presentaren a liquidar dentro de los plazos fijados." La Comisión acuerda de conformidad con el informe del Sr. Interventor, autorizándole para designar el funcionario de esta Diputación que con gastos y dietas a cuenta del citado ex - gestor practique las operaciones a que se refiere dicho informe. ------ Folla: 64,65 38 - Adquirir la Biblioteca, obras y objetos pertenecientes al cronista - historiador Don Castro Sampedro Folgar, a cambio de una renta vitalicia (3.000 ptas. anuales) a sus hijas. Dada cuenta de expediente instruido para la adquisición de la Biblioteca y objetos ofrecidos por los herederos del historiador Don Casto Sampedro Folgar a esta Diputación Provincial a cambio de una pensión vitalicia de 3.000 pesetas anuales, a favor de las tres hijas de aquel, extinguible al fallecimiento de la última superviviente y, Resultando que en el referido expediente consta la tasación detallada de lo ofrecido, llevada a cabo por el Director del Museo de Pontevedra y cronista de la provincia y por el Director del Archivo Histórico y Biblioteca Pública, Archivero de esta Diputación, en virtud de encargo de esta Presidencia de la que se deduce que el valor global de lo ofrecido alcanza la cuantía de 55.457 pesetas, sin revisar las valoraciones de objetos ya depositados en el Museo para los cuales acepta el avance de tasación formulado en 29 de Septiembre de 1.939 figurando también en el expediente un informe del Catedrático de Matemáticas del Instituto Nacional de Enseñanza Media D. José María March Ayuela, acerca de la capitalización de la renta vitalicia en función de la vida probable de las beneficiarias, según cuya apreciación el capital calculado sería de 42.350'40 pesetas. Considerando: Que por lo expuesto aparece plenamente justificada en el aspecto económico la operación que se propone y, desde el punto de vista cultural la adquisición de Bibliotecas y objetos ofrecidos representa para la Diputación el incorporar todos los que sirvieron para la primera instalación del Museo, que sería doloroso tuviesen que salir algún día de aquel, a la vez que permite juntar a la riquísima colección Sampedro compuesta de documentos originales los medios bibliográficos de trabajos sobre ella adquiriendo por tanto la Diputación ejemplares casi únicos en la imprenta gallega y tener a su servicio una magnífica colección jurídica. Considerando: Que el expediente han informado los señores Secretario, Interventor y Asesor Jurídico, en el sentido de que este contrato se halla exceptuado del trámite del trámite de concurso o subasta con arreglo a los números 3º artículo 124 del Estatuto Municipal de aplicación a la contratación provincial y 2º artículo 65 de la Ley de Contabilidad del Estado de 1º de Julio de 1.911 por tratarse de la adquisición de objetos de los que solo hay un poseedor, por lo que no es posible promover concurrencia en la oferta, pudiendo por lo tanto concertar la adquisición por gestión directa; la Comisión Gestora acuerda por unanimidad: 1º.- Declarar este contrato de adquisición de bienes muebles, a cambio de una renta vitalicia cuya capitalización es de 42.350'40 pesetas, exento de la necesidad de concurso o subasta. 2º.- Adquirir los objetos y biblioteca ofrecidos por los herederos de Don Castro Sampedro Folgar y que figuran relacionados en el expediente, sin perjuicio de alguna pequeña variación por sustitución en aquellos, a cambio de una renta vitalicia de 3.000 pesetas anuales pagadera por mensualidades, a partir de 1º de Enero de 1.943 que se constituye con cargo a fondos provinciales a favor de las hijas del Sr. Sampedro, Doña Elisa, Doña Dolores y Doña María Sampedro Mon, con derecho a acrecer al fallecimiento de cada una en favor de la superviviente o supervivientes. 3º.- Facultar a la Presidencia para otorgar el oportuno contrato en el que se consignará la cláusula de garantía solicitada por las cedentes de los bienes, de que, si la Diputación, por cualquier motivo, denegase o suspendiese el pago de la pensión durante más de seis meses, aquellas podrán pedir el cumplimiento o la rescisión del contrato, y en este último caso reclamar la devolución de los objetos, documentos y libros entregados o las cantidades en que fueron estimados, haciendo suyas las rentas percibidas en compensación al uso que de aquellos hizo la Diputación Provincial en la finalidad cultural para que fueron adquiridos y como indemnización de los perjuicios que hubiesen podido sufrir por pérdida de oportunidades para su venta, y 4º.- Autorizar también a la Presidencia para que disponga el depósito de los objetos documentos y libros en el Museo de Pontevedra, cuyo Patronato podrá depositar a su vez en una Biblioteca Pública, o en la del Archivo Histórico, aquellos documentos y volúmenes que no considere útiles conservar en su poder, quedando siempre todo lo adquirido de propiedad exclusiva de la Diputación Provincial. También se acuerda conceder un voto de gracias a los Sres. Filgueira Valverde, March y Ayuela y Fernández Villamil por los documentados trabajos que han presentado al informar en este asunto, facilitando la resolución de este importante acuerdo. ------ Folla: 65 39 - Aceptando la propuesta el Capellán del Gran Hospital designando su Auxiliar a D. Francisco Blanco Fuentes, previa aprobación del Sr. Arzobispo. Diose cuenta de oficio del Capellán del Gran Hospital, participando que hallándose vacante la plaza de Auxiliar de Capellán de aquel Establecimiento, la que es necesario cubrir, a los efectos de celebración de la segunda Misa en días festivos sin la que quedarían muchos enfermos por cumplir con el Santo Precepto, así como para la asistencia espiritual en aquel Centro, por lo que propone a D. Francisco Blanco Fuentes, coadjuntor de la parroquia de Santa María, de esta Ciudad, para dicho cargo; la Comisión acuerda aceptar la propuesta, sometiéndola previamente a la aprobación del Sr. Arzobispo, por si se digna autorizar esta designación. ------ Folla: 65 40 - Quedar enterada de lo manifestado por el Sr. Vicepresidente sobre su asistencia a la reunión de Diputaciones. El Vicepresidente Sr. Fontoira da cuenta de haber asistido con la representación que le ha sido delegada por la Presidencia, a la reunión celebrada en Madrid por la Mancomunidad de Diputaciones. ------ Folla: 65 41 - Autorizando a la Presidencia para que solicite del Ministerio de Hacienda la concesión de la recaudación de las Contribuciones del Estado en esta Provincia con las garantías que se indican. Se acuerda que por la Presidencia se eleve respetuosa instancia al Ministerio de Hacienda, solicitando la concesión de la recaudación de las Contribuciones del Estado en esta Provincia, a la Diputación Provincial, conforme a lo prevenido en el apartado L) del artículo 107 y en el 112 del Estatuto Provincial, así como en lo preceptuado en la Ley de 11 de Abril del corriente año, a cuyo efecto se ofrecerá como garantía o fianza el importe de los recursos provinciales cuya exacción compete a la Hacienda Pública y cuyos recursos no están afectos a operación crediticia alguna y para el caso de que tal garantía fuere insuficiente se ofrezca la complementaria en valores públicos que el Ministerio determine. A tal efecto la Comisión concede a la Presidencia la más amplia autorización para solicitar la referida recaudación, disponer la organización de servicios y concretar cuantas operaciones fueran necesarias hasta el logro total de la concesión que se interesa. - Se levantó la sesión - ------

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