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Acta de sesión 1836/07/26_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1836-07-26_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1836/07/26_Ordinaria

  • Data(s) 1836-07-26 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 92 1. Examen de presupuestos de gastos municipales formados por los Ayuntamientos de la provincia y que al efecto remitió el Sr. Gobernador Civil informados los mas de ellos por la Contaduría de Propios. Se examinó el 1º el de Peñaflor y su Coto de Amil cuyos gastos ordinarios y extraordinarios se presuponen en 5.622 reales y uno y medio maravedís y enterada la Diputación de cada una de las partidas y objetos a que se designan, como igualmente del dictamen de dicha Contaduría, acordó aprobarlas con la rebaja de 1.377 reales y 30 maravedís para socorro de presos cuyos alimentos se conforma esta Corporación se satisfagan de fondo general de gastos de justicia o de penas de Cámara en su defecto, justificado previamente no tienen bienes para subsistir, que las demás partidas la conceptúe la Diputación arregladas y puedan mandarse repartir proporcionalmente entre los pueblos del distrito de Peñaflor sin perjuicio de que este Ayuntamiento al rendir las cuentas a fin de año presenten documentos justificativos de la inversión respectiva. Con motivo del examen del anterior presupuesto se hizo cargo la Diputación de la partida que en el figura de un real por cada 10 vecinos para la Junta Superior de escuelas de provincia y careciendo esta Corporación de antecedentes y deseando proporcionar todo alivio a los pueblos de la provincia, acordó excitar y excitó al Sr. Gobernador Civil Presidente que también lo es de dicha Junta se entere de la cantidad que produce aquel impuesto y su destino para acordar las reformas que se juzguen compatibles sin faltar a lo necesario a dicho instituto. ------ Folla: 92 2. Examen del presupuesto del Ayuntamiento de Requeixo, importante 2.660 reales y 4 maravedís y se acordó reducirlo a 1.330 rebajando en los gastos ordinarios la dotación del Secretario a 550 reales y a 100 el alquiler de la Casa Consistorial. En los extraordinarios a 100 reales para la correspondencia de oficio, a otros 100 reales para papel común y de oficio, luz, arenilla y oblea; suprimir lo que se señala para mesa, bancos y armarios en razón a que las dos parroquias de Requeixo y Campaña se unen al Ayuntamiento de Valga en el próximo arreglo de los mismos. Tampoco se aprueban los 400 reales para alimentos de presos, pues no deben satisfacerlos los pueblos según el contenido de la Real Orden de 19 de julio de 1832. ------ Folla: 92,93 3. Examen del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Cordeiro y acordó la Corporación manifestar al Sr. Gobernador Civil puede aprobarse con las reformas siguientes: en los gastos ordinarios rebajar la dotación de Secretaría a 1.650 reales, suprimir la de alguacil portero. En los extraordinarios señalar solo 100 reales para correspondencia de oficio y 150 para papel común y demás gastos de escritorio, suprimiéndose la partida de 1.085 reales para alimentos de presos consiguiente a la Real Orden citada de 19 de julio de 1832. ------ Folla: 93 Faltas en el cumplimiento de acuerdos por el Ayuntamiento de Lalín. 4. Siendo notable no solo la falta de presentación del Diputado que nuevamente debía elegirse por el partido de Lalín sino el carecer de contestación alguna acerca de lo acordado sobre el particular en sesión de 17 de junio último comunicado en la misma fecha al Sr. Gobernador Civil para que en el término de 15 días el Alcalde de la Capital reuniese la Junta del mismo y se nombrase nuevo Diputado por la exoneración del anteriormente elegido y su suplente, y se presentase a representar su partido y prestar el correspondiente juramento, acordó la Diputación recordar al Sr. Gobernador Civil dicho acuerdo para que se sirva disponer que el Alcalde de Lalín bajo multa de 200 ducados y en el término de 8 días proceda a cumplimentar lo que le está prevenido. ------ Folla: 93 5. Se dio cuenta de Real Orden de 17 del actual por la que SM en virtud de consulta del Gobernador Civil de la provincia de Madrid, previene que las actas originales de elecciones de Procuradores a Cortes convocadas para el 20 de agosto próximo se remitan a las Diputaciones provinciales para que después de confrontadas por las mismas con las copias certificadas de que trata el artículo 28 del Real Decreto de 24 de mayo último se devuelvan a las cabezas de los partidos electorales y se depositen en sus ayuntamientos. La Diputación acordó se circule por extraordinario a los Presidentes de los Ayuntamientos de aquellos para que recogiéndolos de sujeto en cuyo poder se hallen las remita al Presidente de la Diputación antes de las 10 de la mañana del día 29 del actual para cuya hora y día se trasladó el escrutinio general que debió verificarse el 23 a causa de no haberse presentado entonces el comisionado del distrito de Lalín. ------

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