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1857-01-22_Extraordinaria. Acta de sesión 1857/01/22_Extraordinaria
Acta de sesión 1857/01/22_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.999/2.1857-01-22_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1857/01/22_Extraordinaria
Data(s) 1857-01-22 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 7 1. Diose cuenta del dictamen de la comisión del ferrocarril de Vigo a Castilla, contenido en los términos siguientes: La comisión encargada de informar acerca de los nuevos documentos aducidos al expediente del estudio del ferrocarril de Vigo a Castilla, cuales son, la copia del acta celebrada en A Cañiza el 21 del último diciembre entre los representantes de esta Diputación provincial, de la de Ourense y del ayuntamiento de Vigo; asi como la copia legalizada de instrumento público en que aparecía la cesión de los derechos obligaciones de Eduardo Chand concesionario del Gobierno para dichos estudios, estaba a punto de extender su opinión acerca de ambos actos, y proponer a VE lo que creyese justo y útil en tan importante negocio, cuando se halló agradablemente sorprendida por la comunicación del gobierno de provincia, en que se inserta la Real Orden de 14 del corriente, por la cual SM (que Dios guarde) se sirva decidir que sean por cuenta del Estado los estudios que se hagan desde Zamora hasta dicho puesto de Vigo nombrando jefe de la operación referida al Pracedes Sagasta con lo mas que contiene. En este estado de las cosas, por lo que respecta a lo acordado en el acta de A Cañiza no tiene ya VE que ocuparse en aprobar las medidas de ejecución en ella consignadas, por estar ya previsto todo en el beneficio pensamiento del Gobierno. Unicamente podría acordarse por VE un voto de gracia a los señores Marqués de Valladares, Ignacio Caballero y Joaquín Vázquez Puga comisionado vocales de la corporación que tan satisfactoriamente, como con sacrificio y abnegación personal desempeñaron aquel cometido. Resta unicamente a la comisión por poner a Ve se manifieste al gobernador de la provincia, las razones por que se evita informar sobre los objetos mencinados y a que aludió su comunicación oficial de 19 del corriente añadiendo que VE se promete a las destingidas cualidades que le adornan; del mucho celo que se le reconoce por los intereses de la provincia y aun de la especial posición en que si coloco su digna autoridad en algunas resoluciones que se sirva acordar en ese expediente, con el laudable objeto que la comisión acata, de evitar reclamaciones y perjucios que podían tener más o menos fundamento pero que de hecho existián; se sirva promover eficazmente la completa liquidación con Chao a Martín de los estudios hechos en las 8 leguas poco más o menos del trayecto de camino para el ferrocarril a fin de que aquellos señores puedan poner a disposición de la provincia los planos, perfiles, trazados y presuuestos del estudio de las referidas 8 leguas, aprobados por el Gobierno de SM; para que tengan el carácter de forma estimable y con el objeto de que sea una operación hábil para utilidad de la provincia y compensación debida; asi como genuino cambio de los 90.000 reales entregados y de los 30.000 que quedaron en reserva, y cuya garantía no les puede ni debe ser librada, sin que realicen la presentación de unos trabajos, que la provincia pueda transferir como de servicio reconocido, y en que está también muy interesada la representación de la empresa científica que preside Melchor Martín. Pontevedra 22 de enero de 1857, Varela, Esperón". La Diputación aprobó en todas sus partes este dictamen. ------ Folla: 8 2. Los señores Marqués de Valladares, Ignacio Caballero y Joaquín Vázquez Puga manifestaron verbalmente a la corporación su agradecimiento por la deferencia y obsequio que se les había tributado. ------ Folla: 8 3. Acto continuó la comisión de presupuesto presentó el repartimiento de 1.133.714 reales y 24 céntimos importe del déficit que existe para cubrir el presupuesto de ingresos provinciales, entre los distritos de la provincia, basado en el cupo de la contribución de inmueble cultivo y ganadería que se exigió para el Tesoro en el ejercicio del año pasado de 1854, conforme a lo resuelto por esta corporación en sesión de 21 del corriente. Se aprobó en todas sus partes con la única variación que se reconoce en los ayuntamientos de Cambados y Vilanova por las razones que adujo la Administración de Hacienda Pública y se concretan a la segregación de la parroquia de San Miguel de Deiro del 1º distrito y su unión al 2º. ------
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