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Acta de sesión 1951/08/10_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.056/1.1951-08-10_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1951/08/10_Ordinaria

  • Data(s) 1951-08-10 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 65 Asisten los Sres.: Presidente: Fontoira Peón. Diputados: Bugarín, Carballal, Carpintero, Conde de Ponte, Cunqueiro, Elorriaga, Espinosa, Massó García, Ojea Sarmiento, Rocafort Martínez y Rodríguez Cobas. Secretario: Posse García. Interventor: García Álvarez. Presidida por D. Manuel Fontoira Peón y con asistencia de los Diputados Señores Bugarín Domínguez, Carballal Morgade, Carpintero builla, Conde de Ponte, Cunqueiro Montenegro, Elorriaga Senlle, Espinosa Cervela, Massó García, Ojea Sarmiento, Rocafort Martínez y Rodríguez Cobas, celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación de carácter ordinario siendo las diecisiete horas del día de hoy, diez de agosto de mil novecientos cincuenta y uno, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y asistiendo también el Sr. Interventor de Fondos Sr. García Álvarez. La sesión tiene lugar en el salón de actos de la Corporación. Se da lectura al acta de la sesión últimamente celebrada la que por unanimidad aprueba el Pleno. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos incluidos en el orden del día, adoptándose los siguientes acuerdos. Los Diputados Señores Durán Gómez, García Martínez y Taboada González, excusan con motivos justificados su inasistencia a esta sesión. ------ Folla: 65 1. Dada cuenta de oficio dirigido al Excmo. Sr. Gobernador Civil por la Delegación provincial de Sindicatos sobre reposición de la Magistratura de Trabajo en esta capital; el Pleno acuerda adherirse con el mayor entusiasmo a las gestiones realizadas en su reciente visita a Madrid por autoridades y representaciones de trabajadores de esta capital interesando dicha reposición de la Magistratura de Trabajo de Pontevedra con lo que, además de descargarse a la de Vigo que actúa para toda la provincia en aquella ciudad, se evitará el largo desplazamiento de los interesados procedentes de las zonas norte y centro de la provincia facilitándose el planteamiento de numerosas faltas laborales que quedan sin sanción por la incomodidad a que se someten a los trabajadores de dichas zonas al tener que desplazarse a Vigo y sirviéndose también mejor el gran porcentaje que a la Magistratura de Pontevedra han de aportar pueblos tan importantes como Vilagarcía, A Estrada, Lalín, Caldas, Cambados, Marín, Silleda y otros de considerable movimiento laboral. A este efecto la Diputación elevará respetuoso ruego en tal sentido al Excmo. Sr. Ministro de Trabajo y a la Dirección General de dicho ramo. ------ Folla: 65 2. Adjudicar definitivamente a D. Enrique Pérez Rial, la subasta de las obras de reforma del edificio viejo del Gran Hospital (zona que ocuparon las Hermanas, sobre los actuales Rayos X) anunciadas en el Boletín Oficial de la provincia de doce de julio último, en la cantidad de 94.500 pesetas. ------ Folla: 65,66 3. Diose cuenta de oficio de la Junta de Ayuda a Municipios e Instituciones, núm. 141 de 20 de julio último que firma el Excmo. Sr. Gobernador Civil como Presidente de la misma y que dice literalmente así: "En el día de hoy, y con fecha 14 de los corrientes, se ha recibido en esta Junta el escrito del Ministerio de la Gobernación - Dirección General de Regiones Devastadas - que literalmente copiado dice: "Excmo. Sr. Tengo el honor de comunicar a V. E. que el Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación ha tenido a bien aprobar con fecha 3 de julio del presente año, una subvención de ptas. 1.287.000, con destino a las obras que en la adjunta relación se detallan. Con esta misma fecha se comunica a los ayuntamientos interesados. Dios guarde a V. E. muchos años. Madrid, 14 de julio de 1951. El Jefe de la Sección. Firmado y rubricado. Excmo. Sr. Gobernador Civil de Pontevedra". Relación de obras subvencionadas por la provincia de Pontevedra. Centros de Higiene Rural y Vivienda del Médico. Covelo 141.300,50 pts 55.000 pts Arbo 121.035,72 pts 55.000 pts Campo Lameiro 141.276,66 pts 55.000 pts Cerdedo 141.288,52 pts 55.000 pts Creciente 121.070,94 pts 55.000 pts Dozón 141.299,67 pts 55.000 pts Agolada 141.295,68 pts 55.000 pts A Lama 212.334,72 pts 55.000 pts Meis 212.041,93 pts 55.000 pts Moaña 121.263,23 pts 55.000 pts Nigrán 121.107,42 pts 55.000 pts As Neves 141.356,81 pts 55.000 pts Oia 141.366,39 pts 55.000 pts Rodeiro 141.368,78 pts 55.000 pts Salceda de Caselas 121.108,75 pts 55.000 pts Sanxenxo 121.190,48 pts 55.000 pts Tomiño 141.386,73 pts 55.000 pts Vilanova 121.314,34 pts 55.000 pts Fornelos de Montes 141.348,42 pts 55.000 pts Barro 121.031,34 pts 55.000 pts Lo que comunico a V. a efecto de que la subasta de dichas obras realice con la mayor urgencia posible. Dios guarde a V. muchos años. Pontevedra, 20 de julio de 1951. El Gobernador Civil, Presidente. Elías María Palao. Sr. Presidente de la Excma. Diputación provincial de Pontevedra. el Pleno acuerda quedar enterado del preinserto oficio y teniendo en cuenta las deducciones que corresponden a esta subvención acuerda también se considere ingresada y liquidada en el presupuesto extraordinario E la cantidad de un millón de pesetas con destino a las indicadas casas de médico y centros de Higiene Rural. ------ Folla: 66 4. Vista la instancia producida por D. Laureano López Rodó, Catedrático de la Universidad de Santiago, en nombre y representación de la residencia de La Estila, a propuesta de la Comisión de Hacienda de esta Diputación y con informe favorable de la Cultura se acuerda conceder al solicitante una subvención de 1.000 pesetas con destino a ayudar los gastos que ocasiona el tercer curso Internacional de Verano de aquella residencia. ------ Folla: 66 5. Diose cuenta de oficio del Excmo. Sr. Gobernador Civil como Presidente de la Junta de Ayuda a municipios e instituciones nº 142 de 23 de julio último, designando para formar parte en la mesa de subasta de las casas de médicos y centros rurales de higiene a D. Manuel Crespo Alfaya, quedando el Pleno enterado de esta designación y nombrando en representación de esta Diputación para la misma mesa de subasta al Diputado Sr. Massó García. Y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Orden del Ministerio de la Gobernación de 3 de agosto de 1951 en la que se dictan normas en relación con estas edificaciones la Corporación provincial, acuerda también se cumpla aquella disposición ministerial considerándose reformados todos los acuerdos anteriores que se opusiesen a la misma y que haya adoptado el Pleno con anterioridad. ------ Folla: 66 6. Diose cuenta de oficio del Patronato de la Misión Biológica de Galicia de fecha 26 de julio último que literalmente copiado dice así: "Excmo. Sr. En relación con las cláusulas propuestas por esa Corporación sobre la prórroga de cesión de la Granja de Salcedo a esta Misión Biológica acordadas en sesión de 8 de mayo de 1951, comunicadas por oficio nº 1.894 y transmitidas al Consejo Superior de Investigaciones Científicas, el Secretario General de dicho organismo con fecha 30 de junio de 1951 me comunica lo siguiente: En la sesión del Consejo Ejecutivo de este Superior de Investigaciones Científicas celebrada el día 6 del actual, fue examinado el escrito de V. E. al que acompañaba el acuerdo adoptado por la Diputación provincial de Pontevedra referente a la cesión de la Misión Biológica de Galicia de la finca de Salcedo denominada "La Granja" y se resolvió aprobar dicho acuerdo, proponiendo como redacción definitiva de las cláusulas de cesión, la siguiente: 1ª- La Diputación provincial de Pontevedra cede al Consejo Superior de Investigaciones Científicas con destino a los estudios encomendados a la Misión Biológica de Galicia, la finca y el palacio en que se halla establecido en la parroquia de Salcedo de dicha capital, por un plazo de cincuenta años, autorizando al Consejo las construcciones que estime necesarias y el uso y disfrute de los terrenos dentro de los fines científicos de la Misión. 2ª- Ni la cesión ni las autorizaciones expresadas constituyen en ningún caso derecho real de ninguna clase sobre la finca cedida. 3ª- Las construcciones que se hagan en la finca serán consideradas como construcciones en terreno ajeno sobre el supuesto de buena fe por ambas partes, a todos los efectos legales, pero entendiéndose, mientras corre el plazo, que las mismas son de propiedad del Consejo. 4ª- La concesión se otorga por el plazo de cincuenta años y podrá ser prorrogada por la Diputación provincial de acuerdo con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, entendiéndose que si aquella Corporación decidiese no prorrogar la concesión adquirirá la propiedad de las construcciones hechas al amparo de este convenio indemnizando al Consejo el precio que, previa tasación acordada, tenga realmente en aquel momento. 5ª- La concesión queda condicionada estrictamente a que la finca sea destinada a los fines exclusivamente científicos del Consejo y sin posibilidad de subarriendo y subconcesión alguna, quedando en otro caso automáticamente sin ningún valor ni efecto este convenio, salvo las previsiones contenidas en las cláusulas tercera y cuarta en cuanto fuesen precisas para su liquidación. Lo que tengo el honor de comunicar a V. E. para su conocimiento. Dios guarde a V. E. muchos años. Pontevedra, 26 de julio de 1951. El Presidente del Patronato. Firmado. Ilegible. Rubricado". El Pleno por unanimidad acordó aceptar íntegramente las preinsertas bases sobre prórroga de cesión para el plazo de cincuenta años al Consejo Superior de Investigaciones Científicas de la finca de Salcedo denominada La Granja, en las condiciones propuestas entendiéndose en este sentido reformado el acuerdo de 8 de mayo último en lo que no se acomode a estas bases y autorizando a la Presidencia con toda amplitud de facultades para otorgar la escritura de cesión y para la de constitución de hipoteca que autorizará el Ministerio de Gobernación en 11 de abril del corriente año. ------ Folla: 66 7. Se da cuenta de resolución del Tribunal Económico Administrativo provincial de Pontevedra, en virtud de la cual se desestima reclamación promovida por D. José Pego Castro contra procedimiento de apremio que se le sigue para el reintegro a esta Diputación, de cantidades percibidas para obras de la repoblación forestal; el Pleno acuerda quedar enterado. ------ Folla: 66 8. Dada lectura a una atenta comunicación del Subdirector General de la Sociedad Nacional de Industrias y Aplicaciones de la Celulosa Española sobre la realización de un estudio conjunto para la repoblación de eucaliptos en esta provincia, para lo cual un Ingeniero de la misma cambiará impresiones con el Servicio Forestal, se acuerda quedar enterado. ------ Folla: 66 9. Se da lectura a comunicación del Sr. Director de la Caja de Ahorros provincial de Pontevedra en la cual se pone en conocimiento del Pleno de esta Diputación que por el Tribunal Supremo han sido estimados los recursos interpuestos por la Caja de Ahorros, contra las liquidaciones giradas a la misma por el concepto de Derechos Reales con motivo de la constitución de fianza y depósito de valores del Estado, para garantizar la recaudación por esta Diputación, de las contribuciones e impuestos del Estado en esta provincia. En virtud de dicha sentencia, se anulan los acuerdos de los Tribunales económicos, provincial y central y se ordena la devolución de las cantidades ingresadas; el Pleno acuerda darse por enterado. ------ Folla: 66 10. Quedar enterados igualmente de atenta comunicación del ayuntamiento de O Grove, en la que pone en conocimiento el acuerdo adoptado por unanimidad de hacer constar su agradecimiento a esta Corporación por las consignaciones acordadas en el presupuesto extraordinario E para obras municipales, tales como construcción de escuelas y viviendas de maestros así como lavanderos, fuentes y conducción de agua. ------ Folla: 66 11. Visto el informe emitido por el Jefe del Negociado de Amillaramiento en instancia que con fecha 24 de julio pasado dirige a la Excma. Diputación provincial el ayuntamiento de Forcarei en solicitud de que le sea concedido un nuevo anticipo reintegrable de pesetas 108.920, a fin de satisfacer los gastos originados en el Servicio de amillaramiento con posterioridad a la concesión del primer anticipo, o sean 108.920 pesetas, acuerda otorgarle con dicho carácter esa suma en las condiciones concertadas al efecto con el Banco de Crédito Local de España y debiendo extenderse el oportuno libramiento contra certificación triplicada acreditativa de dichos gastos. ------ Folla: 66 12. Vistas las certificaciones que remite el ayuntamiento de Forcarei, acreditativas de los trabajos realizados en aquel municipio para el amillaramiento de la riqueza rústica y pecuaria por el contratista de dicho Servicio, D. José Caril Boullosa, y el informe que emite la Intervención de Fondos, se acuerda aprobar y declarar de abono el importe total de dichas certificaciones, que es de pesetas 180.920 debiendo remitirse un ejemplar de las mismas al Banco de Crédito Local de España a efectos de la correspondiente provisión de fondos, de acuerdo con lo establecido en las Bases concertadas con dicha entidad bancaria y esta Diputación. ------ Folla: 66 13. Dado cuenta de oficio del Sr. Administrador de Propiedades de la Delegación de Hacienda de esta provincia en el que se interesa la designación de un representante de esta Diputación en la Junta Pericial de la capital, se acuerda facultar al Sr. Presidente para la designación del expresado representante. ------ Folla: 67 14. Visto el expediente de revisión de precios incoado a petición de D. Alberto Mella Serrano, contratista de las obras del Pabellón con destino a Sala de Tuberculosos en el Hospital provincial de Pontevedra, y resultando que por la Comisión de Obras Públicas se propone que informase el arquitecto de esta Excma. Diputación a más del arquitecto Director que ya lo había hecho, formulándose por el indicado técnico Sr. Fernández Cochón las siguientes conclusiones: 1ª- Que el procedimiento de revisión seguido es aplicable a toda clase de obras, pues está basado en los índices que mensualmente fija la Comisión de Revisión de Precios del Ministerio de Obras Públicas, de acuerdo con las alteraciones de los mismos promovidas por disposiciones oficiales. 2ª- Que la revisión se ajusta a las normas dictadas por el citado Ministerio, partiendo de los porcentajes de los elementos de cada precio, que aún cuando no van justificados en cuadro independiente, se han comprobado resultando aceptables. 3ª- Que los índices de herrajes y azulejos, que no son publicados por el Ministerio de Obras Públicas, han sido calculadas de acuerdo con las alteraciones de estos materiales durante el curso de la obra, estimándose también aceptables. 4ª- Que por todo lo expuesto considera no existe inconveniente en la aprobación de este expediente de Revisión de Precios. El Pleno como consecuencia de los informes de los arquitectos que se unen y del de la Comisión de Obras Públicas, considerando esta revisión comprendida en los beneficios que otorga la Ley de 15 de julio de 1945 y disposiciones complementarias, acordó acceder a lo solicitado por el Sr. Mella Serrano, concediéndole la revisión de precios por el importe de pesetas 383.695,29 a que asciende la justificación de los precios revisados y que se eleve este expediente al Banco de Créditos Local de España a los efectos de abono del importe de esta revisión. ------ Folla: 67 15. En sesión de cuatro de abril último se designó a los Diputados Sres. Massó García y Rocafort Martínez liquidadores de la Cooperativa de Funcionarios encomendándoles la propuesta que correspondiese sobre pagos a los acreedores de la misma que justificasen sus créditos de conformidad con el expediente incoado en el Juzgado de 1ª Instancia de esta capital. Los Sres. Diputados informan que del examen practicado resulta que hay que satisfacer por la extinguida Cooperativa de Funcionarios 68.701,72 pesetas a diversos acreedores, según relación que se une al informe y teniendo en cuenta que la cantidad depositada para hacer frente a los compromisos es de 81.956,46 pesetas, expone al Pleno que no hay impedimento alguno para el abono a los interesados de sus créditos aconsejando también que el saldo existente de pesetas 13.254,74 permanezca depositado en arcas provinciales durante un plazo de tres meses por si se presentase algún nuevo acreedor que justificase su crédito y una vez expirado el plazo, el saldo deberá invertirse en mejoras del Hospital, cumpliendo los Estatutos de la extinguida Cooperativa. El Pleno resolvió de conformidad con esta propuesta. ------ Folla: 67 16. Diose cuenta de propuesta del Sr. Diputado Delegado del Gran Hospital, así como de informe de la Comisión de Hacienda en dicha propuesta que dicen así: La Orden del Ministerio del Trabajo de 26 de enero último establece un plus de carestía de vida del 25% sobre los salarios base, para el personal que preste servicios en el Gran Hospital. No obstante, en virtud del artículo 3º del Reglamento de Hospitales, aprobado por Orden de 19 de diciembre de 1947, quedan excluidos de estas normas el personal que pertenezca a órdenes o congregaciones religiosas. Teniendo en cuenta que las Hermanas de la Caridad que prestan servicios en el Gran Hospital perciben un haber anual de 1.500 pesetas, y ser el único personal que presta servicios en los establecimientos benéficos, excluidos de esta mejora económica, el Delegado que suscribe tiene el honor de proponer a sus compañeros de Corporación se incrementen sus haberes anuales en un 25% o, cuanto menos, se eleven a 1.800 pesetas anuales los devengos de estas Hermanas de la Caridad que, por su misión tan especial, bien merecen esta reconocida consideración por la Diputación provincial. Pontevedra a 8 de agosto de 1951. Firmado. L. Rocafort. Rubricado. Informe de la sección de Hacienda. Vista la anterior propuesta del Sr. Delegado del Gran Hospital provincial, sobre mejora de los haberes de las Hermanas de la Caridad que prestan servicio en dicho establecimiento, la sección de Hacienda que suscribe estima procedente su aprobación, existiendo consignación adecuada en el cap.º 8º art. 3º part. 78 del vigente presupuesto provincial, incrementada por suplementación aprobada en sesión de 4 de abril del corriente, para atender a la aplicación del mencionado Plus de Carestía de Vida del personal del mismo. Pontevedra, 10 de agosto de 1951. La sección de Hacienda. Firmado José Mª Massó y R. Bugarín. Rubricados. El Pleno resolvió de conformidad con el primer extremo de la propuesta acordando incrementar en un 25% el haber anual de las Hermanas de la Caridad que prestan servicio en el Gran Hospital como plus de carestía de vida, debiendo atenderse este pago contra la consignación del cap.º 8º art. 3º partida 78 del vigente presupuesto. ------ Folla: 67 17. Prestar aprobación a la 19ª certificación de obras del Pabellón de Tuberculosos del Gran Hospital, importante 96.160,27 pesetas, las que se librarán a favor del contratista D. Alberto Mella Serrano con cargo al capítulo 11º art. 10º partida 10 del presupuesto extraordinario C, como propone en su informe el Sr. Interventor, cuando el Ministerio de Hacienda comunique haber aprobado la suplementación de crédito de dicha partida, cuyo expediente se halla en trámite. ------ Folla: 67 18. Prestar aprobación a las cuentas de Caja de los presupuestos Ordinario, extraordinarios A, C y D y especiales núm. 1º y 2º de Vías y Obras y Servicio de Recaudación de Contribuciones correspondientes al 2º trimestre del corriente año, que eleva informadas favorablemente la Intervención y rinde el Depositario conforme a lo prevenido en el art. 776 de la Ley de Régimen Local y cuya sanción aprobatoria corresponde al Pleno según dispone el artículo 778 del mismo cuerpo legal. ------ Folla: 67 19. Prestar aprobación a la ampliación de presupuestos para el estudio y redacción del proyecto de ordenación de los montes de la Península de Morrazo que se ha venido denominando zona 1ª y que eleva el Ingeniero Director de Repoblación, e importa 23.922,80 pesetas. ------ Folla: 67 20. Prestar aprobación a la propuesta de ampliación del presupuesto para estudio y redacción del proyecto de ordenación del grupo de montes que constituyen la zona 6ª y que eleva el Sr. Ingeniero Director de Repoblación, e importa 16.277,21 pesetas. ------ Folla: 67 21. Prestar aprobación a la propuesta de estudio y ordenación de los montes enclavados en los ayuntamientos de Poio, Meis, Barro y Pontevedra, correspondientes a la zona 9ª que eleva la Dirección de Repoblación Forestal e importa 69.787,46 pesetas. ------ Folla: 67 22. Aceptar propuesta del Patrimonio Forestal del Estado en el sentido de que figure como gasto que deba cargar exclusivamente al Consorcio vigente entre esta Diputación y dicho Patrimonio, los conceptos de personal y material correspondiente al año 1943 los siguientes: Sueldo y gratificación, según presupuesto aprobado por el PFE para el Ingeniero Director de este Servicio Forestal. 16.600 ptas. Ídem. id. id. del Ingeniero Auxiliar. 16.600 ptas. Ídem. id. id. del Topógrafo 10.400 ptas. Total del Personal Técnico 43.600 ptas. Personal administrativo, según gastos efectuados 11.385 ptas. Material de oficina según gastos 10.987,51 ptas. Total general con cargo al Consorcio 65.972,51 ptas. La expresada cantidad servirá como justificante a la cuenta del referido año mil novecientos cuarenta y tres, en su día, ya elevada al Patrimonio Forestal del Estado por un total importe de 70.052,43 pesetas, debiendo correr la diferencia entre esta cantidad y la justificada anteriormente a cargo exclusivo de esta Diputación. ------ Folla: 67,68 23. Aceptar propuesta del Patrimonio Forestal del Estado en el sentido de que figure como gasto que deba cargar exclusivamente al Consorcio vigente entre esta Diputación y dicho Patrimonio, los conceptos de personal y material correspondientes al año mil novecientos cuarenta y cuatro los siguientes: Sueldo y gratificación, según presupuesto aprobado por el PFE para el Ingeniero Director del Servicio Forestal. 16.600 ptas. Ídem. id. id. del Ingeniero Auxiliar 16.600 ptas. Ídem. id. id. del Topógrafo 10.400 ptas. Total de Personal Técnico 43.600 ptas. Gastos efectuados de personal administrativo durante el año. 18.675 ptas. Ídem. id. de material de oficinas. 6.983,96 ptas. Total general con cargo al Consorcio 69.258,96 ptas. La expresada cantidad servirá como justificante a la cuenta del referido año mil novecientos cuarenta y cuatro, en su día, ya elevada al Patrimonio Forestal del Estado por un importe de 73.566 pesetas, debiendo correr la diferencia entre esta cantidad y la justificada anteriormente a cargo exclusivo de esta Diputación. ------ Folla: 68 24. Aceptar propuesta del Patrimonio Forestal del Estado en el sentido de que figure como gasto que deba cargar exclusivamente al Consorcio vigente entre esta Diputación y dicho Patrimonio, los conceptos de personal y material correspondientes al año mil novecientos cuarenta y cinco los siguientes: Sueldo y gratificación según presupuesto aprobado por el PFE para el Ingeniero Director de este Servicio Forestal. 16.600 ptas. Ídem. id. id. del Ingeniero Auxiliar. 16.600 ptas. Ídem. id. id. del Topógrafo. 10.400 ptas. Total general con cargo al Consorcio 43.600 ptas. La expresada cantidad servirá como justificante a la cuenta del referido año mil novecientos cuarenta y cinco, en su día, ya elevada al Patrimonio Forestal del Estado por un total importe de 50.419,84 pesetas, debiendo correr la diferencia entre esta cantidad y la justificada anteriormente a cargo exclusivo de esta Diputación. ------ Folla: 68 25. Aceptar propuesta del Patrimonio Forestal del Estado en el sentido de que figure como gasto que deba cargar exclusivamente al Consorcio vigente entre esta Diputación y dicho Patrimonio, los conceptos de personal y material correspondientes al año mil novecientos cuarenta y cinco los siguientes: Sueldo y gratificación según presupuesto aprobado por el PFE para el Ingeniero Director de este Servicio Forestal. 16.600 ptas. Ídem. id. id. del Ingeniero Auxiliar Sr. Fernández Prida desde 1º de enero al 25 de mayo en que cesó el cargo. 6.470,34 ptas. Ídem. id. id. del Topógrafo. 10.400 ptas. Total general con cargo al Consorcio 33.470,34 ptas. La expresada cantidad servirá como justificante a la cuenta del referido año mil novecientos cuarenta y seis, en su día, ya elevada al Patrimonio Forestal del Estado por un total importe de 42.289,81 pesetas, debiendo correr la diferencia entre esta cantidad y la justificada anteriormente a cargo exclusivo de esta Diputación. ------ Folla: 68 26. Aceptar propuesta del Patrimonio Forestal del Estado en el sentido de que figure como gasto que deba cargar exclusivamente al Consorcio vigente entre esta Diputación y dicho Patrimonio, los conceptos de personal y material correspondientes al año mil novecientos cuarenta y cinco los siguientes: Sueldo y gratificación según presupuesto aprobado por el PFE para el Ingeniero Director de este Servicio Forestal. 19.000 ptas. Ídem. id. id. del Ingeniero Auxiliar. 16.600 ptas. Ídem. id. id. del Topógrafo. 10.400 ptas. Total general con cargo al Consorcio 46.000 ptas. La expresada cantidad servirá como justificante a la cuenta del referido año mil novecientos cuarenta y siete, en su día, ya elevada al Patrimonio Forestal del Estado por un total importe de 59.120 pesetas, debiendo correr la diferencia entre esta cantidad y la justificada anteriormente a cargo exclusivo de esta Diputación. ------ Folla: 68 27. Dado cuenta de oficio que eleva el Sr. Director de Vías y Obras provinciales al que adjunta otro del Excmo. ayuntamiento de Pontevedra solicitando que para el pago de 16.095,45 pesetas, parte de la aportación que le corresponde a dicho municipio para la construcción del camino vecinal de Mollabao a O Siso, se le concedan diez anualidades sin recargo ni interés; el Pleno acuerda pasar este asunto a informe del Sr. Interventor de Fondos provinciales. ------ Folla: 68 28. Dado cuenta de oficio del Excmo. ayuntamiento de Pontevedra que eleva el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras provinciales, solicitando que para el pago de la aportación que corresponde a dicho municipio, para la construcción del camino vecinal de Moraña a Xeve por Amil, se le concedan diez anualidades sin recargo ni interés; el Pleno acuerda pasar este oficio a informe de la Intervención de Fondos provinciales. ------ Folla: 68 29. Diose cuenta de oficio de la alcaldía de Vilanova de 5 de julio último y del de la Dirección de Vías y Obras provinciales de 7 de agosto que dicen literalmente así: "En contestación a sus atentas comunicaciones núm. 2106 y 2115, de fecha 15 de junio último, tengo a bien participar a V. S. que por esta alcaldía se están realizando gestiones a fin de conseguir por la vía amistosa la cesión de tales terrenos voluntariamente. Una vez finalizadas se dará cuenta a esa Excma. Diputación provincial. Dios guarde a V. E. muchos años. Vilanova 5 de julio de 1951. El Alcalde. Firmado. Ilegible". "Adjunto tengo el honor de elevar a esa Excma. Diputación oficio del ayuntamiento de Vilanova de Arousa por el que da cuenta que se están llevando a cabo las gestiones para conseguir la cesión de terrenos necesarios para construcción del camino vecinal núm. 269 de András a Baión - 3ª sección, significándole que esta obra fue adjudicada al contratista D. Manuel Bugallo Sieiro en 27 de julio de 1949 y que su plazo normal de terminación venció el 12 de agosto de 1950". el Pleno acuerda conceder un último plazo de 15 días al ayuntamiento de Vilanova para que resuelva definitivamente sobre la concesión de los terrenos necesarios para este camino conminándole con la exigencia de las responsabilidades que se deriven del incumplimiento de su oferta ya que el plazo normal de terminación de la obra vencía en 12 de agosto del 1950 sin que sea explicable tanta demora en poner los terrenos a disposición del contratista. ------ Folla: 68 30. Dejar sobre la mesa instancia de D. Manuel Bugallo Sieiro, solicitando la rescisión del contrato del camino vecinal núm. 269 de András a Baión, 3ª sección, con devolución de la fianza y liquidación de la parte ejecutada; el Pleno acuerda dejar este asunto sobre la mesa. ------ Folla: 68,69 31. Diose cuenta de informe de la Dirección de Vías y Obras que dice literalmente así: "Recibido para informe de esta Dirección nota relativa al estado en que se encuentran las obras del camino vecinal nº 276 del empalme de las carreteras de Vilagarcía y Cambados a San Salvador de Meis, reseñado al margen por el Excmo. Sr. Gobernador Civil, pasó a informar lo siguiente, acompañando a este informe los oficios y certificaciones que se citan y adjuntando plano para mejor comprensión del camino señalado en línea roja el proyecto aprobado por la Jefatura de Obras Públicas y por la Comisión Gestora de esta Excma. Diputación, el cual estuvo sometido a información pública en la forma reglamentaria antes de iniciarse la construcción del camino, sin que se presentasen reclamaciones y en línea roja y negra se marca la variante pedida por el ayuntamiento de la que no se ha hecho proyecto. Según los datos que obran en esta Dirección las incidencias más importantes son las siguientes. Con fecha 10 de febrero de 1947 ingresó en esta Diputación oficio nº 60 de fecha 16 de enero del mismo año de la alcaldía de Meis indicando entre otras cosas la conveniencia de que las obras se inicien en el empalme de las carreteras de Vilagarcía y Cambados y no en la feria de Mosteiro como figuraba en el proyecto. Con fecha 25 de febrero de 1947 remitió el ayuntamiento de Meis, certificación sin reintegrar, del acuerdo de la Comisión Gestora solicitando salga el camino al Mosteiro ya que es la capital del término y allí se celebran dos ferias, existen las oficinas oficiales y residen los servicios médicos, farmacéuticos, veterinario y existe además un local destinado a cine; acuerdo tomado después de amplia discusión contra la opinión de dos señores Concejales, según se expresa en la citada certificación. Con fecha 30 de mayo de 1949 se recibe oficio del ayuntamiento de Meis remitiendo certificación, también sin reintegrar del acuerdo tomado por la Comisión Gestora en 5 de marzo de 1949 pidiendo la continuación de las obras por suponer estaban paralizadas por intentar introducir variantes en el estudio primitivo. Con fecha 8 de junio del mismo año esta Dirección informa al Sr. Presidente de esta Excma. Diputación que el camino se construye según el proyecto aprobado y que la causa de la paralización de las obras es la falta de cesión de terrenos, a pesar de la certificación del ayuntamiento de cesión de los mismos hecha por el ayuntamiento el 10 de agosto de 1945 y que obra en esta Dirección. Con fecha 5 de abril de 1950 se recibe certificación, sin reintegrar, del acuerdo tomado por la Comisión Gestora del ayuntamiento en 3 del mismo mes que dice. 1º- Se ratifica el acuerdo anterior. 2º- No hay inconveniente en que la carretera salga al empalme. 3º- Los terrenos por donde debe pasar se hallan cedidos. 4º- No hay dificultad en los puentes que necesariamente se construyan. Con fecha 20 de abril del mismo año contesta la Presidencia que las obras de construcción del camino se hallan paralizadas por la falta de disposición de terrenos. En 30 de agosto de 1950 se recibe oficio del Excmo. Sr. Gobernador Civil pidiendo informe sobre los extremos siguientes: 1º- Causas que motivaron la variación del proyecto primitivo. 2º- Si es justo restablecerlo. 3º- Si es factible el restablecimiento. 4º- Si la actual Corporación recurrió contra el cambio de trazado. Con la misma fecha contesta la Presidencia: 1º- El trazado no se ha variado. Se adjunta el proyecto aprobado en 10 de noviembre de 1935. Por lo tanto los puntos 2º y 3º carecen de sentido toda vez que no hay variación en el trazado del camino. 4º- La Corporación actual no recurrió contra el cambio de trazado por no existir tal cambio. Lo que sí solicitó fue se hiciese una variante. Con fecha 13 de enero de 1951 se recibe oficio del ayuntamiento de Meis remitiendo acuerdo de la Comisión Gestora tomado en 15 de diciembre de 1950 solicitando la construcción de un camino vecinal que de la Cruz de Arcos conduzca al empalme de las carreteras de Vilagarcía y Cambados (es decir desde el punto donde se separan los trazados aprobados y solicitado coincidiendo con la variante pedida). Este oficio fue informado favorablemente por esta Dirección y el Pleno de esta Excma. Diputación en sesión de 23 de febrero del año en curso tomó el acuerdo de que el ayuntamiento solicitase la inclusión de este camino en el plan, sin que hasta la fecha dicho ayuntamiento lo haya solicitado. Como consecuencia de la falta de disponibilidad de terrenos el contratista de las obras solicita la rescisión de contrato tomando el acuerdo el Pleno en sesión de 14 de marzo del año en curso de acceder a lo solicitado. Fijada la fecha de recepción de las obras de la parte ejecutada del camino para el 27 de julio pasado a las 17 horas y comunicado al ayuntamiento por oficio de esta Dirección de fecha 17 del mismo mes para que asista a la misma el Sr. Alcalde o representación legal, no se presentó nadie para la recepción y traslados al ayuntamiento se encuentra este cerrado a la hora de referencia. Aún cuando consideramos que el camino daría más servicio con la variación pretendida, hacemos constar que no podemos apartarnos del proyecto aprobado, que este camino se construye con fondos de Obras Públicas (Paro Obrero - Presupuesto D) y debemos considerar también que con la variación se alarga el trazado con lo que aumenta el coste de la obra. Al parecer de esta Dirección, es del todo improcedente la forma de actuar del ayuntamiento tomando acuerdos contradictorios y tergiversando la cuestión para lograr sus fines y hacemos notar que con ello han causado un grave perjuicio de índole económica, toda vez que cuando se adjudicó el camino en 27 de septiembre de 1945 costaba 180.600 pesetas y que en la actualidad, toda vez que no se construyó en su plazo por falta de cumplimiento de compromisos por parte del ayuntamiento, costará sobre 350.000 pesetas aproximadamente. Nos parece improcedente y una falta de atención a esta Excma. Diputación el que el ayuntamiento, después de informarse en esta Dirección, de visitar al Sr. Presidente, ver proyectos y expedientes se dirigiesen al Excmo. Sr. Gobernador Civil para lograr imponer su criterio, valiéndose para ello de argumentos o manifestaciones faltos de razón (como ya se demostró en la contestación al oficio del Excmo. Sr. Gobernador de fecha 30 de agosto de 1950, antes reseñado) y el que no habiéndolo logrado en aquella fecha vuelvan nuevamente con las mismas o parecidas razones e informaciones aprovechando la variación habida en la persona que rige la provincia. Con lo expuesto creemos queda suficientemente informado este asunto en el que el ayuntamiento, con las dificultades que creo causó un grave perjuicio económico a os intereses de esta Diputación y a la provincia en general. Dios guarde a V. E. muchos años. Pontevedra 7 de agosto de 1951. El Ingeniero Director. Firmado. Eloy Fernández Valdés. Rubricado. A la Excma. Diputación provincial. El Pleno acordó conceder plazo de un mes al ayuntamiento para que ponga disposición de esta Excma. Diputación la totalidad de los terrenos afectados por la construcción del c. v. nº 276 de San Salvador a la carretera de Cambados conforme al proyecto aprobado, y en caso de incumplimiento se anulara la consignación disponible en el presupuesto del Paro Obrero para esta vía. Y respecto del camino de la Cruz de Arcos al empalme de la carretera de Vilagarcía y Cambados también se acuerda que el ayuntamiento se atenga a lo acordado por esta Diputación en sesión de 23 de febrero de 1951 que decía que por esta vía de las que no figuran en el Plan, debería solicitarse por el ayuntamiento su inclusión en el mismo para resolver lo que proceda, por lo que se recuerda al ayuntamiento la necesidad de que formule tal petición si lo considera oportuno. ------ Folla: 69 32. Prestar aprobación al segundo proyecto modificado de precios del camino vecinal núm. 79-27 de Rubín a Olives con ramal a Pardemarín en el ayuntamiento de A Estrada que eleva la Dirección de Vías y Obras e importa 93.006,74 pesetas. ------ Folla: 69 33. Prestar aprobación al proyecto del camino vecinal núm. 31-1 de la Devesa por Tomonde, Figueroa a Cerdedo - segunda sección, rampa a Villar que importa 98.149,59 pesetas y que eleva la Dirección de Vías y Obras. ------ Folla: 69 34. Examinado el proyecto de reparación de las carreteras provinciales de Lalín a Ponte San Xusto y de Vilapouca a A Estrada, que eleva el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras a la vez que interesa sea anunciado el concurso para proceder a dichas reparaciones, se acuerda pasar este asunto a informe de Intervención de Fondos. ------ Folla: 69 35. Adjudicar definitivamente las obras de reparación en taco sobre arena del trozo comprendido entre Portas y Caldas de la carretera de Noalla a Caldas, en virtud del acta de subasta que tuvo lugar el 16 de julio último, al licitador más ventajoso que resultó ser el contratista D. Nemesio Méndez Pérez, en la cantidad de 319.900 pesetas, debiendo dicho señor realizarlas conforme al pliego de condiciones técnicas y económicas que han regido en esta subasta. ------ Folla: 69 36. Pasar a la Comisión de Obras Públicas el informe de la Asesoría sobre extensión de la remuneración complementaria al personal de Vías y Obras, a fin de que proponga la fórmula que estime más aceptable de las dos propuestas en el indicado informe. ------ Folla: 69 37. De conformidad con lo informado y propuesto por la Asesoría jurídica se acuerda acceder a lo solicitado por D. Félix Martínez Tiscar, se acuerda conceder a su hijo D. Félix Martínez Petris como huérfano de la Matrona fallecida del Gran Hospital, un subsidio de orfandad equivalente a catorce mensualidades del salario regulador de la causante y además un auxilio por defunción en cuantía de 1.500 pesetas, las que se librarán con cargo al capº 1º artículo 5º partida 33 del presupuesto. ------ Folla: 69 38. Pasar a ponencia de los Sres. Carpintero Builla y Rodríguez Cobas, informe de la Asesoría jurídica en petición de revisión de precios de las obras del pabellón y cocina de Hermanas del Gran Hospital que formula D. Raimundo Vázquez a fin de que dichos Sres. Diputados propongan el acuerdo que haya de adoptarse en este asunto. ------ Folla: 69,70 39. Diose cuenta de informe de la Asesoría jurídica en petición de D. José Pego Castro sobre abono de las obras ejecutadas en la reparación de monte Lobeira (Vilagarcía) que dice: "La reclamación del contratista, lleva consigo, antes de pasar a la resolución del caso concreto, la necesidad de sentar una advertencia que esta Asesoría estima fundamental. Es improcedente la admisión de instancias o reclamaciones, que, como la presente, se atrevan a emitir juicios y perfilen comentarios más o menos gratuitos relativos a la organización interna de la Excelentísima Diputación provincial, máxime cuando son hechas por deudores efectivos a la misma, y solo la consideración de tener en cuenta la absoluta insolvencia jurídica del reclamante, hace posible pasar, sin el rechazo previo de su instancia que en realidad sería procedente, al examen de la misma. La cuestión es en esencia la siguiente: 1ª- D. José pego Castro realizó las obras de construcción del camino denominado "Monte Lobeira". 2ª- Por ellas percibió como él mismo reconoce en su reclamación la cantidad de 74.611,07 pesetas. 3ª- En reclamación de 28 de marzo de 1951, solicita, basándose en una relación valorada, que él mismo presenta y que está en manifiesta contradicción con la obrante en este expediente, bajo su firma, relativa al mismo camino y de 2 de septiembre de 1946, que se estime el valor de las obras en 185.735,40 pesetas más el importe de seguros sociales y el 15% sobre el total de ejecución por beneficios industriales. 4ª- En reclamación de 6 de julio de 1951, denuncia la mora en la supuesta deuda a su favor. 5ª- En informe del Sr. Ingeniero del Servicio Forestal, se indica claramente, a más de unas atinadas palabras sobre la forma de redacción de la reclamación, que los precios unitarios presentados por el Sr. Pego, en relación valorada, son manifiestamente superiores a los que en el dos de septiembre de 1946 se establecieron para la construcción de la referida obra bajo firma y conformidad del indicado Señor y que figura en el expediente. El Sr. Ingeniero propone con toda lógica un examen de las obras realizadas teniendo en cuenta los precios unitarios estipulados para su construcción. Por lo tanto versando el presente informe más sobre una cuestión de hechos que propiamente jurídica, ya que la existencia o inexistencia del cumplimiento de las condiciones en que se estipuló la obra ha de depender la solución, esta Asesoría estima pertinente informar lo siguiente: I- Que por el Sr. Ingeniero Jefe de Vías y Obras y por el Sr. Ingeniero Jefe del Servicio Forestal, se proceda a levantar en presencia del Sr. Pego, si estima pertinente asistir, un acta relativa a la medición general del camino y valoración de las obras según los precios unitarios convenidos en la hoja de valoración de 2 de septiembre de 1946, y teniendo en cuenta las condiciones allí estipuladas. II- Que una vez valorada de tal modo la obra, se proceda a abonar al Sr. Pego el exceso si lo hubiere sobre las 74.611,07 pesetas por él ya percibidas. No obstante la Excma. Corporación decidirá. Firmado. Manuel Cabanillas. Rubricado". El Pleno resolvió de total conformidad con lo propuesto por la Asesoría. ------ Folla: 70 40. Aceptar informe de la Asesoría Jurídica en reclamación de la Compañía Telefónica Nacional en expediente de apremio iniciado el 17 de noviembre de 1950 por percepción indebida y que por el Jefe del Servicio de Contribuciones se continúe el procedimiento inicial. ------ Folla: 70 41. Dada cuenta del expediente incoado a solicitud de D. Celestino Poza Pastrana en el que recayeron acuerdos adoptados en sesiones de 9 de enero y de 4 de abril del corriente año, este último en cumplimiento de orden de la Subsecretaría de Gobernación de 14 de marzo último en que se disponía autorizar a la Diputación para la tramitación de este expediente depuratorio; el Pleno, en sesión de hoy acodó conocer de este expediente seguido a D. Celestino Poza Pastrana para su readmisión como Médico del Gran Hospital, así como la propuesta que en el mismo formula el Sr. Juez Instructor, elevándolo a la Dirección General de Administración Local para su resolución definitiva. ------ Folla: 70 42. Quedar enterado de oficio de la Secretaría Técnica, Sección de Viviendas R. s. nº 352 de la Obra Sindical del Hogar y de Arquitectura que dice así: "Excmo. Sr.: Tengo la satisfacción de participarle que el próximo día 18, aniversario del Movimiento Nacional, y Fiesta de Exaltación del Trabajo, esta Jefatura provincial, procederá a hacer entrega, a las once horas, y con asistencia del Excmo. Sr. Gobernador Civil y Jefe provincial del Movimiento, de doce viviendas del Grupo de veintiocho, que estamos construyendo para esa Excma. Diputación, en terrenos de A Seca. Dado que las viviendas que se entregan en dicho día están faltas de instalación de agua e instalación eléctrica, debido a que la contrata no ha recibido hasta la fecha los materiales necesarios para ejecutar las citadas unidades de obra, la entrega será simbólica, calculando esta Jefatura que puede hacerse efectiva en un plazo no superior a 30 días. Las viviendas que se entregan es en concepto de amortización a esa Excma. Diputación, la cual, de conformidad con el convenio establecido en su día, las dará en alquiler a sus funcionarios. El coste de las viviendas, así como las cuotas de amortización que satisfará al Instituto Nacional de la Vivienda en concepto de reintegro del anticipo facilitado por dicho organismo, y los alquileres que podrá señalar esa Excma. Diputación, y que a continuación detallo, son provisionales, ya que el presupuesto de las viviendas está sujeto de conformidad con el Pliego de Condiciones Económico-Jurídicas que rige en la construcción de las mismas, a revisión de precios, por aumentos experimentados por materiales intervenidos y jornales, en virtud de Órdenes Ministeriales, por lo que en su día, y a la terminación total de las obras, se fijarán las cuotas definitivas. Coste de la vivienda que se entrega 48.000,58 ptas. Coeficiente que se aplica para amortización: a) Amortización del anticipo 2% b) Administración 0,10% c) Reparos 0,50% Total 2,60% Coeficiente de alquiler 2% Cantidad que ha de satisfacer esa Excma. Diputación, por vivienda y en concepto de amortización: 48.000,58 x 2,60 = 1.248,01 pesetas anuales = 104 pesetas mensuales. 100 Cantidad que podrá percibir esa Excma. Diputación por vivienda y en concepto de alquiler: 48.000,58 x 3 = 1.440,01 pesetas anuales = 120 pesetas mensuales. 100 La cantidad que se fija anteriormente podrá percibir la Excma. Diputación, en concepto de alquiler, se sobreentiende que es máxima, por lo que si la Excma. Diputación lo desea podrá rebajarla en la cuantía que considere conveniente. Con el fin de que esta Jefatura pueda formalizar los correspondientes contratos de alquiler con los funcionarios de esa Excma. Diputación, que vayan a habitar las viviendas, le ruego me remita relación nominal de los mismos, haciendo constar los siguientes datos: a) Nombre y apellidos. b) Edad. c) Estado y número de hijos en el caso de ser casado. d) Cargo que desempeña en la Excma. Diputación. Es cuanto tengo el honor de participarle. Por la Patria, el Pan y la Justicia. Pontevedra, 16 de julio de 1951. El Secretario Técnico. Firmado. Antonio Míguez Fernández. Rubricado. Excmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación provincial de Pontevedra. Designar a los Diputados Sres. Massó García y Rocafort Martínez para que en unión del Sr. Presidente redacten las bases de adjudicación de las viviendas de A Seca que está construyendo la Obra Sindical del Hogar y Arquitectura. ------ Folla: 70 43. Se da cuenta de expediente de habilitación de un crédito extraordinario para atender al pago de la impresión de las Listas Electorales, por un importe de 900.000 pesetas reintegrables por el Ministerio de la Gobernación; el Pleno de la Excma. Diputación por unanimidad acordó su aprobación. ------ Folla: 70 44. A propuesta del Negociado de Beneficencia se acuerda designar al Diputado D. Francisco Cunqueiro Montenegro para presidir las oposiciones a la plaza de Matrona del Gran Hospital, anunciadas en el B. O. de la provincia de 8 de junio último. ------ Folla: 70 45. Pasar a la Comisión de Hacienda oficio núm. 190 de 4 del actual que suscribe el Jefe Comarcal de la Obra Sindical de Educación y Descanso de Pontevedra, interesando una subvención por una sola vez de 87.000 pesetas a fin de cumplir la misión que a dicha institución está encomendada. ------ Folla: 71 46. Se acuerda en principio construir la carretera de Ponte Caldelas - Borela con el fin de mejorar la senda forestal a cuyo efecto por el Ingeniero Director del Servicio de Repoblación se redactaría el proyecto y propuesta correspondiente. ------ Folla: 71 47. En consideración a la labor que está encomendada a la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, se acuerda designar un Diputado más para formar parte de la misma, nombrándose a D. Daniel Ojea Sarmiento para formación completa de dicha Comisión. ------ Folla: 71 48. Resolver sobre lo que se ha propuesto en conversaciones habidas para la adquisición del Manicomio de Conxo, en el sentido de que esta Corporación no considera conveniente hacer inversiones para este fin, pero, no obstante, prestará su colaboración a las otras Diputaciones gallegas si fuesen partidarias de la compra de dicho Sanatorio. ------ Folla: 71 49. Aprobada por la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado la propuesta de conservación de las repoblaciones del consorcio y estando la Guardería de la Excma. Diputación prestando sus servicios exclusivamente en estas repoblaciones, se acuerda a propuesta del Diputado Sr. Conde de Ponte, Presidente de la Comisión de Agricultura, que los jornales del personal fijo que se detalla en la propuesta se formalicen para cubrir la parte alícuota del sueldo que disfrutan como funcionarios de la diputación a fin de aliviar a la misma los gastos que se ocasionen ya que únicamente tendrá que satisfacer las diferencias entre los salarios y sueldos, aparte claro es de los quinquenios y mejoras que ya son de exclusiva cuenta de la Corporación. ------ Folla: 71 50. Acordada por el Patrimonio Forestal del Estado la designación de tres Ingenieros a fin de dar el mayor impulso a la ordenación de la riqueza forestal lograda en consorcio con esta Excma. Diputación; el Pleno acuerda mostrar su gratitud a la Dirección de dicho Patrimonio por la gran importancia que para los interesen provinciales suponen aquellos nombramientos esperándose de los Sres. Ingenieros que realizarán tal cometido la labor más fructífera y enviándoles un cordial saludo por mediación de la Dirección General del Patrimonio. ------ Folla: 71 51. Por la Presidencia de la Comisión de Agricultura se da cuenta de haberse ultimado la liquidación total de las cuentas del Consorcio con el Patrimonio Forestal del Estado, proponiendo se remunere adecuadamente la enorme labor que ha pesado sobre los funcionarios del Servicio Forestal con una gratificación equivalente a un cuarto de la labor normal durante el año o sea con la equivalencia ya indicada de la cuarta parte de los emolumentos, el Pleno de conformidad con lo propuesto acuerda conceder como gratificación extraordinaria a los funcionarios que a continuación se relacionan las cantidades que también se expresan, incluyéndose también en esta concesión al Sr. Ingeniero Director del Servicio a pesar de no figurar en la propuesta que hubo de informar en favor de los indicados funcionarios por el conocimiento que el Pleno tiene de la meritísima labor que al frente de aquella Dependencia y en estos mismos trabajos ha tenido el Sr. Hermosilla. Las gratificaciones son las siguientes: A D. José Mª Martínez Hermosilla 8.000 ptas. A D. Fernando López Viaño 4.235 ptas. A D. Julio Rivero Franco 2.500 ptas. A D. Álvaro Sieiro López 1.750 ptas. A D. José Cordo Caramés 1.750 ptas. También resuelve el Pleno que por no existir consignación en presupuesto para el pago de esta atención, se habilite por la Intervención el crédito necesario para su pago. ------ Folla: 71 52. Acceder a lo solicitado por el Auxiliar Taquimecanógrafo de esta Excma. Diputación D. Luciano Rodríguez Gómez, concediéndole un mes de licencia para asuntos propios que comenzará a disfrutar a partir del día de hoy, en las condiciones que determina el art. 102 del Reglamento de funcionarios vigente. ------ Folla: 71 53. Consignar en acta y comunicar al distinguido pontevedrés D. Pío Cabanillas Gallas la viva satisfacción que a la Corporación provincial produce su reciente triunfo en las oposiciones a Notarias, últimamente celebradas y en las que obtuvo el número uno, con elevada y calificadísima puntuación este ex-pensionado, que ya en el disfrute de su beca probara sus excepcionales dotes de capacidad siendo el suyo el mejor expediente académico de todos hasta el día acreditados en esta Diputación en la que su señor padre ejerce el cargo de Asesor Jurídico. ------ Folla: 71 54. Expresar al Iltmo. Sr. Magistrado, Juez de 1ª Instancia e Instrucción de esta capital, D. Carlos Humberto Santaló y a su respetable familia, la más sentida condolencia de la Corporación por la desgracia que han experimentado al perder a su hija María del Carmen tan estimada en los medios sociales de la capital por sus dotes de virtud e inteligencia. ------ Folla: 71 55. Ordenada por el Decreto de la Presidencia del Gobierno la formación del censo de residentes y cabezas de familia y que por la Diputación se lleve a cabo la impresión de las listas electorales del mismo, conforme determina el art. 14 de la Ley Electoral y la Real Orden de 27 de febrero de 1908, cuyas listas forzosamente habrán de estar terminadas en 15 de octubre próximo, abonándose el servicio por esta Corporación la que será reintegrada del Ministerio de la Gobernación; el Pleno visto el expediente sumario que se tramitó por el Negociado de Fomento conforme al apartado 2º del art. 311 de la Ley de Régimen Local, teniendo en cuenta la urgencia de este servicio, acuerda concederlo directamente como comprendido en el apartado C del párrafo 1º de dicho precepto legal, aprobando el expediente de exención de subasta y a la vez se aprueba también las bases de celebración del concursillo propuesto por la Secretaría entre industriales impresores; y, para el caso de que esta quedase desierta o la proposición no fuese ventajosa para los intereses provinciales, también queda autorizada la Presidencia por el Pleno para adjudicar el servicio de las listas electorales a quien estime conveniente, dada la responsabilidad en que pudiera incurrirse por incumplimiento de los plazos señalados para la impresión. Asimismo acordó el Pleno autorizar el gasto y el pago de las referidas listas electorales. Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión de la que yo, como Secretario actuante, doy fe. ------

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