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Acta de sesión 1966/07/28_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.073/1.1966-07-28_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1966/07/28_Ordinaria

  • Data(s) 1966-07-28 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 69 1. Presidida por el Iltmo. Sr. Don Enrique Lorenzo Docampo y con asistencia del Vicepresidente Iltmo. Sr. Don Antonio Puig Gaite, y los Diputados señores, Don Manuel Carbón Rodríguez, Don José Casal Aboy, Don Manuel Gómez Rodríguez, Don Luis González Taboada, Don Luciano Martínez Garrido, Don José María Massó García, Don Pedro Otero Rey, Don José Luis Peláez Casalderrey, Don Domingo Salgueiro Costas y Don Ricardo Valeiras de Tierra, celebró sesión Ordinaria el Pleno de la Excelentísima Diputación, en el Salón de Actos del Palacio Presidencial, a las dieciocho horas, treinta minutos, del día veintiocho de julio de mil novecientos sesenta y seis, en primera convocatoria. Actúa el Secretario interino Don Luis Jofre de Villegas y asiste el Interventor de Fondos provinciales, Don Josué Dapena Mouriño. No concurren, previa excusa, los Diputados Señores, Hernández Zunzunegui y Piñeiro Acosta. Abierta la sesión, se aprueba por unanimidad el borrador del Acta de la sesión anterior, celebrada el día 30 de junio de 1966. ------ Folla: 69 2. Se da cuenta de los Padrones de los Arbitrios y Tasa de Rodaje y Arrastre, correspondientes al actual ejercicio de 1966, y a los Ayuntamientos siguientes: Cuota 10% Chapa Tasa Ayun. Total Ayuntamiento de Bueu 19.125,00..........1.912,50...........2.125,00............5.935,00...........29.097,50 Ayuntamiento de Cotobade 29.902,50...........2.990,25..........3.322,50..............--------.............36.215,25 Ayuntamiento de A Estrada 95.370,00..........9.537,00.........10.585,00.........307.545,00........423.037,00 Ayuntamiento de Forcarei 30.840,00..........3.084,00...........3.415,00...........32.072,00..........69.411,00 Ayuntamiento de Fornelos 8.392,50...............839,25..............932,50............---------.............10.164,25 Ayuntamiento de Gondomar 9.832,50...............983,25...........1.092,50............---------.............11.908,25 Ayuntamiento de O Grove 9.000,00...............900,00...........1.000,00............8.240,00..........19.140,00 Ayuntamiento de Lalín 55.535,00...........5.953,50..........6.515,00.........370.818,75........442.822,25 Ayuntamiento de Meaño 21.397,50...........2.139,75..........2.362,50...........48.850,00..........74.749,75 Ayuntamiento de Meis 15.772,50...........1.577,25..........1.752,50.............7.810,00..........26.912,25 Ayuntamiento de Mondariz 20.407,50...........2.040,75..........2.267,50...........13.605,00..........38.320,75 Ayuntamiento de Portas 18.855,00...........1.885,50..........2.095,00............----------............22.835,50 Ayuntamiento de Ponte Caldelas 19.237,50............1.923,75.........2.137,50.............--------..............23.298,75 Ayuntamiento de Redondela 15.510,00............1.551,00.........1.700,00..........13.490,00...........32.251,00 Ayuntamiento de Ribadumia 18.225,00............1.822,50.........2.025,00...........16.690,00..........38.762,50 Ayuntamiento de Salvaterra 17.302,50............1.730,25.........1.922,50...........----------.............20.955,25 Ayuntamiento de Sanxenxo 31.230,00............3.123,00........3.447,50.............34.980,00.........72.780,50 Ayuntamiento de Tui 34.335,00............3.433,50........3.815,00............80.410,00........121.993,50 Ayuntamiento de Valga 18.315,00............1.831,50........2.035,00............-----------............22.181,50 Ayuntamiento de Vilaboa 13.185,00............1.318,50........1.465,00...............8.055,00.........24.023,50 Ayuntamiento de Vilagarcía 21.660,00............2.166,00........1.955,00..............---------............25.781,00 Ayuntamiento de Vila de Cruces 37.822,50............3.782,25........4.202,50..............---------............45.807,25 Ayuntamiento de As Neves 19.935,00............1.993,50........2.215,00..............20.400,00........44.543,50 Ayuntamiento de Pontevedra 42.735,00............4.273,50........4.725,00................----------.........51.733,50 Ayuntamiento de Salceda 10.507,50............1.050,75........1.167,50...............---------...........12.725,75 Ayuntamiento de Barro 14.242,50............1.424,25.........1.582,50.............----------...........17.249,25 Ayuntamiento de Vilanova 25.537,50............2.553,75.........2.837,50............---------.............30.928,75 Ayuntamiento de Ponteareas 26.865,00............2.686,50.........2.985,00............----------............32.536,50 Totales 705.075,00.......70.507,50........77.682,50........968.900,75......1.822.265,75 Los Padrones reseñadas has estado expuestos al público durante quince días, sin que se haya producido contra los mismos reclamación alguna. El Pleno por unanimidad acuerda aprobar los fallidos mencionados. ------ Folla: 69 3. Se da cuenta de expedientes de fallidos, informados por el Jefe de la Sección de Arbitrios e Intervención de Fondos en el sentido de que pueden ser aprobados por el Pleno y que corresponden a los conceptos: Ayuntamientos, años y cuotas que a continuación se indican: Arbitrio Riqueza - Rufina Prado Comesaña, expediente 10 constancia hechos, carnes, Vigo, año 1961................................................................................2.398,27 - Dolores Montenegro Fernández, expediente 5, constancia hechos, carnes, Vigo año 1961..................................................................11.602,58 - Mercedes Couto Fernández, expediente 58, constancia hechos 1964, carnes, Vigo................................................................................. 24.184,75 - Josefa Tilve Marín, expediente 33, constancia hechos 1961, carnes, Vigo...............................................................................................33.435,24 - Concepción Rey Castro, expediente 72, constancia hechos 1961, carnes, Vigo..................................................................................49.046,78 - Elisa Rey Pazos, expediente 29, constancia hechos 1961, carnes, Vigo.................................................................................................2.001,98- Angel Rey Castro, expediente 36, constancia hechos 1961, carnes, Vigo.................................................................................................2.805,80 - Severino García Barreiro, expediente 34, constancia hechos 1961, carnes, Vigo....................................................................................8.311,94 - Ramona Álvarez Pérez, expediente 56, constancia hechos 1961, carnes, Vigo....................................................................................................884,68 - Lago e Hijos, Limitada, concierto licores 1962, Vigo...................13.500,00 Arbitrio Productos Campo Ayuntamiento de Agolada Año 1960...........................................................................................234,35 Arbitrio y Tasa Rodaje y Arrastre Año Cuota 10% Chapa Tasa Ayuntamiento Ayuntamiento de Mos 1960.............270,00...............27,00........36,00...................----------------- 1961.............700,00...............70,00........48,00...................----------------- 1962.............877,50...............87,75........60,00...................----------------- 1963..........1.855,00.............185,50......129,00...................----------------- Total..........3.702,50.............370,25......273,00...................----------------- Ayuntamiento de Ponteareas 1963.............332,50...............33,25........22,50...................----------------- 1964.............270,00...............27,00........18,00...................----------------- 1965.............270,00...............27,00........18,00...................----------------- Total.............872,50...............87,25........58,50...................----------------- Ayuntamiento de Salvaterra 1964...............67,50.................6,75..........4,50...................----------------- Ayuntamiento de Silleda 1964.............697,50...............69,75........46,50...................----------------- 1965..........1.462,50.............146,25........97,50...................----------------- Total..........2.160,00.............216,00......144,00...................----------------- Ayuntamiento de Rodeiro 1964...............45,00.................4,50..........3,00...................----------------- 1965.............157,50...............15,75........10,50...................----------------- Total.............202,50...............20,25........13,50...................----------------- Ayuntamiento de Dozón 1963...............82,50.................8,25..........6,00.............................100,00 1964.............292,50...............29,25........19,50.............................325,00 1965.............292,50...............29,25........19,50.............................325,00 Total.............667,50...............66,75........45,00.............................750,00 Ayuntamiento de Agolada 1963...............80,00.................8,00..........6,00...............................80,00 1964.............405,00...............40,50........27,00.............................360,00 1965.............495,00...............49,50........33,00.............................522,50 Total.............980,00...............98,00........66,00.............................962,50 Ayuntamiento de Vila de Cruces 1963.............482,50...............48,25.........36,00............................---------- 1964.............900,00...............90,00.........60,00............................---------- 1965..........1.507,50.............150,75.......100,50............................---------- Total..........2.890,00.............289,00.......196,50............................---------- Ayuntamiento de Lalín 1963..........1.292,50.............129,25..........91,50.........................3.370,00 1964..........1.935,00.............193,50........129,00.........................7.030,00 1965..........3.105,00.............310,50........207,50.......................12.923,25 Total..........6.332,50.............663,25........428,00.......................23.323,25 El Pleno acordó aprobar los fallidos mencionados. ------ Folla: 70 4. Diose cuenta de resolución que con el número 3.418, en fecha 9 de julio actual, adoptó la Presidencia, por la que a la vista de escrito del Excelentísimo Señor Gobernador Civil de la provincia, en su calidad de Presidente de la Junta Provincial de Educación Física y Deportes y de conformidad con el informe emitido al efecto por la Intervención de Fondos, se libró con cargo al Capítulo V, artículo 3º, partida 196 del vigente Presupuesto Ordinario, a favor del Club Náutico de Panxón, la cantidad de 125.000 pesetas con destino a instalaciones deportivas. el Pleno, por unanimidad, acuerda ratificar, en todas sus partes, la señalada resolución presidencial. ------ Folla: 70 5. Diose cuenta de resolución que con el número 3.419, en fecha 9 de julio actual, adoptó la Presidencia, por la que a la vista de escrito del Excelentísimo Señor Gobernador Civil de la provincia, en su calidad de Presidente de la Junta Provincial de Educación Física y Deportes y de conformidad con el informe emitido al efecto por la Intervención de Fondos, se libró con cargo al Capítulo V, artículo 3º, partida 196 del vigente Presupuesto Ordinario, a favor del Club Náutico de Tui, la cantidad de 100.000 pesetas con destino a instalaciones deportivas. el Pleno, por unanimidad, acuerda ratificar, en todas sus partes, la señalada resolución presidencial. ------ Folla: 70 6. Se da cuenta de expediente de excepción tramitado para llevar a cabo la adquisición de un horno giratorio para el taller de panadería del Hogar Provincial, por considerar la necesidad de concurso por hacerse preciso estudiar técnicamente las características de dicha maquinaria antes de proceder a la adjudicación. el Pleno, por unanimidad, con el quórum que señala el párrafo 2º del artículo 311 de la Ley de Régimen Local, aprueba el expediente en cuestión. ------ Folla: 70 7. Examinadas las Bases que formula el Negociado de Fomento para regir en el concurso, cuyo expediente de excepción fue aprobado previamente, para la adquisición de un horno giratorio para el taller de panadería del Hogar Provincial, el Pleno acuerda prestarles su aprobación debiendo procederse al anuncio correspondiente por el citado Negociado. ------ Folla: 70 8. Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don Juan Vidal Vidal, solicitando la devolución de la fianza constituida para responder de las obras de reparación del Colegio de Sordomudos de A Lanzada. el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten el Señor Aparejador Provincial y la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo interesado y se proceda a la devolución de dicha fianza, cuyo importe asciende a 3.981,00 pesetas y que fue constituida en metálico en la Depositaría Provincial por medio de Mandamiento de Ingreso número 3.656 de 13 de octubre de 1965. ------ Folla: 70 9. Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don Raúl Portela Solla, solicitando la devolución de la fianza constituida para responder de las obras de reparación de la cubierta del Palacio Provincial. el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten el Señor Aparejador Provincial y la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo interesado y se proceda a la devolución de dicha fianza, cuyo importe asciende a pesetas 10.000,00, y que fue constituida en metálico por medio de Mandamiento de Ingreso número 4.555 en 2 de diciembre de 1965 en la Diputación Provincial. ------ Folla: 70 10. Se da cuenta de escrito número 49.366, de 1º de julio actual, de la Oficina Principal de la MUNPAL, en el que se contiene la resolución del expediente de actualización de pensión de Doña Pilar García Portela (expediente número 62.722), viuda del que fue Jefe de Negociado, Don Angel Novás Montes. Se le fija a Doña Pilar García Portela, una pensión de viudedad mensual actualizada de 3.814,00 pesetas, con efectos de 1º de enero del año en curso, siendo el incremento de 2.007,00 pesetas mensuales, con cargo a esta Diputación, por tratarse se pensionista de causa anterior a 1º de diciembre de 1960. La pensión queda así discriminada: A cargo de la Mutualidad - Pensión estricta (4º disposición transitoria).................................542,00 A cargo de la Corporación - Incremento por actualización....................................................2.007,00 - Por derechos adquiridos..........................................................1.265,00 Total pensión...............................3.814,00 el Pleno acuerda prestar conformidad a la indicada resolución, y que por el Negociado de Personal e Intervención de Fondos se lleven a cabo todos los trámites para abono de la pensión y atrasos a la beneficiaria, Doña Pilar García Portela, por haberse señalado a esta Diputación como Oficina Pagadora. ------ Folla: 70 11. Se da cuenta de escrito de la Oficina Principal de la MUNPAL; Registro de Salida número 52.396, de 12 de julio actual, que contiene la resolución del expediente de jubilación forzosa por edad del que fue Guarda Forestal, Don Manuel Rosales González. Se la fija a este pensionista una pensión de jubilación mensual de 1.341,00 pesetas con cargo a la MUNPAL, y con efectos de 1º de julio de 1965. Por ayuda familiar, con cargo a la Diputación 240,00 pesetas mensuales, con los indicados efectos. el Pleno, acuerda quedar enterado de la indicada resolución prestando conformidad a la misma y que por el Negociado de Personal e Intervención de Fondos se lleven a cabo los correspondientes trámites para abono de la pensión y atrasos a Don Manuel Rosales González, por haberse señalado a esta Diputación como Oficina Pagadora. ------ Folla: 70 12. Se da cuenta de escrito número 15.904, Sección 1ª-11, de 11 de julio actual, de la Dirección General de Administración Local, por el que se otorga el visado a la creación de una plaza de médico urólogo y otra de médico psiquiatra en el Grupo B, Subgrupo a), con el grado retributivo 14, en la Plantilla de Personal de esta Diputación. el Pleno acuerda: a) Quedar enterado de la indicada resolución. b) Que la función del médico urólogo sea desempeñada por Don José Nogueira March, provisionalmente y con carácter gratuito, en tanto entra en vigor el próximo Presupuesto de 1967, momento en que se formalizaría contrato laboral o administrativo con aquél, para la prestación de dicho servicio con la retribución correspondiente, y mientras la plaza no se cubra en propiedad reglamentariamente. c) Que el médico psiquiatra, Don José Mata Calderón, continúe en el desempeño del cargo con el mismo carácter de contratado que actualmente tiene, mientras la plaza no se cubra en propiedad en forma reglamentaria. ------ Folla: 70 13. Se da cuenta de escrito número 15.908, Sección 1ª-11, de 11 de julio actual, de la Dirección General de Administración Local, por el que se participa que el indicado Centro directivo otorga su visado a la creación de una plaza de Pagador del Servicio Forestal, con la condición de "a extinguir" y con el grado retributivo 11, en la Plantilla de Personal de esta Diputación. el Pleno acuerda darse por enterado. ------ Folla: 70 14. Se da cuenta de expediente tramitado para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, cinco plazas vacantes de Capataces del Servicio de Vías y Obras. Hecha pública la convocatoria del referido concurso-oposición, en el Boletín Oficial de la Provincia número 124, de 31 de mayo último, y expirado el plazo de presentación de instancias, el Pleno acuerda declarar admitidos a los Peones Camineros, que solicitaron tomar parte en el referido concurso, siguientes: - Don Jesús Blanco García. - Don José María Blanco Magariños. - Don Manuel Cabaleiro Martínez. - Don Secundino Cambra Fernández. - Don José María Gulías Barreiro. - Don José María Gulías González. - Don Eladio Prego Mella. - Don Manuel Quibeo Barros. - Don José Valladares Blanco. Asimismo, acuerda el Pleno, que la lista de aspirantes admitidos se haga pública en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento, de conformidad con el Artículo 7º y concordantes del Reglamento de Oposiciones y Concursos de 10 de mayo de 1957. ------ Folla: 70 15. En sesión celebrada el día 25 de noviembre de 1965, se dio cuenta de instancia del Señor Ingeniero-Director del Servicio de Vías y Obras Provinciales, Don Eloy Fernández-Valdés Rodríguez, quien interesaba se le reconociera y abonase el sueldo y trienios que para los funcionarios de la Administración Civil del Estado establece la Ley de 4 de mayo de 1965. En la referida sesión, previos los informes del Señor Secretario General, Negociado de Personal y Comisión de Gobierno, el Pleno acordó, antes de resolver en definitiva, elevar la consulta a la Jefatura Central del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, que se llevó a tal efecto por esta Corporación. Con fecha 17 de junio pasado, Registro de Salida 12.040, Sección 1ª-11, de la Dirección General de Administración Local, participa al Ilustrísimo Señor Presidente de esta Diputación que no procede la aplicación a ningún efecto de las leyes articulada y de retribuciones de funcionarios civiles del Estado, a Don Eloy Fernández-Valdés Rodríguez, ya que éste ostenta en la actualidad la condición de funcionario provincial, y por tanto está sometido al régimen general de funcionarios de la Administración Local, y sin otros derechos frente a la Corporación que los establecidos en la legislación de Régimen Local. Además, sigue apuntando el indicado Centro directivo, que no puede admitirse que la opción del Señor Fernández-Valdés por los derechos legítimamente adquiridos (de acuerdo con la Ley 108/63, de 20 de julio), tuvieran por finalidad el quedar amparado por los futuros beneficios del Estado, pues aunque así fuera es más cierto que la Ley de Funcionarios Civiles y la Ley de Retribuciones han excluido del ámbito de aplicación de los nuevos haberes de los funcionarios públicos a quienes no perciban sueldos o asignaciones con cargo a las consignaciones del personal de los Presupuestos del Estado, precepto justificado porque la Ley de Retribuciones no podía comprometer el los cálculos de percepciones a otros organismos en cuyas plantillas hubiese funcionarios del Estado, sin perjuicio de que tales funcionarios disfrutasen de los nuevos haberes al volver a la situación de activo. En base a lo anterior, el Pleno acuerda no acceder a la petición formulada por el Señor Ingeniero-Director del Servicio de Vías y Obras Provinciales, Don Eloy Fernández-Valdés Rodríguez, en su escrito de 29 de septiembre de 1965, por no haber lugar al reconocimiento y abono del nuevo sueldo y trienio que peticiona. Contra este acuerdo podrá interponerse por en interesado recurso de reposición, ante la propia Diputación, en el plazo de un mes, a contar desde esta notificación, como previo al Contencioso-Administrativo ante el Tribunal de la jurisdicción de la Audiencia Territorial de A Coruña, que podrá interponer indistintamente contra el acuerdo trascrito, el resolutorio de la reposición o contra ambas a la vez, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuera expreso, o de un año a partir de la fecha de su interposición, si fuera tácito. ------ Folla: 71 16. Se da cuenta de Circular número 232 del Sindicato Provincial del Papel y Artes Gráficas, conteniendo las nuevas Tablas Salariales correspondientes a la última modificación del módulo salarial del vigente Convenio Colectivo de Artes Gráficas, revisado conforme al índice de elevación del coste de vida por la Comisión Mixta en su revisión de 27 de mayo último. el Pleno acuerda quedar enterado de las mismas, disponiendo que estas nuevas Tablas Salariales se apliquen al personal laboral encuadrado en la Reglamentación Nacional del Trabajo del Ramo, que presta servicios en los Talleres de Imprenta del Hogar Provincial. ------ Folla: 71 17. Se da cuenta del expediente administrativo incoado para adjudicar mediante concurso que se anunció en el Boletín Oficial de la Provincia de 28 de mayo último, tres becas de Médicos post-graduados, dotada cada una de ellas con 12.000 pesetas anuales y con destino a los servicios sanitarios del Hospital Provincial. Visto el informe del Negociado de Personal y el de la Comisión de Gobierno, aceptando la propuesta elevada por el Tribunal juzgador, acuerda adjudicar la beca de Anestesista-Reanimador al concursante Don Fernando Emilio Dopazo Agrelo, y la de Tocoginecología y Obstetricia a Don José Gerpe Oreiro, licenciados en Medicina y Cirugía, quienes habrán de comenzar la prestación de los servicios de su clase inmediatamente que les sea notificado el presente acuerdo, haciendo su presentación, a estos efectos, al Médico Director de dicho Centro hospitalario, para su destino a las Salas correspondientes. Asimismo, se acuerda declarar desierta la beca de Medicina Interna, que habrá de anunciarse de nuevo para su adjudicación mediante concurso, en las mismas condiciones con que lo ha sido últimamente. ------ Folla: 71 18. Se da cuenta de expediente administrativo tramitado para la reapertura del Taller de Zapatería del Hogar Provincial y consiguiente creación del puesto de trabajo de Maestro de Mesilla, autorizado por resolución de la Dirección General de Administración Local de 20 de mayo último, y contratado ya con el productor que lo vino desempeñando anteriormente, Don Nicanor Sánchez Casal. Elevado al Pleno a fin de resolver sobre la consignación de cantidad para atender a este gasto de personal, y teniendo en cuenta la dictaminado por la Comisión de Gobierno, se acuerda dejar este asunto sobre la Mesa, pendiente de conocer el informe que sobre el particular habrá de emitir previamente el Señor Interventor de Fondos provinciales. ------ Folla: 71 19. Se da cuenta de Concierto y Reglamento para el régimen interno de la Biblioteca Municipal de Vilanova de Arousa, suscrito por el Señor Alcalde de dicho Ayuntamiento y Doña Mercedes Alsina Gómez-Ulla, en su calidad de Directora del Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas. el Pleno, vistos los acuerdos aprobatorios de los referidos documentos, por el Ayuntamiento citado en 17 de marzo pasado, y por el Patronato del Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de 30 de junio del año actual, acuerda, asimismo, prestar aprobación al Concierto y Reglamento para régimen interno y préstamo de libros de la Biblioteca Municipal de Vilanova de Arousa. ------ Folla: 71 20. Se da cuenta de Concierto y Reglamento para el régimen interno de la Biblioteca Municipal del Ayuntamiento de Lalín, suscrito por el Señor Alcalde de dicho Ayuntamiento y Doña Mercedes Alsina Gómez-Ulla, en su calidad de Directora del Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas. el Pleno, vistos los acuerdos aprobatorios de los referidos documentos, por el Ayuntamiento citado en 25 de junio pasado, y por el Patronato del Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de 30 de junio del año actual, acuerda, asimismo, prestar aprobación al Concierto y Reglamento para régimen interno y préstamo de libros de la Biblioteca Municipal de Lalín. ------ Folla: 71 21. Prestar aprobación y declarar de abono, la liquidación de las obras de reparación del camino vecinal de O Grove a San Vicente, que eleva la Comisión Provincial de Servicios Técnicos, por un importe de 90.921,27 pesetas; debiendo librarse dicha suma a favor del contratista de las mismas Don José Malvar, Construcciones, S.A. e ingresar en la Delegación de Hacienda la aportación de esta Diputación a la mencionada liquidación de obras, por un importe de 38.822,44 pesetas con cargo al Capítulo VIII, artículo 1º, partida 31 del vigente Presupuesto Especial de Vías y Obras. ------ Folla: 71 22. Prestar aprobación y declarar de abono, la liquidación de las obras de reparación del camino vecinal de Dena, que eleva la Comisión Provincial de Servicios Técnicos, por un importe de 6.210,08 pesetas; debiendo librarse dicha suma a favor del contratista de las mismas Don José Malvar Figueroa, e ingresar en la Delegación de Hacienda la aportación de esta Diputación a la mencionada liquidación de obras, por un importe de 1.242,00 pesetas con cargo al Capítulo VIII, artículo 2º, partida 68 del vigente Presupuesto Especial de Vías y Obras Provinciales. ------ Folla: 71 23. Prestar aprobación y declarar de abono, la liquidación de las obras de reparación del camino vecinal de Rodeira a Boubeta, que eleva la Comisión Provincial de Servicios Técnicos, por un importe de 49.027,60 pesetas; debiendo librarse dicha suma a favor del contratista de las mismas, Excelentísima Diputación de Pontevedra (destajadas por ésta a José Malvar, Construcciones, S.A.) debiendo ingresar la Delegación de Hacienda en Arcas Provinciales, la aportación del Estado 31.612,31 pesetas, para su abono al mencionado contratista en unión de la aportación de esta Diputación 17.415,29 pesetas que se abonarán con cargo al Capítulo VIII, artículo 2º, partida 68 del vigente Presupuesto Especial de Vías y Obras Provinciales. ------ Folla: 71 24. Se da cuenta de acuerdo adoptado por la Comisión Permanente de la Central de Coordinación Hospitalaria, en su sesión celebrada el 24 de junio del corriente año, que copiado literalmente dice así: "Reforma y ampliación del Hospital Provincial de Pontevedra.- Los miembros de la Comisión comentan ampliamente los tres anteproyectos presentados y manifiestan su conformidad acerca de la necesidad de llevar a efecto las obras en ellos programados. Sin embargo, no estando contenido en los mismos el plan de financiación, acuerdan por unanimidad aprobar la siguiente moción: Felicitar a las respectivas Diputaciones Provinciales por el interés y entusiasmo manifestado con el fin de mejorar la asistencia sanitaria en el ámbito de su provincia. No obstante, estas Corporaciones deberán realizar un detenido estudio para que, por la Comisión, se conozcan las posibilidades de financiación y gastos de inversión y sostenimiento con que cuentan para llevar a efecto el programa de obras contenido en los anteproyectos, así como las cantidades que solicitarían a cargo de los fondos de ayuda puestos a disposición de la Comisión Central de Coordinación Hospitalaria." el Pleno acuerda darse por enterado y que se dé cumplimiento al contenido del acuerdo adoptado por la Comisión Permanente de la Central de Coordinación Hospitalaria. ------ Folla: 71 25. Se da cuenta de propuesta que formula el Señor Director del Hospital Provincial de Pontevedra, por la que manifiesta la total necesidad de contar con los servicios, propios o ajenos, de isótopos radiactivos y de unidad de telecobaltoterapia y radiumterapia, dado el elevado número de enfermos que precisan ser tratados en tales especialidades, aduciendo, sin embargo, que la implantación propia de los mencionados servicios en el Hospital no se podrían crear por las siguientes razones: elevado coste de sus instalaciones y falta de personal médico especializado en Medicina nuclear, lo que lleva consigo la conveniencia de gestionar el establecimiento de un concierto con la Facultad de Medicina de Santiago de Compostela, donde actualmente vienen funcionando los servicios con objeto de poder así atender a los enfermos que requieran tal asistencia, servicios que podrían prestarse por la Facultad en las siguientes condiciones económicas: Isótopos radiactivos-Estudio económico Las ofertas del banco en sus tasas varían según el tipo de isótopo a realizar; aplicando la tasa de Beneficencia sería: - Exploración funcional del tiroides (pruebas de captación)..........200,00 - Exploración funcional del hígado (Rosa Bengala)......................250,00 - Exploración funcional del riñón (Hipurán)...................................250,00 - Gammagrafía del tiroides...........................................................300,00 - Gammagrafía de hígado.............................................................400,00 - Gammagrafía del riñón...............................................................500,00 - Gammagrafía de raquis..............................................................400,00 - Gammagrafía de cabeza.............................................................500,00 - Radicargiograma.........................................................................350,00 - Otras técnicas de exploración y tratamiento a convenir en cada caso particular. - Este importe se verá incrementado con el traslado del enfermo desde Pontevedra a Santiago, que sería realizado por la ambulancia del Hospital Provincial. Así, saliendo el enfermo de Pontevedra a primera hora de la mañana, estaría de regreso al mediodía con la exploración efectuada. El número de enfermos que se calculan sería de cincuenta, elevándose el presupuesto a la cantidad de 25.000,00 pesetas. Unidad de Telecobaltoterapia-Estudio económico Las tasas por estos servicios son las siguientes: - Telecobaltoterapia........................................................150,00 por sesión Radiumterapia 6.000 rads* 7.000 rads* 8.000 rads* Con 25 mg......................750,00....................850,00..............950,00 Hasta 50 mg..................1.500,00................1.700,00.............1.900,00 Más de 50 mg................2.000,00................2.200,00.............2.400,00 Estas tasas se ven incrementadas por las estancias de los enfermos, a razón de 88,00 pesetas cama-día, siendo la media de hospitalización de 39 días enfermo-tratamiento, radiografías, análisis, etc. Los enfermos a los que se aplicase este tratamiento causarían unos gastos aproximados de 175.000,00 pesetas. El Pleno examinó con agrado la propuesta de la Dirección del Hospital Provincial, por considerarse necesarios los servicios anteriormente citados, acordándose que la Presidencia se dirija al Excelentísimo y Magnífico Señor Rector de la Universidad de Santiago de Compostela para que manifieste si la facultad de Medicina estaría dispuesta a establecer un concierto y las condiciones en que el mismo podría formalizarse, prestándose la asistencia de los servicios expresados a partir de la vigencia del Presupuesto provincial de 1967. *- Rads- radiaciones. ------ Folla: 72 26. Se da cuenta de comunicación del Señor Jefe del Servicio de Contribuciones, fecha 14 del corriente, en el que se hace saber a la Corporación el fallecimiento del Oficial Técnico-Administrativo de dicho Servicio, Don Manuel Mucientes Durán. enterado el Pleno, acuerda por unanimidad hacer constar en Acta su sentimiento por este fallecimiento con traslado a la familia del funcionario fallecido. ------ Folla: 72 27. Queda enterado el Pleno de telegramas cursados por la Presidencia del Centro Gallego de Madrid comunicándole la imposibilidad se asistir al homenaje que se le ha tributado con motivo de su nombramiento a dicha Presidencia, homenaje al que se adhiere la Corporación; y el Señor Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de Vigo expresándole el sentimiento de la Corporación por el fallecimiento del Teniente de Alcalde de aquel Ayuntamiento Don Javier González-Garra Santoro. ------ Folla: 72 28. Se da cuenta de contrato formalizado por la Presidencia de esta Excelentísima Diputación, el que, copiado literalmente, dice así: "En la Ciudad de Pontevedra, a veintidós de julio de mil novecientos sesenta y seis, se reúnen en el Palacio Provincial, de una parte, el Ilustrísimo Señor Don Enrique Lorenzo Docampo, Presidente de la Excelentísima Diputación Provincial, actuando en representación de la misma, y, de la otra, Don Antonio Janeiro Ríos, vecino del lugar de O Carballo do Pazo, en la parroquia de Salcedo, de éste término municipal, mayor de edad, de estado casado, empresario de pompas fúnebres, quién actúa por si con la capacidad legal suficiente para otorgar el presente contrato de arrendamiento de servicio y suministro; todo ello en presencia del Señor Secretario de la Corporación, Don Luis Pérez-Jofre de Villegas, que da fe del acto. Ambas partes, con la representación que ostentan, estipulan lo siguiente: 1º.- Don Antonio Janeiro Ríos, como empresario de "Pompas Fúnebres Janeiro", se obliga a prestar a la Excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra el servicio de traslado de cadáveres al Cementerio Municipal de Pontevedra, con suministro de los ataúdes necesarios, en las siguientes condiciones: a) La Empresa se obliga al traslado de todos los cadáveres de cuantos enfermos acogidos en el Hospital Provincial fallezcan durante la vigencia del contrato, desde el Hospital hasta el Cementerio de esta Capital, sito en el lugar de San Mauro. b) El traslado se realizará en vehículo automóvil propia de la empresa, que suministrará también los ataúdes necesarios para ello, así como el personal encargado de la conducción. c) La Administración del Hospital Provincial deberá comunicar a la empresa los fallecimientos que se produzcan, inmediatamente después de su acaecimiento, a fin de que ésta pueda preparar las conducciones con la debida anticipación, recibiendo la documentación necesaria para los sepelios. 2º.- La Excelentísima Diputación Provincial se obliga a pagar a Don Antonio Janeiro Ríos, como precio anual del servicio, la cantidad de dos mil (2.000,00) pesetas, que le serán libradas por trimestres vencidos contra la correspondiente consignación presupuestaria. Además, e independientemente de este precio, la Excelentísima Diputación abonará al empresario trescientas cincuenta (350,00) pesetas por cada ataúd suministrado. 3º.- Este contrato regirá durante el segundo semestre del presente año y durante todo el año 1967, y se entenderá prorrogado tácitamente por anualidades si, a partir del año 1967, no fuera denunciado por cualquiera de las partes contratantes con tres meses de antelación a la expiración del año de vigencia en curso; pero sin que su total duración pueda exceder de diez años, contados desde la fecha del comienzo de su vigencia, la cual se retrotrae al día primero de julio del corriente año de mil novecientos sesenta y seis. Conformes ambas partes con los términos del presente contrato, del que se les da lectura, lo firman en el lugar al principio expresado, de lo que yo, Secretario, certifico." el Pleno acuerda aprobar en su totalidad el preinserto contrato, debiendo el Señor Janeiro Ríos una fianza de mil veinticinco (1.025,00) pesetas, equivalente al cuatro por cien (4%) del coste del servicio durante el periodo de vigencia del contrato estipulado en su cláusula tercera. ------ Folla: 72 29. Por la Comisión Informativa de Educación, Deportes y Turismo, se eleva propuesta en el sentido de estimar oportuno formalizar compromiso de inclusión en el Plan Especial de Cooperación para 1967, que va a redactarse con cargo a la Partida de pesetas 2.000.000,00 consignada en el Bienal de Cooperación 1966/67 para amortización del empréstito que para el Plan Extraordinario de Cooperación se piensa solicitar del Banco de Crédito Local de España, y que por no haberse concertado todavía es preceptivo invertir en fines cooperadores, de una subvención por importes de 220.000,00 al Ayuntamiento de Pontevedra, con destino a la financiación de las obras de la Piscina y Guardería Infantil del Estadio de la Juventud, en el Barrio de A Seca, de esta Capital. el Pleno, estimando las razones que el la Propuesta se exponen, acuerda de conformidad con la misma, contraer el compromiso de consignar la mencionada cantidad de doscientas veinte mil (220.000,00) pesetas en el Plan Especial de Cooperación para 1967 a favor del Ayuntamiento de Pontevedra, para los fines de que se deja hecho mención. Con lo que, cumplido el objeto de esta sesión, se da por terminada la misma por el Señor Presidente, siendo las veinte horas, de todo lo que, como Secretario, certifico. ------

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