ATOPO
Registros actuales: 1.618.278
Objetos digitales disponibles: 504.649

Acta de sesión 1887/11/04_Nocturna

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.006/1.1887-11-04_Nocturna

  • Título Acta de sesión 1887/11/04_Nocturna

  • Data(s) 1887-11-04 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 31 A las nueve de la noche. (Sres. Matos, presidente, Fraga, Otero, Mucientes, Pardo, Alfaya, Salgado, Limeses, Casares, Goday, Guerra, Besada D. Sabino, Besada D. Rafael, Nine, Prada, Loys, Alonso). 1. Abierta la sesión se dio lectura del acta de la celebrada esta mañana y fue aprobada. Salió del salón el Sr. Besada, D. Sabino. ------ Folla: 31,32 2. Se dio cuenta de una proposición de la comisión de fomento solicitando se aplique a las obras de las carreteras que están en turno las 50.254 pesetas 65 céntimos que ingresaron recientemente en la Caja Provincial debido a las gestiones del agente D. Evaristo Vázquez. Después de una ligera discusión en que tomaron parte varios señores diputados, se acordó que no se disponga de dicha cantidad interín una comisión especial que va a nombrarse no emita dictamen con vista de las razones expuestas en la memoria administrativa que se leyó en la sesión de ayer respecto a su aplicación. Y habiéndose procedido en votación secreta a la elección de cinco señores diputados para formar dicha comisión, resultaron elegidos por mayoría los señores D. Eugenio Fraga, D. José Salgado, D. Ramón Mucientes, D. Angel Limeses y D. José Mª Guerra. ------ Folla: 32 3. Ocupada la presidencia por el Sr. vicepresidente D. Eugenio Fraga por manifestar el Sr. presidente iba a hacer uso de la palabra con motivo de un dictamen de que tenía que darse cuenta. Leyó el secretario Sr. Otero el dictamen de la Comisión de Hacienda que propone la aprobación de los cuadernos que con el carácter de interinos conforme al párrafo 3º art. 98 de la ley provincial tomó la comisión provincial desde 1º de abril a 31 de octubre de este año. Concedida la palabra al Sr. Matos, dijo que tenía que llamar la atención de la Diputación respecto a que, como ordenador de pagos, había suspendido el de 175 pesetas que la comisión provincial había acordado se hiciese al contador de fondos municipales del Ayuntamiento de esta capital, D. José Arribas, por razón de gastos que se le ocasionaron en Madrid con motivo de la reunión acordada por el Gobierno de esa clase de funcionarios porque atendía que lo que ya se le había abonado era sólo a lo que tenía derecho con arreglo a la R.O. de convocatoria, pero que sin embargo, si este cuerpo provincial tenía diferente criterio estaba dispuesto a acatar su acuerdo haciendo sólo esta manifestación con el único objeto de salvar futura responsabilidad. Los Sres. Limeses y Salgado que formaban parte de la comisión provincial cuando esta acordó el pago de dicha suma, explicaron las razones de equidad que le habían impulsado a votar favorablemente la pretensión del contador Arribas y habiéndose puesto a votación el dictamen, fue aprobado por mayoría, acordándose se concedan al mencionado contador las 175 pesetas que ha solicitado. ------ Folla: 32,33 4. Vuelve a ocupar la presidencia el Sr. Matos. Leído también el dictamen de la comisión de beneficencia y sanidad que propone la aprobación de los acuerdos tomados por la comisión provincial con dicho carácter de interinidad en el semestre último y en lo relativo a este ramo de la administración provincial fue aprobado por unanimidad. ------ Folla: 33 5. También fue aprobado por unanimidad el dictamen de la comisión de presupuestos que propone la aprobación de los acuerdos tomados por la comisión provincial en igual período semestral con el mismo carácter de interinos en lo concerniente a dicho ramo de la administración provincial. ------ Folla: 33 6. En vista de una proposición de los señores Pardo, Nine, Sequeiros y Massó, se acordó aprobar el dictamen de la comisión de presupuestos en votación unánime que propone se conceda a los empleados de secretaría, contaduría y depositaría la gratificación de la mitad del importe mensual de sus sueldos y gratificaciones en la misma forma que se hizo en el año próximo pasado. ------ Folla: 33,34 7. D. Evaristo Vázquez de los Reyes solicitó el pago de 1.750 pesetas importe de gastos que dice haber suplido durante los ocho años en que gestionó el reconocimiento y liquidación de los créditos que el Tesoro adeudaba a esta provincia por anticipos hechos por la misma el año 1843. Leído el dictamen de la comisión de presupuestos que propone se desestime dicha pretensión fue aprobada por unanimidad. El dictamen es como sigue: La comisión de presupuestos ha examinado muy detenidamente los antecedentes relativos a la comisión conferida por la Excma. Diputación al agente de negocios de Madrid D. Evaristo Vázquez Reyes, para que gestionase los medios de hacer efectivo el reconocimiento y liquidación de los créditos que el Tesoro público adeudaba a la provincia por los anticipos hechos por la misma en el año 1843, y de todo ello resulta que, en definitiva, se obtuvo el abono de 53.540 pesetas, 40 céntimos en metálico y 2.018 pesetas, 50 céntimos en papel del 2 por ciento amortizable, cuyas cantidades han ingresado ya en la Caja Provincial. Al formalizar su cuenta el agente Sr. Reyes, reclama la cantidad de 6.130 pesetas, 10 céntimos, importe del 8 % de las cantidades recaudadas según lo estipulado entre él y la Diputación, y de lo que por todos conceptos ha suplido durante los años que empleó en dar solución a este asunto. A 1.750 pesetas asciende la cifra de estos gastos que no se justifican de ningún modo, ni la Diputación está obligada a satisfacer porque lo único convenido, fue el abono del 8 %, y de esta cantidad ha sido ya reintegrado por acuerdo de la comisión permanente de 4 del mes próximo pasado que reservó muy acertadamente para la decisión de la Excma. Diputación el abono de las mencionadas 1.750 pesetas reclamadas por el concepto de gastos extraordinarios. La comisión que tiene el honor de informar, propondría con mucho gusto el reintegro de las 1.750 pesetas exigidas por el Sr. Vázquez Reyes, fuera de lo que consta terminantemente estipulado, porque no puede menos de reconocer el mérito que ha contraído, dada la constancia y el acierto con que ha dirigido sus gestiones, pero ante el estado angustioso de los fondos provinciales, y la prohibición que establecen órdenes vigentes, para que las diputaciones no se excedan del 8 % en la satisfacción de honorarios por las gestiones que encargue, se ve, con pesar suyo, en la necesidad de proponer que se desestime su petición por el concepto de gastos extraordinarios. VE, no obstante, acordará como siempre lo que estime más oportuno. Salón de sesiones, cuatro de noviembre de 1887. Fraga, Rafael G. Besada, Mucientes. ------ Folla: 34,35 8. El alcalde presidente del ayuntamiento de Cambados solicita se subvencione con el 50 % la obra de rectificación y prolongación del muelle de dicho pueblo cuyo plano, presupuesto, memoria y pliego de condiciones facultativas acompaña. Leído el dictamen emitido por la comisión de fomento relativamente al particular, el Sr. Fraga pidió la palabra y concedida que le fue expuso la necesidad reconocida de dicha obra y que si tan sólo se concedía para ella la tercera parte de su importe se vería obligado el Ayuntamiento a desistir de su proyecto por tener imposibilidad de realizarla dado lo reducido de su presupuesto. Después de una ligera discusión fue aprobado por mayoría dicho dictamen con la modificación de que la subvención se entienda concedida del 50 por ciento del importe de las obras en subasta cuyo pago se haga en tres anualidades. El dictamen dice así: A la Diputación: La comisión de fomento se ha enterado de la solicitud documentada que eleva al cuerpo provincial el presidente del Ayuntamiento de Cambados en súplica de que se le conceda una subvención de un 50 % del presupuesto de reparación y prolongación de un muelle para servicio de aquel puerto. El presupuesto a que se refiere importa 73.365 pesetas y 5 céntimos y por consiguiente se pide a la provincia un sacrificio de 36.682,84 pesetas. La comisión reconoce que el puerto de Cambados tiene relativa importancia, sobre todo por su proximidad a los ya famosos baños de A Toxa. Considera que el Ayuntamiento, por sí sólo, no puede realizar tal mejora porque carece de medios para ello; pero, ¿puede el presupuesto provincial gravarse con un nuevo gasto, dado su actual estado? es esta una dificultad que realmente no cabe resolver en absoluto. Ello no obstante, si se escalonase en tres o más anualidades, la cantidad con que la provincia quiera y pueda contribuir para esta importante obra, entiende la comisión que es atendible la súplica del Ayuntamiento de Cambados, aunque no en la medida que la hace, ni sin que se tomen ciertas precauciones indispensables para que la obra sea lo que debe ser. Son estas: 1ª que se pase el presupuesto, proyecto y más documentos al ingeniero jefe de la provincia para que lo censure y manifieste si responde al objeto para que fue formado; 2ª que si resultase bien formado dicho presupuesto o hechas las modificaciones propuestas por aquel funcionario, se le conceda una subvención de la tercera parte de la cantidad en que consista el remate, pagadera en tres anualidades y 3ª que dicha subasta sea doble y se celebre simultáneamente ante el Ayuntamiento de Cambados y la comisión provincial en representación de la Diputación, adjudicándose el remate al que resulte mejor postor en cualquiera de dichos dos actos de subasta. La Diputación no obstante acordará lo que crea más acertado. Pontevedra 1 de noviembre de 1887. Sabino González Besada. Fermín Alfaya Salgado. ------ Folla: 35,36 9. Dado cuenta también de una solicitud del ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa que pide la subvención del 50 % del presupuesto de las obras que proyecta para abastecer de agua potable a aquel pueblo y leído el dictamen de la comisión de fomento que propone que dicha subvención sea sólo de la cuarta parte del importe de dichas obras el Sr. Guerra propuso y a ello se adhirieron los señores Otero, Fraga y Salgado que dicha concesión sea del 50 %, si la Diputación había de ser consecuente debido a que acaba de concederlo así para las obras del muelle de Cambados. Dicha proposición la impugnó el Sr. Limeses exponiendo no ser la obra de tan reconocida necesidad y puesto a votación el dictamen fue aprobado por mayoría con la modificación de que el importe de la subvención sea el 50 % del importe del remate. El dictamen dice: A la Diputación: La comisión de fomento se ha enterado de la solicitud que eleva a la Excma. Diputación el Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa en súplica que se le conceda una subvención de un 50 % del presupuesto de las obras que proyecta para abastecer de agua potable aquella población. El presupuesto asciende a pesetas 51.594,15 y por lo tanto lo que se pide como sacrificio a la provincia es la cantidad de 25.797,08. Si no existiesen ya precedentes, la comisión de fomento hubiera informado en sentido negativo, porque el estado del presupuesto provincial y los gastos obligatorios que lo afectan hacen muy angustiosa su situación, pero hoy repite precedentes, y estos la obligan a buscar un medio de ayudar al pueblo de Vilagarcía de Arousa, como ya se ayudó a otros, a que realice tan importante mejora. Y bajo tal concepto, somete a la corporación el siguiente acuerdo: 1º que se pase el proyecto, presupuesto y más documentos al ingeniero jefe de la provincia para que lo censure y manifieste si responde al objeto para que fue formado. 2º que si resultase bien formado dicho presupuesto, o hechas las modificaciones propuestas por el ingeniero, se le conceda una subvención de la cuarta parte de la cantidad en que consista el remate, pagadera en tres anualidades y 3ª que dicho remate sea doble y se celebre simultáneamente ante el Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa y la comisión provincial, adjudicándose el remate al que resulte el mejor postor en cualquiera de dichos actos de subasta. La Diputación, sin embargo, acordará como siempre, lo que crea más acertado. Pontevedra, noviembre 4 de 1887. Sabino González Besada, Salgado, Fermín Alfaya. ------ Folla: 36,37 10. También fue aprobado por unanimidad el dictamen de la comisión de Hacienda que estima una pretensión del contratista del boletín oficial para que le sean de abono los anuncios de asuntos judiciales a instancia de parte rica. El dictamen dice: A la Diputación: La comisión de Hacienda ha visto la instancia presentada por D. Aurelio Martín, contratista del B.O.P. en el ejercicio corriente, suplicando que se declare de pago para el contratista los anuncios de subastas judiciales a instancia de parte rica. Según consta del expediente de subasta del periódico oficial, cuando esta tuvo lugar, se han presentado varias proposiciones todas ventajosas a los intereses de la caja provincial, pero las del Sr. Martín lo ha sido en mayor grado puesto que se comprometió a la publicación de dicho periódico oficial sin retribución alguna, y únicamente con el abono de 50 pesetas por pliego de impresión de listas con arreglo a la condición 11ª del pliego que sirvió para la subasta de la contrata aceptando además todas las de dicho pliego. Es indudable que dentro de las condiciones no puede exigir retribución alguna por los anuncios de subastas judiciales a instancia de parte rica, o al menos no se expresa terminantemente en dichas condiciones y por consiguiente la pretensión del Sr. Martín podía en parte ser atendible salvando ciertas formas de subasta con las que no pudieran creerse lastimados los demás que se han interesado en la misma; y en tal concepto esta comisión es de sentir puede accederse a la pretensión del Sr. Martín bajo la condición de no poder cobrar más que cinco céntimos de peseta por cada línea que en caracteres del cuerpo diez contengan dichos anuncios, en analogía con lo que establece la condición 16 para los anuncios de carácter judicial de interés particular procedentes de juzgados de fuera de la provincia, siempre que, publicado por el término de diez días este beneficio, no se presentase proposición más ventajosa haciéndose en este caso de hecho la concesión al Sr. Martín si previamente quisiera aceptarla en la forma que queda indicada. La Diputación, sin embargo, acordará como siempre lo que juzgue más acertado. Salón de sesiones cuatro de noviembre de 1887. José Mª Guerra. Román Casares. Ramón Mucientes. ------ Folla: 37,38 11. Leída una proposición de los señores Pardo, Otero, Mucientes y Casares para que se ordene al ingeniero de caminos provinciales que mientras no se resuelve si el Estado se incauta o no de la carretera de Ponteareas a Mondariz provea a su conservación y disponga además de la plantación de árboles en las orillas del trayecto que media entre el manantial de aguas medicinales que existe en A Gándara y el de Troncoso, se acordó pase dicha proposición al referido señor ingeniero para que este proponga con urgencia a la comisión provincial lo que crea oportuno autorizando a dicha comisión para adoptar la resolución que estime oportuna. ------ Folla: 38 12. Se acordó de conformidad con el dictamen de la comisión de fomento conceder a la sociedad gimnasio de Vigo la subvención de 3.000 peseta para ayudar a los gastos de levantar un monumento que perpetúe la memoria del ilustre gallego héroe del Callao Excmo. Sr. D. Casto Méndez Nuñez, pagaderas cuando dicho monumento sea un hecho. ------ Folla: 38 13. Se aprobó el dictamen de la comisión de fomento que propone la aprobación de los acuerdos adoptados por la comisión provincial en lo relativo a ese ramo de la administración provincial en el semestre último. ------ Folla: 38 14. Dado cuenta del dictamen emitido por la comisión de fomento en lo relativo a las ordenanzas municipales de los pueblos de A Guarda, Tomiño e Vilagarcía de Arousa, fue aprobado por unanimidad. El dictamen dice así: A la Diputación: Vistos por la comisión de fomento los proyectos de ordenanzas municipales de los pueblos de A Guarda, Tomiño y Vilagarcía de Arousa, y considerando que su examen debe ser más minucioso y detenido de lo que es posible hacerlo a dicha comisión en el corto espacio de tiempo de que puede disponer entiende que pudiera VE servirse autorizar a la comisión permanente para que examinando dichas ordenanzas las apruebe si son de aprobar, o disponga las rectificaciones que demanden las ordenes vigentes. VE lo acordará así o como viere mejor. Pontevedra cuatro de noviembre de 1887. Besada. Salgado. Alfaya. Y siendo hora avanzada Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición