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Acta de sesión 1891/04/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.008/1.1891-04-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1891/04/03_Ordinaria

  • Data(s) 1891-04-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 31 (Sres. gobernador presidente Sabino González Besada. Guerra, Suárez Cobián, Martínez Casas, López de Neira, González Besada, Limeses, García Vidal, Matos, Nine, Iglesias, Gumersindo Otero, Salgado, Álvarez Jiménez, Pereira, Massó, Prudencio Otero, Aguiar.) 1. Se abrió a las 11 de la mañana y leída el acta de la anterior usó de la palabra el Sr. Álvarez Giménez manifestando su deseo de que fuese rectificada en el sentido de que sí bien había contraído compromiso formal de defender la subvención solicitada por el ayuntamiento de [Pontevedra] esta capital para un Palacio de Justicia, no lo había contraído como diputado por este distrito, sino como diputado provincial. Con esta rectificación fue aprobada el acta. ------ Folla: 31,32 2. El Excmo. Sr. gobernador presidente pone a discusión el voto particular formulado por el vocal de la Comisión de Actas Sr. Pereira en lo relativo a las elecciones de Ponteareas - A Cañiza. El Sr. Pereira reproduce los razonamientos expuestos en el voto y pide a la Diputación un acuerdo conforme con él. El Sr. González Besada ruega a la Presidencia que conste su protesta en contra de la discusión, por que entiende que ésta está fuera de las facultades de la Diputación Provincial. Cita el hecho de que, a pesar de haberse celebrado en idénticas circunstancias y con los mismos plazos y formas, la elección de Vigo - Tui y la de Ponteareas - A Cañiza, es combatida ésta sin que nada se arguya contra aquella, a pesar de que a ninguna de las dos ha precedido declaración expresa de la vacante. El Sr. Iglesias Añino combate la protesta formulada por le Sr. Besada por que entiende que tal protesta es un voto de censura a la Presidencia que ordena la discusión y a la ley que la autoriza, y en cuanto al hecho que cita con extrañeza el Sr. Besada, dice que en la sesión de ayer manifestó que aunque entre la convocatoria y la elección celebrada en el distrito de Vigo - Tui transcurrieron más días que los que la ley señala, no era éste defecto bastante para invalidar el acta aún cuando unido a otros de mayor gravedad podría llegar a serlo. Defiende el voto del Sr. Pereira y sostiene que la vacante de Vigo - Tui fue motivada por la naturaleza de las cosas, pero no así la de Ponteareas - A Cañiza que necesitaba declaración expresa. Rectifica el Sr. Besada, sosteniendo que en su protesta no hay censura alguna para la Presidencia por que aceptando podía y debía someterlo a discusión. Sostiene que la declaración de vacante es innecesaria en la elección de Vigo - Tui como en la de Ponteareas - A Cañiza y termina preguntando al Sr. Pereira cual es el precepto legal que establece la nulidad de las actas por falta de la declaración de vacante. Contesta el Sr. Pereira que ve en la elección de Ponteareas - A Cañiza, un defecto cuya base es la vacante de los cargos de diputados, no declarada la vacante falta el cimiento y claro es que siendo todas las operaciones electorales un todo homogéneas y habiendo defecto de origen en la elección de referencia, debe ser considerada como nula esta elección. El Sr. Besada sostiene que contra ese defecto de origen a que alude el Sr. Pereira se dan recursos gubernativos distintos y anteriores a esta discusión, e insiste en preguntar cuál es el punto legal que declara la nulidad de las actas por falta de la declaración expresa de vacante. El Sr. Iglesias Añino, sostiene que habiendo existido infracción legal en la causa, necesariamente tendrá que ser nulo el efecto. Que se limitan a combatir este como resultado de aquella y que así como han pedido la nulidad de las primeras elecciones celebradas en el mes de diciembre último por atropellos cometidos en las mesas electorales, sin llevar a los Tribunales de Justicia a los presidentes de dichas mesas, así piden ahora la nulidad de las actas de la elección últimamente celebrada, prescindiendo de los recursos gubernativos que se conceden contra los actos del gobernador civil de la provincial. Ponte a votación el voto particular del Sr. Pereira. El Excmo. Sr. gobernador presidente hace notar que el voto no termina pidiendo la nulidad de las actas. El Sr. Pereira lo aclara en sentido afirmativo. El Excmo. Sr. gobernador presidente, pregunta a la Corporación si se aprueba el voto particular formulado por el vocal de la Comisión permanente de actas, Sr. Pereira, que pide la nulidad de las de los diputados electos por el distrito de Ponteareas - A Cañiza, Sres. D. José López Pérez, D. Eladio de Lema, D. Ricardo Senra, y D. José Millán. Señores que dijeron que Sí: Matos, Nine, Iglesias, Otero D. Gumersindo, Salgado, Álvarez Jiménez, Pereira, Massó, Otero D. Prudencio, Aguiar. 10 Señores que dijeron que No: García Vidal, Limeses, González Besada, López de Neira, Martínez Casal, Suárez Cobián, Guerra, Sr. gobernador presidente. 8 Quedan por lo tanto declaradas nulas las actas de los diputados electos por Ponteareas - A Cañiza, D. José López Pérez, D. Eladio Lema, D. Ricardo Senra y D. José Millán. ------ Folla: 32,33 3. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Presupuestos que literalmente dice: "A la Excma. Diputación. La Comisión de Presupuestos ha examinado el proyecto del que el digno presidente de esta Diputación ha formado para el ejercicio próximo de 1891-92; y encontrándolo en condiciones de ser aprobado, lo propone así a la Diputación así como también el que se le autorice para introducir en el mismo las partidas que han sido votadas por la Diputación para varias obras en la parte que corresponde a dicho ejercicio. A fin de que la concesión de subvenciones se haga de un modo regular y con arreglo a la importancia de los municipios que las pidan, contingente con que contribuyen a la Provincia y utilidad de las obras a que se destinen, distribuyéndose entre todos la debida equidad, propone también esta Comisión que se autorice a la Provincial para que formule un proyecto de reglas que sirva de norma en las citadas concesiones y otro proyecto que tienda también a dar impulso a las carreteras provinciales y demás obras públicas de reconocido interés, con el objeto, no solo de favorecer los intereses materiales del país en su industria y comercio en el más breve plazo posible, sino que también, con el de que el personal de obras públicas que la Provincia sostiene, pueda ocuparse con más extensión de las mismas, pues poco importa que éste formule proyectos, si después la Diputación no destina en sus presupuestos las cantidades necesarias para desarrollarlos; ambos proyectos deben presentarse en la primera reunión que se celebre por la corporación a fin de discutirlos y ponerlos en práctica si merecieren ser aprobados. Palacio Provincial, Pontevedra 3 de abril 1891. José Salgado. Juan Martínez, Gumersindo Otero. Lorenzo G. Vidal." El Sr. Aguiar pregunta si se ha hecho la revisión de pensiones de gracia ordenada por el Excmo. Sr. ministro de la Gobernación. El Sr. Salgado contesta que la Comisión de Presupuestos examinó y respetó las consignadas en el proyecto del ordinario para el próximo ejercicio económico para evitar perjuicios a tercero, aplazando el estudio de la manera de limitar las que en lo sucesivo se concedan. Insiste el Sr. Aguiar en que de Real Orden se ordenó hacer la revisión de las pensiones y que si bien es cierto que se acordó rebajar el 10% de las que se venían disfrutando, no lo es menos que se impone como verdadera necesidad el sustituir algunas de dichas pensiones con atenciones y mejoras de utilidad práctica. Propone que se reduzcan todas las pensiones al tipo de las que concede el Estado. Rectifican brevemente los Sres. Salgado y Aguiar. El Excmo. Sr. gobernador presidente pregunta si se aprueba el dictamen de la Comisión de Presupuestos con acuerdo de que se nombre una Comisión que revise las pensiones, y cuyo dictamen se tenga en el ejercicio económico venidero. El Sr. Iglesias Añino propone que la Comisión de Presupuestos o la Comisión Permanente sea la encargada de emitir el dictamen de referencia. El Sr. Martínez Casal sostiene que debe nombrarse Comisión independiente de la permanente y la de presupuestos. El Sr. García Vidal dice que la Comisión Provincial tiene ocupaciones de urgencia y es extraña al asunto que pretende encomendársele. El Sr. Guerra propone que se aplace el nombramiento de la Comisión para la discusión el presupuesto ordinario del ejercicio próximo venidero. El Sr. Iglesias Añino propone que se nombre la Comisión en la primera reunión que celebre la Diputación Provincial. La Corporación acuerda aprobar el dictamen emitido por la comisión de Presupuestos y que en la primera sesión que celebre, se proceda al nombramiento de una comisión que se encargue de revisar las pensiones y dictamen acerca de ellas. Sale del salón el Excmo. Sr. gobernador ocupando la presidencia el Sr. Guerra. ------ Folla: 33 4. Dada cuenta de una instancia de D. Luis Yáñez Lafuente, oficial de contabilidad de la Junta de Instrucción Pública en súplica de que se le conceda una gratificación; y del dictamen de la Comisión de Presupuestos que literalmente dice, se acuerda por unanimidad aprobado. "A la Excma. Diputación. La Comisión de presupuestos, en vista de una instancia de D. Luis Yáñez Lafuente, oficial de Instrucción Pública en la que ruega a la Corporación le conceda algún aumento de sueldo en compensación del descuento que sufre a consecuencia del aumento que se le concedió en años anteriores y le absorbe ahora el Estado, tiene el honor de proponer a la Excma. Diputación le conceda 100 pts más de sueldo a que aproximadamente alcanza dicho descuento. Palacio Provincial, Pontevedra 3 de abril 1891. José Salgado, Lorenzo G. Vidal, Gumersindo Otero." ------ Folla: 33,34 5. Diose cuenta de una solicitud de D. Juan Manuel Rodríguez de Cea en súplica de que se le conceda una subvención para la publicación de un libro titulado "Notas sobre montes, ríos, valles, puertos, fondeadores y más vías de comunicación en provincia de Pontevedra"; y del dictamen de la Comisión de Biblioteca que literalmente dice: :A la Excma. Diputación Provincial. La Comisión de Biblioteca ha examinado la pretensión de D. Juan Manuel Rodríguez de Cea y vistas las razones atendibles que expone propone a la Excma. Corporación se sirva concederle una subvención de 500 pts con obligación de entregar 100 ejemplares de la obra impresa. Pontevedra 3 de abril de 1891. Augusto G. Besada, Lorenzo G. Vidal." ------ Folla: 34 6. Fue aprobado por unanimidad el dictamen de la Comisión de Fomento que dice: "A la Excma. Diputación. La Comisión de Fomento ha examinado el adjunto proyecto de reforma del título 2º y ampliación de las ordenanzas municipales del término de A Estrada y hallando aceptable dicha reforma toda vez las disposiciones que en su articulado se consignan responden a la reglamentación de los servicios de Policía Urbana y Rural de aquel distrito que el Ayuntamiento considera de todo punto necesaria, propone a la Corporación Provincial se sirva acordar que se devuelva dicho proyecto con informe favorable, al Excmo. Sr. gobernador. Palacio Provincial de Pontevedra 3 de abril de 1891. Augusto G. Besada, Bernardo S. Cobián López, Camilo Pereira." ------ Folla: 34 7. También fue aprobado por unanimidad el dictamen de la Biblioteca que literalmente dice: "A la Excma. Diputación Provincial. La Comisión de la Biblioteca ha examinado la instancia de Dª Filomena Dato Muruais, en súplica de adquisición de ejemplares de una obra literaria titulada "Follatas"; y considerando que en cierto modo es un deber de las Corporaciones populares proteger el movimiento literario de la región, propone a la Diputación Provincial la adquisición de 50 ejemplares de la citada obra al precio de 3 pts cada una. Palacio Provincial de Pontevedra 2 de abril 1891. Augusto G. Besada, Emilio Álvarez Jiménez, Lorenzo G. Vidal." ------ Folla: 34 8. Dado cuenta de la solicitud de las señoras que forman la Corte de Nuestra Señora de Lourdes en súplica de que se le conceda una cantidad para la limpieza y hermoseamiento del ábside de la capilla mayor de San Francisco de [Pontevedra] esta ciudad, la Diputación acuerda por mayoría conceder al objeto solicitado una subvención de 125 pts. El Sr. Otero D. Gumersindo pide se haga constar su voto en contra". Se levantó la sesión señalando para la inmediata la hora de 7 de la noche. ------

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