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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1872-11-08_ Ordinaria.. Acta de sesión 1872/11/08_ Ordinaria.
Acta de sesión 1872/11/08_ Ordinaria.
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/3.1872-11-08_ Ordinaria.
Título Acta de sesión 1872/11/08_ Ordinaria.
Data(s) 1872-11-08 (Creación)
Volume e soporte Follas, 19-20.
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Abierta la sesión se leyó el acta de la última y fue aprobada. Enterada de una exposición de D. Salvador Barros, concejal del Ayuntamiento de Redondela manifestando que el certificado que se le ha expedido por el Secretario del Ayuntamiento en virtud de orden, a su parecer de esta Comisión, no comprende lo que comprender debiera, porque según entiende debió haber sido arrendatario de arbitrios del año último alguno que ejerce funciones de Concejal y que es posible sea deudor a los fondos del Municipio, infringiéndose además el articulo 147 de la ley Municipal, se acuerda oficiar al Alcalde para que remita certificaciones del acta de remate de los arbitrios, de los deudores que resulte por ellos y del acuerdo tomando recientemente por la Municipalidad sobre los pagos. Enterada de otra exposición de D. Juan Tapias y otros vecinos de Vigo quejándose de la inercia que observan en el Alcalde y Ayuntamiento de proteger los derechos de los que hablan perjudicados notablemente con la construcción de la vía férrea la cual por falta de una rampla deja interceptado el camino vecinal de que se sirven para el paso de unas fincas de su propiedad, se acuerda pasarle al Sr. Gobernador para que en uso de sus atribuciones resuelva lo que considere justo. Paso a informe de la Junta Provincial de instrucción primaria una solicitud del maestro de la escuela de Sárdoma en el distrito, Municipal de Vigo quejándose del Ayuntamiento por que le rebajó su dotación. D. Juan Pérez y demás empleados de Sanidad marítima de Vigo solicitan se les abone el aumento de sueldo a que tiene derecho desde que se declaró puerto de 1ª clase el expresado de Vigo, cuya obligación debe abonarles el Ayuntamiento según se dispone en el Real Decreto de concesión, se acuerda que informe el Ayuntamiento y remita copia del decreto citado. Visto el expediente instruido a instancia de D. Joaquín Rodríguez Padilla y D. Antonio Martínez Maestros respectivamente de las escuelas de Armenteiro y Meis, en el distrito de este nombre quejándose del Ayuntamiento y Junta Municipal porque les rebajó sus sueldos: Vistos los informes del Ayuntamiento y Junta provincial del ramo: Considerando que es obligatorio este servicio según lo terminantemente dispuesto en el articulo 27 de la Ley Municipal, e Instrucción de 9 de Noviembre de 1867, se acuerda devolver al Ayuntamiento el presupuesto para que incluya en él por completo la dotación de los Maestros. Visto el expediente acerca de la Casa Escuela de Nigrán que se intenta enajenar y apareciendo que en el archivo municipal existe un documento referente a la fundación de esta escuela, el cual no es posible orille las dificultades de actualidad, se acuerda pasar el expediente a informe de la Junta Provincial de instrucción primaria, además de remitir el Ayuntamiento el documento o sea la fundación. Habiendo rebajado la Junta Municipal de A Lama el inquilinato que por ella se paga acudió en queja D. Francisco Touriño, Maestro de la misma, y se acuerda que el Ayuntamiento informe en el plazo de 6 días. Visto el expediente instruido a instancia de D. Benito Francisco y Domínguez quejándose del Ayuntamiento y Junta Municipal de A Cañiza, porque rebajó a los Maestros de las escuelas mitad de la consignación del material de ellas; vistos los informes del Ayuntamiento y Junta provincial del ramo, se acuerda devolver el presupuesto al Ayuntamiento para que incluya en él toda la dotación de material de escuelas en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Municipal e Instrucción de 9 de Noviembre de 1867. Paso a informe del Sr. Ingeniero Jefe de caminos provinciales una instancia de Manuel Radio vecino de Noalla reclamando la indemnización de una finca de su propiedad ocupada con el camino de Touticeira. A la consulta que hace el Alcalde de Borbén acerca del padrón de vecinos, se acordó contestarle que tenga por tales a los que sean cabeza de familia y considerando a los demás residentes como domiciliados y emancipados según su edad y otras circunstancias. Ha quedado sin curro por falta de objeto la solicitud de D. Antonio Lage pidiendo una plaza de Director de caminos, que no está acordada aun. Vista la nota de precios de las especies de suministros a las tropas en los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre, que ha remitido la Comisaría de Guerra, se aprueban. Visto el expediente sobre la construcción del camino de Lalín a Carballiño, cuyo segundo trozo presenta graves dificultades para su ejecución, se acuerda que se estudien nuevamente los trozos segundo y tercero procediéndose inmediatamente a su ejecución y proyecto con la mayor urgencia posible. Siendo pasadas las horas de Reglamento, se levantó la sesión.
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Nota