ATOPO
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Acta de sesión 1872/11/21_ Ordinaria.

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/3.1872-11-21_ Ordinaria.

  • Título Acta de sesión 1872/11/21_ Ordinaria.

  • Data(s) 1872-11-21 (Creación)

  • Volume e soporte Folla, 27.

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Abierta la sesión y leía el acta de la anterior fue aprobada. Se enteró la Comisión del Telegrama del Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación que se ha servido trasladar el Sr. Gobernador con fecha de ayer autorizándolo para suspender de acuerdo con esta Comisión, las elecciones parciales de Diputados provinciales, a fin de que, no sufran entorpecimiento ni atraso las operaciones de la quinta, y se acuerda manifestar a V.S. que, en concepto de esta Corporación puede suspender las expresadas elecciones el tiempo que considere preciso. Dado cuenta de la queja de agravios interpuesta por Miguel Rodríguez y otros industriales de Tomiño por la cuota que para gastos municipales les impueso, y considerando que además de no aducir ninguna prueba los interesados que confirme su aserción, lo determinado por el Ayuntamiento está conforme con el párrafo 2º, regla 1ª del articulo 132, de la Ley Municipal y Real Orden de 4 de Octubre último, se confirma el acuerdo del Ayuntamiento, y en su virtud se desestima la alzada interpuesta por los interesados a quienes se hará saber esta providencia para lo que pueda convenirles. Visto el expediente sobre rescisión del contrato de arrendamiento del arbitrio municipal de pasaje, por la barca de Mourentán en el distrito de Arbo, del cual resulta que sin audiencia del arrendatario, se separó el Ayuntamiento bajo el pretexto de que no había garantizado el contrato ni había pagado las mensualidades vencidas, de cuya providencia se alza el expresado arrendatario; considerando que además de esto adjudicó el arriendo dicho Ayuntamiento sin formalidad de ningún género, en 4 de Septiembre a Matías Gil, se deja sin efecto este acuerdo y se retrotae el asunto a la fecha de 1º de Septiembre, quedando por ahora vigente el arriendo hecho legalmente a favor de José Benito Álvarez, a quien el Alcalde hará citar en forma para que, con presencia del sindico haga pagar las mensualidades vencidas y garantice el contrato según lo estipulado en el pliego de condiciones, advirtiéndole también los descargos que tenga por conveniente hacer y de ellos dará cuenta al Ayuntamiento para que resuelva las cuestiones que lleguen a suscitarse y si no hubiese conformidad resuelva el expediente a esta Comisión, caso de interponerse apelación. Dado cuenta de una instancia de D. Juan Manuel Iglesias y D. Juan Antonio Martínez, Alcalde que han sido de Tomiño en los años de 1869, 70 y 71 en los cuales hubieron necesidad de pagar, sin exigir recargos a los contribuyentes a fin de pagar las costas del comisionado y pluses a la tropa, los cuales no quiere aprobar ahora el actual Ayuntamiento y por esta razón acuden en queja a esta Comisión para que se sirva poner remedio al conflicto, se acuerda que pase al Ayuntamiento a fin de que con la Junta de asociados y oyendo a los interesados resuelva la cuestión. Siendo pasadas las horas señaladas para las sesiones se levantó la de este día.

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  • Nota

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