ATOPO
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Acta de sesión 1873/11/14_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/4.1873-11-14_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1873/11/14_Ordinaria

  • Data(s) 1873-11-14 (Creación)

  • Volume e soporte Follas, 478-487.

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Abierta la sesión a la hora acostumbrada se leyó el acta de la última y ha sido aprobada. Vista una instancia de D. Manuel Fernández y D. Antonio Sanjurjo vecinos de Vigo solicitando se les conceda un trozo de terreno comunal correspondiente al Ayuntamiento de Vilaboa, el cual se halla contiguo a las marismas que les fueron concedidas por el Gobierno, se acuerda prevenir al Ayuntamiento devuelva la instancia para su informe que se le pasó en 30 de Agosto último. Dado cuenta en vista pública de la alzada interpuesta por D. José Terrón a nombre de Don Ramón Sanjurjo Pardiñas contra un acuerdo del Ayuntamiento de O Grove por haberle cargado en el repartimiento municipal mayor suma de la que le correspondía y resultando que la instancia fue producida extemporáneamente se confirma el acuerdo del Ayuntamiento quedando a salvo al interesado su derecho para ejercitarlo en donde viese convenirle. Dado cuenta en vista pública de la reclamación que ha hecho Manuela González contra una providencia del Ayuntamiento de Vilagarcía por la que se le impone la obligación de pagar al arrendatario de arbitrios el triple de los derechos por suponer que clandestinamente un jarro con aceite y no hallándose justificado suficientemente que el bulto o cesta contuviese artículos de consumo sujetos al pago de arbitrios, ni su clase y cantidad, ni aun la aprensión del artículo, se revoca la providencia del Ayuntamiento sin perjuicio de que el alcalde en uso de sus atribuciones imponga a la criada de Teresa Millán que conducía la cesta, la concesión que corresponda por la resistencia que opuso al reconocimiento de aquella. Vista el acta que contiene el acuerdo tomando por la Junta municipal de Pazos de Borbén sobre presupuestos en la que manifiesta la mayoría de esta que se carece de recursos para atender a las obligaciones municipales y que por lo tanto debía suprimirse el Ayuntamiento se acuerda oficiar al Alcalde para que estreche a la Junta municipal dentro de las atribuciones que la ley le concede, para que no concretando los recursos o solo el repartimiento arbitre otros dentro de la misma ley para con ellos cubrir las atenciones municipales, sin perjuicio de continuar su curso las instancias en que se pide la disgregación de algunas parroquias, cuyos habitantes desean anexionarse a otro municipio. Dado cuenta de dos instancias de los vecinos de la parroquia de Pazos y Amoedo en el distrito municipal de Pazos de Borbén pidiendo su traslación al de Redondela, se acuerda pasarles a informe de aquel para los efectos de los artículos 5º y 6º de la ley municipal. Visto el parte que da el Conserje de este palacio provincial manifestando que parte del tejado se halla deteriorado y por esta razón las lluvias causan graves perjuicios a los ciclorases, se acuerda que el Contador de acuerdo con el Arquitecto reconozcan el tejado y resultando cierto lo que asegura el Conserje que procedan a formar el presupuesto muy económico de la reparación y disponer la ejecución de las obras. Se acuerda a instancia de D. Ramón Peinador, expedirle una certificación que solicita sobre análisis de las aguas minero medicinales de Mondariz como también de diferentes obras ejecutadas en las mismas. Se acuerda también someter con apoyo a la resolución de la Diputación provincial el Reglamento de Peones camineros, proponiendo que en lugar de los 6 y 7 reales que propone el Ingeniero para el haber diario de peones y Capataces, sea el 5 y 6 reales respectivamente. También con apoyo se pasa a la resolución de la Corporación provincial el Reglamento para la conservación de los caminos provinciales. Visto el expediente sobre ejecución por créditos a los fondos provinciales que adeuda el Ayuntamiento de Xeve, y resultando que el Juez municipal con pretextos que no están en la ley vuelve a negarse a autorizar los embargos, se acuerda de conformidad con lo propuesto por la Contaduría y en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 25 de la Instrucción de 3 de Diciembre de 1869 poner este hecho en conocimiento del Fiscal de la Audiencia para lo que proceda. Vista la comunicación del Juez de Tui pidiendo noticias sobre los fundamentos en que se apoya la solicitud contra la concesión de terreno comunal hecha a favor de Lorenza Giráldez vecina del distrito de Oia se acuerda contestarle que estando este asunto sometido a la Diputación provincial a esta compete apreciar los fundamentos de la reclamación, siendo por lo tanto asunto extraño a esta Comisión. Visto un oficio del Alcalde de Cambados, manifestando que el Comisionado de apremio que ha ido a aquel distrito no anduvo en acto al dar parte de que no fuera satisfecho de sus dietas; se acuerda trasladarlo a dicho Comisionado. Se acuerda que se expida el certificado que solicita D. Manuel Veida acerca de que fue uno de los pretendientes según lo solicite. Visto un oficio del Ingeniero Jefe proponiendo que con las modificaciones que indica se aprueba el expediente sobre la construcción del camino de Ponte Caldelas a A Cañiza, se acuerda aprobarlo como lo propone dicho Ingeniero, y que se proceda al replanteo, dando las oportunas ordenes al contratista general. Dado cuenta de una comunicación del Secretario general del Ministerio de la Gobernación en la que pide que la Diputación señale un local para almacén de útiles de Telégrafos, se acuerda contestarle negativamente por carecer de él la Diputación, la cual solo dispone de las habitaciones puramente indispensables para su servicio. Se acuerda someter a la resolución de la Diputación un oficio del Director de la Universidad de Santiago en que pide alguna subvención para atender al gasto que origina el aumento de varias asignaturas muy convenientes en dicho establecimiento. Vista la reclamación del contratista general de caminos para que según condiciones, se le abone el importe de los estudios de los caminos de Bora a Cangas de Vilanova a Pontearnelas, y de Redondela a Fornelos que asciende en total a pesetas 31.430,85, se acuerda que se le abonen así como que el mismo contratista con arreglo a la condición 17 depositó en garantía 20.292 pesetas 74 céntimos a que asciende el 5% de la cantidad que importan los presupuestos de dichos caminos. Visto el expediente de expropiación de terrenos ocupados con el camino de Caneira a Arbo en el trozo comprendido entre la plaza de la Caneira y el perfil transversal nº 174 se aprueba y se acuerda pasarlo al contratista general para su pago debiendo presentarlo en su día para que se le de en su equivalencia el papel correspondiente. Dado cuenta de un oficio del Ingeniero Jefe consultando de que fondos pagarse los gastos de reparación del camino de esta Capital a Ponte Caldelas, se acuerda someter este asunto a la aprobación de la Diputación informándole que puede sufragarse el gasto con la partida consignada en presupuesto para obras locales o con el sobrante de otros capítulos. Se acuerda oficiar al Contratista de caminos para que proceda a ultimar los estudios en totalidad de los caminos de primer turno remitiéndole nota de los que así están clasificados. Vista una instancia del Maestro de Siador en el distrito de Silleda, D. Francisco Lorenzo quejándose del Ayuntamiento porque a pesar de las ordenes que se le tienen comunicado no le ha pagado, se acuerda prevenirle y amonestarle que lo ejecute en el plazo de diez días. Vista la certificación de las obras ejecutadas en el mes último en el camino de Tui al Crucero de las Patas se aprueba y se acuerda que pase a la Contaduría para su pago que importa 5.284 pesetas 26 céntimos. Visto el expediente de expropiación de terrenos comprendidos en el trozo 1º del camino de Vilanova de Arousa a Puentearnelas pro valor de 14.252 pesetas 98 céntimos, se aprueba y se acuerda pasarlo para su pago el contratista de caminos, encargándole que en su día lo entregue a esta Comisión para darle en equivalencia el papel correspondiente con arreglo a las condiciones de la contrata. Enterada de las certificaciones de las obras ejecutadas en el mes de Octubre último en el camino de Porranes a Puentevea y de los agotamientos se aprueba y se acuerda que pasen a la Contaduría para su pago que importan 4.299 pesetas 80 céntimos las obras, y 283,14 los agotamientos. Dado cuenta de la certificación de las obras ejecutadas en el mes anterior en el camino de Sanxenxo a Caldas, se aprueba y se acuerda que pase a la Contaduría para su pago que asciende a pesetas 408,31. Vista la certificación de las obras hechas en Octubre último en el camino de Ponteareas a Setados, se aprueban acordándose que pasen a la contaduría para su pago que importa pesetas 7.496,94. Vista la certificación de las obras que se ejecutaron en el mes último en el camino de Tui a Caldelas en el trozo 3º se aprueban acordándose que pase a la Contaduría para su pago que asciende a pesetas 4.143,35. Se acuerda oficiar al Ingeniero Jefe para que disponga lo conveniente a fin de que se ejecute el replanteo del camino de Redondela a Fornelos, poniendo esto en conocimiento del Contratista general para los efectos que procedan. Dado cuenta del expediente de expropiación de terrenos ocupados con el camino de Ponteareas a Cangas en los 2.839 metros primeros, importante 12.524 pesetas 67 céntimos, se aprueba y se acuerda que pase al Contratista general para su pago devolviéndolo después para que en equivalencia se le entregue el papel que corresponda. Vistas las certificaciones de las obras ejecutadas en el mes de Octubre último en el camino de esta Capital a Ponte Caldelas, se aprueba como también el importe de los agotamientos y se acuerda pasarlo a la Contaduría para su pago que asciende la primera a 3.153 pesetas 78 céntimos y la de los agotamientos a 1.314,30. En este acto se levantó la sesión, cuya acta firman los Señores presentes.

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