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Acta de sesión 1875/02/11_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.105/1.1875-02-11_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1875/02/11_Ordinaria

  • Data(s) 1875-02-11 (Creación)

  • Volume e soporte Follas, 19-21

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior fue aprobada. Vista la liquidación practicada por la Contaduría del saldo que se adeuda al contratista de las obras del cuarto trozo del camino de A Estrada a Ponteareas importante 9.828 pesetas 48 céntimos y teniendo presente que por resolución de la Diputación de 6 de Noviembre del año último se mandó abonar por los fondos de la provincia en concepto de aumento de subvención la cantidad que se adeudase a dicho contratista, se acuerda aprobar dicha liquidación y que se pase a la ordenación de pagos para su abono según el estado de fondos lo vaya permitiendo, teniéndose por persona hábil y legal para percibir el indicado saldo a D. Telesforo Fonseca García lo que adquirió del contratista según resulta de escritura judicial que se acompaña. De conformidad con lo opinado por el Negociado se acuerda pasar a la Administración económica de la provincia el expediente instruido a instancia de D. Benito Salgado sobre pago de consumos del Ayuntamiento de Caldas. Se acuerda remitir a cada uno de los Ayuntamientos de la provincia en donde haya caminos con peones pagados por la misma un ejemplar de los Reglamentos para conservación y policía de los mismos, archivándose el resto para irlos distribuyendo a medida que se establezcan nuevos peones en los demás en construcción hoy. Entréguese además otro ejemplar a los peones nombrados con esta fecha. Visto un oficio del Ingeniero Jefe al que acompaña una solicitud del sobrestante D. Isidoro Gonsende pidiendo en ella una licencia temporal por 15 días para arreglar asuntos temporales y atender a su salud, se acuerda concederla encargándole que si en menos tiempo puede despachar sus asuntos particulares y su salud si lo permitiese, se presente en la oficina, toda vez que la premura del servicio exige la mayor economía en la duración de las licencias temporales. Vistas las solicitudes presentadas en el plazo legal pidiendo las seis plazas de peones - camineros provinciales que fueron anunciadas en el Boletín de 31 de Diciembre último de conformidad con lo propuesto por el Ingeniero Jefe se nombran peones - camineros a Baltasar Pazos de S. Jorge de Sacos, el cual se destinará al 1º trozo del camino de D. Mauro a Ponte Caldelas, y a José García Cortegoso vecino de Salcedo, Bernardo García Rivero, Quirino Piñeiro, Leandro Rey y Rey y Lorenzo Carbajal Munteserin quienes serán destinados a los caminos que correspondan por dicho Ingeniero dando cuenta a la Diputación provincial. Dado cuenta de una comunicación de D. Ramón Mosquera Montes, Interventor y Representante de esta provincia cerca del Gran Hospital de Santiago participando que a pesar de las ordenes que al Administrador se comunicaron resiste pasivamente darle posesión y por lo mismo pide que se le prevenga lo ejecute inmediatamente, se acuerda que así tenga efecto, advirtiéndole que en otro caso se suspenderán los pagos y se dará cuenta a la Diputación para que resuelva lo que considere justo. Visto lo que al Secretario de esta Corporación manifestó el Portero mayor, D. José del Monte diciendo que los gastos de Secretaría tienen el déficit de 1.000 pesetas a causa del gasto de papel sellado que se consumió en las actas de quintas con motivo de las tres Reservas del año último y por lo tanto solicita que se le faciliten fondos aunque sea interinamente a reintegrar con un descuento en la consignación mensual; y considerando que efectivamente esto debe ser exacto puesto que se han redactado cinco tomos de actas y a fin de evitar que por falta de recursos se resienta el servicio, se acuerda pasar una orden a la Depositaría para que facilite al Secretario 3.000 reales a calidad se reintegre descontando de la consignación de 200 reales mensualmente. Enterada esta Comisión de un oficio del Juzgado de 1ª instancia de Tui manifestando que para un asunto de justicia necesita que se le facilite certificación del inventario y apéndices que debió remitir el ex-Secretario del Ayuntamiento de Oia, se acuerda contestarle que no obrando en el archivo de la Diputación dichos documentos por no haberlos remitido el Alcalde que no es posible facilitarle el certificado que solicita. Se aprueba la nota de precios medios para el suministro de las tropas en el tercer trimestre del corriente año económico cuya nota ha remitido el Señor Comisario de Guerra. Dado cuenta del expediente instruido por el Ayuntamiento de A Guarda sobre arranque de vallas o estacadas colocadas en el punto de Pasaje de Camposancos para dejar libre y expedita la vía pública y resultando que por el tiempo que llevan de existencia dichas estacadas, se declara que el Ayuntamiento de A Guarda al acordar y el Alcalde al ejecutar la providencia por la que se dispuso el derribo de la valla que cerraba el terreno que D. Domingo Español viene poseyendo pacíficamente por más de un año y un día, han obrado con notoria incompetencia sin perjuicio del derecho que al Ayuntamiento asiste para revindicar y defender ante los Tribunales de justicia los derechos del común y las servidumbres públicas cuya defensa y mantenimiento le está por las leyes encomendado. Vista la comunicación del Sr. Gobernador trasladándola que a S.E. pasó el Alcalde de Ribadumia alzándose para el Ministerio de la Gobernación de una providencia de esta Comisión provincial suspendiendo los procedimientos contra el ex-recaudador D. Juan Núñez Germade, se acuerda 1º que se devuelva el Señor Gobernador de la provincia la solicitud documentada pro el Alcalde y Ayuntamiento de Ribadumia le ha remitido y que se sirva pasar a informe de esta Comisión, manifestándole que a juicio de la misma, el recurso por dicho Ayuntamiento entablado no está en el caso de cursarlo toda vez que la providencia apelada ni tiene el carácter de definitiva ni es de las que causan estado: y 2º declarar incurso al Alcalde en la multa de treinta pesetas y a los Regidores que con dicho Alcalde tomaron el acuerdo de 31 de Diciembre último D. José Antonio Casal, D. Manuel Martínez, D. Juan Vázquez, D. Ramón Fernández, D. Antonio Feijóo y D. Manuel Lede en la de 15 pesetas cada uno y cuyo pago realizarán en el plazo de doce días y en papel competente transcurrido el que habrán de satisfacerla con el apremio correspondiente. Se levantó la sesión.

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