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Acta de sesión 1876/09/04_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.106/1.1876-09-04_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1876/09/04_Ordinaria

  • Data(s) 1876-09-04 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 59,60v

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior fue aprobada. Dado cuenta del expediente que el señor gobernador civil de la provincia ha pasado a informe de esta Comisión en virtud de lo dispuesto en una orden de la Dirección general de administración de fecha 8 de agosto último, sobre imposición de arbitrios no grabados por la tarifa de la ley de presupuestos es muy cierto que el ayuntamiento tiene necesidad de echar mano de estos artículos en la imposibilidad de recargar mas de lo que esta ya el ramo de vino del país verdadero chacolí, a no exponerse a matar la industria vinícola sin que tampoco pueda apelarse al recargo sobre las cuotas de consumo que por su insignificancia no evitarían en ningún caso el déficit del presupuesto municipal en su virtud entiende que en su concepto es aceptable la nueva tarifa que se remite a informe si bien suprimiendo el impuesto sobre haces de leña, tojo y carrasca, cestas de piñas, huevos y requesones; y que a otras especies como son las perdices, liebres, conejos, capones, gallinas y otras aves mayores y menores carreta o carretón, especies de todas clases, y la arroba de hierba seca, se les fije el artículo que devengan en armonía con la moneda actual de cobre. Vista la solicitud documentada que produjo el regidor síndico del ayuntamiento de Nigrán denunciando graves abusos en la administración de fondos municipales y otros servicios, que se dicen cometidos por el actual alcalde; y Considerando que para adoptar sobre el asunto las providencias que haya llegar se hace indispensable inspeccionar el estado de los servicios, cuentas y archivo del citado ayuntamiento. Se acuerda de conformidad, con las facultades que a esta Comisión confiere el articulo 73 de la ley provincial nombrar comisionado para girar dicha visita de inspección al dependiente de esta Comisión oficial destinado a la biblioteca provincial D. Juan Álvarez con las dietas de diez pesetas diarias que serán reintegradas por quien resulte haber dado margen a dicha visita, sin perjuicio de que por de pronto se pague por cuenta del fondo municipal. Que al efecto se pasen a dicho empleado la solicitud y documentos de que ha hecho mérito, a fin de que partiendo inmediatamente al distrito de Nigrán, proceda a la referida visita , consignando por diligencias suscritas respectivamente por el Alcalde y Ayuntamiento que resulte sobre los hechos denunciados; y terminada que sea dicha visita devuelva a esta Comisión la solicitud referida y diligencias en su virtud practicada con el informe prevenido en el 2º párrafo de citado artículo 73 con el fin de que no quede el servicio de la biblioteca desatendido durante la ausencia de este empleado, se encargue de que lo desempeñe el auxiliar de esta secretaría D. Román Pintos a quien se de la orden conveniente. Vista la contestación dada por el depositario de los fondos provinciales a los reparos notados por la Contaduría a la cuenta provincial del año 1871-72 acerca de los que se providenció lo conveniente en la sesión de 31 de julio último, se acuerda que, con las cuentas, vuelva a la contaduría para los efectos que procedan. Rectificada la cuenta de las estancias devengadas en el manicomio de San Bandilio por los dementes de esta provincia en el mes de junio último cuyo importe asciende ahora a pesetas 562,50, se acuerda que se pague como lo propone la contaduría si lo permite el estado de los fondos, a juicio del Sr. Ordenador de pagos. Igualmente se aprueba y manda pagar en la forma de la cuenta anterior la del mismo manicomio correspondiente al mes de julio importante pesetas 583,75. Se conceden 15 días de licencia al oficial de esta secretaría don Joaquín Rivadulla para atender a su salud, debiendo el mismo dar parte del día en que principia a usarla. Vista la nota de precios medios correspondientes al 1º trimestre del corriente año remitirá por la comisaría de guerra, se acuerda aprobarla y que se publique en la forma acostumbrada. Se señala el día 18 del actual para la vista pública de un asunto de O Grove. Se acuerda pasará informe del Ingeniero Jefe la reclamación que produjo D. Manuel Amor Pintos vecino del distrito de Barro sobre arbolado que tiene cerca de la carretera de Paradela a Pontevea. Dado cuenta de una queja producida al Ayuntamiento de Setados por D. Antonio Vigo en razón de que en el arriendo de arbitrios municipales no se observaron las prescripciones legales, se acuerda devolver el expediente al Alcalde para que disponga que el ayuntamiento resuelva el asunto y notifique al interesado de la resolución para los efectos que le convengan. Se señala el día 18 del actual para la vista pública de un asunto de Pontesampaio. Vista la alzada interpuesta por varios vecinos de Olives y Pardemarín contra el Ayuntamiento de A Estrada por haber dado orden para la desaparición del ganado lanar y cabrío y tomando en cuenta las consideraciones expuestas pro el Negociado en dictamen de 1º de julio último. Considerando además que dicho ganado lanar y cabrío, cuya expulsión de aquellas parroquias es atentatorio al derecho de propiedad toda vez que si cometiere daños medios hay en el libro 3º del código penal para corregirles, se revoca el acuerdo del Ayuntamiento de A Estrada. Dado cuenta de las ordenanzas municipales del ayuntamiento de O Grove, se acuerda aprobarlas y que se remitan al señor gobernador para los efectos del artículo 71 de la ley provincial. Enterada de la certificación duplicada de las obras ejecutadas en el mes último en el camino provincial. Enterada de la certificación duplicada de las obras ejecutadas en el mes último en el camino provincial de Paradela a Pontevea sección de Baliñas a Mane importantes pesetas 2.694,71 se acuerda aprobarla y que pase a la ordenación de pagos para los efectos correspondientes. Se acuerda pasar a informe del ingeniero jefe una instancia remitida por el señor gobernador de D. José Groba y D. José Fernández vecinos de Meder sobre construcción de un caño y un muro de sostenimiento en el camino de Ponteareas a Setados. Con lo cual se levantó la sesión.

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