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Acta de sesión 1903/09/22_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/3.1903-09-22_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1903/09/22_Ordinaria

  • Data(s) 1903-09-22 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 88 v,89 v

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior, fue aprobada. Por el juzgado municipal de Ponteareas, se iniciaron diecisiete juicios verbales contra D. José Ramón Alonso, vecino de Salvaterra, por obstruir con carruajes sitios públicos. Y visto que D. Juan Ramón Alonso, acuerde al gobierno de provincia en súplica de que se requiera de inhibición en 11 de los juicios suscitados al juzgado de instrucción de Ponteareas, en donde obran en apelación y en otros 6 al municipal, sobre cuya pretensión reclama informe el Sr. Gobernador Civil. Esta Comisión, considerando que el cuidado de la vía pública en general es de la exclusiva competencia de los ayuntamientos, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 72 de la ley municipal y que la falta por que se persigue al D. José Ramón Alonso, caso de existir, constituiría una infracción de las ordenanzas municipales, cuyo castigo corresponde a la administración, según el artículo 77 de la ley municipal citada, mas nunca la prescrita en el artículo 599 del código penal, como terminantemente lo estatuyó el R.D. de 30 de julio de 1896 al resolver un expediente de competencia análogo al presente; por cuya razón es preciso declarar que los procedimientos iniciados por el juzgado municipal de Ponteareas invaden la competencia de la administración. Vistos los artículos 2º y 5º del R.D. de 8 de septiembre de 1887, 72 y 77 de la ley municipal y el R.D. de 30 de julio de 1896. Se acuerda proponer al Sr. Gobernador, requiera de inhibición a los juzgados de 1ª instancia y municipal de Ponteareas, en los términos solicitados por D. José Ramón Alonso. Vista la nota de precios medios a suministros facilitados por los pueblos de esta provincia fuerzas del Ejército y Guardia Civil, durante el mes de la fecha. Se acuerda aprobarla. Publíquese en la forma acostumbrada. Vista una cuenta que presenta el jardinero provincial, de gastos originados en los jardines de este palacio, importante 136 pesetas, se acuerda aprobarla y satisfágase su importe. Visto que el Sr. Gobernador Civil de esta provincia participa que al constituirse la Junta provincial de Sanidad, acordó que continuase como oficial agregado a la secretaría, el Sr. D. Torcuato Ulloa Varela, que venía actuando como secretario. Se acuerda que se continúen librando a nombre de D. Torcuato Ulloa las cantidades que de antiguo venía percibiendo, como asignadas al material de la Junta Provincial de Sanidad. Se levantó la sesión.

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