ATOPO
Registros actuales: 1.625.393
Objetos digitales disponibles: 504.762

Acta de sesión 1913/09/20_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.125/1.1913-09-20_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1913/09/20_Ordinaria

  • Data(s) 1913-09-20 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 32 1. Presidencia del Sr. Casas (D. Carlos). Vocales Señores: Senra, López Boullosa, Sequeiros, Otero (D. Prudencio), Taboada. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. Visto el recurso de alzada interpuesto en tiempo por D. Julián Lago Cordero, vecino de Vigo, contra un acuerdo del Ayuntamiento de aquella ciudad que adoptó en la sesión de 30 de mayo último, resolviendo instancia de aquel interesado que solicitaba licencia para reparar desperfectos de una casa de planta baja de su propiedad, señalada con el número 10, en el lugar del atrio, de la parroquia de Coia. Resultando que el ayuntamiento de Vigo después de oír su comisión de obras y de examinar la instancia y planos resolvió en el sentido de que se conceda licencia para reconstruir su repetida casa, debiendo sujetar la alineación de la fachada a las condiciones que en el acuerdo se citan, con el cual no se conformó el recurrente pidiendo su revocación alzándose para ante el Sr. Gobernador. Considerando que por lo expuesto tiene razón de ser la pretensión del Sr. Lago en defensa de sus derechos y que el Gobernador como superior jerárquico de los ayuntamientos puede entender en este asunto y ponerle término en la vía gubernativa con la prudencia que dicte, la Comisión de acuerdo con el informe de la ponencia y por las demás consideraciones que constan en el mismo, acuerda informar al Sr. Gobernador Civil que procede estimar el recurso de alzada de D. Julián Lago en los términos que lo plantea y consiguientemente revocar el acuerdo del Ayuntamiento de Vigo en la parte que imponía al peticionario la determinada alineación de su casa número 10 en Coia, pudiendo repara ésta dentro de los límites de su propiedad en la forma con que ha dado comienzo a la obra. ------ Folla: 32 2. Se dió cuenta del expediente de información pública instruido con el Gobierno Civil acerca de las tarifas que han de regir en los puertos de Cesares, Carril, Vilagarcía, Cambados, O Grove, Cangas, Baiona y A Guardia redactadas por la Jefatura de obras públicas para la carga y descarga de mercancías. Resultando que durante el percibo de información pública en el B.O. de 19 de abril último se interpusieron dos reclamaciones, una del ayuntamiento de Valga, solicitando se rebaje a veinte céntimos de pesetas los treinta que por desembarque de tonelada se señalan a los 1.000 kilos de sal común, y otra por la Cámara de comercio de Vilagarcía, interesando se dejen sin efecto tales impuestos por no invertir en aquel puerto obras realizadas por el Estado para las operaciones mencionadas, la Comisión conforme con el Negociado y por las consideraciones que se consignan en el dictamen, acuerda informar a la superioridad en el sentido de que procede prestar aprobación a las tarifas redactadas por la Jefatura de obras públicas, teniendo en cuenta las atendidas consideraciones expuestas por el ayuntamiento de Valga, solicitando la rebaja de diez céntimos de peseta en los mil kilos de sal. ------ Folla: 32,33 3. Y por último se enteró del expediente que el Sr. Gobernador Civl, remite a informe de esta Comisión relativo a la jubilación del Secretario del Ayuntamiento de Baiona, D. Luis Gil Lorenzo. Resultando que la expresada Corporación en sesión de 31 de agosto último acordó por unanimidad jubilar por imposibilidad física al Secretario de la misma con el pensión anual de mil pesetas. Considerando que por R.O. de 23 de diciembre de 1890 se reitera lo dispuesto en el R.D. obligando a los Ayuntamientos a su estricto cumplimiento, la concesión conformándose con lo propuesto por el Negociado, acuerda informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede prestar asentimiento al acuerdo municipal referente a la jubilación de que se trata, por hallarse adoptado con competencia. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición