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Acta de sesión 1915/05/19_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.128/1.1915-05-19_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1915/05/19_Ordinaria

  • Data(s) 1915-05-19 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 27 1. Presidencia del Sr. Casas Medrano, D. Antonio. Vocales. Señores García Vidal, Otero (D. Prudencio) Lema, Lino Martínez y Otero D. Gonzalo. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura del acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 27,28 2. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la concede el caso 3º del articulo 98 de la Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes. Resolver los recursos de agravios formulados por los vecinos de Sanxenxo, José Méndez y José María Torres, adjudicando al primero en vista del informe de la Alcaldía, la cuota de 13,12 pesetas y al segundo 9,20 pesetas, en mérito a las consideraciones que constan en el dictamen del Negociado. ------ Folla: 28 3. Declarar de abono a partir de la fecha del ingreso, las estancias que hubiesen causado en el Hospital de eta ciudad, los enfermos Germán Moreda, Ricardo Romero y Tomás Rodríguez, que por decreto del Sr. Gobernador ingresaron con carácter provisional respectivamente en 15, 16 y 26 de abril último. ------ Folla: 28 4. Pasar a informe del Sr. Presidente de la Junta de Patronato de la Casa Hospicio, el expediente que remite el Sr. Alcalde de Cangas, pidiendo sea ingresado en el Hospicio el niño de seis años de edad, Silverio Costas Malvido. ------ Folla: 28 5. Decretar el ingreso en el Hospital, a partir del 13 del corriente, de la prostituta Nicon Amor, que ingresó en dicho establecimiento por orden del Sr. Gobernador en la expresada fecha. ------ Folla: 28 6. Resolver el recurso de alzada interpuesto por D. Jesús Novás Rey Suárez, contra acuerdo del Ayuntamiento de Pontevedra, que decidió repartir por calles, barrios y parroquias en la forma que determina la regla 3ª del articulo 66 de la ley municipal, acordando estimar el recuso, y por las consideraciones que consta en el expediente, dada la importancia de Pontevedra, aplicar la regla 2ª del repetido artículo, dividiendo el término con arreglo a las agremiaciones y clasificaciones para el pago de las contribuciones directas, a tenor de lo estatuido en los artículos 67 y 69 de la Ley municipal, y 9º del Real Decreto de 15 de noviembre de 1909. ------ Folla: 28 7. Por último a propuesta del Sr. Otero (D. Prudencio) la Comisión acordó que en lo sucesivo no puedan concederse ni declararse de abono subvenciones en aquellos Ayuntamientos que no se hallen completamente al corriente en el pago del contingente español. Se levantó la sesión. ------

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