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Acta de sesión 1915/03/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.129/1.1915-03-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1915/03/30_Ordinaria

  • Data(s) 1915-03-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 13 1. Presidencia del Sr. Sampedro Folgar (D. Casto). Vocales Señores: López de Neira, Nine, Novas, García Golmar, Sarmiento Ozores y Otero Bárcena. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 13 2. Seguidamente haciendo uso de las facultades que le confiere el caso 3º del articulo 98 de la ley provincial y previa declaración de urgencia adoptó los acuerdos siguientes. Declarar de abono al Alcalde de esta ciudad, la cuenta importante veintiseis mil setecientas cincuenta y dos pesetas con cincuenta céntimos por estancias de enfermos pobres, hijos de esta provincia en el Hospital municipal durante el cuarto trimestre del año próximo pasado, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 13 3. Declarar de abono al Director Jefe de caminos la cuenta importante ciento noventa y seis pesetas, por jornales invertidos en la conservación de la carretera de Peniche a Bouzas, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para conservación. ------ Folla: 13 4. Secundar moción de la Contaduría recabando del ILtmo. Sr. Director general de Administración la oportuna autorización para implantar en esta Contaduría provincial a partir del año próximo venidero el sistema de contabilidad demostrativa del cual es autor el contador provincial de Barcelona, Sr. Torrene y Monnier, que ofrece las ventajas de fácil aplicación a la contabilidad administrativa, notable economía de tiempo, exposición constante del saldo de las cuentas, rapidez y seguridad de balances, casi imposibilidad de errores y asequible por su fácil comprensión al personal subalterno, que generalmente carece de idoneidad por la complejidad de los sistemas en vigor. ------ Folla: 13 5. Declarar el ingreso en la Inclusa del niño, natural de la parroquia de Guláns (Ponteareas) Manuel Julio Domínguez Grova, huérfano de ambos padres, de dos años de edad, y pobre de solemnidad. ------ Folla: 13,14 6. Acceder a la solicitud que suscribe Dª Matilde Chaves y González, escribiente de la Normal de Maestras de esta capital, cuyos haberes percibe del Estado, en cuantía de setecientas cincuenta pesetas al año, concediéndole como gratificación la diferencia entre tal cantidad y la de 1115 pesetas, sueldo con que figuraba en presupuesto provincial, a partir del 22 de marzo de 1905 cuya diferencia de tres cuentas sesenta y cinco pesetas seguirá percibiendo de la Diputación que tiene desde el año corriente la baja de la expresada carga de 750 ptas. por estar inducida tal cantidad en el presupuesto de Instrucción pública. ------ Folla: 14 7. Acceder a la solicitud que suscribe el Sr. Cura párroco de A Estrada, comunicado a la Comisión de presupuestos de la Corporación que al confeccionar el proyecto par a1916, recogiendo acuerdo de este Organismo de 3 de abril de 1894, lleve a tal proyecto la partida de tres mil pesetas, que se concedieron en concepto de subvención para reparar la Iglesia parroquial de la citada Villa que se halla en estado ruinoso. ------ Folla: 14 8. Otorgar a los porteros de la Corporación, Primo de la Torre y José del Monte, en concepto de gratificación la mitad del sueldo que le correspondía percibir al conserje Emilio Arias, y que fue descontada al conceder por acuerdo de 9 del actual, una ampliación de licencia, cuya cantidad de sesenta y ocho pesetas, veintinueve céntimos percibirán por mitad los dos citados porteros, mientras sigan los mismos desempeñando el servicio de tal conserje y esté disfrutando la licencia que le fueotorgada en las condiciones de referencia. ------ Folla: 14 9. Prestar aprobación al presupuesto que formula el Sr. Arquitecto provincial, en cuantía de trescientas dos pesetas cincuenta céntimos, para reparar el retrete de los empleados de la Secretaría, pidiendo si lo estima oportuno, y no retrasa la ejecución de la obra, el que la misma se realice previo concurso a fin de obtener ventaja en el coste de la misma y seguridad en la perentoriedad de 1 plazo, dentro del cual debe realizarse. ------ Folla: 14 10. Teniendo en cuenta que se consignaba en el orden del día que existía propuesta, se acordó interesar del referido señor Director Jefe, se sirva expresar cual es la carretera para que juzga necesario el nombramiento de peón, debiendo en caso afirmativo formular la propuesta en los términos de costumbre. ------ Folla: 14 11. Visto el informe que suscribe el Vocal de esta comisión D. Miguel Nine, en el cual consigna que acompañado del Inspector facultativo provincial, Sr. Carrero giró visita al Hospital de San Lázaro de Santiago, en la semana próxima pasada comprobando que con tal establecimiento se albergan actualmente por cuenta de la Diputación de Pontevedra dos mujeres y ocho hombres que padecen lepra y dos jóvenes atacados de tiña siendo el último enfermo que ingresó en tal establecimiento por cuenta de la expresada Corporación provincial, José López natural de esta ciudad de Pontevedra, cuya orden de ingreso llevaba fecha 7 de octubre de 1914. ------ Folla: 14 12. Resultando que no tuvo ingreso en tal establecimiento Camilo Cota Cabalar, que obtuvo orden para ingresar el 25 de febrero próximo pasado, según consta con los registros de la Secretaría de la Diputación, y que interrogados por el informante los Sres. Directores Médico y Practicante de dicho establecimiento, si tenían noticia de que a partir de la expresada fecha 25 de febrero hubiese ingresado el mencionado enfermo que procedía de "La Lama", contestaron en sentido negativo, llamándose presente el Diputado provincial de A Coruña, Don Maximino de la Riva. ------ Folla: 14,15 13. Resultando que el Diputado Vocal, Sr. Nine añade que posteriormente pudo averiguar que el referido enfermo Camilo Cota, se hallaba en el Gran Hospital en la Sala de San Sebastián, habiéndole indicado alguien de dicho establecimiento que aunque se encontraba allí figuraría como acogido en San Lázaro. Considerando que este hecho constituye un abono considerable pues la Diputación de Pontevedra resolvió suspender el envío de enfermos al Gran Hospital desde el día en que la Diputación de A Coruña acordó elevar el precio de las estancias en el referido Gran Hospital, la Comisión por unanimidad acordó: Primero: No declarar de abono las estancias que devengan en el referido Gran Hospital el mencionado enfermo, Cota Cabalar. Segundo: Que en lo sucesivo al remitir las cuentas de estancias de enfermos en el Hospital de San Lázaro, se acompañan como documentos justificativos, las órdenes de ingreso de esta Diputación de Pontevedra y Tercero: Que la Excma. Diputación de A Coruña, se sirva reiterar al Director del Hospital de San Lázaro que se abstenga de admitir enfermos de dicho Hospital de San Lázaro (que se abstenga) sin la órden de ingreso expedida por la Diputación de Pontevedra, en cuya credencial se consignará la conformidad del Sr. Inspector facultativo provincial D. Narciso Carrero, con el diagnóstico que expresa la aludida órden de ingreso. Se levantó la sesión. ------ Folla: 10 1. Presidencia del Sr. Sampedro (D. Casto). Vocales Señores: López de Neira, Nine, García Golmar, Sarmiento Ozores y Otero Bárcena. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 10,11 2. Seguidamente examinó el expediente instruido por el Ayuntamiento de Vilanova de Arousa para la construcción de una plaza de abastos con destino al servicio de aquella localidad así como el (expediente) proyecto facultativo para la ejecución de dicha obra. Resultando que acordado por la Corporación municipal la construcción de la referida plaza en la Marisma que ha solicitado del Ministerio de Fomento y que le ha sido concedida por R.O. de 14 de diciembre último, se procedió a la instrucción del expediente administrativo en el que se justifica la necesidad de proceder a la construcción de dicha plaza que asciende a 20.532,61 ptas según el presupuesto de contrata, que ha sido dictaminado favorablemente por el Sr. Arquitecto provincial. Considerando que así en el proyecto facultativo como en el expediente administrativo correspondiente se han llenado cumplidamente todos los requisitos legales sin que durante el período de información pública se hubiese producido la menor reclamación contra las obras proyectadas, la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede aprobar el proyecto de que se trata debiendo celebrarse la subasta de las obras con arreglo al pliego de condiciones que se acompaña y con sujeción a los Reales Decretos de 20 de junio de 1902, 13 de marzo de 1903 e Instrucción de 24 de enero de 1905. ------ Folla: 11 3. Examinada la nota de precios remitida por la Comisaría de Guerra de Vigo para el señalamiento de las especies que durante el presente mes faciliten o suministren los pueblos de esta provincia a las fuerzas del Ejército y Guardia civil, se acordó fijarlos en la siguiente forma: Pan, 650 gramos, 0,22 ptas; Cebada, 4 kg, 1,30 ptas; Centeno, 4 kg, 0,96 ptas; Maiz, 4 kg, 0,96 ptas; Paja, 6 kg, 0,96 ptas; Herva seca, 12 kg, 1,50 ptas; Carbón, 1 kg, 0,15 ptas; Leña, 1 kg, 0,05 ptas, Petróleo, 1 litro, 0,90 ptas. ------ Folla: 11 4. Visto el escrito que el Sr. Gobernador civil remite a informe de esta Comisión producido por D. José Estévez Fernández vecino de Ponte Caldelas solicitando se obligue al Ayuntamiento al pago de reconocimientos de quintas que el recurrente practicó como Médico en los años de 1903 a 1909 así como de los haberes que como tal Médico Titular ha devengado desde 1º de abril de 1911 en que fueseparado de su cargo. Resultando que el Tribunal Supremo de lo contencioso falló en 26 de mayo de 1914 el pleito entablado con motivo de la separación de Don José Estévez Fernández del cargo de Médico Titular de Ponte Caldelas revocando el acuerdo municipal y las resoluciones confirmatorias del mismo en los distintos incidentes de apelación y ordenando que para el esclarecimiento de los cargos que se formularon contra dicho Médico titular con relación al desempeño de su cometido y para la resolución que corresponda, deben procederse a la apertura de la información correspondiente observándose en su tramitación las prescripciones reglamentarias. Considerando que el Ayuntamiento de Ponte Caldelas por virtud de la providencia del Sr. Gobernador de 14 de enero de 1910 consentida y firme, debe proceder al pago de los reconocimientos de mozos practicados mediante cuenta justificada, la Comisión por virtud de la providencia del Sr. Gobernador de 14 de enero de 1910 consentida y firme, debe proceder al pago de los reconocimientos de mozos practicados mediante cuenta justificada; la Comisión de conformidad con las demás consideraciones legales que constan en el dictamen ponencia del vocal Sr. López de Neira acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede. 1º. Ordenar al Ayuntamiento el inmediato pago del reconocimiento de mozos, mediante cuenta detallada de los reconocimientos practicados que habrá de presentar el interesado, con expresión de las personas que fueron objeto de los mismos y reemplazos a que pertenecían y 2º. Que el interesado asimismo acuda a la Corporación municipal para la instrucción de las diligencias necesarias a esclarecer los cargos imputados al Señor Estévez con relación al desempeño de su cargo de Médico Titular en la forma que determinan los Reglamentos de 14 de junio de 1891, 11 de octubre de 1904 y la Instrucción General de Sanidad acordando en su virtud si procede el sobreseimiento de lo actuado o la separación del repetido facultativo en donde ello será motivo de resolución de la reclamación de haberes ahora formulada. Se levantó la sesión. ------

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