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Acta de sesión 1920/08/10_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.139/1.1920-08-10_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1920/08/10_Ordinaria

  • Data(s) 1920-08-10 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 31 1. Presidencia del Sr. Riestra. Vocales Señores García Vidal, Echeverría, García Golmar, Puig y Corbal. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 31 2. Seguidamente examinó el expediente instruido por el Ayuntamiento de Ponteareas en solicitud de autorización para suprimir la plaza de Contador de fondos municipales. Resultando que a propuesta del Sr. Concejal y previo dictamen de su Comisión de Hacienda, acordó el Ayuntamiento por unanimidad en sesión de 2 de junio último suprimir la plaza de Contador de fondos municipales por no creerse obligado a sostenerla ya que en ninguno de los ejercicios inmediatamente anteriores alcanzaron los presupuestos de aquel Ayuntamiento a la cifra de 100.000 pesetas después de hechas las deducciones legales que determina el Reglamento de 3 de abril de 1919, como lo demuestra la certificación unida al expediente a tal efecto incoado. Considerando que el hecho de que el total del presupuesto alcance a 100.000 pesetas o mayor cifra, no quiere decir que gasten tal suma puesto que como tal gasto no puede conceptuarse las cantidades que figuren en concepto de "Cupo de consumos" gastos carcelarios suministrador al Ejército ya que la función del Ayuntamiento se limita a recaudar por el primer concepto, una contribución fija del Tesoro público que encomienda a aquellos su cobranza, no contribuyendo en cuanto a gastos carcelarios nada más que con la cantidad alicuota o proporcional a la parte que le corresponde y limitándose en cuanto a los suministros a las fuerzas del Ejército a hacer un anticipo que tiene que reintegrársele por el Estado y deducidas aquellas consignaciones a contar de 1915, a la fecha, ninguno de los dos presupuestos ordinarios ni extraordinarios del Ayuntamiento de Ponteareas alcanzó la cifra de 100.000 ptas que como promedio sirva de base a la clasificación de aquella contaduría incluyendo aun las resultas de ejercicios cerrados que como todas las que signifique un aumento eventual deben también ser deducidas, por lo que el Ayuntamiento al acordar la supresión de la plaza de Contador de fondos municipales se atemperó a lo estatuido en los artsº 1º y 3º del Reglamento orgánico del cuerpo aprobado por R.D. de 3 de abril de 1919 que autoriza tal supresión cuando concurran las anteriores circunstancias y si bien determina que tal supresión no se efectúa hasta tanto que la plaza quede vacante este precepto no es de aplicación al caso presente por hacerse con la aquiescencia y conformidad del Contador que la desempeña; la Comisión acordó evacuar el trámite prevenido en el apartado 2º del art. 33 del expresado Reglamento informando en sentido favorable a la supresión que se solicita y clasificación consiguiente que por virtud de tal alteración habrá de decretarse por la Dirección General de Administración. ------ Folla: 31,32 3. Interesar del Sr. Gobernador civil se digne reclamar del Alcalde de Moraña el inmediata envío de la cuenta presentada por el Farmacéutico D. Gerino Casal Soto de los medicamentos suministrados a enfermos pobres de aquella localidad durante el año de 1918 en unión de los justificantes o fórmulas originales autorizadas por el Alcalde con expresión del importe de cada una, acompañando a la misma un ejemplar de la tarifa oficial reguladora del servicio de que se trata, cuya cuenta interesó esta Comisión por acuerdo de 17 de junio último, para poder informar la reclamación formulada por el estado Farmacéutico. Se levantó la sesión. ------

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