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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1920-10-16_Extraordinaria. Acta de sesión 1920/10/16_Extraordinaria
Acta de sesión 1920/10/16_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.139/1.1920-10-16_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1920/10/16_Extraordinaria
Data(s) 1920-10-16 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 40 1. Presidencia del Sr. Riestra. Vocales Señores García Vidal, Echeverría, Golmar, Puig y Corbal. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 40,41 2. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Jesús Iglesias Castro y D. Juan Torres vecinos del lugar de la Iglesia contra acuerdo del Ayuntamiento de Caldas de Reis que les obliga a deshacer un muro que construyeron para cerrar una finca de su propiedad. Resultando que la Corporación municipal en sesión de 5 de septiembre último acordó obligar a los Sres. Iglesias y Torres a demoler un muro que construyeron para cerrar una finca en el lugar denominado "Moncho" por haberlo edificado sin autorización acotando terreno comunal, exigiéndoles así bien a que dejaren las cosas en el ser y estado que antes mantenían acuerdo que impugnan los interesados alegando que el muro fueconstruído hace cuatro años con autorización de la Alcaldía y que el terreno cercado es de su propiedad. Considerando que desvirtuada por el informe de la Alcaldía la afirmación de los recurrentes no sólo en cuanto al tiempo que ha transcurrido desde la edificación del muro digne también a la no existencia de acuerdo alguno municipal como lo comprueba el hecho de no exhibir los exponentes permiso escrito, ni certificación de la sesión en que se acordó concederlo ni aun la fecha en que tal acuerdo se adoptó; no podía por menos el Ayuntamiento que obligar a aquellos a la demolición de la obra ejecutada por oponerse a la doctrina establecida en las disposiciones anteriormente citadas que no permite la ejecución de obras de esta índole, aun en terrenos de propiedad privada sin obtener la correspondiente autorización; la Comisión de conformidad con las demás consideraciones que constan en el dictamen del Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar este recurso confirmando el acuerdo que lo motivó. Se levantó la sesión. ------
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