ATOPO
Registros actuales: 1.625.391
Objetos digitales disponibles: 504.762

Acta de sesión 1922/06/03_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.143/1.1922-06-03_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1922/06/03_Extraordinaria

  • Data(s) 1922-06-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 24 Presidencia del Sr. Villamarín. Vocales Sres. Boente, García Golmar, Casas (D. Antonio), González Fraga y Bueno Casar. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 24 2. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Francisco Villaverde, D. Rogelio Otero y cinco concejales mas del Ayuntamiento de Vilagarcía, contra acuerdo de la Corporación municipal que autorizó a Dª. Concepción Bayón para la apertura de una puerta en la pared de cierre de una huerta de su propiedad. Resultando: que Dª. Felisa Bayón como apoderada de su hermana Dª. Concepción, solicitó del Ayuntamiento, autorización para abrir una puerta en la pared de cierre de una huerta que dice con frente a la calle de Bilbao de aquella villa y la Corporación mediante el dictamen de su comisión de obras y ornato, acordó en sesiones celebradas en 5 y 8 de abril último autorizar a la expresada Sra. para abrir la indicada puerta con la advertencia de que antes de comentar la obra presentase un plano de la misma para que el Ayuntamiento apreciase la ornamentación de dicha puerta. Considerando: que este recurso de alzada presentado en la Alcaldía el día 17 de mayo, solicitando la revocación de los acuerdos adoptados por la Corporación municipal en 5 y 8 de abril último, es extemporáneo, por interpuesto fuera de plazo legal, una vez que transcurrieron con suceso los treinta días que fija el artículo 171 de la ley de 2 de octubre de 1870; y que según la R. O. de 20 de enero de 1914, los concejales carecen de personalidad para recurrir contra los acuerde los Ayuntamientos de que forman parte mientras no demuestren que el acuerdo impugnado causa perjuicio a sus intereses particulares, la Comisión por las demás consideraciones que constan en el expediente acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar este recurso de alzada, confirmando en su consecuencia los acuerdos que lo motivaron. ------ Folla: 24,25 3. Por último, examinado el presupuesto carcelario de partido judicial de Pontevedra para el año económico de 1922 - 23, aparece justificado o ajustado a los requisitos exigidos por R. D. de 11 de marzo de 1886, habiendo sido discutido y aprobado por los representantes de los Ayuntamientos que componen el partido judicial, apareciendo también ajustadas las plantillas de personal a las aprobadas por R. D. de 14 de agosto de 1905 en la que figura comprendido el médico de la prisión preventiva con el haber que señala el R. D. de 12 de abril de 1915, y no observándose en sus partidas extralimitación alguna que corregir, y que las cuotas contributivas asignadas a cada Ayuntamiento están proporcionalmente distribuidas sobre los cupos de contribución con que respectivamente figuran en el repartimiento formado por la Administración de Hacienda; la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede prestarle su aprobación definitiva. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición