ATOPO
Registros actuales: 1.625.391
Objetos digitales disponibles: 504.762

Acta de sesión 1922/12/13_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.143/1.1922-12-13_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1922/12/13_Extraordinaria

  • Data(s) 1922-12-13 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 59 Presidencia del Sr. Puig. Vocales Sres. García Golmar, Casas (D. Antonio), Lois, García Temes y Otero Bárcena. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobadaa. ------ Folla: 59,60 2. Visto de alzada interpuesto por don Eduardo Couso Fuentes vecino de la parroquia de Saiáns contra acuerdo del Ayuntamiento de Moraña que le obligó a retirar un muro que construyó en finca de su propiedad. Resultando: que el recurrente solicitó y obtuvo autorización para construir un muro en finca de su pertenencia denominada "Portomos" habiéndosele fijado por la Comisión municipal la línea y extensión a que debía sujetarse, mas como la construcción del muro levantado en sustitución del primitivo, se excedió de la línea demarcada apropiándose de terreno comunal paralelo a la carretera que de Paramos conduce a Cuntis; el Ayuntamiento en sesión de 27 de agosto último, acordó obligar al recurrente a la demolición y retirada de aquel, de cuya resolución se alza el Sr. Couso Fuentes para ante el Sr. Gobernador por estimarla lesiva a sus intereses, informando la Alcaldía en el sentido de que es procedente tal recurso. Considerando: que demostrado que en el emplazamiento del muro de cierre, efectuado hace seis meses, se ha extralimitado el recurrente de la línea concedida, adueñándose de terreno comunal y estrechando el camino público que se interpone entre la carretera provincial de Paramos a Cuntis, es evidente que el acuerdo recurrido encaminado a la defensa de intereses lesionados, es firme y ejecutivo por haber sido adoptado en materia de la competencia que a los Ayuntamientos concede su ley orgánica que les obliga a conservar y reivindicar por si mismos los derechos y bienes del municipio, por lo que la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar este recurso confirmando en su consecuencia el acuerdo que lo motivó. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición