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Acta de sesión 1931/03/27_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.157/1.1931-03-27_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1931/03/27_Ordinaria

  • Data(s) 1931-03-27 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 35 Sesión supletoria 1. Presidencia del Sr. don Manuel Casas Medrano con asistencia de los vocales señores Boente Sequeiros, Bueno Casar y Lago Álvarez. Abierta la sesión a las doce de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Seguidamente, se dio cuenta de los asuntos que figuraban en el orden del día de la que debió tener efecto en el de ayer, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 del Estatuto provincial vigente, en segunda convocatoria y que por falta de número, no pudo celebrarse adoptándose los siguientes acuerdos: ------ Folla: 35,36 2. Visto el escrito que eleva a esta Comisión el señor interventor de Fondos Provinciales, haciendo presente que la cuantía exigua de dietas devengadas por los señores diputados que residen fuera de la capital y que tienen que asistir a las sesiones que celebra este organismo, es causa de sensible quebranto para los intereses de los mismos que aquellas dietas reducidas por el descuento que sufren están muy lejos de cubrir los gastos de viaje y residencia temporal en esta ciudad, pudiendo subsanarse en parte esta deficiencia, si además del importe de las dietas devengadas se satisfacieran a dichos señores diputados los gastos de viajes con cargo a la consignación del artículo 1º, capítulo 2º del presupuesto provincial, se acuerda prestarle su aprobación y que por la citada Intervención se hagan los abonos respectivos en la forma que se propone. ------ Folla: 36 3. Quedar enterada del telegrama circular del Excmo. señor ministro de la gobernación, que traslada al señor gobernador, aclaratorio del Real Decreto de 10 del actual, sobre acuerdos económicos de los ayuntamientos y diputaciones y pasar dicho oficio al señor interventor de Fondos Provinciales a sus efectos. ------ Folla: 36 4. Visto el oficio del señor presidente de la Excma. Diputación de Lugo, solicitando el envío de piñeiros y otras clases de árboles para ser distribuidos entre los ayuntamientos de aquella Diputación provincial, se acuerda pasarlo a informe del jefe del servicio de Repoblación Forestal de esta Diputación, pase en su vista acordar lo procedente. ------ Folla: 36 5. Visto el informe del señor director de Vías y Obras provinciales, por el que se hace constar que las obras de acopios y su empleo de materiales para conservación y reparación de los kilómetros del 1 al 13 de la carretera provincial de Callobre a Ponte Ledesma, ejecutadas por el contratista, don Eduardo Ozores Ferreiros, habiéndose cumplido todos los requisitos que determina la R.O. del 3 de agosto de 1910, que se hizo público, sin que se haya recibido reclamación alguna contra el referido contratista de conformidad con dicho informe, se acuerda devolver al citado don Eduardo Ozores, la fianza que ha constituido para responder de la contrata referida. ------ Folla: 36 6. Declarar de abono a los almacenes de Simeón, de esta plaza, 2 pesetas 80 céntimos por tartabotana y 90 céntimos a don Pascual Alcalde, por imperdibles, con destino a las colgaduras de esta diputación, debiendo satisfacerse estas sumas en cuantía de tres pesetas sesenta céntimos, al señor secretario propietario de esta Diputación que la suplió con cargo al capítulo ..., artículo ... del presupuesto vigente. ------ Folla: 36 7. Quedar enterada de que por el señor presidente de esta Diputación le ha hecho entrega al Patronato de la Misión Biológica de Galicia, representada por su presidente, el señor rector de la Universidad de Santiago, con fecha 22 del actual, de la Granja de Salcedo, en virtud del acuerdo adoptado por el Pleno de esta organismo. ------ Folla: 36 8. De conformidad con lo informado por el señor interventor de Fondos Provinciales en su escrito de 18 del actual, por el que se propone la habilitación del crédito necesario en el artículo 3º del capítulo 1º de la parte de gastos del presupuesto vigente para satisfacer a don Julio Antúnez, industrial de esta plaza, la suma de ciento veintisiete pesetas, veinticinco céntimos por saldo de la cuenta del material facilitado para el extinguido Consejo Provincial, se acuerda, hecha que sea tal habilitación, se le abono al citado industrial la cantidad referida. ------ Folla: 36 9. Vista la solicitud de la superiora del asilo de las Hermanitas de los Ancianos Desamparados de Pontevedra, la súplica de que se le satisfaga la subvención consignada en el presupuesto provincial vigente para reparación y ampliación de la Casa Asilo, y visto en informe del señor arquitecto provincial, valorando las obras realizadas en el edificio hasta la fecha, que ascienden aproximadamente a 7.000 pesetas, se acuerda se satisfagan a dicha señora superiora la cantidad de tres mil quinientas pesetas, equivalentes al 50% del valor de las obras hasta ahora ejecutadas. ------ Folla: 36 10. Visto el escrito elevado a esta Comisión por el interventor de esta Diputación, dando cuenta de que en virtud de la R.O. del Ministerio de la Gobernación del día 7 de febrero último tiene derecho, por razón de la cuenta y razón del presupuesto extraordinario de esta Diputación para construcción de caminos vecinales, a una gratificación cuya cuantía será prudencialmente determinada por esta Corporación, se acuerda concederle la gratificación anual de mil quinientas pesetas que habrá de percibir por mensualidades vencidas a partir del día 1º del actual, librándose su importe con cargo al artículo 1º, del capítulo 6º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente para lo cual habría de habilitarse el crédito necesario. ------ Folla: 36 11. Decretar el ingreso en el asilo de ancianos desamparados de Pontevedra, por cuenta de fondos provinciales, del indigente de 75 años, Domingo Albán, viudo, vecino de la parroquia de Estacas, ayuntamiento de Fornelos de Montes, de cuyo expediente resulta probado su indigencia, careciendo de familiares que le presten sus cuidados y que no padece enfermedad mental ni contagiosa, comunicándolo a la superiora de dicho establecimiento y a la Alcaldía de Fornelos de Montes para que disponga su traslado al asilo de referencia. ------ Folla: 36 12. Visto el expediente que eleva a este organismo la madre del alienado Francisco Álvarez Costas, de 27 años, natural y vecino de la ciudad de Tui, solicitando se le satisfagan por cuenta de fondos provinciales, las estancias que devengue en el manicomio de Conxo, donde se halla recluido por no serle posible continuar abonándolas. Resultando que en efecto está comprobado el estado de pobreza de la recurrente, la del alienado y sus familiares, así como la necesidad de su reclusión; se acuerda de conformidad con lo propuesto por el jefe de la sección de Beneficencia, se abonen las estancias que dicho enfermo devengue en el establecimiento en que se halla recluido, a partir del día 28 del actual, comunicándose esta resolución al señor director del citado sanatorio y a la solicitante Ysmenia Costas Álvarez, vecina de Tui, a los efectos oportunos. ------ Folla: 36 13. Declarar de abono a las señoras superioras de los asilos de Ancianos Desamparados de Tui, Caldas, Vigo y Pontevedra, las cuentas justificadas importantes 1.138´75, 537´50, 490´00.- y 2.307´50 pesetas respectivamente, por estancias de ancianos correspondientes al mes de febrero próximo pasado, librándose dichas sumas en cuantía total de cuatro mil cuatrocientas setenta y tres pesetas, setenta y cinco céntimos, con cargo al artículo 4º del capítulo 8º de la parte de gastos del vigente presupuesto provincial, como propone en sus informes de aprobación el señor interventor. ------ Folla: 36 14. Decretar el ingreso en el manicomio de Conxo, por cuenta de fondos provinciales del demente en turno, Francisco Otero Posada, de 27 años, soltero, jornalero, natural y vecino de Lavadores, de cuyo expediente resulta probada su pobreza y la de sus familiares y necesidad de su reclusión, que ingrese en concepto de observación, y a los efectos del R.D. de 19 de mayo de 1885, debiendo comunicarse este acuerdo al director de dicho sanatorio, acompañando copia de la filiación y a la Alcaldía de Lavadores, para que disponga el traslado del repetido enfermo al establecimiento de referencia. ------ Folla: 36 15. Dada cuenta del acta de la sesión celebrada por el tribunal designado para la provisión de la plaza de delineante de la Repoblación Forestal, se acuerda prestar aprobación al programa e instrucciones propuestas para regir la oposición y que se anuncia la convocatoria de ésta. ------ Folla: 37 16. Examinadas las cuentas justificadas de gastos correspondientes a la primera quincena del mes de marzo actual, invertidos en la repoblación forestal, por locomoción y otros conceptos informados favorablemente por el Negociado de Fomento, importantes en junto 807,50 pesetas y que se detallan a continuación, y que se realizan en consonancia con el R.D. de 12 de diciembre de 1926, R.O. del Ministerio de Fomento de 10 de abril de 1928 y acuerdos de la excelentísima Diputación y Comisión Provincial de 27 y 31 de diciembre de dicho año de 1928, se acuerda prestarles su aprobación. De la primera quincena de marzo Pesetas *Zonas 2ª, 6ª y 9ª: Locomoción y varios .............................. 731,45.- *Vivero: Adquisición de gas, clavos, semillas y varios ........... 76,05.- Total ....................... 807,50.- Importa esta cuenta la cantidad de ochocientas siete pesetas, cincuenta céntimos. ------ Folla: 37 17. Examinadas las cuentas justificadas de gastos correspondientes a la primera quincena del corriente mes de marzo actual invertidos en la Repoblación forestal por los conceptos que se detallan en las ocho relaciones que a continuación se detallan, importante en junto, pesetas 2.781 con 15 céntimos, y cuyos trabajos se efectúan en consonancia con el R.D. de 12 de diciembre de 1926, R.O. del Ministerio de Fomento de 10 de abril de 1928 y acuerdos de la Diputación y Comisión Provincial de 27 y 31 de diciembre de dicho año de 1928, se acuerda prestarles su aprobación. De la primera quincena de marzo de 1930 Pesetas *1ª relación.- Jornales vivero ............................................................. 495,95.- *2ª relación.- Capataces, zona 1ª ...................................................... 150,00.- *3ª relación.- Encargados de cultivo de viveros volantes, zona 1ª ......... 120,00.- *4ª relación.- Trabajos topográficos ................................................... 120,00.- *5ª relación.- Un apicultor ................................................................. 78,75.- *6ª relación.- Jornales, zona 6ª ......................................................... 796,45.- *7ª relación.- Guardas interinos, zonas 2ª, 6ª y 9ª ............................... 720,00.- *8ª relación.- Vigilantes de pastoreo .................................................. 300,00.- Total ...................... 2.781,15.- Importan estas cuentas las figuradas, dos mil setecientas ochenta y una pesetas, quince céntimos. ------ Folla: 37 18. Examinadas las cuentas justificadas de gastos correspondientes a las quincenas y por los conceptos que se expresan de la Repoblación Forestal y zona tercera de Santa Trega [A Guarda], importantes en junto pesetas 518, y cuyos trabajos se realizan en consonancia con el R.D. de 12 de diciembre de 1926, R.O. del Ministerio de Fomento de 10 de abril de 1928, y acuerdos de la Diputación y Comisión provincial de 27 y 31 de diciembre de dicho año de 1928, se acuerda prestarles su aprobación. *1ª relación.- 1ª quincena de enero de 1930: jornales ............ 105,00.- *2ª relación.- 2ª quincena de enero de 1930: jornales ............ 112,00.- *3ª relación.- 1ª quincena de febrero de 1930: jornales .......... 105,00.- *4ª relación.- 2ª quincena de febrero de 1930: jornales .......... 91,00.- *5ª relación.- 1ª quincena de marzo de 1930: jornales ............ 105,00.- Total ............................ 518,00.- Importan las anteriores cinco relaciones las figuradas pesetas, quinientas diez y ocho. ------ Folla: 37 19. Esta Comisión provincial acuerda prestar aprobación provisional al replanteo definitivo presentado por el director de Vías y Obras del camino vecinal número 222, del kilómetro 51 de la carretera de Pontevedra a Camposancos al kilometro 25 de la de Guillarei a A Ramallosa. Que se publique en el Boletín Oficial por un plazo de quince días para oír reclamaciones, transcurridos los cuales, se remitirá al ingeniero jefe de Obras Públicas para su informe, antes de la aprobación definitiva de la Diputación Provincial. ------ Folla: 37 20. Visto el escrito del señor interventor que textualmente dice: "A la excelentísima Comisión provincial.- V.E. en sesión de 5 de febrero último acordó reconocer a favor de don Diego Pazos, secretario del extinguido Consejo Provincial de Economía Nacional, la asignación de 1.500 pesetas anuales por todo el tiempo durante el cual desempeñó las funciones de secretario de dicho Consejo, esto es, desde 1º de enero de 1929 hasta 30 de marzo de 1930. Es por tanto acreedor dicho don Diego Pazos a la cantidad de mil ochocientas setenta y cinco pesetas, que no podrán ser satisfechas durante el ejercicio del vigente presupuesto provincial, a no ser que V.E. se digne acordar la habilitación de crédito suficiente en el artículo 11 del capítulo 1º de la parte de Gastos. Como siempre V.E. acordará lo que estime más oportuno. Pontevedra, 23 de marzo de 1931. El interventor - José G. Otero. Se acuerda autorizarle para que haga la habilitación de crédito que en dicho escrito se propone. ------ Folla: 37 21. Vista la instancia de don Salustiano Fernández Otero, industrial de esta plaza, solicitando se le devuelva el depósito que ha constituido para responder de su gestión por la confección y tirada del Boletín Oficial de la Provincia [BOP] de que estuvo encargado hasta el 30 de diciembre de 1931. Visto así bien el informe del señor interventor de Fondos Provinciales, de fecha 20 del actual del que resulta que nada adeuda a la Diputación por lo que por virtud de este concepto suma que reintegrar con arreglo a su primitivo contrato, se acuerda que por Depositaría se devuelva al mismo la cantidad que para garantir este servicio habrá depositado. Se levantó la sesión. ------

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