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Acta de sesión_1931-04-30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.157/1.1931-04-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión_1931-04-30_Ordinaria

  • Data(s) 1931-04-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 46 1. Presidencia del señor Fernández Osorio Tafall con asistencia de los vocales señores Casanovas Rodríguez, Villaverde Rey, Otero Sestelo y Loredo Martínez. Abierta la sesión a la hora de doce de este día, se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. Seguidamente, se adoptaron por unanimidad los acuerdos que a continuación se mencionan: ------ Folla: 46 2. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 3º de la Instrucción de 9 de agosto de 1877, se acuerda de conformidad con el jefe administrativo de la plaza y provincia don Francisco de Ledesma, fijar el precio de los suministros que se hayan facilitado y faciliten durante el actual mes, por los pueblos de la provincia a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil, en las siguientes cuantías: Ración de pan ..................................................................... 0,630 kilogramos ................. 0,42 pesetas. Cebada para caballos del Ejército ......................................... 4,500 kilogramos ................. 2,25 pesetas Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil .................. 4,000 kilogramos ................. 2,00 pesetas. Centeno .............................................................................. 4,000 kilogramos .................1,72 pesetas Maíz ................................................................................... 4,000 kilogramos ................ 1,55 pesetas. Paja .................................................................................... 6,000 kilogramos ................ 1,02 pesetas. Hierba seca o heno ............................................................. 1,000 kilogramo .................. 0,18 pesetas. Aceite ................................................................................. 1,000 litro ...........................2,03 pesetas. Carbón ............................................................................... 1,000 kilogramo ...................0,31 pesetas. Leña ................................................................................... 1,000 kilogramo .................. 0,09 pesetas Petróleo .............................................................................. 1,000 litro .......................... 0,97 pesetas. ------ Folla: 46 3. Autorizar al secretario de esta Corporación para que recoja de la Comisión liquidadora de la Exposición Íbero - Americana de Sevilla, el diploma otorgado a esta Diputación por la cooperación que ha prestado a la misma. ------ Folla: 46 4. Declarar de abono al señor director de Vías y Obras provinciales, la conta de gastos justificada de la conservación de caminos vecinales que se detalla en su relación, importante cinco mil cuatrocientas cuarenta y cuatro pesetas cuarenta y dos céntimos correspondiente al mes de marzo del corriente año, debiendo librarse dicha suma con cargo al capítulo 11º, artículo 3º de la parte de gastos del presupuesto en vigor. ------ Folla: 46 5. Declarar de abono al señor director de Vías y Obras de esta Diputación, la cuenta justificada de gastos de conservación de caminos provinciales que se detallan en la misma, durante el mes de marzo próximo pasado importante dos mil trescienta ochenta pesetas, sesenta y cinco céntimos debiendo librarse dicha suma con cargo a la consignación que existe en el presupuesto provincial vigente en su parte de gastos, capítulo 11º, artículo 5º. ------ Folla: 46 6. De conformidad con lo propuesto por el jefe de la sección de Beneficencia, se acuerda decretar el ingreso en la Casa - Hospicio de esta capital del niño José Fernández, natural y vecino de la villa de Ponteareas, de 10 años de edad por carecer de persona que le preste alimentos y cuidados y estar justificada la pobreza del mimo y sus familiares en el expediente tramitado al efecto. ------ Folla: 46 7. Se acuerda hacer entrega del expósito, número 5.889, Juan Barreiro Mouriño, ingresado definitivamente en la Inclusa provincial por acuerdo de 4 de esta mes a su madre Indalecia Barreiro Mouriño, vecina de esta ciudad, que así lo solicita, comunicándolo al secretario habilitado de dicho establecimiento a sus efectos. ------ Folla: 46 8. Decretar el ingreso definitivo en la Inclusa provincial, del niño Santiago Martínez Vidal, que nació en Portonovo (Sanxenxo) el 20 del actual, y que fue admitido en dicho establecimiento con carácter provisional con fecha 25 por orden del señor delegado de esta Diputación en el Gran Hospital, en atención a que está comprobada la necesidad de dicho ingreso. ------ Folla: 46 9. Declarar de abono al industrial de esta plaza, don Arturo Martínez Fernández, las siguientes cuenta usadas por el arquitecto: una de 134 pesetas, por diferentes arreglos ejecutados en las habitaciones particulares del señor gobernador civil, que la misma detalla y otra de 34 pesetas por varias reparaciones en el despacho de la Presidencia de esta Diputación; librándose las respectivas sumas en cuantía de ciento sesenta y ocho pesetas, con cargo al capítulo 11º, artículo 10º de la parte de gastos del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 46 10. Participar al señor arquitecto provincial que para lo futuro, antes de proceder a la ejecución de alguna obra, formule el presupuesto de la misma para ser previamente examinado por la Comisión y ordenar su ejecución, si procediese. ------ Folla: 46 11. Declarar de abono a la empresa eléctrica de Pontevedra - Marín, S.A., la factura importante noventa y ocho pesetas treinta y cuatro céntimos, por suministro de fluido eléctrico para el alumbrado de esta Palacio, durante el pasado mes de marzo, librándose dicha cantidad con cargo al capítulo 1º, artículo 11º de la parte de gastos del vigente presupuesto. ------ Folla: 46 12. Dada conta de solicitud del mecanógrafo de esta Diputación, don Luis Sacarrera Ochoa, en súplica de que le sean facilitadas dos pagas o mensualidades del haber que disfruta, en concepto de anticipo reintegrable, acogiéndose a los beneficios que dispone el Decreto de 16 de diciembre de 1929; y vistos los informes e los señores secretario y depositario de este organismo provincial, se acuerda acceder a lo interesado concediendo al solicitante el anticipo de las dos mensualidades, en consonancia con lo que la disposición citada regula. ------ Folla: 46 13. Visto el oficio que dirige a esta Corporación el señor alcalde de esta capital [Pontevedra], participando que han sido elegidos los señores concejales don Arturo Rey Juncal, don Tomás Abeigón Pazos y don Víctor Lis Quibén, para constituir la Comisión de Beneficencia y Hospicio, la Comisión acuerda quedar enterada, y al propio tiempo designa para formar parte del Patronato de la Junta de la Casa Hospicio a los señores presidente y vocales de este organismo, don Bibiano Fernández Osorio Tafall, don Augusto Laredo, don Benito Casanovas y don Elpidio Villaverde. ------ Folla: 46,47 14. Anunciada por la Junta calificadora de aspirantes a destinos públicos en la Gaceta de Madrid correspondiente al 1º de marzo último la plaza de peón caminero dotada con el haber de 4 pesetas diarias (1ª categoría) con destino a los kilómetros 1 al 7 de la carretera provincial de Agolada a Rodeiro y vistas las solicitudes presentadas por Julio Ferradás Pérez y Antonio José Diéguez Calviño, ambos licenciados del Ejército con el empleo de cabo y soltado respectivamente; esta Comisión teniendo en cuenta la preferencia de méritos que concurren en el primero acuerda nombrar al expresado Julio Ferradás Pérez, peón caminero de la citada carretera con el carácter de interino y comunicarlo con remisión de antecedentes al excelentísimo señor presidente de dicha junta calificadora para el nombramiento definitivo. ------ Folla: 47 15. Dada conta de solicitud que eleva a este organismo la Asociación Profesional de Alumnos de la Escuela Industrial de Vigo, en súplica de que le sea concedida subvención para atender a los gastos de un viaje de prácticas por la región, con objeto de ampliar sus conocimientos. La Comisión acuerda interesar del señor presidente de aquella asociación una memoria suscrita del viaje realizado y presupuesto de los gastos que se ocasionaron para en su vista acordar lo procedente al afecto de puntualizar la cantidad con que este organismo podrá subvencionarlo. ------ Folla: 47 16. Debiendo provistarse el cargo de vocal que ha de formar parte de la Junta del Patronato de la Misión Biológica de Galicia, se acuerda designar al señor presidente de esta Comisión gestora, don Bibiano Fernández Osorio Tafall, comunicándolo al señor presidente de la misma, a los efectos de que se le tenga como representante de esta Diputación en aquel organismo. ------ Folla: 47 17. Visto el escrito que a esta Diputación dirige el médico director de la Inclusa provincial, interesando se adquiera una lámpara de cuarzo para aplicación de tratamiento a enfermos en aquel establecimiento, se acuerda manifestar a dicho facultativo, que por el momento se realice el tratamiento de los enfermos a que hace referencia en el Gran Hospital provincial, enviando previamente relación de los niños que necesiten esa aplicación, para en su vista y de acuerdo con los servicios que tengan a su cargo los facultativos de aquel establecimiento se proceda al tratamiento. ------ Folla: 47 18. Enterada esta Comisión del estado en que se encuentran los dos niños y una niña de un parto, que están al cuidado de su padre Maximino García Blanco, de Tomeza, al que para la alimentación de los mismos se le concedió por acuerdo de 9 de agosto de 1929 la pensión a socorro mensual de 67 pesetas, 50 céntimos por el término de dos años; se acuerda dejar sin efecto el abono de tal pensión desde 1º de mayo próximo y en su equivalencia se decreta el ingreso de dichos tres niños por conta de fondos provinciales en la Inclusa provincial donde ya deben constar las circunstancias de los mismos, requiriéndose a su citado padre para que sean trasladados al repetido establecimiento, a fin de que puedan ser mejor atendidos. ------ Folla: 47 19. Dejar sobre la mesa para su mejor estudio las siguientes cuentas que ya lo estaban en virtud de acuerdo anterior: * 1ª.- Nómina de remuneraciones y dietas devengadas en el mes de marzo último, devengadas por los señores director y ayudante de Vías y Obras provinciales, importantes en junto 1.116 pesetas, 25 céntimos. * 2ª.- Gastos de locomoción del mismo mes de marzo en la inspección de caminos, importantes 678 pesetas 22 céntimos, y * 3ª.- Nómina de dietas e indemnizaciones en la inspección de caminos vecinales del señor ingeniero jefe de Obras Públicas, correspondiente al primer trimestre del actual año, importantes 450 pesetas. ------ Folla: 47 20. De conformidad con lo informado por el negociado, se acuerda decretar el ingreso en el asilo - leprosería de San Lázaro de Santiago, del indigente Pedro Iglesias, casas, bracero, natural de Areas, en el ayuntamiento de Ponteareas, por estar probada la pobreza y necesidad de la reclusión por conta de fondos provinciales, y haberse cumplido los requisitos que señala la circular de 27 de febrero de 1926, debiendo previamente solicitarse la autorización de ingreso y luego que sea concedida, remitir el importe de un trimestre anticipado, que asciende a pesetas cuatrocientas noventa y cinco, que se librará con cargo al capítulo 8º, artículo 3º del presupuesto vigente. ------ Folla: 47 21. Deseando este organismo normalizar el sistema de pagos de la conservación de los caminos a cargo del presupuesto provincial, concertándolo a ser posible por kilómetros en forma análoga a lo que viene realizando el Estado con los suyos, se acuerda interesar del señor director de Vías y Obras provinciales, haga un estudio acerca del que se propone que habrá de presentar a esta Comisión, por si puede llevarse a cabo ese nuevo sistema. ------ Folla: 47 22. Siendo necesario proceder a la formación de un inventario general de todos los bienes inmuebles y muebles pertenecientes a esta Diputación provincial, incluso en de los respectivos establecimientos que dependan de la misma, se acuerda que por la Jefatura de Construcciones Civiles y con la mayor urgencia se lleva a cabo con la intervención de los respectivos jefes que estén al frente de los edificios y dependencia, los que habrán de facilitar todos los datos que se consideran oportunos para la mayor claridad e identificación, suscribiéndolo en prueba de conformidad, comunicándolo este acuerdo para su cumplimiento al señor arquitecto provincial. ------ Folla: 47 23. Precisando conocer con la mayor exactitud el número de los caminos vecinales, tanto construidos como en construcción y los municipios que los atraviesan, se acuerda que por la Dirección de Vías y Obras de esta Diputación se proceda a formar dicha relación por distritos electorales, o sea, que cada demarcación electoral habrá de comprender todos los caminos construidos o en construcción. ------ Folla: 47 24. Se acuerda interesar de las comisiones gestoras de los municipios de la provincia, que tengan caminos vecinales al servicio de los mismos, manifiesten a este organismo, si los jornaleros encargados de su conservación prestan (continuamente) el servicio a que están obligados, comunicando mensualmente lo que consideren pertinente, para que la sección de Vías y Obras, una estos antecedentes a las cuentas de gastos antes de ser sometidas a su aprobación por la Comisión. ------ Folla: 47,48 25. En la entrega que se hizo de la granja de Salcedo a la Misión biológica, no se entregaron por orden del señor presidente de la Diputación, dos parcelas que están situadas fuera de la finca, llamadas de "Cabanas" y "Boreira", que están a monte y producen esquilmes. Como estas parcelas que se hallan inmediatas a la Granja necesitan vigilancia, pues sino los cierres corren peligro de ser destruidos, lo más apropiado en este caso sería que la Misión que se encargase de tales parcelas, como lo hacía anteriormente para que utilizase sus esquilmes y las vigilase, con lo cual la Diputación se ahorraría un guarda; la Comisión acuerda que se encargue de las mismas, la Junta de Patronato de dicha Misión, dando conta de haberlo efectuado. ------ Folla: 48 26. Por orden del señor presidente de la Diputación, se llevaron de la Granja de Salcedo, materiales (madera de pino y castaño, tuberías de hierro, uralita, etc. e instrumentos de labranza, arado, carro y gradas) en cantidad para una finca que se alquiló en Salcedo con una subvención de la Diputación. Sería muy oportuno que se formalizase el inventario de la Granja de Salcedo y que se nombrase un funcionario técnico de la Diputación, para que viese si todos los materiales y útiles de labranza que fueron llevados de Salcedo han sido debidamente utilizados y si son precisos en el sitio en donde están, para que en caso contrario estos materiales y herramientas fuesen restituidos de Salcedo para utilizarlos en las obras que se están realizando. La Comisión acuerda que por el señor ayudante del Servicio de Repoblación, don Álvaro Gil, auxiliado del funcionario don José Álvarez, proceda a la realización del inventario de que se trata y de conta del mismo, con las observaciones que juzgue procedentes a este organismo. ------ Folla: 48 27. Examinados los antecedentes relativos al nombramiento de cuatro guardas de la Repoblación Forestal reservados al turno libre de esta Diputación de que se dio lectura; esta Comisión gestora acuerda: * Que se eleve a la Junta Calificadora de Aspirantes a Destinos Públicos para su conocimiento y resolución pertinente, copia del acta de examen de los aspirantes o guardas forestales y de la sesión de 23 de febrero por la que se introdujo la resolución de referencia. * Que resultando una anomalía que a los ocho guardas procedentes del Ejército y la Marina, nombrados con arreglo a las disposiciones en vigor, se les exija determinadas condiciones y entre ellas el sufrir un examen de aptitud y a los de libre disposición de la Diputación se les haya nombrado sin ningún requisitos se anulan dichos nombramientos, teniendo en cuenta la reciente disposición del gobierno provisional de la República, que autoriza la revisión de todos los nombramientos que no se hayan hecho por oposición, concurso o antigüedad. * Que se abonen los haberes devengados por Albino Sanmartín y Román Díaz Abilleira desde el día que tomaron posesión hasta nuevo nombramiento y que se anuncie en el Boletín de la Provincia, la vacante de las cuatro plazas de guardas forestales dotadas con el haber anual de 1.500 pesetas y que habrán de ser provistas con arreglo a las siguientes condiciones especiales: - Los aspirantes sabrán hablar gallego, residirán en los puestos donde se les destine, tendrán que sufrir y aprobar un examen de aptitud consistente en la redacción de un atestado por infracción de las leyes forestales y conocer el Reglamento de Guardería. - Oportunamente, se hará por esta Comisión Gestora de la Diputación la designación del Tribunal para juzgar los ejercicio, al cual habrá de encomendarse la redacción del programa e instrucciones precisas de la forma en que aquellos hayan de practicarse, teniendo en cuenta las condiciones especiales que se expresan en el párrafo anterior. Este acuerdo se notificará en forma a los interesados a quienes afecta. ------ Folla: 48 28. Prestar aprobación y declarar de abono a la señora superiora de la Casa - Hospicio de esta ciudad, la cuenta justificada que presenta, importante setecientas veintitrés pesetas, noventa céntimos, importe de la comida extraordinaria concedida a los asilados de aquel establecimiento en virtud de acuerdo de 20 del actual con motivo de la instauración de la República, librándose dicha suma con cargo a la consignación que existe en el capítulo 18º, artículo único del presupuesto en vigor. ------ Folla: 48,49 29. Vista la instancia de doña Carmen Vilas Veiga, esposa de don Antonio Bautista Lubián, de Marín, reclamando contra la cédula [cédulas personales] que se le asigna a su marido en el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula reclamada, expidiéndole la correspondiente sin más excepción que la del esposo sea de la clase 13ª, tarifa 2ª. - Vista la de don Luis López Guitián, de Moaña, contra el padrón de cédulas del ayuntamiento de Vigo, de 1930, se acuerda declarar data las cédulas cuibertas en el ayuntamiento de Vigo, relacionadas con dicho señor, por estar provisto de las de Moaña, donde probó debidamente su vecindad. - Vista la de doña Carmen de la Llana Villó, de Pontevedra, contra su clasificación en el padrón, se acuerda estimarla, que se le recoja la cédula satisfecha y se le expida nueva cédula de la tarifa 3ª, clase 13ª, de 1,50 pesetas. - Vista la de doña Concepción Ozores Ozores, de Pontevedra, contra su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula que se le expidió y se le extienda otra de la tarifa 2ª, clase 11ª. - Vista la de doña María del Carmen Rodríguez Abal, de Pontevedra, en que se le impone cédula que no se le corresponde, se acuerda estimarla, declarando data la que se le asignó y expedirle otra de la tarifa 1ª, clase 16ª. - Vista la de doña Elvira Fiscar Durán, de Pontevedra, pidiendo se le modifique su clasificación en el padrón, se acuerda estimarla, declarar data la que se le asignó y clasificarla en la tarifa 3ª, clase 12ª. - Vista la de don Juan Quiñones García, de Pontevedra, contra su clasificación en el padrón, se acuerda estimarla, declarando deata la cédula que se le expidió y se le extienda otra, de la tarifa 3ª, clase 12ª de tres pesetas. - Vista la de doña Josefa Blanco González, de Tui, con respecto a las cédulas que se le han expedido en 1929, se acuerda acceder a lo solicitado ordenando le sean devueltas las 51 pesetas, 50 céntimos a que ascienden las cédulas de la reclamante y la de don Eustaquio Suárez Blanco. - Vista la de doña Enriqueta Ríos López, de Pontevedra, en súplica de que se le modifique su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula que se le asigna y clasificarla en la tarifa 3ª, clase 12ª. - Vista la instancia suscrita por don Lucindo Fernández y otros, en su nombre y en el del resto del personal de guardería afecto al distrito forestal de Pontevedra - A Coruña, se acuerda declarar data las cédulas que le han sido atribuidas en el padrón y expedirles cédulas de la tarifa 3ª, clase 13ª. - Vista la de don Gumersindo Garrido Martínez, de Bora, Pontevedra, que reclama contra su clasificación en el padrón, se acuerda estimarla, declarando data la cédula asignada y expedirle la de la tarifa 2ª, cale 13ª de tres pesetas. - Vista la de los funcionarios del cuerpo de vigilancia que componen las plantilla de Vigo, suplicando se les señalen cuotas proporcionales a sus escasos haberes para el abono de sus cédulas, se acuerda desestimarla por falta de términos legales. - Vista la de don Maximino Fernández Salgado, de Vigo, contra el padrón de 1930, se acuerda desestimar lo solicitado. - Vista la solicitud de doña Catallina Solera, de Vigo, con referencia a su cédula personal de 1930, se acuerda estimarla, declarando nula la clasificación y clasificar a la interesada en la tarifa 1ª, clase 15ª con cédula de 7,50 pesetas. - Vista la reclamación de doña Flora Davila Carmiña, vecina de Vigo, suplicando se le rectifique la clasificación asignada en el padrón de 1930, se acuerda a lo solicitado, asignándole cédula de la tarifa 3ª, clase 12ª, de 15 pesetas. Notifíquense en la forma reglamentaria las precedentes resoluciones. ------ Folla: 49 30. Examinada la conta de cédulas personales del año de 1930 del ayuntamiento de Vilaboa en su período voluntario, de la que resulta no existe reparo que oponerle por hallarse conforme con los Libros de contabilidade, que la cantidad recaudada ascendió a 7.694,80 pesetas, que representa el 99,35% del total cargo de pesetas 7.744,60, ingresando aquella cantidad en arcas provinciales, reteniendo el ayuntamiento la participación que le corresponde en virtud del apartado M del artículo 226 del Estatuto, estando justificadas las partidas de fallecidos, ausentes y duplicados, de conformidad con lo informado por el jefe del servicio, se acuerda prestarles su aprobación y darle el trámite correspondiente. Se levantó la sesión. ------

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