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Acta de sesión 1931/02/23_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.157/1.1931-02-23_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1931/02/23_Extraordinaria

  • Data(s) 1931-02-23 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 22 1. Presidencia del Sr. don Manuel Casas Medrano con asistencia de los vocales señores don Bernardo López Suárez, señor Boente Sequeiros, don Francisco Lago Álvarez, señor Contreras Valiñas y don Luis Patiño Muñoz. Abierta la sesión a las dieciséis horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Seguidamente, haciendo uso de las atribuciones que le conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial, adoptó los siguientes acuerdos: ------ Folla: 22,23 2. Decretar el ingreso en el manicomio de Conxo, por cuenta de fondos provinciales de la demente en turno, Consuelo González Alejandro, de 49 años de edad, casada, de la parroquia de Valeixe, en el ayuntamiento de A Cañiza, de cuyo expediente resulta probada la naturaleza, enfermedad, necesidad de la reclusión y pobreza de la enferma y familiares, debiendo por el negociado de Beneficencia remitirse al señor director del sanatorio la filiación de la referida enferma, que ingresa en concepto de observación, a los efectos de lo que determina el R.D. de 19 de mayo de 1885, comunicando este acuerdo a la Alcaldía para su conducción al mismo de la citada enferma. ------ Folla: 23 3. Examinadas las diecisiete relaciones que presenta el señor diputado - delegado del Gran Hospital provincial de esta ciudad por gastos generales y suministros facilitados a dicho establecimiento durante los meses de noviembre y diciembre últimos, cuyas cuantías y fechas, a continuación se citan: Noviembre Pesetas Pesetas 1ª.- Relación de 30 de noviembre. Por energía y material eléctrico ........................... 840,66.- 2ª.- Relación de 30 de noviembre. Reparación y conservación de edificio ................ 1.932,18.- 3ª.- Relación de 30 de noviembre. Material de oficina ............................................. 154,30.- 4ª.- Relación de 30 de noviembre. Víveres y combustible ........................................ 10.969,14.- 5ª.- Relación de 30 de noviembre. Desinfección y limpieza ..................................... 194,50.- 6ª.- Relación de 30 de noviembre. Mobiliario, ropas, etc. ....................................... 312,75.- 7º.- Relación de 30 de noviembre. Análisis y radiografías ...................................... 460,75.- 8ª.- Relación de 30 de noviembre. Gastos de botica .............................................. 6.177,65.- Total ....... 21.041,18.- Diciembre Pesetas Pesetas 9ª.- Relación de 30 de diciembre. Por energía y material eléctrico .......................... 890,40.- 10ª.- Relación de 30 de diciembre. Reparación y conservación de edificio ................ 1.818,68.- 11ª.- Relación de 30 de diciembre. Material de oficina ............................................. 69,75.- 12ª.- Relación de 30 de diciembre. Gastos de botica ............................................... 7.110,26.- 13ª.- Relación de 30 de diciembre. Desinfección y limpieza ..................................... 433,40.- 14ª.- Relación de 30 de diciembre. Mobiliario, ropas, etc. ........................................ 3.925,08.- 15º.- Relación de 30 de diciembre. Análisis y radiografías ....................................... 435,08.- 16ª.- Relación de 30 de diciembre. Gastos de culto ................................................. 30,08.- 17ª.- Relación de 30 de diciembre. Víveres y combustible ....................................... 11.050,02.- Total ....... 25.762,59.- Total ..................................................... . 46.803,77.- Visto el informe de la Intervención de Fondos provinciales, del que resulta que no ofrecen reparo alguno que oponerles, y que están justificados los respectivos libramientos, se acuerdas prestarles su aprobación. ------ Folla: 23 4. Dado cuenta de oficio del excelentísimo señor gobernador civil, trasladando otro del excelentísimo señor subsecretario del Ministerio de Gobernación, respecto a notificación del fallo de esta Comisión Permanente al ayuntamiento de Mondariz - Balneario, sobre confección de listas de compromisarios para senadores; la Comisión acordó comunicar a dicha autoridad provincial los antecedentes obrantes en esta Diputación y que demuestran fueron resultas las ocho reclamaciones producidas dentro de los plazos legales que señalan el artículo 28 de la Ley de 8 de febrero de 1877 y Real Decreto de 10 de octubre último. ------ Folla: 23 5. Declarar de abono a la empresa "Eléctrica de Pontevedra - Marín, S.A." la cuenta importante noventa y ocho peseta treinta y cuatro céntimos por fluido suministrado para el alumbrado de este Palacio provincial durante el mes de enero último, librándose con cargo al capítulo 1º, artículo 11º del presupuesto vigente. ------ Folla: 23 6. Se dio cuenta de oficio del inspector provincial de Sanidad, interesando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del la R.O. de 4 de enero de 1927, se le facilite un oficial y un ordenanza para aquella dependencia, se acuerda dejar este asunto sobre la mesa. ------ Folla: 23 7. Declarar de abono a la viuda del sombrerero don Antonio Álvarez, la cuenta importante veinte pesetas, por tricornios para dos ordenanzas de la Audiencia provincial, confeccionados por virtud de acuerdo de esta Comisión de 11 de agosto último, librándose con cargo al capítulo 18, artículo único del presupuesto de gastos. ------ Folla: 23 8. A propuesta del señor interventor de esta Diputación, se acuerda designar al oficial tenedor de libros de dicha dependencia para realizar en horas extraordinarias de oficina los trabajos que le sean encomendados por el citado jefe, asignándole la cantidad de 166,66 mensuales, en concepto de gratificación, con cargo a la partida que en el presupuesto vigente dice así: "Para satisfacer horas extraordinarias de trabajo al oficial que designe la Comisión provincial a propuesta del interventor, 2.000 pesetas", cuyos trabajos extraordinarios se realizarán mientras tanto esta Comisión lo considere necesario. ------ Folla: 23 9. Declarar de abono las facturas importante trescientas ochenta y una pesetas cinco céntimos de objetos suministrados por varios comerciantes de esta plaza para las habitaciones particulares del señor gobernador civil, que habrán de librarse con cargo al capítulo 1º, artículo 1º del presupuesto vigente, debiendo extenderse el libramiento a favor del señor depositario provincial, para que satisfaga a los citados industriales las cantidades que a cada uno de ellos le corresponde percibir. ------ Folla: 23 10. Declarar de abono al propietario de la sastrería "Inglesa", don Antonio Tasis, la cuentas importante trescientas pesetas, por los trajes de uniforme para los alguaciles de esta Audiencia provincial, confeccionados por virtud de acuerdo de esta Comisión de 11 de agosto último, librándose con cargo al capítulo 18º, artículo único del presupuesto de gastos. ------ Folla: 23 11. Visto el escrito del señor interventor, interesando se le autorice para la habilitación de los créditos necesarios para satisfacer varias subvenciones concedidas para obras durante el último ejercicio a distintas entidades por no consignarse en los acuerdos de concesión los artículos y capítulos, con cargo a los cuales habrán de ser satisfechos, se acuerda que por la Intervención se formule propuesta concreta para cada una de esta subvenciones y que con urgencia se remita relación de todas las concedidas por esta Comisión y que no tienen consignación expresa en presupuesto. ------ Folla: 23,24 12. Dejar sobre la mesa instancias de los doctores, don José Cuíñas, don Claudio Losada y don Francisco Freire Rey, solicitando se se les reconozca el derecho a continuar desempeñando en el Gran Hospital provincial, las plazas de médicos auxiliares gratuitos nombrados por el ayuntamiento en 18 de diciembre de 1924. ------ Folla: 24 13. Dado cuenta de comunicación del señor alcalde de Pontevedra, remitiendo certificación de acuerdo adoptado por aquella Corporación en 15 de enero último, interesando de este organismo se saque a subasta con carácter urgente la construcción del camino vecinal número 85 - 189 en su segunda sección de O Marco hasta Tomeza; se acuerda pasar estos antecedentes a informe del señor vicepresidente. ------ Folla: 24 14. Se dio cuenta de la copia de escritura de cancelación otorgada a fe del notario don Pedro Castiñeira, en 22 de junio de 1929 por la que don Casimiro Gómez Cobas, vendedor de la casa y jardín de la plaza de A Leña, hoy calle de Gregorio Hernández, de esta capital, número 10 que adquiriera este organismo con destino a museo provincial declara cancelada totalmente la hipoteca que la grabara a responder de parte del precio aplazado, y por lo tanto libre de la carga que le afectaba, y de la certificación expedida por el señor registrador de la propiedad del partido de Pontevedra, con fecha 20 del actual, solicitando por la Presidencia, de que resulta que tanto la finca anterior como las tres que constituyen la granja del palacio de Salcedo que adquiriera esta Diputación de don Joaquín Becerra Malvar, a medio de escritura de 10 de marzo de 1928, ante el mismo notario, y que actualmente se hallan hipotecadas todas las fincas a responder de un crédito de quinientas mil pesetas proporcionalmente con el interés del 6% y plazo de tres años a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad municipal de Vigo, por esta Corporación, según consta de la escritura de que también dio fe el citado notario, señor Castiñeira, se acuerda quedar enterada y remitir la certificación reseñada a la expresada caja de ahorros prestataria a los efectos de acreditar ante ella que las cuatro fincas que comprende solo están afectas al préstamo que se menciona. ------ Folla: 24 15. Se acuerda declarar de abono al señor registrador de la propiedad, don Antonio Ríos Mosquera, la cuenta de honorarios de cancelación de una hipoteca y los de la expedición de la certificación de cargas de cuatro fincas adquiridas por esta Diputación, incluso papel de la misma, importante doscientas cuatro pesetas cuarenta y tres céntimos, debiendo librarse dicha suma con cargo al capítulo 1º, artículo 11º del presupuesto extraordinario B. ------ Folla: 24 16. Se acuerda no considerar al señor Gallastegui con personalidad para dirigirse a la Comisión, interesando la granja de Salcedo, cuya entrega habrá de hacerse con las garantías que el caso requiere al patronato legalmente constituido que rija la Misión Biológica de Galicia, y teniendo en cuenta la ingente necesidad de recoger los verracos importados, que se ponga a disposición del director de la Misión, la cuadra y cochiqueras para instalar en ella los sementales indicados. ------ Folla: 24 17. Se acuerda adquirir papel de pagos al Estado en cuantía de doscientas cuarenta pesetas para reintegro del libro de actas de la Diputación, librándose con cargo al capítulo 6º, artículo 3º del presupuesto vigente. ------ Folla: 24 18. El oficial de esta Diputación, don Ángel Novás Montes, viene prestando servicios asiduamente en el Archivo, desempeñando él solo, lo que antes ocupaba a tres, sosteniendo relación con la Junta de Clasificación, bajas de recluta de la provincia y demás autoridades; como encargado de la custodia de la documentación de la extinguida Comisión Mista de Reclutamiento, ordena, colecciona e inventaría las gacetas de Madrid y toda clase de documentos, cuentas municipales, colección legislativa, censos electorales, etc., etc.; además asiste constantemente al servicio de Cédulas y atiende al negociado de Beneficencia; y a las órdenes del señor interventor intervino en la formación de nuevo expediente que hubo de remitirse al Ministerio de Fomento, por extravío del anterior, sobre reclamación de lo anticipado para la construcción de la carretera de Villacastín a Vigo, lo que determinó un trabajo en horas extraordinarias, se acuerda concederle una gratificación de trescientas pesetas, que serán satisfechas con cargo al capítulo 18, artículo 1º del presupuesto vigente, sin descuentos. ------ Folla: 24 19. El señor presidente da cuenta a la Comisión de que en cumplimiento a lo dispuesto por esta en la sesión de 29 de enero próximo pasado, en donde se indicaba que por la Presidencia se realicen gestiones para hacer efectivo el arbitrio sobre aguas minero - medicinales y para llevar a cabo tal acuerdo, se dirigió al inspector provincial de Sanidad, interesando relación de los dos balnearios que funcionan en esa provincia y con objeto de dirigirse a los propietarios de los mismo para que bajo relación jurada declaren el número de botellas que fueron embaladas en los años 1928 - 1929 y 1930, como así mismo la relación numérica de los agüistas y bañistas que concurrieron a cada uno de los balnearios en los años indicados; la Comisión acuerda quedar enterada, aprobando la gestión de la Presidencia. ------ Folla: 24 20. el señor presidente dice que figura en presupuesto, mil pesetas para la escuela jardín de Salcedo. Para llevar a cabo la instalación de tal jardín, particularmente se realizaron gestiones con el propietario de una finca inmediata a la escuela, que costará en arrendamiento anual cuatrocientas pesetas y lo restante debiera facilitársela al maestro para que lo dedique a los trabajos, compra de semillas, y abonos necesarios para llevar a cabo la indicada idea; la Comisión acuerda autorizar al presidente para formalizar el contrato de arrendamiento por un año, pudiendo prorrogarse por otro, si por la Diputación se consigna la cantidad para tal servicio, y que se facilite la cantidad necesaria dentro de la consignación del presupuesto al maestro para trabajos, abono y semillas de repetido jardín. ------ Folla: 24,25 21. De conformidad con el escrito - informe que dirige a esta Comisión, con fecha 14 del actual del jefe del servicio de Cédulas, se acuerda aprobar la variación de las rectificaciones en el padrón de cédulas del ayuntamiento de Vilanova de Arousa, que hay necesidad de llevar a cabo, con arreglo a las bases contributivas de los individuos que a continuación se expresan, en atención a que por error de apreciación se hallan mal clasificados, y comunicarlos a dicha jefatura para que lo haga al ayuntamiento de referencia. Nº del Padrón Nombres y apellidos Vecindad Contribución que satisfacen 2446 Juan Otero Suárez A Illa de Arousa 6,14 pesetas 2371 Francisco Nieto Cores A Illa de Arousa 4,31 pesetas 2662 Manuel Suárez Cores A Illa de Arousa 1,09 pesetas 2000 Jesús Besada Romay A Illa de Arousa 25,09 pesetas 2193 Tomás Fernández Cores A Illa de Arousa 6,94 pesetas 2128 Juan Díaz A Illa de Arousa 23,09 pesetas 24 Inocencio Diz García András 17,94 pesetas 3645 José M. Pombo Búa Vilanova de Arousa 15,24 pesetas Deben ser comprendidos en la tarifa 2ª, clase 13ª, con céudlas de tres pesetas. Los contribuyentes. Nº del Padrón Nombres y apellidos Vecindad Contribución que satisfacen 2028 Francisco Cores Fernández A Illa de Arousa No figura 646 Ramón Romero Lorenzo Baión No figura Debe aplicársele la tarifa 3ª, clase 13ª, y Que debe declararse data las cédulas de la tarifa 2ª, clase 12ª, con que figuran todos los contribuyentes expresados en el padrón de 1930. ------ Folla: 25 22. Vista la instancia de doña Concepción Varela Gumá, viuda, de Vigo, que reclama contra su clasificación el el padrón [de cédulas personales] de 1930, se acuerda estimarla y clasificarla en la tarifa 3ª, clase 11ª, con cédula de 7 pesetas. ------ Folla: 25 23. Vista la de don Braulio Alfageme, de Vigo contra su clasificación en el padrón [de cédulas personales] de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula de la tarifa 2ª, clase 4ª y que se le expida la de la tarifa 3ª, clase 6ª. ------ Folla: 25 24. Vista la de don Francisco Garrido Pereira, de Vigo contra su clasificación en dicho padrón [de cédulas personales], se acuerda estimarla, declarando data la cédula de la tarifa 3ª, clase 8ª, y expedirle otra de igual tarifa, clase 9ª. ------ Folla: 25 25. Vista la de doña Concepción Oia, de Vigo, contra su clasificación en dicho padrón [de cédulas personales], se acuerda desestimarla por hallarse bien clasificada. ------ Folla: 25 26. Vista la de don Nicanor Daniel Rey, de Vigo, contra su clasificación en el citado padrón [de cédulas personales], se acuerda estimarla, clasificándolo en la tarifa 3ª, clase 10ª y declarar data la de la misma tarifa, clase 9ª. ------ Folla: 25 27. Vista la de don Mariano García Lamas, de Vigo, que reclama contra la clasificación en dicho padrón [de cédulas personales], se acuerda estimarla, declarando data la cédula con que figura, y que se le expida la de la tarifa 2ª, clase 9ª, en la base de 1.672 pesetas de contribución. ------ Folla: 25 28. Desestimar la de don Daniel Vello Mezquita, de Vigo y confirmar su clasificación con que figura en el padrón [de cédulas personales] de 1930. ------ Folla: 25 29. Desestimar la solicitud de don Avelino Rodríguez González, de Vigo, por estar bien clasificado con la que figura en dicho padrón [de cédulas personales]. ------ Folla: 25 30. Desestimar la reclamación de don Joaquín Fernández, de Vigo, confirmando la clasificación que se le asignó en el padrón [de cédulas personales] de 1930. ------ Folla: 25 31. Desestimar la de Ángela Fernández Piña, de Vigo, y confirmar la clasificación con que aparece en dicho padrón [de cédulas personales]. ------ Folla: 25 32. Desestimar la interpuesta por don Ramón Rodríguez, de Vigo, y confirmar la que con que figura en el padrón [de cédulas personales] de 1930. ------ Folla: 25 33. Vista la reclamación de don Manuel Vázquez Gómez, de Vigo, se acuerda estimarla y que se le clasifique en el padrón [de cédulas personales] de 1930, con cédula de la clase inferior 9ª, de 30 pesetas por razón de alquileres. ------ Folla: 25 34. Vista la de don Damián Modroño Gómez, de Vigo, con referencia a su cédula en el padrón [de cédulas personales] de 1930, se acuerda clasificarlo en el de la clases 7ª, tarifa 2ª, de 70 pesetas. ------ Folla: 25 35. Vista la de doña Victoria Sobrino Sotelo, de Vigo, contra su clasificación en dicho padrón [de cédulas personales], se acuerda rectificarla y que se le expida cédula de la clase 9ª. ------ Folla: 25 36. Vista la de don José Dapena Hereder, de Pontevedra, en nombre de su hijo, don Josué, se acuerda estimarla, declarando data la con que aparece clasificado, y expedirle la cédula [del padrón cédulas personales] de la tarifa 3ª, clase 13ª. ------ Folla: 25 37. Vista la de don José Caramés Paz, de Cerdedo, contra su clasificación, se acuerda, que procede declarar data la cédula con que figura en el padrón [de cédulas personales] de A Cañiza de 1929, y caso de aparecer en 2 padrones se anulará la de menor cuantía y se le modificará la clasificación en el otro si es que no se hallan acumuladas sus cuotas contributivas. Las precedentes resoluciones, se notificarán en la forma reglamentaria por las respectivas Alcaldías. Se levantó la sesión. ------

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